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Documento BOE-A-2015-13599

Orden JUS/2683/2015, de 1 de diciembre, por la que se convoca proceso selectivo para acceso por promoción interna al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.

Publicado en:
«BOE» núm. 299, de 15 de diciembre de 2015, páginas 117902 a 117927 (26 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2015-13599

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 196/2015, de 22 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2015, y con el fin de atender las necesidades de personal al servicio de la Administración de Justicia,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, de conformidad con la Orden JUS/2170/2015, de 14 de octubre («BOE» de 19 de octubre), por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso a los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, incluidos en el libro VI de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, y previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo de acceso por el sistema de promoción interna para ingreso en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo público, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden JUS/2170/2015, de 14 de octubre («BOE» de 19 de octubre).

Bases específicas

1. Descripción de las plazas

1.1 Se convoca proceso selectivo de acceso por promoción interna para cubrir 376 plazas de las comprendidas en el anexo II, apartado «Personal de la Administración de Justicia», del Real Decreto 196/2015, de 22 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2015, en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, (código de Cuerpo 002) a través del sistema de concurso-oposición con la siguiente distribución territorial:

Ámbito territorial

Sistema general

Reserva personas con discapacidad

Andalucía

6

Canarias

45

3

Cataluña

80

4

Comunidad Valenciana

35

2

Madrid

82

4

Navarra

6

País Vasco

41

3

La Rioja

5

Ministerio de Justicia

57

3

Total

357

19

1.2 Del total de las plazas convocadas se reservarán 19 plazas, con la distribución territorial reflejada en el punto 1.1, para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento, siempre que acrediten el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad funcional con el desempeño de las tareas propias que corresponden al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa y superen las pruebas selectivas.

Se considerarán afectados por una discapacidad en grado igual o superior al 33% de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, y los pensionistas de Clases Pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

Las plazas reservadas a personas con discapacidad que queden desiertas se acumularán a las de sistema general.

Los aspirantes que opten por el cupo de reserva para personas con discapacidad no podrán participar por el resto de plazas del sistema general.

1.3 Los aspirantes podrán participar por un único ámbito territorial, y, en caso de resultar aprobados, obtendrán necesariamente destino dentro del ámbito territorial por el que concurren. Las plazas que queden desiertas en un ámbito territorial no se podrán acumular a otro distinto.

1.4 Las presentes bases de convocatoria se publicarán de forma simultánea en el «Boletín Oficial del Estado» y en los «Boletines Oficiales de las Comunidades Autónomas» donde se convocan plazas. En el supuesto de que dicha simultaneidad no fuera posible, todos los términos y plazos establecidos en la presente Orden se contarán a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

2. Proceso selectivo

2.1 El proceso selectivo tendrá lugar por el sistema de concurso-oposición. La fase de oposición se desarrollará en primer lugar con los ejercicios, puntuaciones y valoraciones que se especifican en el anexo I-A.

Los opositores que superen la fase de oposición pasarán a la fase de concurso en el que se valorarán los méritos que se especifican en el anexo I-B.

2.2 La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones finales obtenidas en cada una de las fases de oposición y concurso.

2.3 En caso de empate, el orden de puntuación se establecerá como sigue: primará la fase de oposición; y en segundo lugar la fase de concurso. De persistir el empate, primará la nota del primer ejercicio de la fase de la oposición y, por último, si aún persistiera el empate primará la primera letra del primer apellido empezando por la «J», de acuerdo con la Resolución de 5 de febrero de 2015, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado.

3. Programas

El programa que ha de regir la fase de oposición se contiene en la Orden JUS/2171/2015, de 14 de octubre («BOE» de 19 de octubre). El contenido del temario para todos los ejercicios de la oposición se ajustará a la normativa publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en la fecha de la presente convocatoria, aun cuando no hubiese entrado en vigor.

No obstante, en materia de Registro Civil se exigirá solo la legislación vigente en la fecha de la convocatoria.

4. Titulación y otros requisitos de participación

a. Para participar en este proceso selectivo es necesario cumplir todos los requisitos señalados en la base séptima de las bases comunes y estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, el título de Bachiller o Técnico. Se estará además a lo establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso, a efectos académicos y profesionales. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones del Derecho de la Unión Europea.

4.2 Además, y por tratarse de un proceso por promoción interna han de cumplirse los requisitos siguientes:

a) Pertenecer como funcionario de carrera al Cuerpo de Auxilio Judicial.

b) Acreditar una antigüedad de al menos dos años en dicho cuerpo.

5. Solicitudes

5.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas de la Administración de Justicia (modelo 790 en cuya parte superior figura «, Solicitud de admisión a pruebas selectivas de la Administración de Justicia y liquidación de la tasa de derechos de examen»], que estará disponible en castellano y en las demás lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas. Este modelo se descarga gratuitamente de la página web del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.gob.es) y de las páginas web de las Comunidades Autónomas que ofertan plazas y que se indican en la base 6.7.

5.2 La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de veinte días naturales contados a partir del 12 de enero de 2016 y se dirigirá a la Secretaria de Estado de Justicia. La no presentación de esta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

5.3 La presentación, previo pago de la correspondiente tasa, se realizará por alguno de los siguientes medios:

a) A través del Registro Electrónico del Ministerio de Justicia en la Dirección de Internet www.mjusticia.gob.es, o páginas web de las Comunidades Autónomas que ofertan plazas, indicadas en la base 6.7, y de acuerdo con las instrucciones que en ellas se indica.

La presentación de instancias por este sistema conlleva necesariamente el pago telemático de la tasa de examen.

Los aspirantes que, de acuerdo con lo dispuesto en la base novena de la Orden JUS/2170/2015, de 14 de octubre («BOE» de 19 de octubre), por la que se establecen las bases comunes, estén exentos del pago de la tasa o tengan derecho a la reducción del importe de ésta no podrán hacer uso de este sistema y deberán necesariamente presentar la instancia en soporte papel acompañando la documentación acreditativa del derecho a la exención o reducción en alguno de los registros indicados a continuación.

b) En el Registro General del Ministerio de Justicia, calle Bolsa, n.º 8, 28071 Madrid, o en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, o en cualquiera de los órganos u oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.4 Tasa de derechos de examen.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 7,49 euros (3,74 euros, en caso de derecho a reducción del 50 %) y se abonará según se indica en la base novena de las bases comunes.

Están exentos del pago de la tasa los aspirantes que reúnan los requisitos que se detallan en la base novena, punto 6, de las bases comunes que deberán acreditar su derecho a esta exención aportando la documentación que se indica en el punto quinto de dicha base novena.

5.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones que figuran en la misma y se reproducen en el anexo III y, además, con las instrucciones particulares siguientes:

5.5.1 En el recuadro 20 relativo a «Provincia de examen», los aspirantes, harán constar la provincia de entre las siguientes y conforme al ámbito territorial por el que se presentan, en cuya capital desean realizar el primer ejercicio de la fase de oposición.

Ámbito territorial

Localidad de examen

Andalucía.

Sevilla (41).

Canarias.

Las Palmas (35)

Tenerife (38).

Cataluña.

Barcelona (08).

Comunidad Valenciana.

Valencia (46).

Madrid.

Madrid (28).

Navarra.

Navarra (31) - Pamplona.

País Vasco.

Álava (01) Vitoria.

La Rioja.

La Rioja (26) Logroño.

Ámbito de gestión del Ministerio de Justicia.

Albacete (02).

Cáceres (10).

Ceuta (51).

Madrid (98) - Órganos Centrales.

Melilla (52).

Murcia (30).

