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Documento BOE-A-2015-10874

Orden AEC/2072/2015, de 6 de octubre, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Traductores e Intérpretes.

Publicado en:
«BOE» núm. 242, de 9 de octubre de 2015, páginas 93366 a 93375 (10 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2015-10874

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 196/2015, de 22 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2015, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar el proceso selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Traductores e Intérpretes.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 28 de enero de 2011, por el que se aprueba el I Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» núm. 284, de 27 de noviembre de 2007), modificadas por la Orden PRE/2061/2009 de 23 de julio (BOE del 30 de julio).

Bases específicas

La presente convocatoria, se publicará, entre otras, en la página web www.administracion.gob.es.

1. Descripción de las plazas

Se convocan pruebas selectivas para cubrir seis plazas del Cuerpo de Traductores e Intérpretes, Código A0005, por el sistema general de acceso libre, de las siguientes características:

Tres plazas de traductor de inglés (traducción directa del inglés al castellano), con una segunda lengua extranjera a elegir entre alemán y francés.

Tres plazas de traductor de inglés (traducción inversa del castellano al inglés), con una segunda lengua extranjera a elegir entre las lenguas oficiales de la Unión Europea, árabe, chino, japonés, noruego, ruso y turco.

2. Proceso selectivo

2.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el Anexo I de esta convocatoria, e incluirá la superación de un periodo de prácticas.

2.2 Si a lo largo del proceso selectivo no quedaran candidatos para la cobertura de alguna de las plazas convocadas, el Tribunal podrá acumular éstas en las restantes plazas, sin que, en ningún caso, el número total de plazas pueda ser superior al de las convocadas.

2.3 Para la realización del período de prácticas, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

3. Programa

El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

4. Titulación

Los aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de licenciado, ingeniero, arquitecto o grado en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener esta situación hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

5. Solicitudes

5.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en la página web www.administracion.gob.es. En el mismo se deberá indicar la especialidad (Traducción directa o traducción inversa), y la segunda lengua elegida.

5.2 La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:

a. Los interesados podrán presentar solicitudes ante el Registro Telemático del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas «Inscripción en procesos selectivos» a través de la dirección de Internet www.minhap.gob.es o en el Portal del ciudadano www.administracion.gob.es

La presentación de solicitudes por esta vía conllevará en su caso el pago telemático de la tasa de derechos de examen.

En aquellos casos en que deba presentarse documentación adicional junto con la solicitud de participación telemática, de conformidad con lo previsto en las bases específicas, ésta deberá ser aportada presencialmente en los lugares previstos en la letra siguiente.

b. Igualmente, podrán presentarse en el Registro General de Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.

5.3 Pago de la tasa de derechos de examen:

De acuerdo con la actualización de tasas prevista en el artículo 65 de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015, las tasas de derecho de examen para el subgrupo A1, ascienden a 29,89 euros.

Con respecto al pago de la tasa de examen, estarán exentas del pago de la misma:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud.

c) Las familias numerosas de categoría especial, en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección de la Familia Numerosa, tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

Bonificaciones. Tendrán una bonificación del 50 % en el pago de la tasa por derechos de examen, quienes acrediten ser miembros de familia numerosa clasificada en «categoría general», por lo que el importe de la tasa será de 14,95 euros; para ello deberán aportar fotocopia del título oficial, en vigor, acreditativo de tal condición y expedido por la correspondiente Comunidad Autónoma.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

En aquellos supuestos en los que se haya optado por realizar una presentación de solicitudes a través del Registro Telemático del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, el ingreso del importe se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, del Ministro de Hacienda, por la que se establecen los supuestos y condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, así como en sus resoluciones de desarrollo.

En el caso de que la solicitud se presente en el extranjero, deberá acompañarse a la misma el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0182-2370-47-0200107974 (para transferencias desde el extranjero, se puede utilizar el Código IBAN ES63 0182-2370-47-0200107974) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

5.4 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirá al Señor Subsecretario del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV.

5.5 Los candidatos sólo podrán presentar una solicitud de admisión a estas pruebas selectivas, bien para las plazas de traducción directa, bien para las plazas de traducción inversa.

