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Documento BOE-A-2014-9994

Resolución de 15 de septiembre de 2014, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se formula informe ambiental estratégico del Programa de Cooperación Sudoeste Europeo 2014-2020.

Publicado en:
«BOE» núm. 239, de 2 de octubre de 2014, páginas 78524 a 78543 (20 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2014-9994

TEXTO ORIGINAL

La Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), regulada en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental (Ley de Evaluación Ambiental) tiene como fin la integración de los aspectos ambientales en la planificación pública. Se trata de evitar, ya desde las primeras fases de su concepción, que las actuaciones previstas en un Plan o Programa puedan causar efectos adversos en el medio ambiente.

La Ley de Evaluación Ambiental, en su artículo 6.2, prevé los planes y programas que deben ser sometidos a evaluación ambiental estratégica simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el plan o programa no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, en los términos establecidos en el informe ambiental estratégico, o bien, que el plan o programa debe someterse a una evaluación ambiental estratégica ordinaria porque pueda tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

El citado artículo 6.2 especifica, en su apartado c), que entre otros supuestos, los planes y programas que, estableciendo un marco para la autorización en el futuro de proyectos, no cumplan los demás requisitos mencionados en el artículo 6.1, serán objeto de una evaluación ambiental estratégica simplificada, cuyo procedimiento se regula en los artículos 29 a 32, y de conformidad con los criterios establecidos en el anexo V.

Al objeto de determinar, en los términos que establece la Ley de Evaluación Ambiental, la existencia de impactos ambientales significativos del Programa de Cooperación Sudoeste Europeo 2014-2020 (SUDOE), se ha realizado un análisis cuyos elementos fundamentales son:

1. Características principales del Programa

El Programa de Cooperación Sudoeste Europeo 2014-2020 (SUDOE) se ha elaborado con un alcance y contenido que responden a lo que especifica el artículo 8 del Reglamento (UE) 1299/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones específicas relativas al apoyo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional al objetivo de cooperación territorial europea.

Los Fondos Europeos de Desarrollo Regional (FEDER) son parte de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE) que, para España y en el período 2014- 2020, incluyen además el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) y el Fondo Social Europeo (FSE). La coordinación de estos fondos se realiza según el Reglamento 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) 1083/2006 del Consejo.

El objetivo principal de los fondos EIE es el promover la competitividad y la convergencia territorial y son un instrumento esencial para la aplicación de la Estrategia Europa 2020. Además, dan prioridad a una serie de temas que responden a las recomendaciones específicas del Consejo Europeo para cada país y a las necesidades y acciones identificadas en los respectivos «Position Paper» elaborados por la Comisión Europea.

En cualquier caso, la Estrategia Europa 2020 considera que el crecimiento debe ser:

Inteligente, es decir, el desarrollo de una economía basada en el conocimiento y la innovación.

Sostenible, es decir, la promoción de una economía que haga un uso más eficaz de los recursos, que sea más verde y competitiva.

Integrador, es decir, el fomento de una economía con alto nivel de empleo y dotada de cohesión social y territorial.

Y los FEDER contribuyen a su consecución mediante dos tareas principales:

La financiación de ayudas orientadas a reforzar la cohesión económica, social y territorial corrigiendo los principales desequilibrios regionales de la Unión a través del desarrollo sostenible y el ajuste estructural de las economías regionales.

La reconversión de las regiones industriales en declive y de las regiones con un retraso de desarrollo.

2. Objeto y descripción del Programa

El Programa de Cooperación Sudoeste Europeo (SUDOE) se desarrolla tomando como base la Estrategia Europa 2020 y los tres modelos de crecimiento: inteligente, sostenible e integrador antes descritas que se configuran como elementos rectores de la programación para el período 2014-2020.

Su ámbito geográfico comprende todas las regiones de la Península Ibérica así como seis de las regiones del Gran Sudoeste de Francia. Por tanto, en SUDOE participan cuatro países de la Unión Europea: España, Francia, Portugal y Reino Unido (Gibraltar); a los que se añade el Principado de Andorra

SUDOE cuenta con las experiencias acumuladas de cuatro generaciones de programación anteriores y de hecho, en su definición para 2014-2020, se han tenido en cuenta elementos como la capitalización de los resultados de los períodos de programación anteriores, en particular las del período 2007-2013, y el proceso participativo establecido con los agentes del territorio, en particular, las encuestas realizadas en el marco del Programa, en los años 2012 y 2013, sobre tipología de futuras actuaciones y medios para su puesta en marcha.

Además, se han tenido en cuenta el diagnóstico territorial de la zona elegible, las posibilidades de desarrollo de las actuaciones vinculadas a los Acuerdos de Asociación de los cuatro Estados miembros participantes y la complementariedad de las actuaciones previstas con las de los respectivos programas operativos regionales, plurirregionales nacionales y de cooperación transnacionales y transfronterizos que actúan parcialmente en el territorio elegible.

A partir de las premisas mencionadas, SUDOE se concentra en cinco objetivos temáticos, a su vez asociados a unos objetivos específicos y a una serie de prioridades de inversión que se resumen en la siguiente tabla:

Objetivos Temáticos

Objetivos específicos

Prioridades de inversión

Potenciar la I+D+i.

Funcionamiento sinérgico y en red de la I+i a nivel transnacional a partir de la especialización inteligente.

Promoción de la inversión de las empresas en innovación, el desarrollo de vínculos y sinergias entre empresas, centros de I+D y de educación superior, en especial en el desarrollo de productos y servicios, la transferencia de tecnología, la innovación social y las aplicaciones de servicio público, el estímulo de la demanda, la interconexión en red, las agrupaciones y la innovación abierta a través de una especialización inteligente, apoyando la investigación técnica y aplicada, líneas piloto, acciones de validación precoz de los productos, capacidades de fabricación avanzada y primera producción en tecnologías facilitadoras esenciales y difusión de tecnologías polivalentes.

Fomento de la investigación aplicada y su difusión relacionada a las tecnologías facilitadoras esenciales.

Mejorar la competitividad de las PYMEs.

Desarrollo de capacidades para el apoyo a las empresas del espacio SUDOE.

Promoción del espíritu empresarial, en particular facilitando el aprovechamiento económico de nuevas ideas e impulsando la creación de nuevas empresas, incluyendo las incubadoras de empresas.

Creación de condiciones para la internacionalización de empresas.

Desarrollo e implementación de nuevos modelos empresariales para las PYME, en particular para su internacionalización.

Favorecer la transición a una economía baja en Carbono en todos los sectores.

Mejora de la eficacia de las políticas de eficiencia energética y del uso de fuentes de energía renovables en los edificios públicos y viviendas gracias a la cooperación transnacional.

Apoyo de la eficiencia energética, de la gestión inteligente de la energía y del uso de energías renovables en las infraestructuras públicas, incluidos los edificios públicos, y en las viviendas.

Promover la adaptación al Cambio Climático y la prevención y gestión de riesgos.

Preparación de planes de prevención, emergencia y gestión de catástrofes y regeneración de zonas dañadas por las mismas.

Fomento de la inversión para hacer frente a riesgos específicos, garantizando una resiliencia frente a las catástrofes y desarrollando sistemas de gestión de catástrofes.

Conservar y proteger el medio ambiente y promover la eficiencia de los recursos.

Mejorar la puesta en valor económico del patrimonio natural y cultural común destacable en una lógica de desarrollo sostenible.

Conservación, protección, fomento y desarrollo del patrimonio natural y cultural.

