En el procedimiento de concesión de becas de formación para el Programa de Trabajo del Consejo de Consumidores y Usuarios convocadas por Resolución de 10 de febrero de 2014, de la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición, por la que se convocan becas de formación para el programa de trabajo del Consejo de Consumidores y Usuarios para el ejercicio 2014, modificada por Resolución de 14 de mayo de 2014, se aprecian las siguientes circunstancias:
En base a la evaluación realizada conforme a lo previsto en el artículo 9 de la Orden SCO/643/2006, de 16 de febrero 2006, y los criterios de valoración previstos en la base Octava de la Resolución de 10 de febrero de 2014, de la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición se proponen como candidatos para ocupar las becas convocadas a los siguientes:
Doña Clea Prieto Perosanz.
Doña Eva Melchor Bescos.
Doña Laura Cubero Lozano.
En el preceptivo trámite realizado conforme al apartado 8 del artículo 9 de la Orden referida, doña Clea Prieto Perosanz y doña Eva Melchor Bescos expresan aceptar la propuesta de concesión de la beca mientras que doña Laura Cubero Lozano manifiesta no aceptar la propuesta anterior por encontrarse disfrutando de otra beca.
Del listado de suplentes a que se refiere el artículo 9.5 de la Orden antedicha y la base novena punto 3 de la Resolución de convocatoria, y tal y como establece el artículo 9.8 indicado, se comunica la propuesta de concesión al suplente designado por la Comisión de Selección como número uno, doña Beatriz García Calvo quien renuncia a dicha propuesta por haberle sido concedida otra beca.
En aplicación de la normativa antedicha, se pone en conocimiento del suplente núm. dos, don Pablo Ruiz Vicente, la propuesta de concesión que resulta aceptada por el candidato.
En virtud de los anteriores hechos, la Presidenta de la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición:
Resuelve:
La concesión de las becas a los concurrentes, conforme a la puntuación otorgada, atendiendo a la valoración obtenida y acreditada, una vez realizada la propuesta conforme al listado de candidatos establecido por la Comisión de valoración, de acuerdo a lo dispuesto en los apartado 5 y 8 del artículo 9 de la Orden SCO/643/2006, de 16 de febrero a:
Doña Clea Prieto Perosanz.
Doña Eva Melchor Bescos.
Don Pablo Ruiz Vicente.
Asimismo, se designa como suplentes, respectivamente y por este orden, para los casos de renuncia o incumplimiento de las obligaciones asignadas de los candidatos propuestos en primer lugar, a los siguientes:
1. García Navarrete, Inmaculada.
2. Iglesias Talavera, Belén.
3. Rodríguez Fernández, M.ª Cristina.
4. López Navío, Ana.
5. Del Río Rosselló, Aránzazu.
6. Begue Mangado, Elena.
7. Ramírez de Diego, Marta.
8. Moro Fuentes, María.
9. Mas Monferrer, Anna.
10. Blasco Lázaro, Berta.
11. Olmedo Cortes, Leticia.
12. Domínguez-Palacios Conejo, M.ª Pilar.
13. Cervera Lizondo, Nuria.
La financiación de estas becas por importe total de 10.609,92€ se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 26.102.492.483 de los Presupuestos Generales del Estado.
Según dispone la base Tercera de la Resolución de 10 de febrero de 2014 de convocatoria, el importe mensual de cada una de las becas será de 884,16 euros brutos.
Excluir el resto de los concurrentes por no cumplir los requisitos o por la prelación de la puntuación establecida en la Orden de bases y en la resolución de convocatoria de las becas para el Programa de Trabajo del Consejo de Consumidores y Usuarios.
Los candidatos seleccionados están obligados a cumplir las condiciones establecidas en la base Sexta de la Resolución de 10 de febrero de 2014 por la que se convocan estas becas de formación, así como lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición, al amparo de los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Así mismo podrá interponerse recurso contencioso- administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.
Madrid, 7 de agosto de 2014.–La Presidenta de la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición, P.S. (Resolución de 17 de julio de 2014), la Directora Ejecutiva de la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición, Ángel López de Sa y Fernández.
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