6. Tribunal

6.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura en el Anexo III de esta Orden.

6.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

6.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, plaza de la Provincia, número 1, 28012 Madrid, teléfono 91 379 16 22.

7. Desarrollo del proceso selectivo

El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «J» según lo establecido en la Resolución de 5 de febrero de 2015, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado. (BOE de 11 de febrero).

La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación exteriores.gob.es y www.administracion.gob.es.

8. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el señor Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 6 de octubre de 2015.–El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, P.D. (Orden AEX/1001/2003 de 23 de marzo), el Subsecretario de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Cristóbal González-Aller Jurado.

ANEXO I
Descripción del proceso selectivo

Fase de oposición: La fase de oposición constará de los cinco ejercicios que a continuación se describen.

1. Primer ejercicio:

1.1 Plazas de traductores de inglés (traducción directa del inglés al castellano): Consistirá en la respuesta a cincuenta preguntas de opción múltiple, sin diccionario ni ningún otro tipo de soporte. En cada pregunta deberá elegirse la respuesta correcta de entre cuatro opciones posibles, con la traducción al castellano de una frase o sentencia escrita en lengua inglesa. Todos los opositores deberán contestar las cincuenta preguntas, aunque sólo se calificarán las cuarenta y cinco primeras, quedando las cinco restantes de reserva para el caso de que alguna de aquellas sea anulada. Cada pregunta acertada se valorará con un punto y cada pregunta con respuesta errónea, o no contestada, tendrá una valoración negativa (de -0,25 puntos). Los candidatos dispondrán de un plazo máximo de una hora y media para la realización del ejercicio. Transcurrido el tiempo límite antes señalado, cada opositor, después de separar del impreso cumplimentado el volante en que figuran sus datos personales, introducirá el cuerpo principal del impreso, en el que constarán las respuestas elegidas, en un sobre sin señas o indicación alguna, que entregará cerrado al Tribunal, en unión de otro sobre menor, igualmente cerrado, en el que habrá introducido el volante de referencia.

1.2 Plazas de traductores de inglés (traducción inversa del castellano al inglés): Consistirá en la respuesta a un test de cincuenta preguntas de opción múltiple, sin diccionario ni ningún otro tipo de soporte. En cada pregunta deberá elegirse la respuesta correcta de entre cuatro opciones posibles con la traducción a la lengua inglesa de una frase o sentencia en castellano. Todos los opositores deberán contestar las cincuenta preguntas, aunque sólo se calificarán las cuarenta y cinco primeras, quedando las cinco restantes de reserva para el caso de que alguna de aquellas sea anulada. Cada pregunta acertada se valorará con un punto y cada pregunta con respuesta errónea, o no contestada, tendrá una valoración negativa (de -0,25 puntos). Los candidatos dispondrán de un plazo máximo de una hora y media para la realización del ejercicio. Transcurrido el tiempo límite antes señalado, cada opositor, después de separar del impreso cumplimentado el volante en que figuran sus datos personales, introducirá el cuerpo principal del impreso, en el que constarán las respuestas elegidas, en un sobre sin señas o indicación alguna, que entregará cerrado al Tribunal, en unión de otro sobre menor, igualmente cerrado, en el que habrá introducido el volante de referencia.

1.3 Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección publicará, con anterioridad a su realización, la puntuación mínima necesaria para considerar superado el ejercicio.

1.4 Este primer ejercicio se valorará, para todas las plazas, como «Apto» o «No Apto»; sin que, por tanto, las puntuaciones obtenidas en el mismo se computen para obtener la puntuación final del proceso selectivo.

2. Segundo ejercicio:

2.1 Plazas de traductores de inglés (traducción directa del inglés al castellano): Consistirá en una traducción, sin diccionario ni ningún otro tipo de soporte, de la lengua inglesa al castellano, de un texto de carácter literario o periodístico. Los candidatos dispondrán de un tiempo máximo de una hora y media para la realización de esta prueba. Transcurrido el tiempo límite antes señalado, cada opositor, después de separar del impreso cumplimentado el volante en que figuran sus datos personales, introducirá el cuerpo principal del impreso, en el que constará la traducción realizada, en un sobre sin señas o indicación alguna, que entregará cerrado al Tribunal, en unión de otro sobre menor, igualmente cerrado, en el que habrá introducido el volante de referencia.