Illes Balears - Palma de Mallorca (07).

Valladolid (47).

Los aspirantes que en su instancia de participación inicial no especifiquen el ámbito por el que concurren optando por una de estas localidades de examen u opten por ámbito no convocado, no podrán ser admitidos.

5.5.2 Para el caso de aspirantes con discapacidad.

a) Los aspirantes con discapacidad harán constar en el recuadro 21 el grado de discapacidad que tengan reconocido y, en el recuadro 23 expresarán las adaptaciones de tiempo y medios que pudieran en su caso requerir, a fin de que el Tribunal cuente con la necesaria información para la adaptación de la realización de los ejercicios.

Se deberá, en este caso, aportar, además, el dictamen técnico facultativo acerca de la procedencia de la adaptación solicitada, emitido por el órgano técnico de valoración que determinó el grado de discapacidad.

b) Los aspirantes con grado igual o superior al 33 por ciento que opten por las plazas del cupo de reserva de personas con discapacidad que se indican en la base 1.2 deberán hacerlo constar marcando un aspa en la casilla 22 «Reserva discapacidad».

5.5.3 Los aspirantes que concurran por el ámbito territorial correspondiente a Comunidades Autónomas con lengua oficial propia, podrán acreditar su conocimiento de ésta por medio de dos sistemas:

a) La realización de una prueba optativa, en cuyo caso escribirán la palabra «realiza» en el recuadro correspondiente «Prueba optativa de idioma».

b) La acreditación documental de dicho conocimiento, para lo cual deberán escribir la palabra «documenta» en dicho recuadro y remitir en el momento oportuno y en los términos previstos en esta Orden las certificaciones acreditativas del conocimiento del dicho idioma.

Para aquellos opositores que no tengan acreditada la puntuación máxima a otorgar por este concepto cabe la posibilidad de acogerse a ambos sistemas, aportando la certificación correspondiente al nivel que tengan acreditado y presentándose al examen optativo del nivel inmediatamente superior. En este caso deberán escribir en el recuadro correspondiente «documenta y realiza»

Del mismo modo se procederá, en su caso, respecto del conocimiento del derecho civil foral del País Vasco, escribiendo en la casilla correspondiente.

6. Tribunales

6.1 El Tribunal calificador único, los Tribunales Delegados en las Comunidades Autónomas que convocan plazas y las unidades de colaboración son aquellos que figuran en el anexo II de esta convocatoria.

Si, a lo largo del proceso selectivo, por renuncia de los interesados u otras causas justificadas, fuera preciso sustituir a algún o algunos miembros de los Tribunales o Unidades de Colaboración, la sustitución tendrá lugar mediante Orden ministerial que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

6.2 En virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia:

– Corresponde a los Tribunales calificadores únicos la elaboración de las pruebas que habrán de desarrollarse, la determinación del calendario de realización de estas y de los criterios de valoración, así como la resolución de cuantas consultas puedan plantearse por los distintos Tribunales Delegados.

– Los Tribunales Delegados actuarán, en su ámbito territorial, por delegación del Tribunal calificador único, bajo su dependencia y dirección, a fin de garantizar la igualdad entre todos los aspirantes a lo largo del proceso selectivo.

6.3 En las sedes de examen donde no radique el Tribunal calificador único o un Tribunal Delegado, el órgano competente del Ministerio de Justicia nombra a funcionarios de la Administración General del Estado, de la Administración Autonómica (en ambos casos que presten servicios en el Ministerio de Justicia u Órgano competente de la Comunidad Autónoma) o de la Administración de Justicia, para colaborar en el desarrollo de dichas pruebas bajo la dirección del Tribunal calificador único o Tribunal Delegado, al que representarán, con las competencias de ejecución material y ordenación administrativa de los distintos ejercicios que en cada prueba selectiva se les atribuya.

6.4 De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, los Tribunales velarán por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

6.5 Los Tribunales tendrán la categoría segunda de las previstas en el anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

6.6 La información sobre estas pruebas selectivas se facilitará en: el Ministerio de Justicia, Secretaría de Estado de Justicia, calle San Bernardo, n.º 21, 28071 Madrid (teléfonos 902 007 214 y 918 372 295); la página web del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.gob.es); el punto de acceso general del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (www.administracion.gob.es); las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia y los órganos competentes de las Comunidades Autónomas donde se convocan plazas. También se podrá utilizar el formulario de contacto al que se accede a través de la página web del Ministerio de Justicia.

6.7 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la s ede del Tribunal calificador único será: calle San Bernardo, n.º 21, 28071 Madrid (teléfonos: 902 007 214 y 918 372 295). Los Tribunales Delegados tienen las sedes siguientes:

Tribunales delegados

Comunidad Autónoma

Órgano

Teléfono

Andalucía.

Instituto Andaluz de Administración Pública , Servicio de Formación y Selección del Personal de Justicia, calle Torneo, 26, 41071 Sevilla.

www.iaap.junta-andalucia.es/institutodeadministracionpublica

955 042 709

955 042 400

Canarias.

Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia. Edificio de Servicios Múltiples II, calle Agustín Millares Carló, n.º 18, 35071 Las Palmas de Gran Canaria.

http://www.gobiernodecanarias.org/justicia

928 117 983

Cataluña.

Subdirecció General de Recursos Humans i Econòmics. Calle Pau Clarís, 81, 3.º, 08010 Barcelona.

http: // www.justicia.gencat/cat/ca/serveis/ofertes_de_treball

933 164 243

933 164 216

Madrid.

Dirección General de Justicia, Gran Vía, 18, 28013 Madrid.

www.madrid.org/justicia

917 209 089

Navarra.

Dirección General de Presidencia y Justicia, calle Monasterio de Irache, 22, bajo, 31011 Pamplona.

www.navarra.es

848 046 791

848 426 780

País Vasco.

Dirección de la Administración de Justicia, calle Donostia-San Sebastián, n.º 1, 01010 Vitoria-Gastéiz.

www.justizia.net

945 019 132

945 019 131

Comunidad Valenciana.

Dirección General de Justicia, Ciudad Administrativa 9 de octubre, Torre 4, 2.º, planta, calle Castán Tobeñas, 77, 46018 Valencia.

www.gov.gva.es/va/home

961 209 247

961 209 248

La Rioja.

Dirección General de Justicia e Interior, calle Vara del Rey, 1, 26071 Logroño.

www.larioja.org

941 291 100

7. Desarrollo del proceso selectivo

7.1 Orden de actuación

El orden de actuación de los opositores, en todos los ámbitos territoriales, se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «J», según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Función Pública de 5 de febrero de 2015 («Boletín Oficial del Estado» de 11 de febrero).

7.2 Duración del proceso selectivo.

Salvo que concurra causa objetiva que lo justifique, apreciada por la Secretaría de Estado de Justicia, oído el Tribunal Calificador Único, el proceso selectivo tendrá una duración máxima de nueve meses contados a partir de la fecha de realización del primer ejercicio hasta la fecha de nombramiento como funcionario.

7.3 Fase de oposición.

Los ejercicios de la fase de oposición son los que se detallan en el anexo I-A de esta convocatoria.

El primer ejercicio, que tendrá lugar en la misma fecha y hora en todas las sedes de examen, se realizará dentro de los 45 días siguientes a la publicación de la Resolución por la que se eleva a definitiva la relación de admitidos y excluidos, publicándose en el «Boletín Oficial del Estado» la fecha, hora y lugares de su celebración.

