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El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, recoge como competencia exclusiva en su artículo 9.1.47 la «Cultura en cualquiera de sus manifestaciones», así como el «Patrimonio histórico y cultural de interés para la Comunidad Autónoma».
En desarrollo de esta competencia, y con el fin de proteger nuestro Patrimonio Cultural, se dictó la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura. Y es en el artículo 1.2 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, en la que se hace referencia a la protección del Patrimonio Inmaterial cuando se indica que «Constituyen el Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura todos los bienes tanto materiales como intangibles que, por poseer un interés artístico, histórico, arquitectónico, arqueológico, paleontológico, etnológico, científico, técnico, documental y bibliográfico, sean merecedores de una protección y una defensa especiales. También forman parte del mismo los yacimientos y zonas arqueológicas, los sitios naturales, jardines y parques que tengan valor artístico, histórico o antropológico, los conjuntos urbanos y elementos de la arquitectura industrial así como la rural o popular y las formas de vida y su lenguaje que sean de interés para Extremadura».
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.1 de la propia Ley, los bienes más relevantes del Patrimonio Histórico y Cultural extremeño, deberán ser declarados de interés cultural en la forma que el propio artículo detalla.
Por su parte, el artículo 6.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, al establecer la clasificación de los bienes que pueden ser declarados de interés cultural, en el apartado d) define como sitio histórico, «el lugar o paraje natural donde se produce una agrupación de bienes inmuebles que forman parte de una unidad coherente por razones históricas, culturales o de la naturaleza vinculadas a acontecimientos, recuerdos del pasado o manifestaciones populares de las raíces culturales de una comunidad que posean valores históricos o técnicos». Ha de significarse, a tales efectos, tal y como se deduce de los informes emitidos por los servicios técnicos de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de 21 de febrero, 23 de septiembre y 6 de noviembre de 2014, Alcántara conforma un conjunto relevante en el contexto del Patrimonio Histórico y Cultural Extremeño cuyos valores justifican la incoación de expediente para su reconocimiento como bien de interés cultural, por los siguientes motivos:
Alcántara, debido a su situación de frontera y el ser paso obligado para poder vadear el río Tajo, ha sido desde tiempos pretéritos un lugar estratégico, tanto desde el punto de vista militar, como comercial y de las comunicaciones.
A partir de los siglos X y XI esta villa frontera se caracterizará por el gran papel que juega la muralla, creándose un auténtico núcleo urbano. También se convertirá en centro de irradiación de poder, militar, político, cultural y religioso a raíz del establecimiento en la Villa de la Orden de Alcántara.
El caserío actual de Alcántara es el resultado de un largo proceso histórico. El tejido edilicio, su entramado urbano y los modelos arquitectónicos son producto de las realidades urbanísticas y arquitectónicas, que sujetas a imperativos económicos y culturales, se han sucedido en el solar que ahora ocupa este magnífico enclave.
Por lo expuesto y con el fin de garantizar su protección y dando cumplimiento al contenido de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, se impone establecer una descripción clara y precisa de este bien y la delimitación del entorno necesario que será el que garantice la adecuada protección del bien, siendo la zona periférica, exterior y continua al inmueble, cuya delimitación se circunscribirá al «espacio construido o no, que da apoyo ambiental al bien y cuya alteración pudiera afectar a sus valores, a la contemplación o al estudio del mismo».
En definitiva, se trata de llevar a cabo el procedimiento de declaración de bien de interés cultural se regula en los artículos 7 y siguientes de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, que exige para la declaración de bien de interés cultural la previa incoación y tramitación del expediente administrativo por la Consejería competente en materia de cultura, a través del órgano competente.
Vista la solicitud presentada por el Ayuntamiento de Alcántara, de acuerdo con la propuesta de 2 de diciembre de 2014, de la Directora General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Educación y Cultura de la Junta de Extremadura, y en virtud de las competencias en materia de Patrimonio Cultural, Histórico-Arqueológico, Monumental, Artístico y Científico de interés para la región, recogidas en el artículo 2.1 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, del Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, y de las facultades conferidas por el Decreto 104/2011, de 22 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y por el Decreto 210/2011, de 5 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Cultura, y demás preceptos de general aplicación, resuelvo:
Incoar expediente de declaración de bien de interés cultural, con categoría de sitio histórico, a favor de Alcántara, en el término municipal de Alcántara (Cáceres).