2.2 Plazas de traductores de inglés (traducción inversa del castellano al inglés): Consistirá en una traducción, sin diccionario ni ningún otro tipo de soporte, del castellano a la lengua inglesa, de un texto de carácter literario o periodístico. Los candidatos dispondrán de un tiempo máximo de una hora y media para la realización de esta prueba. Transcurrido el tiempo límite antes señalado, cada opositor, después de separar del impreso cumplimentado el volante en que figuran sus datos personales, introducirá el cuerpo principal del impreso, en el que constará la traducción realizada, en un sobre sin señas o indicación alguna, que entregará cerrado al Tribunal, en unión de otro sobre menor, igualmente cerrado, en el que habrá introducido el volante de referencia.

2.3 El ejercicio será valorado, para todas las plazas, entre 0 y 20 puntos, siendo necesario un mínimo de 10 puntos para pasar al ejercicio siguiente.

3. Tercer ejercicio:

3.1 Plazas de traductores de inglés (traducción directa de la lengua inglesa al castellano): Consistirá en una traducción, con diccionario (excluyendo diccionarios electrónicos y cualquier otro tipo de soporte), de la lengua inglesa al castellano, de un texto de carácter jurídico y de otro de carácter económico. Los candidatos dispondrán de un tiempo máximo de dos horas para la realización de esta prueba. Transcurrido el tiempo límite antes señalado, cada opositor, después de separar del impreso cumplimentado el volante en que figuran sus datos personales, introducirá el cuerpo principal del impreso, en el que constará la traducción realizada, en un sobre sin señas o indicación alguna, que entregará cerrado al Tribunal, en unión de otro sobre menor, igualmente cerrado, en el que habrá introducido el volante de referencia.

3.2 Plazas de traductores de inglés (traducción inversa del castellano a la lengua inglesa): Consistirá en una traducción, con diccionario (excluyendo diccionarios electrónicos y cualquier otro tipo de soporte) del castellano a la lengua inglesa, de un texto de carácter jurídico y de otro de carácter económico. Los candidatos dispondrán de un tiempo máximo de dos horas para la realización de esta prueba. Transcurrido el tiempo límite antes señalado, cada opositor, después de separar del impreso cumplimentado el volante en que figuran sus datos personales, introducirá el cuerpo principal del impreso, en el que constará la traducción realizada, en un sobre sin señas o indicación alguna, que entregará cerrado al Tribunal, en unión de otro sobre menor, igualmente cerrado, en el que habrá introducido el volante de referencia.

3.3 El ejercicio será valorado, para todas las plazas, entre 0 y 20 puntos, siendo necesario un mínimo de 10 puntos para pasar al ejercicio siguiente.

4. Cuarto ejercicio:

4.1 Plazas de traductores de inglés (traducción directa de la lengua inglesa al castellano): Consistirá en una traducción con diccionario (excluyendo diccionarios electrónicos y cualquier otro tipo de soporte), desde la lengua que el opositor haya elegido como segunda lengua extranjera al castellano, de un texto de actualidad o de carácter jurídico o económico. Los candidatos dispondrán de un tiempo máximo de una hora y media para la realización de esta prueba. Transcurrido el tiempo límite antes señalado, cada opositor, después de separar del impreso cumplimentado el volante en que figuran sus datos personales, introducirá el cuerpo principal del impreso, en el que constará la traducción realizada, en un sobre sin señas o indicación alguna, que entregará cerrado al Tribunal, en unión de otro sobre menor, igualmente cerrado, en el que habrá introducido el volante de referencia.

4.2 Plazas de traductores de inglés (traducción inversa del castellano a la lengua inglesa): Consistirá en una traducción con diccionario (excluyendo diccionarios electrónicos y cualquier otro tipo de soporte), desde la lengua que el opositor haya elegido como segunda lengua extranjera al castellano o a la lengua inglesa, a elección del interesado, de un texto de actualidad o de carácter jurídico o económico. Los candidatos dispondrán de un tiempo máximo de una hora y media para la realización de esta prueba. Transcurrido el tiempo límite antes señalado, cada opositor, después de separar del impreso cumplimentado el volante en que figuran sus datos personales, introducirá el cuerpo principal del impreso, en el que constará la traducción realizada, en un sobre sin señas o indicación alguna, que entregará cerrado al Tribunal, en unión de otro sobre menor, igualmente cerrado, en el que habrá introducido el volante de referencia.

