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Documento BOE-A-2015-11754

Resolución 9 de octubre de 2015, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se modifica la de 28 de julio de 2015, por la que se conceden ayudas de movilidad a titulados de universidades españolas para realizar prácticas formativas en empresas con sede en países integrados en el Programa ARGO.

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 31 de octubre de 2015, páginas 103635 a 103636 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2015-11754

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 28 de julio de 2015, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, se concedieron 13 ayudas a titulados de universidades españolas para realizar prácticas formativas en empresas con sede en diferentes países integrados en el Programa ARGO.

A la vista de las renuncias presentadas por alguno de los beneficiarios, remitidas a la Dirección General de Política Universitaria por la Entidad Colaboradora y acompañadas de la pertinente documentación este órgano, acuerda:

Dictar resolución por la que se aceptan las renuncias a las ayudas y se conceden las mismas a los suplentes, sin perjuicio de la comprobación del debido cumplimiento de las obligaciones que respecto al seguimiento impone la convocatoria a beneficiarios y empresas.

Todas las modificaciones se detallan en el Anexo de esta resolución.

Por tanto, los artículos quinto y sexto de la Resolución de 28 de julio de 2015, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades antes citada quedan modificados de este modo:

«Quinto.

El gasto resultante de las ayudas se eleva a un importe de sesenta y dos mil cuarenta y cuatro euros con seis céntimos (62.044,06  €) que será imputado a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.788.04, de los Presupuestos Generales del Estado. Dieciséis mil cuatrocientos setenta y tres euros con treinta y cinco céntimos (16.473,35  €) con cargo al ejercicio de 2015 y cuarenta y cinco mil quinientos setenta euros con setenta y uno céntimo (45.570,71  €) con cargo al ejercicio 2016. Dichos importes se abonarán a la Fundación para el Fomento en Asturias de la Investigación Científica Aplicada y la Tecnología (FICYT), que como entidad colaboradora, gestionará los pagos a los beneficiarios.

Sexto.

Con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.788.04, de los Presupuestos Generales del Estado para 2015, se imputa un importe de cuatro mil cuatrocientos ochenta y cuatro euros con cincuenta céntimos (4.484,50  €) y, con cargo a 2016 se imputa un importe de cuatro mil ochocientos veintidós euros con diez céntimos (4.822,10  €) por compensación de gastos de gestión a la entidad colaboradora, correspondiente al 15% de la ayuda, tal como se recoge en artículo 12.2 de la convocatoria.»

Contra esta resolución cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de resolución sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 9 de octubre de 2015.–El Secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Director General de Política Universitaria, Jorge Sainz González.

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