Concluido el primer ejercicio de la oposición, el Tribunal hará públicas en la página web del Ministerio de Justicia (www.mjusticia.gob.es) y páginas web de las Comunidades Autónomas, las listas de opositores de cada ámbito territorial que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida y emplazará a los incluidos en las mismas para la realización del siguiente ejercicio.

Los opositores que no se hallen incluidos en las respectivas relaciones tendrán la consideración de no aptos, quedando eliminados del proceso selectivo.

Finalizados todos los ejercicios de la oposición, el Tribunal calificador único hará públicas, por el mismo medio, las relaciones de aprobados de cada ámbito territorial que han superado la fase de oposición.

7.4 Fase de concurso.

Finalizada la fase de oposición con la publicación en la página web del Ministerio de Justicia de las relaciones de aprobados, dará comienzo la fase de concurso en la que se valorarán los méritos que se detallan en Baremo contenido en el anexo 1-B de esta convocatoria computándose los causados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

En el mismo Acuerdo de publicación de las relaciones de aprobados, se establecerá un plazo de diez días naturales para presentar en la sede del Tribunal, Único o Delegado, que corresponda al aspirante y cuyas direcciones se detallan en la base 6.7, la documentación acreditativa, en original o fotocopia compulsada, únicamente de los méritos indicados en los epígrafes B y C del baremo contenido en el Anexo 1-B de la presente Orden. Los opositores que concurran por Comunidades Autónomas con lengua oficial propia distinta del castellano y/o Derecho Civil Foral, y que opten por acreditar documentalmente su conocimiento aportarán en este momento las certificaciones acreditativas correspondientes.

La comprobación de los méritos de los apartados A y D se hará de oficio, aunque sólo aquellos opositores que en su solicitud inicial de participación no hayan prestado su consentimiento para que el órgano gestor de este proceso selectivo pueda verificar de oficio sus titulaciones o certificaciones académicas deberán aportar también éstas, de entre las valoradas en el apartado A del baremo citado.

El Tribunales calificador único y Tribunales Delegados valorarán los méritos acreditados y el Tribunal único publicará en la página web del Ministerio de Justicia, la relación de aspirantes con la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada apartado y la total. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo, y vistas y resueltas las alegaciones, el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.

7.5 Embarazo de riesgo y parto.

Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal Calificador Único. En todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

7.6 Valoración del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas y del Derecho Civil Foral de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Concluidos los ejercicios obligatorios de la fase de oposición, los aspirantes comprendidos en la relación de aprobados que concurran por ámbito territorial con lengua autonómica propia, serán emplazados para la realización del ejercicio de carácter optativo, no eliminatorio, que acredite el conocimiento de dicha lengua, si así lo hubieran solicitado en su instancia. Paralelamente, el Tribunal Delegado correspondiente procederá a la valoración de la documentación acreditativa del conocimiento del idioma, que se hubiere presentado oportunamente, por los opositores que hayan optado por acreditar documentalmente el conocimiento del mismo.

Para aquellos opositores que, de acuerdo con lo dispuesto en la base 5.5.3, hayan optado por ambos sistemas, la puntuación otorgada será la más alta que en su caso corresponda, sin que en ningún caso pueda ser acumulativa.

La puntuación obtenida, tanto del examen como de la documentación acreditativa, se ajustará según el baremo contenido en el anexo I-C de esta convocatoria y solo surtirá efectos para la adjudicación de destinos en la Comunidad Autónoma correspondiente.

Del mismo modo y con los mismos efectos, se procederá para la valoración de los conocimientos del Derecho Civil Foral de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

7.7 Una vez terminadas las fases del concurso-oposición, el Tribunal elevará al Ministerio de Justicia propuesta con la relación de aprobados, en cada ámbito territorial, cuyo número no podrá superar el de plazas convocadas, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en los Diarios Oficiales de las Comunidades Autónomas donde se convoquen plazas, con indicación del número de orden, nombre y apellidos, DNI, puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios, total de todos los ejercicios obligatorios y fase de concurso. Junto con esta nota total pero separada de ella y sin sumarse a la misma figurará, en su caso, la obtenida en la lengua oficial, distinta al castellano de la Comunidad Autónoma por cuyo ámbito territorial concurre, y la obtenida por el conocimiento del derecho civil foral de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se haya presentado por este cupo de reserva superase los ejercicios correspondientes, y la fase de concurso, pero no obtuviera plaza, y su puntuación fuera superior a la obtenida por los aspirantes del turno general, será incluido por su orden de puntuación en este turno.

En este mismo momento, el Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas competentes ofertarán los destinos disponibles en cada ámbito territorial.

8. Presentación de documentación

8.1 Los aspirantes que figuren en la relación definitiva de aprobados, en el plazo de veinte días naturales contados a partir de la publicación de ésta en el Boletín Oficial del Estado y Diarios Oficiales de las Comunidades Autónomas donde se convocan plazas, presentarán en el Registro General del Ministerio de Justicia, Secretaría de Estado de Justicia, calle Bolsa, n.º 8, 28071 Madrid, o por los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su versión dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, la documentación siguiente:

a) Solicitud de destino ajustada a los requerimientos que, en su caso, se establezcan, en la oferta publicada por el Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas competentes.

b) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que imposibilite para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, expedido por el Facultativo de Medicina General del Sistema Nacional de Salud que le corresponda al interesado.

c) Los aspirantes que tengan la condición legal de personas con discapacidad, con grado igual o superior al 33 por 100 deberán presentar certificación de los Órganos competentes, que acredite tal condición y su capacidad funcional para desempeñar las tareas y funciones propias del cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

d) Declaración jurada de no hallarse comprendido en causa de incompatibilidad ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, en vía disciplinaria o judicial, ni haber sido separado mediante procedimiento disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, salvo que hubiera sido rehabilitado (anexo IV).

El certificado de antecedentes penales será aportado de oficio por el Ministerio de Justicia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 35.f) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

e) Los aspirantes que, en su solicitud de participación inicial, no hayan prestado expresamente su consentimiento para que sus datos de identidad personal y los referidos a sus titulaciones o certificaciones académicas puedan ser consultados y verificados de oficio por el órgano instructor de este proceso selectivo deberán aportar también:

• Dos fotocopias del documento nacional de identidad, o equivalente

• Fotocopia compulsada del título exigido en la convocatoria o certificación académica acreditativa de tener aprobadas todas las asignaturas que le capacitan para la obtención del mismo, acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para su expedición.

f) En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse fotocopia compulsada de la documentación que acredite su homologación.

8.2 Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se poseen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible en Derecho.

8.3 Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaren la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos establecidos, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.

En este último caso, o en el supuesto de renuncia de alguno de los aspirantes, y siempre que el Tribunal hubiera propuesto tantos aspirantes como plazas convocadas, el Ministerio de Justicia requerirá a este último relación complementaria de aspirantes que, habiendo superado todos los ejercicios, sigan a los propuestos hasta completar el total de plazas convocadas.

En este supuesto los aspirantes incluidos en esta relación complementaria deberán presentar la documentación acreditativa que se detalla en esta misma base en el plazo de cinco días hábiles desde su publicación en la página web del Ministerio de Justicia.

Los opositores afectados, que concurran por alguno de los ámbitos territoriales que tengan establecida la valoración de lengua oficial propia y Derecho Foral serán convocados, en su caso, a la realización de la correspondiente prueba optativa o les será incorporada la puntuación que corresponda a la acreditación documental que hubiera aportado.

