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Documento BOE-A-2015-14221

Resolución de 15 de diciembre de 2015, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 311, de 29 de diciembre de 2015, páginas 122990 a 122998 (9 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2015-14221

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (en lo sucesivo LOU) modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, en el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios, y a tenor de lo establecido en el Estatuto de la Universidad de Sevilla (en adelante EUS), aprobado por Decreto 324/2003 de la Junta de Andalucía, y modificado por Decreto 348/2004 y por Decreto 16/2008, y de acuerdo con lo estipulado en la disposición final segunda (modificación del artículo 62.2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades) del Real-Decreto Ley 10/2015, de 11 de septiembre, por el que se conceden créditos extraordinarios y suplementos de crédito en el presupuesto del Estado y se adoptan otras medidas en materia de empleo público y de estímulo a la economía, y la Resolución de 8 de junio de 2015 por la que se acuerda publicar la Oferta de Empleo Público (OEP) del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Sevilla para el año 2015 (BOJA de 11 de junio),

Este Rectorado, en el uso de las atribuciones que le confieren el artículo 20 de la LOU y 20 del EUS, ha resuelto convocar a concurso de acceso por el sistema de promoción interna las plazas que se relacionan en el Anexo I de la presente resolución, dotadas en el estado de gastos del presupuesto de la Universidad de Sevilla, incluidas en la vigente RPT y con sujeción a las siguientes bases:

1. Normas generales

Este concurso se regirá por lo dispuesto en la LOU, el R.D. 1313/2007 y el EUS, y por la Ley 7 /2007 del Estatuto Básico del Empleado Público, así como por las presentes bases y, con carácter supletorio, por lo previsto en la Ley 30/1992 de 26 de Noviembre, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de Enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en lo sucesivo LRJAP/PAC), y en la legislación general de funcionarios civiles del Estado.

2. Requisitos de los candidatos

Para ser admitido a estas pruebas selectivas deberán reunirse los siguientes requisitos:

2.1 Requisitos generales.

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por Ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público. Asimismo el desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/84, de 26 de diciembre, y demás normas de desarrollo en materia de incompatibilidades.

e) Los aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán poseer un conocimiento del castellano adecuado para el desarrollo de sus funciones.

f) Los nacionales de Estados distintos a la Unión Europea deberán estar en posesión del permiso de residencia para proceder a la firma del contrato.

2.2 Requisitos específicos.

Además de los requisitos generales, se deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Podrán participar en esta convocatoria de promoción interna quienes tengan una antigüedad de, al menos, dos años de servicio activo como funcionarios de carrera del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad o de la Escala de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación.

b) Los funcionarios que participen en este concurso deberán estar acreditados para el Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Los requisitos establecidos en la presente base deberán cumplirse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en el concurso de acceso remitirán la correspondiente solicitud al Rector de la Universidad de Sevilla, según el modelo establecido en el Anexo III, por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la LRJAP/PAC, en el plazo de 15 días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOE, junto con los siguientes documentos:

a) Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de identidad.

b) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de los requisitos específicos establecidos en la base 2.2.

c) Fotocopia del título de Doctor.

3.2 Derechos de examen: Los aspirantes deberán abonar a la Universidad de Sevilla, en concepto de derechos de examen la cantidad de 20 euros. El ingreso o transferencia bancaria deberá ser efectuado en el Banco Santander Central Hispano, en la cuenta nº. ES77 0049.2588.71.2114241655 (n.º identificación: 750), con el título Universidad de Sevilla, abierta en dicha entidad. A la solicitud deberá adjuntarse el justificante original acreditativo del ingreso por el citado concepto. En ningún caso, la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Sevilla dictará, en el plazo máximo de treinta días hábiles, una resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, que se publicará, junto con las listas completas de admitidos y excluidos, en el Tablón de Anuncios del Rectorado y en la dirección Web docentes.us.es Oferta de Empleo Público – PDI Funcionarios – Convocatorias y se notificará a los concursantes.

Contra dicha resolución los interesados podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación o bien subsanar en dicho plazo el motivo de la exclusión.