Preservar y restaurar la biodiversidad de emplazamientos naturales del SUDOE con el

objetivo de mantener la calidad ecológica de los espacios, el bienestar y la calidad de vida.

Protección y restablecimiento de la biodiversidad y del suelo y fomento de los servicios de los ecosistemas.

Tabla n.º 1 resumen de objetivos temáticos y específicos de SUDOE y prioridades de inversión asociadas.

Todas las actuaciones previstas por SUDOE son intangibles, es decir no estructurales, y fundamentalmente se refieren a subvenciones, ayudas e incentivos a las medidas que se resumen en la siguiente tabla:

Objetivos Temáticos

Tipología de actuaciones

Potenciar la I+D+i.

Creación o consolidación de plataformas de colaboración.

Coordinación entre plataformas regionales de especialización inteligente.

Desarrollo de modelos de transferencia de tecnología, gestión de innovación e innovación abierta.

Consolidación de cadenas de valor en el ámbito de las TFE (Tecnologías Facilitadoras Esenciales).

Desarrollo de líneas piloto y proyectos demostrativos multi-TFE a nivel transnacional.

Difusión de tecnologías TFE a nivel de las empresas y otras infraestructuras de I+D+i.

Aplicación de la innovación para la mejora de la protección medio ambiental.

Mejorar la competitividad de las PYMEs.

Desarrollo de nuevos servicios y servicios innovadores de apoyo al desarrollo empresarial.

Fortalecimiento de las instituciones de apoyo empresarial.

Promoción del emprendimiento en sectores clave.

Apoyo a la búsqueda de financiación.

Asistencia técnica en trámites de exportación e internacionalización.

Perfeccionamiento de estructuras de apoyo a la internacionalización.

Consolidación de redes y servicios de apoyo a la promoción internacional.

Apoyo al desarrollo e internacionalización de clústeres transnacionales.

Favorecer la transición a una economía baja en Carbono en todos los sectores.

Estimular la transferencia de la innovación, su valorización y aplicación.

Impulsar la modificación de comportamientos de los decisores, actores económicos y el gran Público.

Herramientas de observación y análisis.

Acompañamiento a los proyectos de ahorro energético en las infraestructuras y administraciones públicas y viviendas.

Actuaciones en favor a la mejora del uso de fuentes de energía renovables en edificios y en viviendas.

Promover la adaptación al Cambio climático y la prevención y gestión de riesgos.

Planes de emergencia.

Sistemas de alerta temprana.

Desarrollo de herramientas de gestión del riesgo.

Herramientas de apoyo a los sistemas de observación, medición y prevención que sean transferibles.

Herramientas y metodologías de regeneración de suelos dañados por desastres naturales.

Conservar y proteger el medio ambiente y promover la eficiencia de los recursos.

Fomento de estrategias de desarrollo sostenible y de atenuación del impacto medioambiental en espacios turísticos o de la explotación económica de zonas naturales.

Acciones dirigidas a la mejora del conocimiento del patrimonio cultural y natural común y del potencial económico de las zonas naturales.

Acciones de creación y promoción de productos turísticos del patrimonio natural y cultural reconocido a nivel internacional.

Acciones de valorización económica de productos resultantes de la explotación forestal y de recursos naturales.

Definición, puesta en marcha de estrategias conjuntas de protección y restauración de los ecosistemas, y gestión integrada de los recursos y zonas naturales.

Mejora de conocimientos.

Creación de herramientas de trabajo conjuntas/compartidas.

Realización de proyectos piloto de acondicionamiento o trabajos de ingeniería ecológica dirigidos a establecer una red de continuidad ecológica, incluidas las zonas urbana y periurbana.

Tabla n.º 2 tipología de actuaciones previstas en SUDOE.

La asignación financiera (ayuda FEDER de la Unión Europea) ronda los 107 millones de euros, de los que aproximadamente un 37% se dedica a la I+D+i, un 20% a la conservación y protección del medio ambiente, un 14% a mejorar la competitividad de las PYMES, un 12% a de la adaptación al cambio climático y la gestión de riesgos y un 11% a favorecer una economía baja en carbono. Finalmente, un 6% de la asignación financiera se destina a asistencia técnica.

3. Consultas realizadas

La Ley de Evaluación Ambiental establece, en sus artículos 30 y 31 que, previamente a la formulación del Informe Ambiental Estratégico, el órgano ambiental realice consultas orientadas a conocer si el Programa a evaluar puede tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

En el caso de SUDOE, la consulta se ha realizado, por parte de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente en su calidad de órgano ambiental, durante los meses de junio y julio de 2014,

A fin de dar la máxima publicidad posible al procedimiento de evaluación ambiental, el documento inicial estratégico ha estado accesible al público (en español y en inglés) en la dirección web:

http://www.interreg-sudoe.eu/ESP/d/177/SUDOE-2014-2020/La-evaluacion-ambiental

Además, el borrador del Programa (en las cuatro lenguas de los países miembros participantes: español, portugués, francés e inglés) ha estado disponible en:

http://www.interreg-sudoe.eu/ESP/d/178/SUDOE-2014-2020/Consulta-publica-PO-SUDOE-2014-2020

A los consultados, se les solicitó que, de acuerdo con sus competencias e intereses y en el plazo de 45 días hábiles, manifestaran su opinión o realizaran sugerencias sobre si SUDOE podía tener efectos significativos adversos sobre el medio ambiente y la mejor forma de eliminarlos o reducirlos. Concretamente, se les solicitó:

Comentarios al diagnóstico ambiental aportado.

Sugerencias a los objetivos del Programa.

Principales criterios ambientales estratégicos o principios de sostenibilidad.

Sugerencias sobre las alternativas planteadas.

Comentarios sobre los principales efectos (positivos y negativos) del Programa sobre el medio ambiente (a escala estratégica, no a la escala de los proyectos que posteriormente se desarrollen).

Sugerencias a las medidas preventivas, correctoras o compensatorias que considera aplicables, a escala estratégica del Programa, para hacer frente a los impactos anteriormente destacados.

Comentarios sobre la interrelación de esta planificación y otras planificaciones sectoriales.

El anexo I de esta Resolución enumera los consultados y hace un resumen de las respuestas recibidas.

De forma paralela a la realización de esta consulta en España, las autoridades ambientales de los países participantes en SUDOE han realizado, en base a los mismos documentos, las consultas exigidas por sus respectivas legislaciones nacionales de evaluación ambiental.

4. Análisis según criterios del anexo V de la Ley de Evaluación Ambiental

El Programa de Cooperación Sudoeste Europeo (SUDOE) es, en esencia, un programa de distribución de fondos que se destinan a la I+D+i, a la mejora de la competitividad de la pequeña y mediana empresa y a favorecer el medio ambiente y cuyas actuaciones son predominantemente subvenciones, ayudas e incentivos.

Por ello, no es previsible que SUDOE sea marco para la futura autorización de proyectos legalmente sometidos a evaluación ambiental ni que afecte negativamente a espacios de la Red Natura 2000, en los términos previstos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

En todo caso, fruto de los análisis y la consulta pública realizada, el órgano ambiental hace las consideraciones que se exponen a continuación.

La selección de los proyectos que finalmente financie o subvencione SUDOE debe tener en cuenta que el nuevo Marco Financiero Plurianual, para el mismo periodo 2014-2020 en que va a aplicarse, establece que el desarrollo sostenible, en todo caso, será un principio horizontal aplicable a todas las políticas desarrolladas por los Estados miembros, según el artículo 3 del Tratado de la Unión Europea.

