Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificado en su redacción por el artículo 80 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y en el capítulo III del título III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de la Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado.
Este Ministerio acuerda anunciar la provisión por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I a la presente Orden, con arreglo a las siguientes bases:
El puesto de trabajo que se convoca por la presente Orden, podrá ser solicitado por los funcionarios que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño de los mismos.
Los interesados dirigirán sus solicitudes según el modelo que figura como anexo II al Sr. Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Las solicitudes deberán presentarse dentro del plazo de quince días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro Central de la Tesorería General de la Seguridad Social c/ Los Astros, 5 y 7, o por cualquiera de las formas que establece el art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Además de los datos personales y número de Registro de Personal, los aspirantes acompañarán junto con la solicitud su currículum vítae, en el que consten títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la Administración, estudios y cursos realizados, conocimiento de idiomas, y otros méritos que se estime oportuno poner de manifiesto, y harán constar detalladamente las características del puesto que vinieran desempeñando.
Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, según lo dispuesto en el artículo 9. a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó, según los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 19 de febrero de 2015.–La Ministra de Empleo y Seguridad Social, P.D. (Orden ESS/619/2012, de 22 de marzo), el Secretario General de la Tesorería General de la Seguridad Social, José Manuel Aceituno Arenas.
Subdirección General de Ordenación e Impugnaciones
Denominación del puesto: Jefe/Jefa Asesoría Jurídica Central.
Número de puestos: Uno.
Número MAP del puesto: 3084733.
Nivel C.D.: 29.
Complemento específico: 17.847,90 €.
Localidad: Madrid.
Adscripción: AD:AE.
Grupo: A1.
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