El Real Decreto 1676/2009, de 13 de noviembre, en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 34.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, dispone que el Consejo para la Defensa del Contribuyente tendrá la naturaleza jurídica de órgano colegiado de la Administración del Estado, integrado en el Ministerio de Hacienda y adscrito a la Secretaría de Estado de Hacienda.
La composición del Consejo se determina en el artículo cuarto de dicho real decreto, disponiendo que los vocales serán nombrados por el Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, mediante la correspondiente orden ministerial.
En su virtud, siendo procedente modificar la composición del Consejo para la Defensa del Contribuyente, dispongo:
Agradeciéndole los servicios prestados, deja de formar parte, a petición propia, como Vocal miembro del Consejo para la Defensa del Contribuyente, don Antonio Cayón Galiardo.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 4.1.a) del Real Decreto 1676/2009, de 13 de noviembre, por el que se regula el Consejo para la Defensa del Contribuyente, en representación de sectores profesionales relacionados con el ámbito tributario y de la sociedad en general, se nombra Vocal miembro del Consejo para la Defensa del Contribuyente a don Javier Martínez Fernández.
Madrid, 25 de septiembre de 2015.–El Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro Romero.
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