Además, el artículo 8 del Reglamento 1303/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) 1083/2006 del Consejo, incide en la sostenibilidad de la financiación y establece que los objetivos de los Fondos EIE se perseguirán de conformidad con el principio de desarrollo sostenible y con el fomento por parte de la Unión del objetivo de conservación, protección y mejora de la calidad del medio ambiente, teniendo en cuenta el principio de quien contamina paga.

Este artículo 8 establece también que los Estados miembros y la Comisión velarán para que, en la preparación y ejecución de los programas, se promuevan los requisitos de protección medioambiental, eficiencia en la utilización de los recursos naturales, protección de la biodiversidad y aumento de la capacidad de adaptación frente a los desastres y la prevención y gestión de riesgos.

Específicamente, el Reglamento 1303/2013 se refiere al cambio climático ya que establece que la mitigación del cambio climático y la adaptación al mismo constituye un objetivo transversal que estará presente en la preparación, programación, aplicación, seguimiento y evaluación de todos los Fondos.

Por todo ello, los proyectos seleccionados, en el marco de SUDOE, deberán priorizarse teniéndose en cuenta:

1. La precaución, la acción preventiva y cautelar que minimice los efectos negativos sobre el medio ambiente.

2. La corrección y compensación de los impactos sobre el medio ambiente que no puedan eliminarse a priori.

3. La actuación de acuerdo al mejor conocimiento científico posible.

4. La participación pública.

5. La aplicación de los principios de «quién usa, paga» y de «quién contamina, paga».

6. Su contribución a la mitigación y adaptación frente al cambio climático.

7. La no necesidad de su sometimiento a una tramitación ambiental, según lo que establece la Ley de Evaluación Ambiental.

Adicionalmente a lo anterior, en base a diversas estrategias ambientales europeas en vigor, los proyectos seleccionados en el marco de SUDOE deberán respetar otros criterios de sostenibilidad, como son:

a) Utilización sostenible de los recursos naturales (Estrategia: Una Europa que utilice eficazmente los recursos - Iniciativa emblemática de la Estrategia Europa 2020 (COM (2011) 571).

b) Priorización de las medidas que supongan un menor consumo o ahorro de energía y el impuso de las energías renovables (Estrategia Europea 2020 (COM(2010) 2020).

c) Reducción de la contaminación atmosférica (Estrategia temática respecto a la contaminación atmosférica COM(2005) 446).

d) Detención de la pérdida de biodiversidad (Estrategia de la UE sobre la biodiversidad hasta 2020: nuestro seguro de vida y capital natural (COM(2011) 244).

e) Reducción de la erosión por causas antrópicas (Estrategia temática para la Protección del Suelo (COM (2006) 232).

f) Protección, gestión y ordenación del paisaje y fomento de las actuaciones que impliquen la protección y revalorización del patrimonio cultural (Convenio Europeo del Paisaje: El Convenio Europeo del Paisaje entró en vigor el 1 de marzo de 2004. España ha ratificado el citado Convenio el 26 de noviembre de 2007 (BOE de 5/02/2008).

En relación al cumplimiento de estos criterios de sostenibilidad, se deberá realizar un seguimiento ambiental del Programa, en los términos que se indican en el Anexo II de esta Resolución, con el objetivo de supervisar los efectos de su aplicación y, entre otras cosas, identificar con prontitud los efectos ambientales adversos no previstos, de tal forma que puedan llevarse a cabo las medidas de reparación adecuadas.

En consecuencia, resuelve, de acuerdo con la evaluación ambiental estratégica simplificada practicada según la Sección 2ª del Capítulo I del Título II de la Ley de Evaluación Ambiental, y el análisis realizado de conformidad con los criterios establecidos en su anexo V, no es previsible que el Programa de Cooperación Sudoeste Europeo 2014-2020 (SUDOE), cumpliendo los requisitos ambientales que se desprenden del presente Informe Ambiental Estratégico, vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que no se considera necesaria la tramitación de la evaluación ambiental estratégica ordinaria prevista en la Sección 1ª del Capítulo I del Título II de la Ley de Evaluación Ambiental.

Esta Resolución se hará pública a través del Boletín Oficial del Estado y de la página web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (www.magrama.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

De conformidad con el artículo 31.5 de la Ley de evaluación ambiental, el informe ambiental estratégico no será objeto de recurso alguno sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía judicial frente a la disposición de carácter general que hubiese aprobado el plan o programa, o bien, sin perjuicio de los que procedan en vía administrativa frente al acto, en su caso, de aprobación del plan o programa.

Madrid, 15 de septiembre de 2014.–El Secretario de Estado de Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas.

ANEXO I
Relación de administraciones afectadas y público interesado consultado y resumen de las respuestas recibidas

Listado de consultados

Respuesta

Administración General del Estado

AENA Aeropuertos.

ADIF (Administrador de Infraestructuras Ferroviarias).

 

Puertos del Estado Ministerio de Fomento.

 

Oficina Española de Cambio Climático del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Confederación Hidrográfica del Ebro del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

 

Confederación Hidrográfica del Duero del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Confederación Hidrográfica del Tajo del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Confederación Hidrográfica del Segura del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

 

Confederación Hidrográfica del Júcar del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Confederación Hidrográfica del Guadiana del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Confederación Hidrográfica del Cantábrico del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

 

Confederación Hidrográfica del Miño-Sil del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

 

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

 

Instituto Geológico y Minero de España (IGME) del Ministerio de Ciencia e Innovación.

 

Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía- (IDAE).

 

Dirección General de Desarrollo Rural y Politica Forestal del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

 

Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

 

Subdirección General de Medio Natural de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio natural del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

 

Organismo Autónomo Parques Nacionales del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

 

Comunidades Autónomas

Dirección General de Archivos, Bibliotecas, Museos y Patrimonio del Departamento de Cultura de la Generalitat de Cataluña.

Secretaria de Vivienda y Mejora Urbana del Departamento de Territorio y Sostenibilidad de la Generalitat de Cataluña.

 

Dirección General de Políticas Ambientales del Departamento de Territorio y Sostenibilidad de la Generalitat de Cataluña.

Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad del Departamento de Territorio y Sostenibilidad de la Generalitat de Cataluña.

 

Dirección General de Calidad Ambiental del Departamento de Territorio y Sostenibilidad de la Generalitat de Cataluña.

 

Viceconsejería de Pesca e Industrias Alimentarias del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad del Gobierno Vasco.

 

Viceconsejería de Transportes y Obras Publicas del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco.

 

Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria de la Xunta de Galicia.

 

Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de la Xunta de Galicia.

 

Dirección General de Cultura de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Cantabria.

 

Dirección General de Montes y Conservación de la Naturaleza de la Consejería de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural del Gobierno de Cantabria.

Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo del Gobierno de Cantabria.

 

Dirección General de Calidad Ambiental de la Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Gobierno del Principado Asturias.

 

Dirección General de Recursos Naturales de la Consejería de Agroganaderia y Recursos Autóctonos del Gobierno del Principado de Asturias.

Secretaría General de Ordenación del Territorio y Cambio Climático de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía.

Dirección General de Infraestructuras Viarias de la Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía.

 

Secretaría General de Cultura de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía.

 

Subdirección General de Gestión Integral del Medio Ambiental y Agua de la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía.

 

Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo de la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio de la Región de Murcia.

 

Dirección General de Transportes y Puertos de la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio de la Región de Murcia.

 

Dirección General de Calidad e Impacto Ambiental de la Consejería de Agricultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

 

Dirección General de Cultura de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

 

Dirección General de Transportes y Planificación de Infraestructuras del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes del Gobierno de Aragón.

