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Documento BOE-A-2015-10058

Resolución 420/38127/2015, de 8 de septiembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Universidad Politécnica de Madrid para la organización del Curso de Verano "Nuevas tecnologías aplicadas a las Fuerzas Armadas".

Publicado en:
«BOE» núm. 224, de 18 de septiembre de 2015, páginas 82339 a 82342 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2015-10058

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 3 de julio de 2015 el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Universidad Politécnica de Madrid para la organización del Curso de Verano «Nuevas tecnologías aplicadas a las Fuerzas Armadas», en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 8 de septiembre de 2015.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Defensa, David Javier Santos Sánchez.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Universidad Politécnica de Madrid para la organización del Curso de Verano «Nuevas tecnologías aplicadas a las Fuerzas Armadas»

En Madrid, a 3 de julio de 2015.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. Almirante General D. Fernando García Sánchez, Jefe de Estado Mayor de la Defensa, en uso de las facultades que le fueron delegadas por el titular del Ministerio de Defensa en virtud de la Orden DEF/3015/2004, de 17 de septiembre, sobre delegación de competencias en autoridades del Ministerio de Defensa en materia de convenios de colaboración, y con domicilio en la calle Vitruvio, n.º 1, 28071 Madrid.

De otra parte, el Sr. D. Carlos Conde Lázaro, Rector Magnífico de la Universidad Politécnica de Madrid, nombrado por el Decreto 60/2012, de 19 de abril, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, según las competencias que tiene atribuidas por el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y por el artículo 65.1.b) y j) de los Estatutos de la Universidad Politécnica de Madrid, aprobados por el Decreto 74/2010, de 21 de octubre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y

EXPONEN

Primero.

Que el artículo 31 de la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional, establece que «el Ministerio de Defensa promoverá el desarrollo de la cultura de defensa con la finalidad de que la sociedad española conozca, valore y se identifique con su historia y con el esfuerzo solidario y efectivo mediante el que las Fuerzas Armadas salvaguardan los intereses nacionales. Asimismo, el resto de los poderes públicos contribuirán al logro de este fin».

Que el apartado 3 de la Directiva de Defensa Nacional 2012, de julio de 2012, dispone que las líneas generales de la política de defensa española se dirigirán, entre otras, a fomentar una conciencia de defensa de España y, en más profundidad, una cultura de la defensa, al considerar que la defensa de España debe ser asumida por todos los españoles como asunto de indudable transcendencia, ya que su eficacia exige la participación ciudadana, única fórmula para otorgarle continuidad y profundidad.

Segundo.

Que la Universidad Politécnica de Madrid ha venido colaborando con el Ministerio de Defensa, a través del Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional y, dentro de él, con la Escuela de Altos Estudios de la Defensa, en la realización de una amplia gama de actividades que han fomentado el conocimiento mutuo y una extensa cooperación en temas de interés común, por lo que ha considerado pertinente ahondar en estas relaciones con nuevas iniciativas que den mayor profundidad y recorrido a las actividades conjuntamente realizadas en pro de la defensa y la seguridad de nuestro país, lo cual motivó la creación en su seno de la Cátedra «Ingeniero General D. Antonio Remón y Zarco del Valle», en cuyo marco se desarrolla este convenio.

Tercero.

Que el 23 de enero de 2007 se suscribió el Convenio marco de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Universidad Politécnica de Madrid para la creación de la Cátedra de Estudios de la Defensa «Ingeniero General D. Antonio Remón y Zarco del Valle» en esta universidad.

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto articular la colaboración entre el Ministerio de Defensa, a través del Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional, en adelante CESEDEN, y la Universidad Politécnica de Madrid para la organización del Curso «Nuevas tecnologías aplicadas a las Fuerzas Armadas», a celebrar en La Granja (Segovia), sede de los Cursos de Verano de la Universidad Politécnica de Madrid, en el marco de los Cursos de Verano que la propia Universidad organiza.

Segunda. Aportaciones de la Universidad Politécnica de Madrid.

