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Documento BOE-A-2015-11898

Resolución 34C/38169/2015, de 28 de octubre, del Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, por la que se delegan determinadas competencias.

Publicado en:
«BOE» núm. 264, de 4 de noviembre de 2015, páginas 104344 a 104345 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2015-11898
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2015/10/28/34c38169

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 1 de la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa, modificado, a su vez, por la disposición final vigésima tercera de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2015, ha entrado en vigor el Real Decreto 924/2015, de 16 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del organismo autónomo Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, que, en su artículo 1 recoge la extinción del Servicio Militar de Construcciones (SMC).

Asimismo, en la disposición transitoria sexta del citado Real Decreto se aprueba el régimen de las Delegaciones del SMC, que continúan subsistiendo como Delegaciones de Obras del INVIED, hasta que finalicen las obras ya encomendadas al SMC, momento en el cual pasarán a integrarse en las Áreas de Patrimonio de las Subdelegaciones de Defensa, con dependencia orgánica de las mismas y funcional del INVIED para el desarrollo y ejecución de sus funciones.

Por ello, y para mejorar el funcionamiento del INVIED, buscando una mayor eficacia, agilidad y coordinación de sus funciones, se estima conveniente delegar determinadas competencias en los Jefes de las citadas Delegaciones de Obras.

En su virtud, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispongo:

Primero.

Se delega en los Jefes de las Delegaciones de Obras del Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa (INVIED), el ejercicio de las siguientes competencias, en el ámbito de su demarcación territorial:

1. La designación de las comisiones de servicio cuya duración sea inferior a cinco horas y que no generen derecho a la percepción de indemnización por gastos de alojamiento ni manutención, así como los desplazamientos que, por razón del servicio se produzcan dentro del término municipal donde se tenga el centro de destino, respecto del personal integrado en su Delegación, con arreglo a lo dispuesto en la legislación que resulte de aplicación.

2. Ejercer las facultades de contratación atribuidas al Director Gerente del Instituto por el artículo 316.2 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, para los contratos menores de obras y suministros, definidos en los artículos 111 y 138 de la citada Ley, derivados de las encomiendas de gestión que se realizaron al extinto Servicio Militar de Construcciones.

3. Autorización, compromiso del gasto, reconocimiento de la obligación, así como la expedición y firma de los documentos contables, de los contratos celebrados en virtud de la delegación contenida en el punto 2 anterior.

4. Aprobación de los Planes de Seguridad de los contratos de obras y, en su caso, suministros cuando sea necesario, celebrados en virtud de la delegación contenida en el punto 2 anterior.

5. Tramitar las comunicaciones que se deban efectuar a las empresas y organismos en los expedientes de contratación relativos a los contratos celebrados en virtud de la delegación contenida en el punto 2 anterior.

Segundo.

Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de la presente delegación de competencias, indicarán expresamente esta circunstancia, con cita expresa de esta resolución y de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Tercero.

De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el órgano delegante podrá avocar para sí, en cualquier momento, el conocimiento y resolución de cuantos asuntos considere oportuno.

Cuarto.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente Resolución, en concreto la Resolución 34B/38162/2012, de 26 de octubre, del Director Gerente del Servicio Militar de Construcciones.

Quinto.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 28 de octubre de 2015.–El Director Gerente del Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, Juan Carlos Moliner Loriente.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 28/10/2015
  • Fecha de publicación: 04/11/2015
  • Fecha de entrada en vigor: 05/11/2015
Referencias anteriores
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Instituto de Vivienda Infraestructura y Equipamiento de la Defensa

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