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Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas de Reforma de la Función Pública, modificado en su redacción por la Ley 23/1988, de 28 de julio, y el Capítulo III del Título III del Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, esta Secretaría de Estado acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, de los puestos de trabajo vacantes que se detallan en el anexo I de la presente y con arreglo a las siguientes
Bases de convocatoria
Los puestos de trabajo que se convocan, cuyas funciones quedan descritas en el anexo I, podrán ser solicitados por los funcionarios públicos que reúnan los requisitos establecidos para su desempeño en la correspondiente Relación de Puestos de Trabajo, debiendo utilizar el modelo que figura como anexo II.
Los interesados dirigirán sus solicitudes a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, calle Alcalá, número 38, 28014 Madrid.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Además de los datos personales y número de Registro de Personal, los aspirantes acompañarán junto con la solicitud su currículum vitae, en el que consten títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios y cursos realizados, y otros méritos que se estime oportuno poner de manifiesto.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que lo ha dictado, según dispone los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo conforme lo dispuesto en Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 11 de noviembre de 2015.–El Secretario de Estado de Seguridad, P.D (Orden INT/50/2010, de 12 de enero), el Secretario General de Instituciones Penitenciarias, Ángel Yuste Castillejo.
Número |
Denominación del puesto |
Descripción de funciones |
---|---|---|
1 |
Director. Director CIS. |
Las recogidas en el artículo 280 del Reglamento Penitenciario aprobado por Real Decreto 190/1996 y preceptos concordantes. |
2 |
Subdirector Régimen-1. Subdirector Seguridad. Subdirector Jefe EOT. Subdirector CIS. Subdirector Jefe EOT CIS. Subdirector Servicios Médicos. |
Las recogidas en los artículos 277 y 278 del Reglamento Penitenciario aprobado por Real Decreto 1201/1981, artículo 281 del Reglamento Penitenciario aprobado por Real Decreto 190/1996, preceptos concordantes, y cuantas tareas les encomiende el Director concernientes a sus cometidos. |
3 |
Administrador. Administrador CIS. |
Las recogidas en el artículo 279 del Reglamento Penitenciario aprobado por Real Decreto 1201/1981, artículo 282 del Reglamento Penitenciario aprobado por Real Decreto 190/1996, preceptos concordantes y cuantas tareas les encomiende el Director concernientes a sus cometidos. |
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