9. Nombramiento

Comprobado que los aspirantes, cuyo número no podrá superar el de plazas convocadas en cada ámbito territorial reúnen los requisitos de la base 4 de la presente convocatoria y los de la séptima de las bases comunes, serán nombrados funcionarios de carrera, mediante Orden del Ministerio de Justicia, que contendrá indicación del destino adjudicado, y que será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y diarios oficiales de las Comunidades Autónomas competentes.

Dado el carácter nacional del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, para el nombramiento como funcionarios de carrera, se confeccionarán dos listas en cada ámbito territorial, una en la que se consignarán las puntuaciones obtenidas en las fases comunes y obligatorias del proceso selectivo, y otra con especificación de la puntuación obtenida en la prueba de lengua oficial propia de las Comunidades Autónomas y del Derecho Civil Foral de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

10. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial; el Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia; el Real Decreto 196/2015, de 22 marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2015; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su versión dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; la Orden JUS/2170/2015, de 14 de octubre («BOE» de 19 de octubre), por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso a los cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia; y lo dispuesto en la presente Orden de convocatoria.

Con carácter supletorio, en lo no previsto en esta convocatoria se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y el resto de normativa vigente en la materia.

Contra la presente convocatoria, y cuantos actos administrativos de ella deriven, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el señor Ministro de Justicia en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso–administrativo en el plazo de dos meses desde su publicación ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Secretaría de Estado de Justicia podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 1 de diciembre de 2015.–El Ministro de Justicia, P.D. (Orden JUS/696/2015, de 16 de abril), la Secretaria de Estado de Justicia, Carmen Sánchez-Cortés Martín.

ÍNDICE DE ANEXOS

Anexo I

Descripción del proceso selectivo.

I-A Fase de oposición.

I-B Fase de concurso.

I-C Evaluación del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas y del Derecho Civil Foral de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Anexo II. Tribunales.

Anexo III. Instrucciones de cumplimentación de la instancia.

Anexo IV. Modelo de declaración jurada.

ANEXO I
Descripción del proceso selectivo

I-A. Fase de oposición

1. La fase de oposición estará formada por los siguientes ejercicios.

1.1 Primer ejercicio. Constará de dos pruebas; ambas obligatorias y eliminatorias, que tendrán en lugar en el mismo día y hora en todas las sedes de examen, en un único acto de examen, una a continuación de otra.

1.1.1 Primera Prueba de carácter teórico, escrito y eliminatorio, consistirá en contestar un cuestionario-test sobre las materias del Programa detallado en la Orden JUS/2171/2015, de 14 de octubre («BOE» de 19 de octubre), para el acceso por promoción interna. Constará de 50 preguntas válidas con cuatro respuestas alternativas de las cuales sólo una es la correcta.

La duración de la prueba será de 40 minutos.

Se calificará de 0 a 100 puntos.

Las preguntas acertadas se valorarán con 2 puntos; las preguntas no acertadas descontarán 0,50 puntos; las preguntas no contestadas no serán puntuadas.

La puntuación obtenida por cada aspirante se corresponderá con el número de respuestas acertadas, hecha la deducción de las no acertadas.

El cuestionario propuesto por el Tribunal contendrá 52 preguntas, las 50 primeras ordinarias y evaluables y las 2 últimas de reserva. En caso en que, celebrado el examen, el Tribunal deba anular una o dos preguntas ordinarias, establecerá, en el mismo Acuerdo, la sustitución de las anuladas por otras tantas de reserva, por su orden.

El Tribunal, a la vista del número y nivel de conocimientos de los aspirantes presentados decidirá cuál será la puntuación mínima para superar esta prueba en cada ámbito territorial, que no podrá ser inferior a 50 puntos, y hará público dicho acuerdo. Los opositores que no alcancen dicha puntuación mínima tendrán la consideración de suspensos y no les será corregida la segunda prueba ni serán convocados al segundo ejercicio de la oposición.

1.1.2 Segunda prueba. De carácter práctico, escrito y eliminatorio. Consistirá en contestar 10 preguntas tipo-test referidas a un caso práctico que planteará el Tribunal.

La duración de la prueba será de 20 minutos y se calificará de cero a cuarenta puntos, a razón de cuatro puntos por pregunta acertada. Las preguntas no acertadas descontarán 1 punto, y las no contestadas descontarán 0,50 puntos. Para superar la prueba se precisará un mínimo de 20 puntos, los opositores que no alcancen esta puntuación mínima tendrán la consideración de no aptos y no serán convocados al segundo ejercicio.

El cuestionario propuesto por el Tribunal contendrá 11 preguntas, 10 ordinarias y una de reserva, y en caso de anulación de alguna de las ordinarias el Tribunal establecerá en el mismo Acuerdo de anulación que puntúe la de reserva.

1.2 Segundo ejercicio. Consistirá en reproducir en ordenador/procesador de textos un texto en Microsoft Word con los requerimientos de presentación que el Tribunal determine.

El segundo ejercicio se celebrará en la misma fecha y hora en todas las sedes de examen. No obstante, el Tribunal Calificador podrá establecer varios turnos a celebrar el mismo día, o en días consecutivos, en aquellas sedes de examen en que pudiera ser necesario, en función de la disponibilidad de aulas dotadas del equipamiento informático preciso.

La duración de este ejercicio será de 15 minutos y se puntuará entre cero y sesenta puntos.

Se valorarán dos aspectos: la velocidad y el formato: En el concepto «velocidad» se valorarán las pulsaciones brutas así como los errores y omisiones en la transcripción del texto que restarán pulsaciones y permitirán hallar las pulsaciones netas. En el concepto «formato» se valorarán los elementos de composición y presentación del documento que el Tribunal determine. Antes de la celebración del ejercicio y, según la dificultad y características del texto que haya decidido seleccionar para su transcripción, el Tribunal Calificador Único hará público en la página web del Ministerio de Justicia el Baremo que se aplicará para su corrección y en el que se determinarán de modo concreto y detallado las penalizaciones por errores u omisiones que se aplicarán en el concepto «velocidad», y el porcentaje máximo de errores u omisiones sobre el total de pulsaciones que será compatible con el aprobado. Se determinarán asimismo los elementos que serán susceptibles de valoración como «formato» y la puntuación a otorgar por cada uno de ellos.

Celebrado el examen, El Tribunal a la vista del número y nivel de conocimientos de los aspirantes decidirá cuál es el mínimo de puntuación exigido en cada uno de los dos conceptos valorables para superar el segundo ejercicio en cada ámbito territorial. Esta puntuación, sumados ambos conceptos, nunca podrá ser inferior a 30 puntos.

1.3 La calificación de la fase de oposición vendrá dada por la suma de las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

1.4 A los aspirantes que concurran por el turno de reserva para personas con discapacidad y que obtengan en cualquiera de estos ejercicios una puntuación igual o superior al 60% de la nota máxima posible prevista en los párrafos que anteceden, se les conservará la nota para la convocatoria inmediatamente posterior siempre que el contenido del temario, los ejercicios y su modo de calificación sean idénticos.

I-B. Fase de concurso

Sólo los opositores que aprueben los dos ejercicios de la fase de oposición pasarán a la fase de concurso en que se valorarán los méritos que se detallan a continuación:

BAREMO PARA LA FASE DE CONCURSO

A) Títulos y grados académicos, de los incluidos en el sistema educativo español.

Doctorado en Derecho: 14 puntos.

Otros Doctorados distintos a Derecho: 12 puntos.

Licenciatura en Derecho: 10 puntos.

Otras Licenciaturas y Másteres: 9 puntos.

Grado en Derecho: 8 puntos.

Grados distintos a Derecho: 7 puntos.

Tres primeros cursos completos de la Licenciatura de Derecho: 6 puntos.