 

Dirección General de Patrimonio Cultural del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón.

Dirección General de Calidad Ambiental del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón.

 

Subdirección General de Calidad Ambiental de la Consejería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente de la Generalitat Valenciana.

*

Dirección General de Obras Públicas, Proyectos Urbanos y Vivienda de la Consejería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente de la Generalitat Valenciana.

 

Dirección General de Cultura de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de las Generalitat Valenciana.

Dirección General de Evaluación Ambiental y Territorial de la Consejería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente de la Generalitat Valenciana.

Dirección General de Cultura de la Consejería de Educación, Cultura y Turismo del Gobierno de La Rioja.

 

Dirección General de Medio Natural de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de La Rioja.

Sí.

Dirección General de Calidad Ambiental de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de La Rioja.

Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía de la Junta de Extremadura.

 

Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Extremadura.

Dirección General de Carreteras e Infraestructuras de la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León.

**

Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.

 

Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León.

 

Dirección General de Recursos Hídricos de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio del Gobierno de las Islas Baleares.

 

Dirección General de Cambio Climático y Educación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Movilidad del Gobierno de las Islas Baleares.

 

Subdirección General de Régimen Jurídico de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

 

Dirección General de Infraestructuras de la Consejería de Transportes, Infraestructuras y Vivienda de la Comunidad de Madrid.

Dirección General de Evaluación Ambiental de la Viceconsejeria de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

 

Dirección General de Patrimonio Histórico de la Viceconsejería de Turismo y Cultura de la Consejería de Empleo, Turismo y Cultura de la Comunidad de Madrid.

Dirección General de Ordenación del Territorio, Movilidad y Vivienda del Departamento de Fomento del Gobierno de Navarra.

 

Dirección General de Medio Ambiente y Agua del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local del Gobierno de Navarra.

 

Consejería de Medio Ambiente y Servicios Comunitarios y Barriadas de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

 

Dirección General de la Vivienda y Urbanismo de la Consejería de Fomento, Juventud y Deporte de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

Oficina Técnica de Control de la Contaminación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

Dirección General de Protección de la Naturaleza de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad del Gobierno de Canarias.

 

Dirección General de Ordenación del Territorio de la Consejería de Obras Públicas, Transporte y Política Territorial del Gobierno de Canarias.

 

Dirección General de Aguas de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas del Gobierno de Canarias.

 

Dirección General de Cooperación y Patrimonio Cultural de la Viceconsejería de Cultura y Deportes, Políticas Sociales y Vivienda del Gobierno de Canarias.

Servicio de Calidad Ambiental del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local del Gobierno de Navarra.

 

Agencia Catalana del Agua del Departamento de Territorio y Sostenibilidad de la Generalitat de Cataluña.

 

Augas de Galicia de La Xunta de Galicia.

 

Dirección de Ordenación del Territorio de la Viceconsejería de Planificación Territorial y Aguas del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco.

 

Dirección General de Espacios Naturales y Participación Ciudadana de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía.

 

Subdirección General de Gestión Integral del Medio Ambiente y Agua de la Dirección General de Gestión del Medio Ambiente de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía.

 

Dirección General de Planificación, Evaluación y Control Ambiental de la Consejería de Agricultura y Agua de la Región de Murcia.

 

Instituto Aragonés de Gestión Ambiental del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón.

 

Dirección de Patrimonio Cultural de la Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura del Gobierno Vasco.

Dirección General de Medio Natural de la Consejería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente de la Generalitat Valenciana.

Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

 

Agencia de Medio Ambiente y Agua de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de la Junta de Andalucía.

 

Dirección General de Carreteras y Obras Hidráulicas de la Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo de la Junta de Extremadura.

**

Dirección General de Transportes, Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo de la Junta de Extremadura.

*

Área de Urbanismo de la Dirección General de Política Territorial de la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno de La Rioja.

 

Dirección General de Urbanismo del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes del Gobierno de Aragón.

 

Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio del Gobierno de las Islas Baleares.

Dirección General de Arquitectura y Vivienda de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio del Gobierno de las Islas Baleares.

 

Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.

 

Secretaría Autonómica de Territorio, Medio Ambiente y Paisaje de la Consejería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente de la Generalitat Valenciana.

 

Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura y Turismo de la Región de Murcia.

Institución Príncipe Viana de la Dirección General de Cultura del Departamento de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales del Gobierno de Navarra.

*

Dirección General de Cultura y Juventud de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades del Consell de Mallorca.

 

Organismo Autónomo Espacios Naturales de Castilla-La Mancha de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

 

Dirección de Administración Ambiental de la Viceconsejería de Medio Ambiente del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco.

 

Dirección General de Ordenación del Territorio del Departamento de Política Territorial e Interior del Gobierno de Aragón.

Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Gobierno del Principado de Asturias.

 

Dirección General de la Vivienda, Urbanismo y Planificación Territorial de la Consejería de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

 

Secretaría General de Territorio y Sostenibilidad del Departamento de Territorio y Sostenibilidad de la Generalitat de Cataluña.

 

Dirección General de Ordenación del Territorio de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio del Gobierno de las Islas Baleares.

 

Dirección General de Urbanismo y Vivienda de la Consejería de Obras Públicas, Política Local y Territorial del Gobierno de La Rioja.

 

Dirección General de la Vivienda y Ordenación del Territorio del Departamento de Fomento y Vivienda del Gobierno de Navarra.

 

Dirección General de la Vivienda, Arquitectura y urbanismo de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León.

 

Dirección General del Medio Natural de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura.

 

Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Cultura y Deporte del Gobierno del Principado de Asturias.

Dirección General del Medio Natural de la Vicerconsejería de Medio Ambiente de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial del Gobierno de Canarias.

 

Consejería de Infraestructuras, Política Territorial y Vivienda del Gobierno del Principado de Asturias.

 

Dirección General de Medio Ambiente de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

 

Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

*

Viceconsejería de la Consejería de Fomento de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

 

Agencia Vasca del Agua.

 

Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de la Xunta de Galicia.

 

Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural de la Generalitat de Cataluña.

 

Instituto de Estudios del Territorio de la Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de la Xunta de Galicia.

Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de la Xunta de Galicia.

 

Subdirección General de Evaluación Ambiental de la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras de la Xunta de Galicia.

 

Instituto Canario de la Vivienda.

 

Empresa Municipal de la Vivienda de Ceuta (ENVICESA).

 

Departamento de Empleo y Políticas Sociales Gobierno Vasco.

 

Entidades Locales

Federación Española de Municipios y Provincias - FEMP

 

Organizaciones Ambientales

WWF España.

 

SEO/Birdlife.

 

Sociedad de Conservación de Vertebrados (SCV).

 

Greenpeace.

 

Amigos de la Tierra España.

 

Ecologistas en Acción -CODA (Confederación Nacional).

 

Otros

UGT Secretaria de Salud Laboral y Medio Ambiente.

 

CCOO Secretario Confederal de Medio Ambiente y Salud Laboral.

 

Comisión de Desarrollo Sostenible y Medio Ambiente CEOE.

 

* Contestando que no procede hacer observaciones.

** Contestando que las observaciones serán realizadas por otro Centro Directivo.

Resumen de las respuestas recibidas

Sobre criterios ambientales, objetivos del Programa y alternativas:

La Oficina Española de Cambio Climático considera que, en el diagnóstico ambiental, debería hacerse mención a los riesgos relacionados con el cambio climático, como son las sequías o la subida del nivel del mar. Además, sería conveniente identificar los sectores más vulnerables. Echa en falta una mención a la importancia de las políticas de adaptación y, en concreto, al Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático.

