Contido non dispoñible en galego
Con fecha de 28 de marzo de 2014 el Consejo de Gobierno del Banco de España adoptó la Resolución sancionadora del expediente de referencia IE/EDE-1/2013, incoado por Acuerdo de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de fecha 26 de abril de 2013, entre otros, a don Antonio Bernardo García Cruz.
Interpuesto recurso de alzada por don Antonio Bernardo García Cruz contra la Resolución sancionadora del Consejo de Gobierno del Banco de España, fue desestimado por Resolución del Subsecretario de Economía y Competitividad dictada por delegación del Ministro de Economía y Competitividad, en fecha 13 de octubre de 2014.
Por consiguiente, de conformidad con el artículo 115.5 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de Ordenación, Supervisión y Solvencia de Entidades de Crédito, procede dar publicidad en el «Boletín Oficial del Estado» de la siguiente sanción impuesta entre otras, a don Antonio Bernardo García Cruz en dicha Resolución del Consejo de Gobierno del Banco de España:
«Sanción de multa por importe de ocho mil euros (8.000 €), prevista en la letra a) del artículo 12.1 de la citada Ley 26/1988, de 29 de julio, por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 4.f) de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito a cuyo Título I se remite el artículo 23.1 de la Ley 21/2011, de 26 de julio, de Dinero Electrónico, consistente en llevar la contabilidad con irregularidades esenciales que impidan conocer la situación patrimonial y financiera de Younique Money, E.D.E., S.A.»
Madrid, 18 de febrero de 2015.–El Secretario General del Banco de España, Francisco-Javier Priego Pérez.
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