Otras Diplomaturas: 5 puntos.

La puntuación máxima en este apartado será de 14 puntos.

B) Historial profesional.

B-1. Cursos de formación, recibidos y acreditados, en los últimos cinco años y hasta de la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria, con contenido de carácter jurídico, y convocados e impartidos u homologados por el Ministerio de Justicia u órganos competentes en la materia de las Comunidades Autónomas.

No se valorarán los cursos, certificaciones o diplomas en los que no conste el número de horas ni aquellos de 10 o menos horas lectivas, ni tampoco aquellos en que no se acredite el aprovechamiento. Tampoco pueden valorarse los cursos que formen parte de las enseñanzas del sistema educativo español, o sean conducentes a la obtención de títulos de los susceptibles de valoración en el apartado A de este baremo. Tampoco se valorarán los cursos derivados de procesos selectivos ni los diplomas de participación en jornadas, simposios, seminarios y similares.

Cursos de entre 11 y 29 horas: 3 puntos.

Cursos de entre 30 y 59 horas: 5 puntos.

Cursos de 60 o más horas: 8 puntos.

B-2. Cursos de formación en informática, convocados, impartidos u homologados en los últimos cinco años por el Ministerio de Justicia, por el Instituto Nacional de Administración Pública o por órganos competentes en Formación de las Comunidades Autónomas, o por otros agentes promotores dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo (IV Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas)

Los cursos de igual o similar contenido sólo se valorarán una vez. No se valorarán los cursos en que no conste el número de horas ni aquellos de 10 o menos horas lectivas ni tampoco aquellos en los que no conste el aprovechamiento.

Cursos de entre 11 y 29 horas: 1 punto.

Cursos de entre 30 y 59 horas: 3 puntos.

Curso de 60 o más horas: 4 puntos.

La puntuación máxima a otorgar en el apartado B es de 12 puntos: 8 en el apartado B-1 «conocimientos jurídicos» y 4 en el apartado B-2 «conocimientos informáticos»

C) Conocimiento de idiomas extranjeros.

Se valorarán únicamente aquellos títulos que consten en el Marco Europeo de Referencia para las Lenguas. Conocimientos de nivel B1 o B2 (usuario independiente): 3 puntos y conocimientos de nivel C1 o C2 (usuario competente): 5 puntos. No se valorarán los conocimientos de nivel básico o elemental.

La puntuación máxima total por este concepto será de 8 puntos.

D) Servicios prestados como titular o interino en los Cuerpos de la Administración de Justicia y /o en Cuerpos de otras Administraciones Públicas o como personal laboral (hasta un máximo de 26 puntos).

• Por cada mes completo de servicios prestados como interino o sustituto en el Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa (antes Auxiliares de la Administración de Justicia), o como titular o interino del Cuerpo de Auxilio Judicial (antes Agentes de la Administración de Justicia): 0.25 puntos.

• Por cada mes de servicios prestados en los demás Cuerpos o Escalas Generales al Servicio de la Administración de Justicia, en el de Letrados de la Administración de Justicia (anteriormente denominado de Secretarios Judiciales) y en el de Jueces o Fiscales: 0.20 puntos.

• Por cada mes de servicios prestados en Cuerpos de otras Administraciones Públicas o como personal laboral: 0.15 puntos.

Los periodos inferiores al mes no se computarán aunque en el caso de ser varios, se sumarán los prestados en el mismo cuerpo, despreciándose, en su caso, una única fracción inferior al mes.

I-C. Evaluación del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas y del Derecho Civil Foral de la Comunidad Autónoma del País Vasco

1. Conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autonomas.

Para los opositores que concurran por alguno de los ámbitos territoriales correspondientes a Comunidades Autónomas con lengua oficial propia y que así lo hubieran hecho constar en su solicitud de participación, finalizadas tanto la fase de oposición como la de concurso y establecidas las listas de aprobados que hubieran obtenido plaza, se procederá a la evaluación del conocimiento de las lenguas oficiales propias de las Comunidades Autónomas. La evaluación consistirá, en la acreditación del conocimiento de la lengua oficial de dicha Comunidad, mediante las certificaciones que hayan presentado oportunamente, o mediante la realización de una prueba de nivel de conocimientos.

La puntuación de la valoración del conocimiento de la lengua oficial de Comunidad Autónoma sólo será aplicable en el ámbito de la Comunidad Autónoma respectiva a los solos efectos de establecer el número de orden en la relación de aprobados dentro del ámbito territorial por el que concurre el aspirante, por lo que deberá reflejarse separada de la obtenida en los ejercicios obligatorios.

Se calificará con un máximo de 18 puntos de acuerdo con el nivel de conocimientos demostrados por el aspirante y los criterios valoración establecidos a continuación:

En la Comunidad Autónoma de Cataluña:

De conformidad con el Decreto 3/2014, de 7 de enero, por el que se modifica el Decreto 152/2001, de 29 de mayo, sobre evaluación y certificación de conocimientos de catalán («DOGC» núm. 6536 de 9-1-2014), y el Decreto 180/2014, de 30 de diciembre, sobre el certificado de conocimientos de lenguaje jurídico (nivel J) – («DOGC» núm. 6780, de 31-12-2014), el conocimiento oral y escrito del catalán y el conocimiento del lenguaje jurídico (nivel J) debidamente acreditados por medio de certificación de la Dirección General de Política Lingüística y por el centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada o equivalentes, supone el reconocimiento, sólo a estos efectos, de hasta 18 puntos según el nivel de conocimientos acreditados en los términos siguientes:

1. Certificado de nivel B2 (hasta enero de 2014, nivel B) o títulos homologados: seis puntos.

2. Certificado de nivel C1 (hasta enero de 2014, nivel C) o títulos homologados: doce puntos.

3. Certificado del nivel C2 (hasta enero de 2014, nivel D) o títulos homologados: dieciocho puntos.

4. Certificado de conocimiento de lenguaje jurídico nivel J: dieciocho puntos.

En el ámbito del País Vasco:

De acuerdo a lo establecido en el Decreto 86/1997, de 15 de abril, por el que se regula el proceso de normalización del uso del euskera en las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi y el Decreto 174/2010, de 29 de junio, de Normalización Lingüística de la Administración de Justicia en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Perfil lingüístico 2: seis puntos.

Perfil lingüístico 3: doce puntos.

Perfil lingüístico 4: dieciocho puntos.

En el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

En las zonas vascófona y mixta que determina el artículo 5 de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del vascuence, de conformidad con establecido por el Decreto Foral 55/2009 de 15 de junio («Boletín Oficial de Navarra» n.º 81, de 3-7-2009), y la Resolución 210/2010, de 13 de septiembre («Boletín Oficial de Navarra» n.º 117, de 27-9-2010), el conocimiento oral y escrito del vascuence debidamente acreditado por medio de certificación de superación de cada uno de los niveles, expedido por el servicio de Vascuence e idiomas comunitarios del Instituto Navarro de Administración Pública o equivalente, supone el reconocimiento a estos solos efectos de hasta 18 puntos, según el nivel de conocimientos acreditado en los términos siguientes:

1. Certificado de nivel 3 o títulos equivalentes: 6 puntos.

2. Certificado de nivel 4 o títulos equivalentes: 12 puntos.

3. Certificado de nivel 5 o títulos equivalentes: 18 puntos.

En el ámbito de la Comunidad Autónoma Valenciana:

Certificado de grado elemental: seis puntos.

Certificado de grado medio: doce puntos.

Certificado de grado superior: dieciocho puntos.