Valora positivamente la inclusión en SUDOE de una prioridad que reconoce que el Cambio Climático es un problema transfronterizo que debe ser abordado de forma conjunta. Al respecto, sugiere la elaboración de una estrategia multirriesgo que abarque tanto riesgos naturales como humanos de carácter transfronterizo, la realización de estudios que integren los riesgos del cambio climático en instalaciones estratégicas (nucleares, energéticas…) y el fomento de un proceso de evaluación de las lecciones aprendidas, en materia de adaptación, tras la ocurrencia de eventos extremos.

Lamenta que los objetivos de SUDOE no incluyan actuaciones en materia de adaptación y propone que se considere la elaboración de estrategias o planes de acción regionales, así como la elaboración de estudios sobre impactos, vulnerabilidad y adaptación.

En cuanto a los criterios de sostenibilidad, subraya el carácter horizontal que el «Marco Financiero Plurianual 2014-2020» confiere a la consideración del Cambio Climático, por parte de los Programas y las actuaciones que los desarrollen.

La Confederación Hidrográfica del Guadiana propone que se incluyan en el Programa medidas incluidas en los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas.

Así en lo referido al Objetivo Temático de promoción de la adaptación al Cambio climático y de prevención y gestión de riesgos, propone incluir la elaboración de los Planes de sequía y de los Planes de gestión del riesgo de inundación.

En cuanto al Objetivo Temático de conservación y protección del medio ambiente y promoción de la eficiencia de los recursos, propone la inclusión de medidas de depuración de aguas residuales, construcción de nuevos abastecimientos a poblaciones, reducción de pérdidas de agua en redes, instalación de contadores de agua, restauraciones hidromorfológicas, determinación de los caudales ecológicos, repoblaciones forestales, acciones de lucha contra las especies invasoras y desarrollo de programas de educación para la prevención de daños en ecosistemas fluviales.

La Confederación Hidrográfica del Duero propone que el diagnóstico ambiental se particularice por zonas y, en la medida de lo posible, se tengan en cuenta las demarcaciones hidrográficas implicadas.

Valora positivamente varios de los objetivos específicos planteados pero considera que se han definido de forma demasiado general. Propone que, en la selección de actuaciones, se prioricen las de menor afección a las masas de agua y las que protejan su calidad.

Sugiere criterios de sostenibilidad como la recuperación y restauración del medio hídrico, la formación en temas de gestión sostenible y la conservación, protección y mejora de la calidad del agua.

La Dirección General de Políticas Ambientales de la Generalitat de Cataluña advierte la falta de una diagnosis ambiental acorde al esquema de propuesta del Programa, sobre todo en el área de intervención de desarrollo sostenible que debería apoyarse en «datos que describieran mejor la situación de los vectores ambientales en relación a las propuestas para evidenciar cuál es la situación y tendencia actual de cada uno de ellos».

En ese sentido, se pregunta el porqué algunos problemas ambientales (por ejemplo relacionados con los recursos hídricos o con los riesgos naturales) detectados en el diagnóstico ambiental no aparecen reflejados en la propuesta de actuaciones o qué criterios ambientales sustentan la diferente proporción de ayudas asignadas a cada Objetivo Temático.

Además, considera que el análisis de alternativas debe ser más consistente que el hasta ahora aportado. En ese sentido, cree que se deben considerar distintas alternativas según se recojan una u otras prioridades de inversión y que se planteen criterios para la selección de los proyectos.

Cree que, a partir del diagnóstico ambiental, deberían individualizarse los objetivos y los criterios ambientales y echa en falta un reflejo de la contaminación atmosférica, especialmente en las aglomeraciones urbanas y el impulso a políticas de producción y consumo sostenibles.

En cuanto al eje referido a las PYMES propone incluir como objetivo ambiental «el fomento a la implementación de las mejores técnicas disponibles según los documentos de referencia europeos BREF en los diferentes sectores industriales», así como la aplicación de sistemas de calificación ambiental y estrategias de compra verde.

En el eje sobre economía baja en carbono propone no centrarlo en la vivienda e incluir acciones para una movilidad sostenible y en el eje de protección del medio ambiente y eficiencia de recursos incorporar objetivos de producción y consumo sostenibles mediante sistemas de calificación ambiental.

En cuanto a criterios de sostenibilidad subraya la conveniencia de que los ejes destinados a I+i y PYMES se orienten hacia una economía verde y, en ese sentido, se lleve a cabo lo indicado en las publicaciones de la Comisión Hoja de ruta hacia una Europa eficiente en el uso de los recursos (COM(2011)0571 final) y Hacia una economía circular: un programa de cero residuos para Europa (COM(2014)0398 final).

La Subdirección General de Ordenación del Territorio y Cambio Climático de la Junta de Andalucía, indica que, en la «caracterización ambiental del espacio» aportada, debería realizarse un análisis del impacto de las ciudades y el desarrollo urbano sobre el medio ambiente.

En cuanto a los objetivos de SUDOE, propone la inclusión de otra prioridad en el objetivo temático 6 sobre acciones para mejorar el entorno urbano, revitalizar las ciudades, rehabilitar y descontaminar viejas zonas industriales, reducir la contaminación atmosférica y promover medidas de reducción de ruidos.

También propone incluir los espacios públicos (zonas verdes y parques) en el objetivo específico de mejora de la eficacia de las políticas eficiencia energética y del uso de fuentes de energía en los edificios públicos y viviendas gracias a la cooperación transnacional.

La Dirección General de Ordenación del Territorio del Gobierno de Aragón indica que el diagnóstico ambiental resulta generalista y sin traslación territorial. Para definir si el programa debe someterse a un procedimiento de evaluación ordinaria cree que falta concreción en la magnitud y alcance espacial de los efectos y en la determinación del valor y la vulnerabilidad del área probablemente afectada (por ejemplo, por sus características naturales especiales, por superación de valores límite de objetivos de calidad ambiental o por explotación intensiva del suelo o efectos en el paisaje).

Además, indica que el diagnóstico ambiental debería relacionar la información ambiental que expone con factores socioeconómicos y que, en las actuaciones propuestas, falta información sobre su conexión con el cumplimiento de los objetivos temáticos. En todo caso, subraya la relevancia que se debería dar a la consideración de las regiones más desfavorecidas, con especial atención a las de montaña y las muy escasamente pobladas.

Opina que los objetivos temáticos del Programa deberían estar matizados en su aplicación atendiendo a criterios de ordenación territorial en los que primen las regiones más necesitadas de apoyo y, en cuanto a las alternativas planteadas, considera que se exponen sin el suficiente detalle y sin valoración ambiental.

La Dirección General de Cooperación y Patrimonio Cultural del Gobierno de Canarias destaca dos criterios prioritarios contenidos en la estrategia de especialización Inteligente (RIS3) de Canarias que deben tenerse en cuenta: Protección del medio ambiente y promoción de la eficiencia de los recursos, especialmente mediante inversiones en los sectores de agua, residuos y patrimonio cultural y natural; y fomento del desarrollo de soluciones basadas en tecnologías de la información y comunicaciones, especialmente ciudades inteligentes e industrias culturales y recreativas, administración electrónica y servicios.

La Dirección General de Patrimonio Cultural del Principado de Asturias informa favorablemente el Documento Inicial Estratégico.

