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Documento BOE-A-2015-11007

Resolución de 16 de septiembre de 2015, del Departamento de Justicia, por la que se declara desierto el concurso de traslados, convocado por Resolución de 10 de abril de 2015, en el Instituto de Medicina Legal de Cataluña.

Publicado en:
«BOE» núm. 245, de 13 de octubre de 2015, páginas 95148 a 95149 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2015-11007

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente instruido a consecuencia de la Resolución JUS/896/2015, de 10 de abril, por la que se convoca concurso de traslados para la provisión de puestos de trabajo genéricos vacantes en el Instituto de Medicina Legal de Cataluña entre funcionarios del cuerpo de médicos forenses («BOE» núm. 108, de 6.5.2015, y «DOGC» núm. 6865, de 6.5.2015);

De conformidad con lo que establecen los artículos 51 al 53 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de justicia, y el Real Decreto 386/1996, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los institutos de medicina legal;

Por ello, resuelvo:

1. Declarar desiertos los puestos convocados por la Resolución JUS/896/2015, de 10 de abril, dado que no han sido adjudicados, a menos que se pretendan amortizar mediante la modificación de la plantilla orgánica o la reordenación de efectivos de un centro de trabajo, por lo que se cubrirán por funcionarios de nuevo ingreso.

2. Información sobre los recursos a interponer.

2.1 Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el consejero de Justicia en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el último diario oficial («BOE» o «DOGC») en que esta Resolución se haya publicado, de acuerdo con lo que establecen los artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 77 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, o bien recurso contencioso-administrativo ante los juzgados contenciosos-administrativos de Barcelona, o ante el juzgado en cuya circunscripción tenga el domicilio la persona recurrente, a su elección, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo que disponen los artículos 8.2.a), 14.1.2.a, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ambos plazos a contar a partir del día siguiente de su publicación en el último diario oficial («BOE» o «DOGC»). Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que se notifique la resolución, se podrá entender desestimado y se podrá interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de seis meses a contar a partir del día siguiente del día en que se produzca el acto presunto desestimatorio del recurso.

Igualmente, las personas interesadas pueden interponer cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

2.2 De acuerdo con el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 49 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, la interposición de los recursos contenciosos-administrativos que se deban notificar a los interesados se hará mediante la publicación en el «DOGC» y mediante la exposición en los tablones de anuncios de la sede central del Departamento de Justicia (c. Pau Claris, 81, 08010 Barcelona); Gerencia Territorial de Barcelona Ciudad y L’Hospitalet de Llobregat (Gran Via de les Corts Catalanes, 111, 08014 Barcelona); Gerencia Territorial de Barcelona Comarcas (c. Pau Claris, 158-160, ático 2.ª, 08009 Barcelona); Servicios Territoriales del Departamento de Justicia en Girona (pl. Pompeu Fabra, 1, 17002 Girona), Lleida (c. Sant Martí, 1, 25004 Lleida), Tarragona (c. Sant Antoni Maria Claret, 17, 43002 Tarragona) y Les Terres de l’Ebre (c. Santa Anna, 3-5, 2.ª planta, 43500 Tortosa); Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (ps. Lluís Companys, 14-16, 08018 Barcelona), y en el sitio web del Departamento de Justicia (http://justicia.gencat.cat/ofertes).

Barcelona, 16 de septiembre de 2015.–El Consejero de Justicia, P. D. (Resolución JUS/1564/2015, de 8 de julio), el Secretario General, Enric Colet i Petit.

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