Los documentos de cualquier época generados, conservados o reunidos en el ejercicio de las funciones propias del Tribunal de Cuentas forman parte del Patrimonio Histórico Español como Patrimonio Documental, conforme al artículo 49.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. La exclusión o eliminación de los citados documentos, que se conservan en el Archivo General del Tribunal de Cuentas, debe ajustarse a las disposiciones contenidas al respecto en la referida Ley 16/1985, y en su normativa de desarrollo, en lo que ésta sea de aplicación al Tribunal de Cuentas en virtud de la competencia exclusiva que el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, le atribuye para todo lo concerniente a su gobierno y régimen interior.
En defecto de normativa reglamentaria propia, la actuación del Tribunal de Cuentas en cuanto a la exclusión o eliminación de determinadas series documentales conservadas en su Archivo General, se ajusta a los parámetros establecidos en la normativa reglamentaria directamente aplicable a la Administración General del Estado; en concreto en el Real Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, que regula la conservación del patrimonio documental con valor histórico, el control de la eliminación de otros documentos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y la conservación de documentos administrativos en soporte distinto al original.
Conforme al citado marco normativo, y a iniciativa de la Secretaría General del Tribunal de Cuentas, de quien depende su Archivo General, se ha tramitado el procedimiento de eliminación de la serie documental de «Recursos Locales», anterior a 1995, custodiada en dicho Archivo General. La propuesta de eliminación fue dictaminada favorablemente por la Comisión de Gobierno en su reunión de 9 de enero de 2014.
De acuerdo con todo lo anterior, en el ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 20.f) de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas, y a la vista del dictamen de la Comisión de Gobierno de 21 de febrero de 2013, resuelvo:
Autorizar la eliminación de los documentos incluidos en la serie documental de «Recursos Locales», anterior a 1995, que se custodia, actualmente, en el Archivo General del Tribunal de Cuentas y que se detalla en el anexo único a la presente Resolución.
La eliminación se sujetará a los plazos, muestreos y demás formalidades previstos en la propuesta dictaminada favorablemente por la Comisión de Gobierno.
El Archivo General del Tribunal de Cuentas seleccionará las unidades de instalación que se conservarán como testigo de acuerdo con la propuesta presentada.
Ordenar la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
La autorización no se hará efectiva hasta transcurridos tres meses desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta Resolución, siempre que en ese plazo no haya constancia de la interposición de recurso de cualquier naturaleza contra la misma.
No se llevará a cabo la destrucción de documentos autorizada hasta que la presente resolución, en caso de ser impugnada, adquiera firmeza.
Una vez producida la eficacia de la autorización, el proceso de destrucción garantizará la seguridad de la documentación, estando protegida contra intromisiones externas y el método de destrucción será el adecuado que imposibilite la reconstrucción de los documentos y la recuperación de cualquier información contenida en ellos.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso administrativo de alzada ante el Pleno del Tribunal de Cuentas, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido por los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con los artículos 21.3.c) de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas, y 3.j) y disposición adicional primera, 4, de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento de este Tribunal.
Madrid, 16 de enero de 2014.–El Presidente del Tribunal de Cuentas, Ramón Álvarez de Miranda García.
– Serie documental: «Recursos Locales», anterior a 1995.
– Centro de custodia: Secretaría General del Tribunal de Cuentas. Archivo General.
– Órgano Productor: La Administración General del Estado, sus organismos autónomos, las agencias estatales y el resto de las entidades del sector público administrativo estatal con exclusión de los sujetos contemplados en el artículo 2.1.d) y h), de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria; tanto por operaciones presupuestarias como no presupuestarias.
– Fecha de los expedientes a eliminar: Anterior a 1995.
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