La acreditación documental del conocimiento del valenciano se efectuará mediante la aportación de correspondiente certificado expedido u homologado por la Junta Calificadora de Coneixements del Valencià

2. Evaluación de los conocimientos del Derecho Civil Foral de la Comunidad Autonoma del País Vasco.

Para los aspirantes que concurran por el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que así lo hubieran hecho constar en su solicitud, se procederá, en los mismos términos y con los mismos efectos que se han detallado en el apartado anterior, a la evaluación de sus conocimientos del Derecho Civil especial y foral del País Vasco, otorgándose por este concepto seis puntos, que se reflejarán en todo caso separados de los obtenidos en los ejercicios obligatorios y sólo surtirán efectos para establecer el orden de prelación dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Criterios de valoración:

A) La documentación válida para aquellos opositores que opten por la acreditación documental, es la siguiente:

1. Licenciatura en Derecho, habiendo cursado como asignaturas:

a. Derecho Civil Foral y Autonómico del País Vasco.

I. UD, Plan 1953: 90 horas.

II. UD, Plan 1998: 60 horas.

b. Derecho Civil Foral del País Vasco 1.

I. UD, Plan 1993: 30 horas.

2. Grado en derecho, habiendo cursado como asignatura Derecho Civil y Autonómico Vasco (6 créditos).

3. Máster en Derecho Civil Foral y Autonómico del País Vasco: 540 horas (54 créditos).

4. Diploma de especialización en Derecho Civil Foral del País Vasco-presencial: 220 horas (22 créditos).

5. Diploma de especialización en Derecho Civil Vasco online: 210 horas (21 créditos).

6. Doctorado en Derecho: (mínimo 60 horas: 6 créditos):

a. Título de doctor en Derecho, con tesis sobre Derecho Civil Foral del País Vasco.

b. Cursos de doctorado en Derecho sobre Derecho Civil Foral del País Vasco.

B) Para aquellos opositores que opten por realizar el examen, este consistirá en la contestación a un cuestionario tipo-test de 40 preguntas con cuatro respuestas alternativas de las cuales solo una es correcta.

Las respuestas acertadas se valorarán con 1 punto. Las respuestas incorrectas o las preguntas no contestadas no serán puntuadas. Para superar el ejercicio es preciso obtener un mínimo de 20 puntos.

El cuestionario versará sobre el temario siguiente.

TEMARIO PARA EXAMEN

1. Competencia de la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de Derecho Civil Foral. Leyes sobre el Derecho Civil Foral del País Vasco. Fuentes del Derecho Civil Foral; sistema de fuentes, el derecho supletorio. Naturaleza de las leyes del Derecho Civil Foral Vasco.

2. Fuero Civil de Vizcaya. Ámbito territorial y personal: el Infanzonado y las villas. Vizcaínos Aforados y no aforados. Obligaciones de los vizcaínos. Derechos de los vizcaínos no aforados. Nacionalidad y vecindad de los extranjeros en Vizcaya. Conflictos de leyes, criterios.

3. Fuero Civil de Vizcaya. La Troncalidad: Definición. Derechos y obligaciones de la troncalidad. Vecindad civil y troncalidad. Saca Foral: adquisición preferente, bienes a los que se afecta, llamamientos y tasación; la «Saca», casos en que procede.

4. Fuero Civil de Vizcaya. Sucesión forzosa: Legítima y Legitimarios, el apartamiento. Derechos de los tronqueros, orden de suceder. Sucesión abintestato: orden de suceder. Sucesión testada: formas testamentarias propias del derecho civil foral vasco. El poder testatorio.

5. Fuero civil de Vizcaya. Régimen económico matrimonial: Fijación y variación. Régimen legal supletorio, y normas para su determinación. Comunicación foral, nacimiento y consolidación y cese. Comunicación foral, causa de cese. Administración y disposición de los bienes constante matrimonio. Extinción del régimen económico.

6. Fuero Civil de Álava. Ámbito territorial y personal. Régimen sucesorio de Ayala, el «usufructo poderoso».

7. Fuero Civil de Guipúzcoa. Ámbito territorial, personal y funcional. Sucesiones; Ordenación sucesoria del caserío por causa de muerte.

ANEXO II
TRIBUNALES

Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, acceso por promoción interna

Tribunal calificador único

Tribunal titular:

Presidente: Ilmo. Sr. don Francisco Javier Martínez Derquí, Magistrado.

Vocales:

Doña María Teresa Fernández Molina, Letrada de la Administración de Justicia.

Doña Ana Esther Sánchez García, Letrada de la Administración de Justicia.

Don Francisco Javier Pérez Prosa, funcionario Subgrupo C1 destinado en el Ministerio de Justicia.

Don Borja Vílchez Vílchez, funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Doña Raquel Martín Algaba, funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Secretaria: Doña María Belén Rúas Álvarez, funcionaria Subgrupo C1, destinada en el Ministerio de Justicia.

Tribunal suplente:

Presidenta: Ilma. Sra. doña Elena O’Connor Oliveros, Magistrada.

Vocales:

Don Rafael Lozano Terrazas, Letrado de la Administración de Justicia.

Doña M.ª Luisa Hernández Abascal, Letrada de la Administración de Justicia.

Doña Mercedes Álvarez Álvarez, funcionaria Subgrupo A2, destinada en el Ministerio de Justicia.

Don Ángel Arroyo Riojo, funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Don Juan Carlos Valenciano Matanzo, funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Secretario: Don Jesús Martos Maldonado, funcionario Subgrupo A2, destinado en el Ministerio de Justicia.

Tribunal Delegado de Andalucía

Tribunal titular:

Presidente: Ilmo. Sr. don Luis Alfredo de Diego Díez, Magistrado.

Vocales:

Don Luis Mohedas López, Letrado de la Administración de Justicia.

Don Juan Dionisio Curado Dana, Letrado de la Administración de Justicia.

Doña Carlota Muñoz Luna, funcionaria del Subgrupo A1 de la Comunidad Autónoma.

Don José Antonio Aranda Díaz, funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Doña Águila Fernández Domínguez, funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Secretaria: Doña Rosario Salas Vidal, funcionaria del Subgrupo A1 de la Comunidad Autónoma.

Tribunal suplente:

Presidente: Ilmo. Sr. don Andrés Palacios Martínez, Magistrado.

Vocales:

Doña Josefa María Picamill Vela, Letrada de la Administración de Justicia.

Don César Ojeda Sánchez, Letrado de la Administración de Justicia.

Doña Macarena Arjona Reina, funcionaria del Subgrupo A2 de la Comunidad Autónoma.

Doña Carmen López Aneas, funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Doña Cristina Cantero Garfia, funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Secretaria: Doña Lourdes Vázquez Valiente, funcionaria del Subgrupo A1 de la Comunidad Autónoma.

Tribunal Delegado de Canarias

Tribunal titular:

Presidente: Ilmo. Sr. don Jesús Ángel Suárez Ramos, Magistrado.

Vocales:

Doña Rosa M.ª Toribio Viñuela, Letrada de la Administración de Justicia.

Doña M.ª Luisa de la Puente Arrate, Letrada de la Administración de Justicia.

Doña Alicia Martínez Martínez, funcionaria Subgrupo C1 de la Comunidad Autónoma.

Don Carlos Carneros Ladrón de Guevara, funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Doña Marta Fernández Alonso, funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Secretaria: Doña Delia Melián Aguiar, funcionaria Subgrupo C1 de la Comunidad Autónoma.

Tribunal suplente:

Presidente: Ilmo. Sr. don Carlos Augusto García Von Ischott, Magistrado.