La Universidad Politécnica de Madrid se compromete a aportar todos los medios materiales y personales necesarios para la realización del Curso «Nuevas tecnologías aplicadas a las Fuerzas Armadas», dentro de los Cursos de Verano a desarrollar en La Granja (Segovia), en especial lo relativo a:

a) Organizar y desarrollar el curso objeto de este convenio de colaboración y asumir los gastos generales que se generen en concepto de infraestructura, gestión administrativa, transporte, material informático, audiovisual y cualquier otro que sirva de apoyo para la realización de estas actividades, así como sufragar parte de los gastos que pudieran producirse por este motivo.

b) Gestionar la financiación procedente del CESEDEN y la realización de todos los pagos que origine el desarrollo de las actividades expuestas en el párrafo precedente.

c) Entregar al CESEDEN, a través del Instituto Español de Estudios Estratégicos, antes del 1 de diciembre de 2015, la factura, la memoria económica de ejecución del presupuesto relativa a los gastos originados como consecuencia de las actividades objeto del presente convenio y la memoria docente de las actividades realizadas.

d) Incorporar de forma visible, en todas aquellas acciones a que se refiere el presente convenio que impliquen difusión, ya sea impresa o por cualquier otro medio, el logotipo institucional del CESEDEN. Asimismo, el CESEDEN, como entidad colaboradora, podrá difundir su colaboración en el aula en que se celebre el curso.

e) Corresponde a las autoridades académicas de la Universidad Politécnica de Madrid, en colaboración con el Instituto Español de Estudios Estratégicos, la aprobación de los programas y de las normas para el desarrollo del curso, así como adoptar cualquier medida que resulte necesaria para su correcta realización.

Tercera. Aportaciones del Ministerio de Defensa-CESEDEN.

El Ministerio de Defensa-CESEDEN se compromete a apoyar económicamente a la Universidad Politécnica de Madrid para la realización de las actividades objeto del presente convenio.

Cuarta. Financiación.

El CESEDEN, a través del Instituto Español de Estudios Estratégicos, se compromete a participar en la financiación del curso indicado en la cláusula primera con la ayuda económica de dos mil euros (2.000,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 14.01.121.M2.226.06, correspondiente al ejercicio económico 2015, que se entregará a la Universidad Politécnica de Madrid una vez celebrado el curso y contra factura, memoria económica y memoria docente.

Quinta. Medidas de control y seguimiento.

Para el desarrollo y seguimiento de este convenio se constituirá una Comisión Mixta de Control y Seguimiento, integrada por dos representantes de la Universidad Politécnica de Madrid y dos representante del CESEDEN, pertenecientes al Instituto Español de Estudios Estratégicos, con el fin de potenciar y evaluar las acciones derivadas del mismo, así como resolver los problemas de interpretación y cumplimiento de este convenio que pudieran presentarse. La periodicidad de las reuniones será mensual. Todas las decisiones se tomarán por consenso entre las partes.

Sexta. Legislación aplicable.

El presente convenio de colaboración tiene naturaleza administrativa, no siéndole de aplicación el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4.1 c) del citado texto refundido, salvo que, en ejecución de este convenio, hubieran de suscribirse contratos que, por su naturaleza, tengan la consideración de contratos sujetos a esa Ley.

En estos supuestos, dichos contratos quedarán sometidos al ámbito de aplicación del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Con carácter general, para solventar las dudas interpretativas que pudieran plantearse, se observarán los principios establecidos en la mencionada Ley y en las demás disposiciones del ordenamiento jurídico administrativo.

Para resolver las controversias y cuestiones litigiosas que pudieran surgir, las partes se someten al orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Séptima. Vigencia.

Este convenio de colaboración entrará en vigor en la fecha de su firma, extendiendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2015.

Octava. Causas de resolución.

Serán causas de resolución del presente convenio:

a) El mutuo acuerdo expreso de las partes, en sus propios términos.

b) El incumplimiento en la ejecución del convenio, acreditado por una de las partes.

c) La denuncia del convenio por cualquiera de las partes.

d) La imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin.

e) Las demás establecidas en la legislación vigente.

En tales supuestos, las partes vendrán obligadas a comunicarse recíprocamente por escrito la concurrencia de la causa invocada para dar por extinguida la relación convencional con, al menos, cuatro meses de antelación a la fecha de su efectividad. No obstante, habrán de ser finalizadas con arreglo al mismo las acciones que, en su momento, se hallen en curso o esté comprometida su realización.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en dos ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por el Ministerio de Defensa, el Jefe de Estado Mayor de la Defensa, Fernando García Sánchez.–Por la Universidad Politécnica de Madrid, el Rector Magnífico, Carlos Conde Lázaro.

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