Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría General, dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 1 de septiembre de 2014.–La Secretaria General de Coordinación Autonómica y Local, Rosana Navarro Heras.
Acuerdo de la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado en relación con la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones
La Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado, en su reunión celebrada el día 9 de julio ha adoptado el siguiente Acuerdo:
1.º Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias competenciales suscitadas en relación con los artículos 34.3, .5 y .6; 35.4 y .7; 45.4; 65; 69.6 y, por conexión, 73 y 74 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones.
2.º Designar un Grupo de Trabajo para proponer a la Subcomisión la solución que proceda.
3.º Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya».
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