4.3 El ejercicio será valorado, para todas las plazas, entre 0 y 10 puntos, siendo necesario un mínimo de 5 puntos para pasar al ejercicio siguiente. Para la realización de las pruebas de traducción inversa, los candidatos deberán manifestar al Tribunal, con la antelación que éste establezca, la opción que prefieran de las dos posibles.

5. Quinto ejercicio:

5.1 Consistirá, para todas las plazas, en desarrollar por escrito y en castellano tres temas, a escoger por el aspirante, entre cuatro propuestos por el Tribunal de los que constituyen el temario que figura como Anexo II de la presente convocatoria.

5.2 Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán de un período de tiempo total de tres horas.

5.3 El ejercicio deberá ser leído por el opositor en sesión pública ante el Tribunal, que tendrá en cuenta, para su calificación, el nivel de conocimientos demostrados, la claridad y orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como su forma de presentación y exposición.

5.4 El ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar haber obtenido un mínimo de 5 puntos.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.

6. Publicación de resultados:

Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración de los ejercicios y en la sede del Tribunal, así como en las páginas web exteriores.gob.es y www.administracion.gob.es, las relaciones de aspirantes que hayan superado el mínimo establecido para cada uno de ellos, con indicación de la puntuación obtenida. Finalizada la fase de oposición, el Presidente del Tribunal elevará a la autoridad convocante la relación definitiva de aspirantes que hayan superado dicha fase, por orden de puntuación. Dicha relación se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días naturales, desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», para presentar la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria. No se podrá declarar que han superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

7. Evaluación final:

7.1 La calificación final de la fase de oposición para cada uno de los aspirantes aprobados en el último ejercicio vendrá dada por la suma de las calificaciones obtenidas en los ejercicios segundo a quinto, inclusive.

7.2 En caso de empate entre dos o más aspirantes, la prelación entre ellos se establecerá atendiendo a la puntuación obtenida en el segundo ejercicio de la oposición y, de persistir el empate, a la lograda en el tercero, cuarto y quinto, en este orden.

7.3 Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

8. Período de prácticas:

Finalizada la fase de oposición, los opositores que hayan superado la misma realizarán un período de prácticas, de seis meses de duración, en la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, en la Dirección General de Comunicación de la Secretaría de Estado de Comunicación del Ministerio de la Presidencia o en la Agrupación del Cuartel General del Ejército del Aire del Ministerio de Defensa, consistente en la realización de trabajos y actividades propios del Cuerpo de Traductores e Intérpretes, bajo la dirección y supervisión de funcionarios de dicho Cuerpo, que serán, asimismo, los responsables de su evaluación.

La calificación final de este período será de «apto» o no «apto», otorgándose por el Sr. Subsecretario de Asuntos Exteriores y de Cooperación, a propuesta de la Secretaría General Técnica, siendo necesario haber obtenido la calificación de «apto» para acceder al Cuerpo de Traductores e Intérpretes. Los aspirantes que no superen el período de prácticas perderán todos los derechos a su nombramiento como funcionarios de carrera por Resolución motivada del Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

ANEXO II
Programa del quinto ejercicio de la fase de oposición

1. La Constitución española de 1978: Estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales, su garantía y suspensión. La reforma de la Constitución.

2. La Administración Pública. Principios constitucionales informadores. Actividad administrativa y actividad política: Gobierno y Administración. La Administración General del Estado como persona jurídica. Tipología de las Administraciones Públicas.

3. La Administración General del Estado. Principios de organización y funcionamiento. Órganos centrales y territoriales. Los Organismos Públicos.

4. La Organización ministerial. Órganos superiores y órganos directivos de los Ministerios. Los servicios comunes de los Ministerios.