La Dirección General de Evaluación Ambiental y Territorial de la Generalitat Valenciana señala (SG Ordenación, planificación y actuaciones territoriales estratégicas) que se debería mejorar la estructura del Documento Inicial Estratégico y, en el diagnóstico ambiental, incluir una serie de aspectos que considera muy importantes. Entre ellos, la baja inversión privada en I+D+i, la insuficiente internalización de las empresas, la falta de adaptación de las políticas de I+D+i a los requerimientos de los clusters territoriales o la insuficiencia de la red ferroviaria en el corredor mediterráneo. Propone la potenciación de determinados sectores con una cierta concentración territorial, como son calzado, textil, juguete, cerámica, etc.

También propone realzar el papel de la infraestructura verde, tratar los déficit hídricos estructurales e impulsar la certificación energética.

La Subdirección General de Evaluación Ambiental y Territorial propone la incorporación al diagnóstico ambiental de aspectos como disponibilidad y calidad del agua, medio natural y biodiversidad o energía. Considera coherentes los objetivos del Programa con el diagnóstico ambiental, pero propone incluir aspectos como introducir el principio del uso racional del suelo, considerar como objetivo específico la reutilización de las aguas residuales tratadas, recuperar espacios naturales que son origen de riesgos (inundaciones, regresión litoral, etc) y promover modelos empresariales que faciliten el acceso de las PYME a las energías renovables.

Propone la inclusión de la fragilidad del paisaje y la conservación de las unidades paisajísticas relevantes como criterios de sostenibilidad del Programa.

Sobre efectos en el medio ambiente y medidas preventivas:

La Oficina Española de Cambio Climático destaca que si bien la mayoría de actuaciones de SUDOE tienen efectos positivos, sería necesario tener en cuenta la posible vulnerabilidad al cambio climático de las actuaciones señaladas, así como posibles medidas de adaptación para paliar sus efectos.

La Confederación Hidrográfica del Tajo considera que, si se alcanzan los objetivos del Programa, redundará en una mejora del dominio público hidráulico y una mayor protección del mismo, por lo que los impactos serán de carácter positivo.

La Confederación Hidrográfica del Duero indica que se deben realizar análisis específicos de los posibles efectos de las actuaciones del Programa en el medio hídrico (aguas superficiales y subterráneas, formaciones vegetales y fauna asociadas al ecosistema acuático). Valora positivamente el plan de seguimiento ambiental y los indicadores de productividad propuestos que deberían, en todo caso, ampliarse y particularizarse según se conozcan en más detalle las actuaciones concretas a realizar.

AENA Aeropuertos informa que SUDOE incluye zonas y espacios afectados por servidumbres aeronáuticas legales en las que la ejecución de cualquier construcción, instalación (postes, antenas, aerogeneradores, etc.), medios de construcción (grúas o similares) o plantación, requerirá acuerdo favorable de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) en relación con su incidencia en la seguridad de las operaciones aéreas.

Sí además el Programa ordenase ámbitos afectados por servidumbres aeronáuticas, debería contar con un informe favorable de la DG de Aviación Civil que tiene carácter preceptivo y vinculante.

La Dirección General de Montes y Conservación de la Naturaleza del Gobierno de Cantabria considera que los efectos sobre el medio natural de Cantabria serán positivos, revertiendo en una mejora tanto en los Montes como en la Red de Espacios Protegidos de Cantabria (Red Natura 2000 y Parques Naturales) y especies protegidas y, entre las medidas a adoptar, destaca las referidas a agua, suelo y emisión de gases de efecto invernadero.

La Comisión de Medio Ambiente del Gobierno de las Islas Baleares acuerda proponer que SUDOE no se sujete a trámite de evaluación ambiental estratégica ordinaria.

Sugiere la potenciación de los sistemas playa-duna, en línea con los objetivos del programa en las Baleares de protección de hábitats y para favorecer el desarrollo turístico sostenible.

La Dirección General de Políticas Ambientales de la Generalitat de Cataluña señala la conveniencia de que se analice qué efectos ambientales diferenciales tienen distintas alternativas de asignación financiera en relación a la situación actual.

Recomienda la inclusión de indicadores de diferente tipología en el seguimiento y evaluación del Programa y no solamente de resultado

La Dirección General de Archivos, Bibliotecas, Museos y Patrimonio de la Generalitat de Cataluña destaca que, en las actuaciones a realizar, se deberán contemplar los efectos negativos sobre el patrimonio cultural

La Dirección General de Patrimonio Cultural del Gobierno de Extremadura informa favorablemente el Programa condicionado a las medidas fijadas en el informe adjunto. En este informe destaca que cualquier obra que conlleve movimientos de tierra podría afectar de forma directa o indirecta al patrimonio histórico o arqueológico. Por ello, sus correspondientes Estudios de Impacto ambiental deberán contener medidas preventivas y correctoras.

La Dirección General de Transportes, Infraestructuras y Vivienda de la Comunidad de Madrid considera que no es previsible que SUDOE tenga efectos significativos negativos sobre el medio ambiente.

La Dirección General de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid considera que SUDOE no precisa someterse al procedimiento de Impacto ambiental en lo que se refiere a su incidencia sobre el Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid.

La Dirección General de Bienes Culturales de la Región de Murcia valora positivamente el documento informado desde el punto de vista del patrimonio cultural y destaca que, por la naturaleza del Programa no es previsible la ejecución de actuaciones con efectos negativos o cuestionables sobre el patrimonio histórico.

La Dirección General de Medio Natural del Gobierno de La Rioja informa que deberán tenerse en cuenta los posibles efectos adversos de las actuaciones programadas en los espacios y valores naturales como son Red Natura 2000, Montes de Utilidad Pública, hábitats ligados a especies de flora singular o protegida, fauna silvestre y habitas ligados a fauna protegida, cauces y vegetación de ribera, vías pecuarias o paisajes de elevado interés.

La Dirección General de Evaluación Ambiental y Territorial de la Generalitat Valenciana considera (SG de Evaluación Ambiental y Territorial) «adecuado el análisis de los previsibles efectos que el Programa puede tener sobre el medio ambiente» pero señala que algunas de las actuaciones, fundamentalmente en lo que se refiere a la creación y promoción de clústeres industriales, podrían tener impactos ambientales.

La Subdirección General de Ordenación, planificación y actuaciones territoriales estratégicas sugiere tener en cuenta impactos territoriales y sociales a largo plazo por ejemplo, en cuanto a la igualdad de acceso equitativa a los servicios de la sociedad del conocimiento.

La Dirección General de Medio Natural de la Generalitat Valenciana considera que las actuaciones previstas sobre desarrollo sostenible y especialmente el objetivo específico sobre preservación y restauración de la biodiversidad, pueden contribuir muy positivamente a la gestión de la Red Natura 2000.

En todo caso, señala que cualquier proyecto que pueda afectar a los espacios Red Natura 2000 debe someterse a una evaluación de sus repercusiones.

La Dirección de Patrimonio Cultural del Gobierno Vasco informa que no se advierten afecciones negativas sobre el Patrimonio Cultural de esta Comunidad Autónoma.

La Dirección General de Ordenación del Territorio del Gobierno de Aragón observa que el análisis de los efectos ambientales significativos aportado presenta deficiencias metodológicas y conceptuales relevantes. Por ejemplo, destaca la falta de concreción de conceptos como intangible, marginal, potencial o de contribución neutral.

Considera que se deberían haber contemplado los efectos de los proyectos agrupados por temáticas, de tal forma que se pudieran valorar sus impactos acumulativos y sinérgicos. Detecta la falta de una propuesta de medidas para prevenir o reducir los efectos negativos de las actuaciones y carencias en lo que se refiere a su seguimiento ambiental.