4.2 Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, el Rector dictará una resolución aprobando la lista definitiva de candidatos admitidos y excluidos, que se publicará y notificará en la forma anteriormente establecida, y, además, se comunicará al Presidente de la Comisión. Dicha resolución no será publicada hasta tanto las correspondientes Comisiones no hayan elaborado y remitido al Servicio de Programación Docente para su publicación, los criterios específicos para la valoración del concurso. No obstante lo anterior, y en el caso de que en la lista provisional no figure ningún excluido, se publicará directamente listado definitivo de aspirantes admitidos y excluidos.

Contra la resolución por la que se publican las listas definitivas de admitidos, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, o potestativamente recurso de reposición ante el Rectorado de la Universidad, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de la publicación, en cuyo caso no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición.

5. Comisiones

5.1 El presente concurso será resuelto por las comisiones constituidas al efecto, en la forma establecida en el artículo 85 del Estatuto de la Universidad de Sevilla, que se relacionan en el anexo II.

El nombramiento como miembro de una Comisión es irrenunciable, salvo cuando concurran algunas de las causas previstas en el artículo 28 de Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. En estos casos, la apreciación de la causa alegada corresponderá a este Rectorado.

5.2 La constitución se llevará a cabo en los 30 días hábiles siguientes a la publicación de la convocatoria en el BOE. En dicho acto se fijarán los criterios de evaluación que habrán de regir en el concurso, que se publicarán en el tablón de anuncios del Centro donde se celebren las pruebas, una copia de dichos criterios se publicará en el tablón de anuncios del Rectorado.

5.3 Para la constitución de la Comisión, el Presidente deberá citar a todos los miembros titulares de la misma. En caso de que tenga conocimiento con la suficiente antelación que alguno de los titulares no podrá asistir al acto de constitución, deberá comunicarlo al Servicio de Programación Docente para proceder a su correspondiente sustitución.

5.4 En virtud del artículo 26.1 de la citada Ley 30/1992, la Comisión quedará válidamente constituida siempre que asistan el Presidente, el Secretario, y uno al menos, de los vocales. Una vez constituida la Comisión, para las sucesivas actuaciones de la misma, el Presidente deberá citar a todos los miembros asistentes al acto de constitución.

5.5 Una vez aprobada la lista definitiva de candidatos admitidos y excluidos, el Presidente de la Comisión dictará resolución en el plazo de diez días hábiles, convocando a todos los candidatos admitidos para realizar el acto de presentación, con señalamiento del día, hora y lugar de su celebración, y en la que se comunicarán los criterios de evaluación. Esta resolución habrá de ser notificada a sus destinatarios con una antelación de diez días naturales respecto a la fecha del acto para el que son convocados.

El mes de agosto se considera inhábil a efectos de actuación de las Comisiones.

6. Acto de presentación

En el acto de presentación, que será público, los concursantes entregarán al Presidente de la Comisión, por quintuplicado, la siguiente documentación:

– Programa de, al menos, una de las asignaturas de formación básica en los estudios de grado u obligatorias incluidas en el perfil de la plaza. Debe contener: el temario detallado, reseña metodológica y bibliográfica, sistema y criterios de evaluación y calificación. La extensión máxima de cada programa será de 30 páginas de tamaño A4 con letra de 12 pt. de cuerpo, con espaciado interlineal de 1,5 y márgenes de 2,5 cm.

– Breve proyecto en el que figuren sus planteamientos docentes e investigadores, con una extensión máxima de 50 páginas de tamaño A4 con letra 12 pt. de cuerpo, con espaciado interlineal de 1,5 y márgenes de 2,5 cm.

– Currículum vitae cuyos apartados deberán adaptarse a los criterios específicos de valoración para la adjudicación de la plaza.

El inicio de las pruebas se establecerá en el periodo comprendido entre el día siguiente y 15 días después de la presentación.

Asimismo, en el acto de presentación se determinará mediante sorteo elorden de actuación de los candidatos y se fijará el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas. La primera prueba comenzará en el plazo comprendido entre el día siguiente y 15 días naturales contados desde el día del acto de presentación (ambos incluidos).

7. Pruebas

7.1 El concurso consistirá en la exposición oral y pública por parte del candidato, y debate posterior con la Comisión, de su currículo, su proyecto y su programa.

