Por Orden de 23 de marzo de 2013, la Consejería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria de la Comunidad Autónoma de Galicia («Diario Oficial de Galicia» del 4 de abril), convocó procedimiento selectivo de ingreso al Cuerpo de Maestros y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios del mencionado cuerpo.
Concluidas todas las fases del citado procedimiento selectivo, la Consejería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria de la Comunidad Autónoma de Galicia, por Orden de 11 de junio de 2015 («DOG» del 23), declara aptos en la fase de prácticas y aprobados en el mismo, a determinados aspirantes que por tener concedido aplazamiento para la realización de la fase de prácticas, o por otras causas, no habían sido evaluados con el resto de los seleccionados.
De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, modificado por Real Decreto 48/2010, de 22 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.
Vista la propuesta de la Consejería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria de la Comunidad Autónoma de Galicia,
Este Ministerio, ha dispuesto:
Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros, a los seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 23 de marzo de 2013, que aparecen relacionados en el anexo a esta orden, con indicación del Número de Registro de Personal, especialidad y puntuación que les corresponde.
Los nombrados a través de la presente orden se considerarán ingresados como funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros, con efectos de 1 de septiembre de 2015.
La presente orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, contra esta orden que es definitiva en la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Madrid, 10 de septiembre de 2015.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Subsecretario de Educación, Cultura y Deporte, Fernando Benzo Sainz.
NRP |
Apellidos y nombre |
DNI |
Turno |
Puntuación |
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Especialidad: 31. Educación Infantil |
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7699075302 A0597 |
Couñago Álvarez, Ana. |
76990753 |
02 |
4,7590 |
Especialidad: 32. Lengua Extranjera: Inglés |
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3282506135 A0597 |
Chouciño Tuset, María Begoña. |
32825061 |
01 |
8,0861 |
3608511535 A0597 |
Iglesias Ferrón, Juan Luis. |
36085115 |
01 |
8,0290 |
7657994846 A0597 |
Sánchez López, Pilar. |
76579948 |
01 |
6,4283 |
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