La Dirección General de Patrimonio Cultural del Gobierno de Aragón considera que las actuaciones previstas pueden suponer afecciones a bienes del Patrimonio Cultural y deberán ser objeto de una evaluación sobre Patrimonio Cultural concreta. En todo caso, en fase de redacción de los proyectos de las actuaciones, deberá contar con la adecuada información que le permita arbitrar, según el caso, las medidas oportunas de protección y prevención.

La Dirección General de Calidad Ambiental del Gobierno de La Rioja destaca que deberán valorarse los efectos generados por las actuaciones del Programa sobre los distintos factores ambientales (calidad del aire y cambio climático, hidrología, suelo, fauna, vegetación, hábitats, especies protegidas, etc).

Además, propone que, en la definición del Programa y en su seguimiento ambiental, no se creen nuevos indicadores, sino utilizar aquéllos ya existentes y de los que se tenga experiencia, como los propuestos por EUROSTAT, así como por la Agencia Europea de Medio Ambiente.

Sobre coordinación con otros planes:

La Oficina Española de Cambio Climático cita la Estrategia Europea de Adaptación al Cambio Climático, cuyo documento de acompañamiento SWD (2013)139 considera la integración de la adaptación al cambio climático en los programas e inversiones de la Política de Cohesión 2014-2020.

La Confederación Hidrográfica del Tajo considera que, dado que el Programa puede desarrollar actuaciones que pueden provocar alteraciones al dominio público hidráulico, se deberán tener en cuenta en su construcción y explotación, entre otras materias, la necesidad de solicitar las pertinentes autorizaciones de ocupación o de vertido, la adecuación a la naturalidad de los cauces, la incidencia de las avenidas extraordinarias o la generación de residuos.

La Confederación Hidrográfica del Júcar recalca que, en el diseño de las actuaciones propuestas, el Programa debe tener en cuenta el principio rector de la Ley de Aguas para que sea compatible con su gestión pública, la ordenación del territorio, la conservación y protección del medio ambiente y la restauración de la naturaleza, fundamentalmente en lo relativo al dominio público hidráulico. Además, debe ser compatible con el Plan Hidrológico Nacional y los planes hidrológicos de cuenca.

La Confederación Hidrográfica del Duero recalca también que, en el diseño de las actuaciones propuestas, se deben tener en cuenta las determinaciones establecidas en la legislación vigente en materia de aguas y, concretamente en su ámbito geográfico, las incluidas en el Plan Hidrológico del Duero, el Plan Hidrológico Nacional, el Programa AGUA, el Plan Nacional de Calidad de las Aguas y la Estrategia Nacional de Recuperación de Ríos.

La Confederación Hidrográfica del Guadiana destaca también la necesidad de que las actuaciones del programa cumplan de la Ley de Aguas y, en particular, el Reglamento del Dominio Público Hidráulico.

La Subdirección General de Ordenación del Territorio y Cambio Climático de la Junta de Andalucía, indica la necesidad de analizar la coherencia de las actuaciones previstas en el Programa con el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía. Además, debe garantizarse la adecuación de las actuaciones previstas en SUDOE a la planificación territorial vigente de ámbito subregional.

La Dirección General de Políticas Ambientales de la Generalitat de Cataluña indica que deberán establecerse las sinergias necesarias con los programas regionales FEDER que se elaboran simultáneamente a SUDOE.

Destaca, en el ámbito de Cataluña, dos estrategias marco: la Estrategia Cataluña 2020 (ECAT 2020) y la Estrategia para la Especialización Inteligente de Cataluña (RIS3CAT).

Además, considera de especial relevancia la consideración de los planes PIVE y PIMA Aire, así como el Pacto de los Alcaldes.

La Dirección General de Cultura de la Generalitat Valenciana cita la necesidad de que la definición y desarrollo de las actuaciones del Programa tengan en cuenta la Ley 4/98, de Patrimonio Cultural Valenciano.

El Instituto de Estudios del Territorio de la Xunta de Galicia menciona la necesidad de consideración de los planes o normas de desarrollo derivadas de la legislación del paisaje y de ordenación del territorio. Concretamente, cita la Estrategia del paisaje de Galicia, las Directrices de ordenación del territorio (DOT), el Plan de Ordenación del Litoral (POL) y los futuros catálogos y directrices de paisaje.

La Dirección General de Montes y Conservación de la Naturaleza del Gobierno de Cantabria cita una serie de normas que deberían aplicarse si se realizan actuaciones sobre el territorio. Entre ellas, la directiva 92/43/CEE conocida como Directiva Habitats, la Directiva 2009/47/CE, conocida como Directiva Aves, la Ley 43/2003, de Montes, la Ley 42/2007, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, la Ley de Cantabria 4/2006, de Conservación de la Naturaleza o el Decreto 120/2008 por el que se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Cantabria.

La Dirección de Patrimonio Cultural del Gobierno Vasco informa sobre la necesidad de cumplimiento de la Ley 7/1990, de 3 de julio, de Patrimonio Cultural Vasco y tener en cuenta los criterios de protección del Patrimonio Cultural.

La Dirección General de Ordenación del Territorio del Gobierno de Aragón cita la Estrategia Territorial de Aragón. Informa que, según la Ley de las Cortes de Aragón 4/2009, de 22 de junio, de Ordenación del Territorio de Aragón (artículos 48 a 50), en los planes con incidencia territorial sobre Aragón, se precisa la participación de la Comunidad Autónoma mediante un dictamen preceptivo del Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón.

La Dirección General de Patrimonio Cultural del Gobierno de Aragón indica la necesidad de cumplimiento de la Ley 3/1999, del patrimonio cultural aragonés.

La Dirección General de Recursos Naturales del Principado de Asturias lista una serie de planes y regulaciones a tener en cuenta. Entre ellos, el Plan de Ordenación de Recursos, los instrumentos de gestión de la Red Regional de Espacios Naturales Protegidos y de los espacios de la red Natura 2000, la Convención Ramsar en los Humedales de Importancia Internacional, las disposiciones relativas a las Reservas de la Biosfera, la regulación sobre áreas de distribución de especies amenazadas. Solicita además que se tengan en cuenta los resultados de los programas LIFE + que se realizan en el ámbito territorial asturiano.

La Dirección General de Calidad Ambiental del Gobierno de La Rioja destaca la necesidad de tener en cuenta el VII Programa de Acción de la UE en materia de Medio Ambiente o el Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático.

ANEXO II
Seguimiento ambiental

El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, en su calidad de órgano promotor y sustantivo del programa, deberá realizar un seguimiento periódico de los principales efectos que la aplicación de SUDOE produce en el medio ambiente para lo que recopilará información acerca de:

a) Estado de ejecución de las actuaciones previstas en el Plan.

b) En caso de haberse propuesto, grado de cumplimiento de sus objetivos ambientales.

c) Envergadura de los efectos ambientales adversos detectados.

d) En caso de haberse aplicado, eficacia de las medidas preventivas, correctoras y compensatorias.

Este seguimiento ambiental deberá establecerse en base a los principios de sostenibilidad y a los objetivos ambientales e indicadores que se proponen a continuación:

Componente

ambiental

Objetivos ambientales

Indicadores de seguimiento ambiental

Aire, clima.

Estrategia Europea 2020 (COM(2010) 2020):

• Reducción de emisiones de gases de efecto invernadero un 20% (o un 30% si se dan las condiciones) menores a los niveles de 1990.

• Uso, al menos, de un 20% de energías renovables.

• Aumento, al menos, del 20 % de la eficiencia energética.