El candidato dispondrá de un máximo de una hora para su exposición y el debate con la comisión podrá extenderse hasta un tiempo máximo de 2 horas.

Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un informe razonado (necesariamente individual de cada miembro de la Comisión sobre cada candidato) que debe incluir: valoración de cada uno de los apartados de los criterios específicos, voto favorable o desfavorable y motivación del voto.

Cada miembro de la Comisión sólo podrá votar favorablemente, como máximo, tantos candidatos como plazas convocadas.

La propuesta de adjudicación de las plazas se hará por votación de los miembros de la Comisión; cada miembro sólo podrá votar a un candidato por plaza. La propuesta recaerá en el candidato o candidatos que hayan obtenido el mayor número de votos, con un mínimo de tres. El concurso podrá ser declarado desierto.

8. Resolución del concurso

La Comisión juzgadora propondrá al Rector, para su nombramiento, con carácter vinculante, una relación por orden de preferencia de todos los candidatos que obtengan tres o más votos. Dicha relación vendrá predeterminada por la votación que, a la vista de los informes señalados en la base anterior, efectúe la Comisión. La citada propuesta se publicará en el lugar en el que se haya celebrado la prueba, desglosando los resultados de la evaluación de cada candidato por cada uno de los aspectos evaluados.

Junto con la propuesta, el Secretario de la Comisión deberá entregar, en la Secretaría General de la Universidad, Servicio de Programación Docente, en los siete días hábiles siguientes a la finalización de la actuación de la misma, toda la documentación relativa a las actuaciones de la Comisión, así como una copia de la documentación entregada por cada candidato, y además las siguientes Actas:

1. Acta de constitución de la Comisión.

2. Acuerdo de determinación de los criterios de evaluación.

3. Acta de presentación de los concursantes.

4. Actas de realización de la prueba (una por concursante)

5. Evaluaciones individuales de los concursantes por cada miembro de la Comisión de la prueba realizada.

6. Acta de recepción de las evaluaciones de la prueba.

7. Acta de propuesta de provisión.

8. Un ejemplar de la documentación presentada por cada candidato. El resto de los ejemplares quedarán depositados en la Secretaría del Departamento correspondiente, hasta que proceda su devolución, o destrucción, una vez finalizado el plazo de reclamaciones.

Finalizado el concurso, y siempre que no se haya interpuesto ninguna reclamación y/o recurso, la documentación depositada en el Servicio de Programación Docente deberá ser retirada por los interesados en el plazo máximo de un año desde la resolución del concurso.

Transcurrido un mes después de dicho plazo, se procederá a la destrucción de la documentación que no haya sido retirada.

Contra la propuesta de la Comisión juzgadora los candidatos podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo máximo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de su publicación. Dicha reclamación será valorada y tramitada conforme a lo dispuesto en el artículo 87 de los EUS. Admitida a trámite la reclamación, se suspenderá el nombramiento del candidato o candidatos contra quienes fuera dirigida hasta la resolución de la misma.

Los datos personales recogidos en la solicitud de participación al presente concurso serán incorporados a la base de datos de la Universidad de Sevilla para la gestión interna de la relación empresa/empleados y cedidos a otras Administraciones Públicas en cumplimiento de la normativa laboral, de seguridad social y tributaria y a cualquier entidad obligada por Ley. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los interesados pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiendo un escrito a la Dirección Técnica del Área de Personal Docente, Rectorado, C/ San Fernando, 4, 41004 Sevilla.

9. Documentación a presentar por los candidatos propuestos

Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas deberán presentar, en los veinte días hábiles siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, en el Servicio de Gestión de Personal Docente o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la LRJAP/PAC, los siguientes documentos:

a) Fotocopia del DNI o documento equivalente, de ser su nacionalidad distinta de la española.

b) Certificado médico oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

c) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado, Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la Función Pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del RD 543/2001 de 18 de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en su Estado, el acceso a la función pública.

d) Documentación acreditativa de reunir los requisitos del artículo 4 del R.D. 1313.

