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Visto el texto del acta de fecha 18 de diciembre de 2014 donde se acuerda la prórroga del Convenio colectivo estatal para las empresas de publicidad (código de convenio número 99004225011981), que fue suscrita, de una parte, por las Asociaciones empresariales AGEP, FNEP, AEACP, AEPE y AEP, en representación de las empresas del sector, y, de otra, por las organizaciones sindicales CC.OO. y FES-UGT, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Empleo resuelve:
Ordenar la inscripción del citado acuerdo de prórroga en el correspondiente Registro de Convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 28 de enero de 2015.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.
ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO PARA LAS EMPRESAS DE PUBLICIDAD SOBRE PRÓRROGA DE VIGENCIA DEL ACTUAL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR
En fecha 9 de mayo de 2013, esta Comisión Negociadora adoptó un acuerdo de prórroga de la vigencia del Convenio colectivo para las Empresas de Publicidad hasta el día 31 de diciembre de 2014.
No habiendo culminado la negociación del próximo Convenio del sector, se hace preciso acordar una nueva prórroga de la vigencia del actual Convenio colectivo para las Empresas de Publicidad, de conformidad con la normativa laboral vigente, que permite que, en cualquier momento, las partes negociadoras ultimen acuerdos específicos sobre prórroga de los Convenios, incluso durante la fase de negociación del nuevo Convenio llamado a sustituir al denunciado.
Esta Comisión Negociadora, al objeto de dar seguridad jurídica y estabilidad en el marco de las relaciones laborales incluidas en el ámbito de aplicación del Convenio colectivo para las Empresas e Publicidad, adopta el siguiente:
ACUERDO
Prorrogar la vigencia del Convenio colectivo para las Empresas de Publicidad hasta el 31 de diciembre de 2015, siendo en consecuencia válidas tanto las cláusulas tanto las cláusulas normativas como las obligacionales contenidas en el mismo.
Agilizar e intensificar el proceso de negociación del próximo Convenio colectivo para las Empresas de Publicidad, a fin de propiciar la adopción de un nuevo convenio antes de la expiración del plazo indicado en el punto anterior.
La vigencia de este acuerdo será de un año y se prorrogará por períodos anuales sucesivos, salvo que hubiere denuncia expresa de cualquiera de las partes con tres meses de antelación a la fecha de finalización de mismo o de cualquiera de sus prórrogas. En todo caso, cuando se logre un acuerdo de convenio, este sustituirá al vigente.
En el supuesto de que se produzca una situación de bloqueo en la negociación, las partes se comprometen a acudir a los sistemas de solución extrajudicial de resolución de los conflictos laborales establecidos por la legislación vigente.
El presente acuerdo será tramitado por don José de Cominges ante la autoridad laboral a los efectos de su registro y publicación.
Madrid, 18 de diciembre de 2014.–Por las Asociaciones Empresariales del Sector, AGEP, FNEP, AEACP, AEPE, Associació Empresarial de Publicitat.–Por las Organizaciones Sindicales, CC.OO. y FES-UGT.
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