5. El Servicio Exterior del Estado. El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. La Administración General del Estado en el exterior. El principio de unidad de acción exterior del Estado.

6. Las organizaciones internacionales. Especial referencia a la Organización de las Nacionales Unidas. Otras organizaciones internacionales de ámbito universal. El Consejo de Europa.

7. El Tratado de la Unión Europea. Los Órganos de la Unión Europea.

8. La Administración Pública y el derecho. El principio de legalidad. Las relaciones entre la Administración y los Tribunales de Justicia y el poder de autotutela de la Administración.

9. El ordenamiento jurídico administrativo (I). Fuentes. La Constitución. La Ley. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de ley. Los Tratados internacionales.

10. El ordenamiento jurídico administrativo (II). Los principios de reserva de Ley, de jerarquía normativa y de competencia. El Reglamento: Concepto y clases. Límites de la potestad reglamentaria.

11. El acto administrativo: Concepto y clases. La eficacia de los actos administrativos. Su ejecutividad. Nulidad de pleno derecho y anulabilidad. Revisión de oficio.

12. El procedimiento administrativo. Concepto y naturaleza. Principios rectores. El procedimiento administrativo común: Sus fases.

13. Los derechos de los ciudadanos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las garantías en el desarrollo del procedimiento. Los recursos administrativos.

14. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. Funcionario de carrera y de empleo. Personal laboral. Regímenes especiales de funcionarios. Políticas de promoción de la paridad de género en las Administraciones Públicas.

15. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Situaciones administrativas. Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

16. Responsabilidad de los funcionarios. Régimen disciplinario. Responsabilidad patrimonial y penal. Los delitos de los funcionarios. Responsabilidad contable.

17. Política de Igualdad de Género. Incorporación de la mujer a la vida política y social. Repercusiones económicas, legales, sociales y culturales. Políticas contra la violencia de género: Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.

ANEXO III
Tribunal calificador

Titulares:

Presidente: Leandro Valencia Alonso (Cuerpo de Traductores e Intérpretes).

Vocales:

Paloma Ortiz de Urbina Sobrino (Profesora Titular de Universidad).

María José Martínez Peral (Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado).

Fernando Delgado Cobos (Coronel CGEO).

Secretaria: Elena Mollá Zalduondo (Cuerpo de Traductores e Intérpretes).

Suplentes:

Presidenta: Raquel Canas Remesal (Cuerpo de Traductores e Intérpretes).

Vocales:

María Carmen Pena Díaz (Profesora Titular de Universidad).

Juan Camino Sánchez (Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado).

Patricia Berasaluce Aranzábal (Cuerpo de Traductores e Intérpretes).

Secretario: Ramón Garrido Nombela (Cuerpo de Traductores e Intérpretes).

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.

ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo de Traductores e Intérpretes» y el código del Cuerpo A 0005.

En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se consignará la plaza a la que se opta, de acuerdo con las bases de la convocatoria.

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «L».

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación».

En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».

En el recuadro 21, «Grado de discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará el o los que se posean, de acuerdo con lo señalado en la base 4 de la convocatoria. Cuando se trate de un título extranjero, se consignará su denominación exacta y la fecha en que se haya obtenido la homologación correspondiente.

En el recuadro 25, apartado A, se consignará el idioma elegido como segunda lengua extranjera, en su caso.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 29,89 euros.

Con respecto al pago de la tasa de examen, estarán exentas del pago de la misma:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud.

c) Las familias numerosas de categoría especial, en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección de la Familia Numerosa, tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

Bonificaciones. Tendrán una bonificación del 50 % en el pago de la tasa por derechos de examen, quienes acrediten ser miembros de familia numerosa clasificada en «categoría general», por lo que el importe de la tasa será de 14,95 euros; para ello deberán aportar fotocopia del título oficial, en vigor, acreditativo de tal condición y expedido por la correspondiente Comunidad Autónoma.

En caso en que la presentación de solicitudes se haya realizado por vía telemática, conllevará el pago de la tasa de derechos de examen por esta misma vía.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica o, en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0182-2370-47-0200107974 (para transferencias desde el extranjero, se puede utilizar el Código IBAN ES63 0182-2370-47-0200107974) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

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