Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría General, dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 30 de octubre de 2015.–La Secretaria General de Coordinación Autonómica y Local, Rosana Navarro Heras.
La Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Conflictos de la Comisión Bilateral Generalitat-Estado, en su reunión celebrada el día 13 de octubre de 2015 ha adoptado el siguiente Acuerdo:
Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias competenciales suscitadas en relación con los artículos 2.1, 2 y 4; 3; 4; 5.1, 2, 3, 4, 5, 6 y 9; 6.3, 4 y 5; 7; disposición adicional, disposición transitoria segunda y las disposiciones finales segunda, tercera y quinta de la Ley de Cataluña 24/2015, de 29 de julio, de medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda y la pobreza energética.
Designar un grupo de trabajo para proponer a la Subcomisión la solución que proceda.
Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña.
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