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Documento BOE-A-2015-13282

Real Decreto 1051/2015, de 13 de noviembre, por el que se crean los Colegios Públicos de Educación Infantil y Primaria números 17 y 18 de Ceuta.

Publicado en:
«BOE» núm. 292, de 7 de diciembre de 2015, páginas 115800 a 115801 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2015-13282

TEXTO ORIGINAL

La ciudad de Ceuta ha experimentado en los últimos años, por diversos factores, un incremento de la población escolar. Ello ha supuesto un sensible aumento de la ratio en determinados centros educativos, que no siempre disponen de espacios adecuados para atender de manera óptima a la nueva situación planteada. Para dar respuesta a estas necesidades de escolarización es necesario aumentar el número de plazas escolares.

La aplicación de criterios racionales de organización y funcionamiento de los centros, así como la disponibilidad de espacios que hasta la fecha estaban destinados a otros usos, aconseja llevar a cabo la creación de dos centros nuevos. Uno de ellos se instalará en infraestructuras cuya construcción ha sido incluida en el Programa operativo de la ciudad de Ceuta para el período de programación 2014-2020 de fondos estructurales para solicitar cofinanciación del FEDER.

Por todo lo expuesto, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 109 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y en el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de junio, reguladora del Derecho a la Educación, se considera necesaria la creación de dos colegios públicos de Educación Infantil y Primaria en la ciudad de Ceuta.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Educación, Cultura y Deporte, con la aprobación previa del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de noviembre de 2015,

DISPONGO:

Artículo único. Creación de dos colegios de Educación Infantil y Primaria.

1. Se crea el colegio público de Educación Infantil y Primaria número 17 de Ceuta.

2. Se crea el colegio público de Educación Infantil y Primaria número 18 de Ceuta.

Disposición adicional primera. Nombramiento de director con carácter extraordinario.

La Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades nombrará director de cada uno de los colegios creados por este real decreto a un profesor o profesora funcionarios por un periodo máximo de cuatro años, de acuerdo con lo establecido en el artículo 137 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Disposición adicional segunda. Constitución del Consejo Escolar.

La constitución del Consejo Escolar se realizará una vez se haya publicado la resolución de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades que deberá determinar el número total de miembros del Consejo Escolar y regular el proceso de elección, de acuerdo con el artículo 126 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

Disposición final única. Entrada en vigor.

Este real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 13 de noviembre de 2015.

FELIPE R.

El Ministro de Educación, Cultura y Deporte,

ÍÑIGO MÉNDEZ DE VIGO Y MONTOJO

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