Vocales:

Don Víctor Manuel Martínez López, Letrado de la Administración de Justicia.

Doña Modesta Villalobos Vega, Letrada de la Administración de Justicia.

Don José Carlos Reyes Arencibia, funcionario Subgrupo C1 de la Comunidad Autónoma.

Don Rubén Gómez Felipe, funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Doña Almudena Sánchez Collado, funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Secretaria: Doña Celia Naranjo García, funcionaria Subgrupo C1 de la Comunidad Autónoma.

Tribunal Delegado de Cataluña

Tribunal titular:

Presidenta: Ilma. Sra. Doña Gloria Pérez Padilla, Magistrada.

Vocales:

Doña Pilar Vives Requena, Letrada de la Administración de Justicia.

Don Alberto Martínez Casado, Letrado de la Administración de Justicia.

Doña Montserrat Lasso Sabate, funcionaria Subgrupo A2 de la Comunidad Autónoma.

Don Llorenç Núñez Calle, funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Doña M.ª Ángeles Pastor Caballero, funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Secretaria: Doña Montserrat Reverter Masía, funcionaria Subgrupo A1 de la Comunidad Autónoma.

Tribunal suplente:

Presidenta: Ilma. Sra. doña Berta Pellicer Ortiz, Magistrada.

Vocales:

Don Arturo Andrés Santos, Letrado de la Administración de Justicia.

Doña Ana Eisman Curto, Letrada de la Administración de Justicia.

Doña Sonia Noguera Otero, funcionaria Subgrupo A1 de la Comunidad Autónoma.

Don Joan Plantada Sagrera, funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Doña Emma Real Fernández, funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Secretaria: Doña Begoña Cardiel Giménez, funcionaria Subgrupo A1 de la Comunidad Autónoma.

Tribunal Delegado de la Comunidad de Madrid

Tribunal titular:

Presidenta: Ilma. Sra. doña M.ª José Lorena Ochoa Vizcaíno, Magistrada.

Vocales:

Don José Gayo Idoate, Letrado de la Administración de Justicia.

Doña Teresa Sánchez Núñez, Letrada de la Administración de Justicia.

Doña Susana Suárez San Martín, funcionaria Subgrupo A2 de la Comunidad Autónoma.

Doña Mercedes Cerezo García, funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Doña M.ª Jesús Cirugeda Delgado, funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Secretario: Don Juan López Sánchez, funcionario Subgrupo A2 de la Comunidad Autónoma.

Tribunal suplente:

Presidente: Ilmo. Sr. don Fernando Diego Fernández Olmedo, Magistrado.

Vocales:

Don Victorio de Elena Murillo, Letrado de la Administración de Justicia.

Doña Rosario Negredo del Cerro, Letrada de la Administración de Justicia.

Doña Paula Soria Comba, funcionaria Subgrupo A2 de la Comunidad Autónoma.

Don Bernardo Prieto Huerga, funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Doña Iría Pérez Devesa, funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Secretaria: Doña Encarna Pardo Rosillo, funcionaria Subgrupo A2 de la Comunidad Autónoma.

Tribunal Delegado de la Comunidad Valenciana

Tribunal titular:

Presidenta: Ilma. Sra. doña M.ª José Boix Fluxá, Magistrada.

Vocales:

Don Evaristo José García Sánchez, Letrado de la Administración de Justicia.

Don Ángel Martínez Lozano, Letrado de la Administración de Justicia.

Doña M.ª Luisa Romance Villalba, funcionaria Subgrupo C1 de la Comunidad Autónoma.

Doña Inmaculada Casanova Lafarga, funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Doña Amparo Rodrigo Fora, funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Secretario: Don Basilio Fernández Manteca, funcionario Subgrupo A1 de la Comunidad Autónoma.

Tribunal suplente:

Presidenta: Ilma. Sra. doña Laura Cristina Morell Aldama, Magistrada.

Vocales:

Doña Verónica Evangelio Morato, Letrada de la Administración de Justicia.

Doña Isabel Manglano Die, Letrada de la Administración de Justicia.

Don Alberto Navarro Bustamante, funcionario Subgrupo C1 de la Comunidad Autónoma.

Doña Rafaela Alcalá Sapena, funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Don Rafael López Martí, funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Secretario: Don José Ramón Carrión Sales, funcionario Subgrupo A2 de la Comunidad Autónoma.

Tribunal Delegado de Navarra

Tribunal titular:

Presidente: Ilmo. Sr. don Emilio Labella Osés, Magistrado.

Vocales:

Doña Aránzazu Chocarro Ucar, Letrada de la Administración de Justicia.

Doña Elena M.ª Daniel del Valle, Letrada de la Administración de Justicia.

Don José Ángel Ros Nestares, funcionario Subgrupo A2 de la Comunidad Foral.

Don Florentino Torquemada Antón, funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Doña M.ª Dolores Almagro Zafra, funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Secretario: Don Ángel Javier Carrica Arrese, funcionario Subgrupo A1 de la Comunidad Foral.

Tribunal suplente:

Presidenta: Ilma. Sra. doña María Alemán Ezcarai, Magistrada.

Vocales:

Doña Sara Otero del Amo, Letrada de la Administración de Justicia.

Doña Maite Arenaza Sarasola, Letrada de la Administración de Justicia.

Doña Silvia Iriguibel Aguadero, funcionaria Subgrupo A2 de la Comunidad Foral.

Doña Belén Chamosa Porto, funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Don Francisco Javier Alfaro Ruiz, funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Secretario: Don Francisco Javier Izquierdo Lezaun, funcionario Subgrupo C1 de la Comunidad Foral.

Tribunal Delegado del País Vasco

Tribunal titular:

Presidente: Ilma. Sra. doña Elena Cabero Montero, Magistrada.

Vocales:

Doña M.ª Jesús Arizaga Ziordia, Letrada de la Administración de Justicia.

Doña Visitación Fernández Gómez de Cadiñanos, Letrada de la Administración de Justicia.

Don Ion Andoni Porturas Izaguirre, funcionario Subgrupo C1 de la Comunidad Autónoma.

Doña Isabel Bizcarra Encuentra, funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Doña Blanca Jiménez Gaviria, funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Secretario: Don Jesús Navarro Medina, funcionario Subgrupo C1 de la Comunidad Autónoma.

Tribunal suplente:

Presidenta: Ilma. Sra. doña Beatriz Eva Román Gobernado, Magistrada.

Vocales:

Don Jesús Sevillano Hernández, Letrado de la Administración de Justicia.

Doña Concepción Urbieta Laviada, Letrada de la Administración de Justicia.

Doña Marian Esteban Martínez, funcionaria Subgrupo A2 de la Comunidad Autónoma.

Doña Elena Durana Vegas, funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Doña Teresa Hervias Hervias, funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Secretaria: Doña Marian Arin Arrieta, funcionaria Subgrupo A2 de la Comunidad Autónoma.

Tribunal Delegado de La Rioja

Tribunal titular:

Presidente: Ilmo. Sr. don Santiago Herraiz España, Teniente Fiscal.

Vocales:

Doña José Miguel de Frutos Vinuesa, Letrada de la Administración de Justicia.

Doña M.ª Belén García Loizaga, Letrada de la Administración de Justicia.

Doña María Nieves Palacios Martínez, funcionaria Subgrupo C1 de la Comunidad Autónoma.

Doña Pilar Monge Siciliar, funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Doña Elisa Gallego Porcel, funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Secretaria: Doña Almudena Vázquez Aransay, funcionaria Subgrupo A1 de la Comunidad Autónoma.