Estrategia temática respecto a la contaminación atmosférica COM(2005) 446: Con respecto a la situación del año 2000, la estrategia determina objetivos concretos a largo plazo (2020):

• reducción en un 47 % de la pérdida de esperanza de vida por la exposición a las partículas.

• reducción en un 10 % de los casos de mortalidad aguda provocados por el ozono.

• disminución de los excesos de depósitos ácidos en un 74 % y en un 39 %, respectivamente, en las zonas forestales y en las superficies de agua dulce.

• reducción en un 43 % de las zonas en las que los ecosistemas están sujetos a eutrofización.

La realización de estos objetivos supone reducir con respecto a los niveles del año 2000:

• las emisiones de SO2 en un 82 %.

• las emisiones de NOx en un 60 %.

• de los compuestos orgánicos volátiles (COV) en un 51 %.

• del amoniaco en un 27 % y

• de las PM2,5 (primarias) en un 59 %.

1. Emisiones totales de gases de efecto invernadero (Índice en función de año base (1990 excepto 1995 para fluorados) = 100.

2. Emisiones de GEI en sectores difusos (Índice en función de año base (2005) = 100).

3. Porcentaje de producción de energía primaria procedente de fuentes renovables (%).

4. Indicador (MINETUR) de cumplimiento del objetivo del 20% de eficiencia energética (%).

5. Contribución a los objetivos del Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático (Sí./NO).

6. Calidad del aire de fondo regional (Ozono) para la protección de la salud (días al año en el que el máximo de las medias octohorarias supera los 120mg/m3) y la vegetación (medias móviles quinquenales AOT40 con valor objetivo 18.000 mg/m3).

7. NO2: Media ponderada con la población del Nº de horas en que se supera la concentración de media horaria de 200 μg/m3 y de la concentración media anual (Total municipios españoles > 50.000 habitantes).

8. Emisiones de partículas: PM2,5 y PM10 (Índice en función de año base (2000) = 100).

Vegetación fauna ecosistemas biodiversídad.

Estrategia de la UE sobre la biodiversidad hasta 2020: nuestro seguro de vida y capital natural (COM(2011) 244):

• Visión para 2050: En 2050, la biodiversidad de la Unión Europea y los servicios ecosistémicos que presta (el capital natural de la UE) se protegerán, valorarán y restaurarán debidamente, dado el valor intrínseco de la biodiversidad y su contribución esencial al bienestar humano y a la prosperidad económica.

• Objetivo principal para 2020: Detener en 2020 la pérdida de biodiversidad y la degradación de los servicios ecosistémicos de la Unión Europea, y restaurarlos en la medida de lo posible, incrementando al mismo tiempo la contribución de la UE a la lucha contra la pérdida de biodiversidad mundial. Para ello, en 2020, respecto a los datos de 2010:

Objetivo Intermedio nº 7 de Iniciativa emblemática de la Estrategia Europa 2020 (COM (2011) 571):

En 2020, la pérdida de biodiversidad en la UE y la degradación de los servicios ecosistémicos se habrán detenido y, en la medida de lo posible, se habrá restablecido la biodiversidad.

9. Porcentaje de Lugares de Interés Comunitario con planes de gestión aprobados (%).

10. Grado de naturalidad de los hábitats (%).

11. Tendencia de las poblaciones de aves comunes (Índice en función de año base (1998) = 100).

12. Seguimiento de especies exóticas invasoras (valor cualitativo).

Agua, suelo.

Objetivo Intermedio nº 8 de Iniciativa emblemática de la Estrategia Europa 2020 (COM (2011) 571):

En 2020, se habrán aplicado desde hace tiempo todos los planes hidrológicos de cuenca de la DMA. En 2015, las cuencas fluviales de toda la UE se encontrarán en buen estado en términos de calidad, cantidad y uso (Nota: excepciones y derogaciones justificadas prorrogan el plazo hasta 2026). Los efectos de las sequías e inundaciones serán mínimos, gracias a unos cultivos adaptados, a una mayor retención de agua en los suelos y a unos sistemas de irrigación eficientes. Solo se recurrirá a opciones alternativas de abastecimiento de agua cuando se hayan agotado todas las posibilidades de ahorro más baratas. La extracción de agua deberá situarse por debajo del 20 % de los recursos hídricos renovables que estén disponibles.

Estrategia temática para la Protección del Suelo (COM (2006) 232):

Identificación de las zonas en las que exista riesgo de erosión, pérdida de materia orgánica, compactación, salinización y deslizamientos de tierras, así como aquéllas en las que ya se haya producido un proceso de degradación y adopción de medidas apropiadas para reducir los riesgos y luchar contra sus consecuencias. Además, la propuesta de Directiva dispone que los Estados miembros tomen las medidas adecuadas para prevenir la contaminación del suelo por sustancias peligrosas.

13. Porcentaje de masas de agua superficiales en buen o mejor estado (%).

14. Porcentaje de masas de agua subterráneas en buen o mejor estado (%).

15. Capacidad de tratamiento de aguas residuales urbanas (hab-eq).

16. Superficie de suelo afectada por erosión. (Índice en función de año base (2002) = 100).

17. Expedientes resueltos sobre suelos contaminados en el periodo (Índice en función de año base (2005) = 100).

Paisaje y patrimonio cultural.

Convenio Europeo del Paisaje:

El Convenio Europeo del Paisaje entró en vigor el 1 de marzo de 2004. España ha ratificado el citado Convenio el 26 de noviembre de 2007 (BOE de 5/02/2008). Está en vigor en nuestro país desde el 1 de marzo de 2008.–Sus objetivos principales son:

• reconocer jurídicamente los paisajes como elemento fundamental del entorno humano, expresión de la diversidad de su patrimonio común cultural y natural y como fundamento de su identidad.

• definir y aplicar en materia de paisajes políticas destinadas a la protección, gestión y ordenación del paisaje mediante la adopción de una serie de medidas específicas.

• establecer procedimientos para la participación pública, así como de las autoridades locales y regionales y otras partes interesadas en la formulación y aplicación de las políticas en materia de paisaje.

18. Evolución de la superficie de suelo urbano (Índice en función de año base (2006) = 100).

19. Evolución del patrimonio histórico protegido (nº de Inmuebles de Interés Cultural).

Población y uso sostenible de los recursos naturales.

Una Europa que utilice eficazmente los recursos - Iniciativa emblemática de la Estrategia Europa 2020 (COM (2011) 571):

Visión: En 2050, la economía de la UE habrá crecido de manera respetuosa con las restricciones de recursos y con los límites del planeta, contribuyendo de esta manera a la transformación económica mundial. Nuestra economía será competitiva e integradora y proporcionará un elevado nivel de vida con un impacto medioambiental mucho menor. Todos los recursos se gestionarán de manera sostenible, desde las materias primas hasta la energía, el agua, el aire, la tierra y el suelo. Se habrán alcanzado los objetivos intermedios sobre el cambio climático, al tiempo que se habrán protegido, valorado y restablecido sustancialmente la biodiversidad y los servicios ecosistémicos que esta sustenta.

20. Intensidad de energía primaria (kg equivalente de petróleo / 1.000 €).

21. Distribución del agua en la red pública de abastecimiento según sectores (Consumo de agua) (hm3/año).

22. Eficiencia ambiental en la agricultura según consumo de fertilizantes y de fitosanitarios (Índice en función de año base (2000) = 100).

23. Generación de residuos municipales por habitante (kg/hab).

24. Tasa global de reciclado y valorización de residuos de envases (%).

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