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Documento BOE-A-2015-13549

Corrección de errores de la Orden ECD/1705/2015, de 30 de julio, por la que se aprueba la descripción de la fase de oposición y el programa que han de regir en las pruebas selectivas de acceso al Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.

Publicado en:
«BOE» núm. 298, de 14 de diciembre de 2015, páginas 117600 a 117601 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2015-13549

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en la Orden ECD/1705/2015, de 30 de julio, por la que se aprueba la descripción de la fase de oposición y el programa que han de regir en las pruebas selectivas de acceso al Cuerpo Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 193, de 13 de agosto de 2015, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

En el anexo I, Descripción del proceso selectivo, Sección Archivos, páginas 73668 y 73669, Tercer ejercicio, Ingreso libre y promoción interna,

Donde dice: «Constará de dos partes. La primera parte consistirá en la resolución oral y en idioma castellano de un supuesto práctico, escogido por el opositor de entre dos propuestos por el Tribunal, de descripción y comentario histórico, diplomático, paleográfico o lingüístico, según proceda, de una unidad documental simple o compuesta custodiada en cualquiera de los Archivos Nacionales del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, bien sea original o mediante una reproducción digital fidedigna a juicio del Tribunal.

La resolución del supuesto deberá ser expuesta por los aspirantes ante el Tribunal y durante un tiempo no superior a veinte minutos, en sesión pública convocada al efecto. Concluida la exposición oral, el Tribunal podrá dialogar con el candidato, durante un periodo máximo de diez minutos, sobre cuestiones relacionadas con el supuesto desarrollado.

La segunda parte consistirá en la resolución oral y en idioma castellano de un supuesto práctico, escogido por el opositor de entre dos propuestos por el Tribunal, relacionado con el temario de Archivística o sobre cuestiones relacionadas con la gestión y actuaciones en los Archivos Nacionales del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Los opositores dispondrán de un plazo máximo de dos horas para la resolución de cada uno de los supuestos, pudiendo utilizar para ello los recursos informativos y documentales que consideren necesarios, bien sea los aportados por los propios opositores, bien los disponibles en la sala en que se realice el ejercicio, que oportunamente determinará y hará público el Tribunal».

Debe decir: «Constará de dos partes: La primera parte consistirá en la resolución de un supuesto práctico, escogido por el opositor de entre dos propuestos por el Tribunal, de descripción y comentario histórico, diplomático, paleográfico o lingüístico, según proceda, de una unidad documental simple o compuesta custodiada en cualquiera de los Archivos Nacionales del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, bien sea original o mediante una reproducción digital fidedigna a juicio del Tribunal.

La segunda parte consistirá en la resolución de un supuesto práctico, escogido por el opositor de entre dos propuestos por el Tribunal, relacionado con el temario de Archivística o sobre cuestiones relacionadas con la gestión y actuaciones de los Archivos Nacionales del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Los opositores dispondrán de un plazo máximo de dos horas para la resolución de cada uno de los supuestos, pudiendo utilizar para ello los recursos informativos y documentales que consideren necesarios, bien sea los aportados por los propios opositores, bien los disponibles en la sala en que se realice el ejercicio, que oportunamente determinará y hará público el Tribunal».

La resolución de los supuestos deberá ser expuesta por los aspirantes oralmente y en idioma castellano ante el Tribunal y durante un tiempo no superior a veinte minutos cada supuesto, en sesión pública convocada al efecto. Concluida la exposición oral, el Tribunal podrá dialogar con el candidato, durante un periodo máximo de diez minutos por cada supuesto, sobre cuestiones relacionadas con los supuestos expuestos.

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 14/12/2015
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Orden ECD/1705/2015, de 30 de julio (Ref. BOE-A-2015-9109).

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