De acuerdo con lo establecido en el apartado VII. 5º de la Resolución de 2 de julio de 2015 («BOE» de 14/07/15), el Director General del Instituto de Estudios Fiscales, en virtud de las atribuciones que le confiere el Real Decreto 63/2001, de 26 de enero («BOE» de 27 de enero), modificado por el Real Decreto 256/2012, acuerda la adjudicación definitiva de dos premios a tesis doctorales a los siguientes solicitantes:
A) Premio de Derecho Financiero y Tributario, «Fernando Sainz de Bujanda»:
Tesis |
Nombre |
N.I.F |
Euros |
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«La relación cooperativa entre la Administración Tributaria y las grandes empresas: análisis de la experiencia española». |
Rafael Jesús Sanz Gómez. |
30.233.697-J |
4.500 |
B) Premio de Economía Pública, «José Barea Tejeiro»:
Tesis |
Nombre |
N.I.F |
Euros |
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«Modelos de Elección Discreta aplicados a la asistencia sanitaria» |
Fabiola Waleska Sigüenza Tamayo. |
18.598.965-S |
4.500 |
Esta adjudicación es conforme con el Infome efectuado por la Comisión de Valoración designada por Resolución del Director General del Instituto de Estudios Fiscales de 27 de julio de 2015, en base a los criterios establecidos en la Convocatoria:
1. Relevancia de las aportaciones teóricas o aplicadas, hasta un máximo de 40 puntos.
2. Interés del tema tratado para las actividades desarrolladas por el Instituto de Estudios Fiscales, hasta un máximo de 35 puntos
3. Calificación emitida por el Tribunal Juzgador de la tesis, hasta un máximo de 25 puntos.
Asimismo, se hace constar de manera expresa la desestimación del resto de solicitudes.
La presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida mediante recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con los artículos 9.c) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su notificación, con arreglo a los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin que puedan interponerse simultáneamente ambos recursos.
Madrid, 23 de octubre de 2015.–El Director General del Instituto de Estudios Fiscales, José Antonio Martínez Álvarez.
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