Tribunal suplente:

Presidente: Ilmo. Sr. don Ulpiano González López, Magistrado.

Vocales:

Doña M.ª Asunción González Elías, Letrada de la Administración de Justicia.

Doña M.ª José Miranda Sainz, Letrada de la Administración de Justicia.

Doña María Guadalupe Molina Carazo, funcionaria Subgrupo C1 de la Comunidad Autónoma.

Doña Isabel Delgado Ortega, funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Don Juan Carlos Giménez Martínez, funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa.

Secretaria: Doña María Isabel Ruiz Martínez, funcionaria subgrupo C1 de la Comunidad Autónoma.

Unidad de Colaboración de Albacete

Presidente:

Titular: Don Luis Miguel Fresneda Fresneda.

Suplente: Don Francisco Leonardo García Alfaro.

Vocales titulares:

Don Ángel Garrido Paños.

Doña María Victoria Navarro Vázquez.

Doña Cristina Castilla Yáñez.

Suplentes:

Doña Manuela Romero Sánchez.

Doña Rufina Gómez Segovia.

D. Antonino Motos González.

Unidad de Colaboración de Cáceres

Presidente:

Titular: Don Diego Plata Pedrazo.

Suplente: Don José Ignacio Cercas Sánchez.

Vocales titulares:

Doña Virginia López Izquierdo.

Doña Teresa Granado Rico.

Don Francisco Sabido Martín.

Suplentes:

Don Ramón Cobián Prieto.

Doña María del Carmen Manzano Martín-Javato.

Doña María Ángeles Santillana Floriano.

Unidad de Colaboración de Ceuta

Presidente/a:

Titular: Don Víctor Rodríguez Sendón.

Suplente: Doña María del Rosario Jiménez Lechuga.

Vocales titulares:

Don Antonio Jesús Escalante García.

Doña Rosario Giménez Martí.

Doña Marta Iglesias Linde.

Suplentes:

Don Francisco Chicón Córdoba.

Don Jorge Oliva Velasco.

Don Pedro Carlos Garrido Matas.

Unidad de Colaboración de Melilla

Presidenta:

Titular: Doña M.ª Gloria Márquez Manzano.

Suplente: Doña Josefina Miralles Santos.

Vocales titulares:

Doña Ángeles Agulló Suárez.

Don José Antonio Aniado del Moral.

Doña Milagros Sánchez Marín.

Suplentes:

Doña Encarnación Leal Vázquez.

Don Manuel Roberto González Lamigueiro.

Don Fernando Anselmo Caño Blázquez.

Unidad de Colaboración de Murcia

Presidenta/e:

Titular: Doña Julia García de la Calzada.

Suplente: Don Felipe García Martínez.

Vocales titulares:

Doña Carmen González Marín.

Doña María Lorca Sánchez.

Don Juan Antonio Alcaraz Úbeda.

Suplentes:

Don Miguel Ángel Giménez Belmonte.

Doña Isabel María Villa Bernabé.

Don Mariano Soriano de Liras.

Unidad de Colaboración de Tenerife

Presidenta:

Titular: Doña Matilde Valentín Fernández.

Suplente: Doña Asunción Pino Jiménez Marrero.

Vocales titulares:

Doña Pilar Candelaria Hernández Cabrera.

Don José María Yanes González.

Doña Ana Isabel Martín Leyva.

Suplentes:

Doña Luisa María Amelia Guimerá Ravina.

Doña Rosario Fátima Fernández Taviel de Andrade.

Doña María del Carmen Bujalance Jiménez.

Unidad de Colaboración de Illes Balears

Presidenta/e:

Titular: Doña M.ª Victoria Torres García-Lomas.

Suplente: Doña Joana María Collado García.

Vocales titulares

Doña M.ª del Carmen Rodríguez Martín.

Doña María Luisa Tolivia Sánchez.

Don Francisco Javier Barba Martín.

Suplentes:

Don Josep Antoni Coll Pons.

Doña Rosá María Morales Cerdá.

Don Martín Guillén Mestre

Unidad de Colaboración de Valladolid

Presidente:

Titular: Don Arturo López Sacristán.

Suplente: Don Juan Ibares Hernández.

Vocales titulares:

Don Pedro Antonio Rodríguez Moreda.

Doña Libertad Sánchez Martín.

Doña Asunción Trueba Ruiz.

Suplentes:

Don Jorge Carcedo Moldón.

Doña Concepción Carranza García.

Doña Isabel Perales Teurlais.

ANEXO III
Instrucciones para la cumplimentación de la solicitud de admisión

(Lea atentamente y siga las siguientes instrucciones)

Muy importante. Este impreso se descarga gratuitamente en las páginas web que se indican en la convocatoria y contiene una numeración. No utilice fotocopias, porque no podrán ser admitidas

Instrucciones generales:

• Escriba con bolígrafo negro o azul sobre superficie dura y lisa, utilizando mayúsculas tipo imprenta

• Evite realizar correcciones, enmiendas o tachaduras

• No olvide firmar el impreso en el recuadro correspondiente.

Instrucciones particulares:

• Casillas 15 y 16. Indique el Cuerpo, en su caso la Especialidad, y el Código que se indiquen en la convocatoria.

• Casilla 20. Indique la provincia, con su código, en que desea realizar en examen de entre las que se indiquen en la orden de convocatoria.

• Aspirantes con discapacidad. Opten o no por el cupo de reserva indicarán el grado de discapacidad, según el dictamen del órgano competente, en la casilla 21, e indicarán en su caso, en la casilla 23 la adaptación que pudieran precisar, acompañando el informe acerca de su procedencia. Quienes, además, opten por el cupo de reserva, lo indicarán marcando un aspa en la casilla 22 «Reserva discapacidad».

• Pruebas optativas de lengua autonómica y Derecho Foral. Cuando así lo prevean las convocatorias, quienes deseen examinarse escribirán en la casilla correspondiente la palabra «Realiza», quienes deseen acreditar documentalmente sus conocimientos escribirán «Documenta» y quienes se acojan a ambos sistemas, en los términos de la convocatoria, escribirán «Documenta y realiza».

Instrucciones para el pago de tasas y la presentación del impreso.

• Consigne en el recuadro destinado a «Importe» el correspondiente a los derechos de examen que se indican en la convocatoria, ya que es un impreso autoliquidativo.

• Presente esta solicitud, original y dos copias, en cualquier Banco, Caja de Ahorros o cooperativa de crédito que actúan como entidades colaboradoras de la recaudación tributaria. (No es preciso tener cuenta abierta).

• La entidad colaboradora le deberá devolver, debidamente sellados, el «ejemplar para el interesado», que servirá como justificante de pago y el «ejemplar para la administración»

• El «ejemplar para la administración» de esta solicitud deberá entregarse en alguno de los registros indicados en la convocatoria, que también sellarán el «ejemplar para el interesado». Este sello del Registro servirá como justificante de la presentación.

• Las solicitudes presentadas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares correspondientes. A las mismas se acompañará el justificante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta que figure en la convocatoria.

ANEXO IV

Don/doña..................................................................................................., con domicilio en.................................................................................., de.................... años de edad, con documento nacional de identidad número................................, declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado/a funcionario/a del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas, ni comprendido/a en ninguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad establecidas en las disposiciones legales.

En ..........................., a.............. de ...................................... de ...................

El/la declarante,

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 01/12/2015
  • Fecha de publicación: 15/12/2015
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores, por Orden JUS/213/2016, de 5 de febrero (Ref. BOE-A-2016-1891).

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