Quien tuviera la condición de funcionario público de carrera en activo estará exento de justificar tales documentos y requisitos, debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo del que dependan, acreditativa de su condición de funcionario y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

10. Nombramiento y toma de posesión

El nombramiento como funcionario docente de carrera será efectuado por el Rector, después de que el candidato propuesto haya dado cumplimiento a los requisitos y plazos establecidos en la base anterior. El nombramiento especificará la denominación de la plaza: Cuerpo, Área de Conocimiento y Departamento. Dicho nombramiento será publicado en el BOE y en el BOJA y comunicado a la Secretaría General del Consejo de Universidades.

En el plazo máximo de 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del nombramiento en el BOE, el candidato propuesto deberá tomar posesión de su plaza, momento en el que adquirirá la condición de funcionario docente universitario del Cuerpo de que se trate.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación. No obstante y sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro que se estime procedente, puede optarse por interponer recurso de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, en cuyo caso no podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente mencionado en tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la LRJAP/PAC.

Sevilla, 15 de diciembre de 2015.–El Rector en funciones, Miguel Ángel Castro Arroyo.

ANEXO I
I. Catedráticos de Universidad

15/47.–Cuerpo al que pertenece la plaza: Catedráticos de Universidad. Área de conocimiento a la que corresponde: «Mecánica de Fluidos». Departamento al que está adscrita: Ingeniería Aeroespacial y Mecánica de Fluidos. Actividades a realizar por quien obtenga la plaza: Asignaturas del área de conocimiento de Mecánica de Fluidos.

15/48.–Cuerpo al que pertenece la plaza: Catedráticos de Universidad. Área de conocimiento a la que corresponde: «Teoría e Historia de la Educación». Departamento al que está adscrita: Teoría e Historia de la Educación y Pedagogía Social. Actividades a realizar por quien obtenga la plaza: Teoría de la Educación.

ANEXO II
I. Catedráticos de Universidad

Área de conocimiento de: Mecánica de Fluidos - 15/47

Comisión titular:

Presidente: D. Francisco Higuera Antón, Catedrático de Universidad de la Universidad de Politécnica de Madrid.

Vocales:

D. Ignacio González Loscertales, Catedrático de Universidad de la Universidad de Málaga.

D. Carlos Martínez Bazán, Catedrático de Universidad de la Universidad de Jaén.

D.ª Pilar García Navarro, Catedrática de Universidad de la Universidad de Zaragoza.

Vocal Secretaria: D. José Luis Castillo Gimeno, Catedrático de Universidad de la Universidad Nacional de Educación a Distancia.

Comisión suplente:

Presidente: D. Antonio Viedma Robles, Catedrático de Universidad de la Universidad Politécnica de Cartagena.

Vocales:

D. Pedro García Ybarra, Catedrático de Universidad de la Universidad Nacional de Educación a Distancia.

D. Norberto Fueyo Díaz, Catedrático de Universidad de la Universidad de Zaragoza.

D. Manuel Rodríguez Fernández, Catedrático de Universidad de la Universidad Politécnica de Madrid.

Vocal Secretario: D. Javier Ballester Castañer, Catedrático de Universidad de la Universidad de Zaragoza.

Área de conocimiento de: Teoría e Historia de la Educación - 15/48

Comisión titular:

Presidente: D. Juan Alfredo Jiménez Eguizábal, Catedrático de Universidad de la Universidad de Burgos.

Vocales:

D.ª Pilar Aznar Minguet, Catedrática de Universidad de la Universidad de Valencia.

D. Miguel Ángel Santos Rego, Catedrático de Universidad de la Universidad de Santiago de Compostela.

D. Gonzalo Jover Olmeda, Catedrático de Universidad de la Universidad Complutense de Madrid.

Vocal Secretaria: D.ª María Rosa Buxarrais Estrada, Catedrática de Universidad de la Universidad de Barcelona.

Comisión suplente:

Presidente: D. Ángel García del Dujo, Catedrático de Universidad de la Universidad de Salamanca.

Vocales:

D. José María Asencio Aguilera, Catedrático de Universidad de la Universidad de Autónoma de Barcelona.

D. Bernardo Gargallo López, Catedrático de Universidad de la Universidad de Valencia.

D.ª María Carmen Novo Villaverde, Catedrática de Universidad de la Universidad Nacional de Educación a Distancia.

Vocal Secretaria: D. José Vicente Peña Calvo, Catedrático de Universidad de la Universidad de Oviedo.

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