Determinar los valores del sitio histórico que justifican su declaración como bien de interés cultural, describir el mismo, identificando los inmuebles comprendidos en el sitio histórico que tienen por si mismos la categoría de bienes de interés cultural así como los bienes de relevancia existentes dentro de los límites del sitio histórico, delimitarlo por escrito y gráficamente, y fijar las normas de protección del sitio histórico en los anexos que acompañan a la presente Resolución.
Incluir como objeto de protección el subsuelo del sitio histórico y de su entorno de protección.
Determinar que continúe la tramitación del expediente de acuerdo con la legislación vigente.
Remítase la presente resolución al «Diario Oficial de Extremadura» para su publicación y la apertura de un trámite de información pública por periodo de un mes.
Notifíquese a los interesados, al Ayuntamiento de Alcántara, al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes para la anotación preventiva, y publíquese en el «Boletín Oficial del Estado».
Mérida, 26 de enero de 2015.–La Consejera de Educación y Cultura, Trinidad Nogales Basarrate.
Se publica como anexo un extracto de los Informes técnicos de 21 de febrero, 23 de septiembre y 6 de noviembre de 2014. Los informes íntegros, a los que hace referencia el acuerdo de incoación, constan en el expediente administrativo correspondiente. Este expediente se podrá consultar en las dependencias de la Dirección General de Patrimonio Cultural, Servicio de Patrimonio Histórico (avenida Valhondo, s/n, módulo 4, planta 2.ª, 06800 Mérida, Badajoz) para aquellos interesados en el procedimiento y que acrediten esta condición, de acuerdo con lo que disponen los artículos 31 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero
Acontecimientos destacados en la historia de Alcántara
Debido a su situación de frontera y al hecho de ser paso obligado para poder vadear el río Tajo, la villa de Alcántara ha sido desde tiempos pretéritos un lugar estratégico, tanto desde el punto de vista militar, como comercial y de las comunicaciones.
Fue el magnífico puente romano, paso imprescindible en una de las ramificaciones de la Vía de la Plata, el que dio origen a los primeros asentamientos en la zona, asentamientos que no se harían definitivos e importantes hasta tiempos del Califato de Córdoba, entre el siglo X y la primera mitad del siglo XII. De esta época datan algunas de las primeras referencias escritas acerca de la villa llamada entonces Qantara as-Sayf, o lo que es lo mismo, Puente de la Espada.
A la caída de este califato, el rey taifa de Coria, Zeth, la redujo a su obediencia para pasar, más tarde, a manos del rey taifa de Cáceres, Alháel-Gami, en 1161, tras un breve período intermedio, en el año de 1143, en que la villa fue dominada por Alfonso VII. En 1166, el monarca Fernando II de León la tomó por las armas, pero fue de nuevo invadida por los musulmanes entre 1172 y 1213, cuando fue reconquistada definitivamente por el rey de León y Galicia, Alfonso IX, con la ayuda de don Diego López de Haro y el monarca castellano Alfonso VIII.
Tras ganar la plaza de Alcántara a los musulmanes, el rey Alfonso IX encargaría su defensa a la Orden de Calatrava, si bien, en 1218, será entregada la Villa a la Orden de San Julián del Pereiro. Esta orden había nacido en 1156 y era meramente religiosa, si bien, a partir de la bula otorgada por el Papa Lucio III, se convertiría en una Orden militar.
Por consiguiente, sabemos que entre los siglos X y XI, Alcántara se constituye en una villa frontera, fortificada, en la que prima la actividad militar y la economía ganadera. Alcántara será centro de poder, militar, político, cultural y religioso, quedando bajo su dominio todos los municipios cacereños situados en la actual frontera con Portugal, desde Sierra de Gata a San Vicente de Alcántara, además de la comarca pacense de La Serena y algunas posesiones fuera de Extremadura.
Desde el siglo XII, la historia de Alcántara estará marcada por las luchas de poder entre la propia Orden Militar y por los numerosos conflictos entre España y Portugal. Así, favorecida por su situación fronteriza, acusaría numerosas contiendas, que comenzaron con los primeros enfrentamientos bélicos entre Pedro I el Cruel y su hermano Enrique de Trastamara.
Un siglo después, por ser cabecera de la Orden, Alcántara se vería inmersa en las luchas que enfrentaron al Clavero don Alonso de Monroy y al Maestre don Gómez de Solís, por el conflicto dinástico entre Isabel la Católica y su sobrina Juana la Beltraneja, casada con el Rey Alfonso V de Portugal.
Entre 1640 y 1668, se producirá la guerra de la Restauración entre España y Portugal, con motivo de la sublevación por parte del país vecino.
También repercutió la Guerra de Sucesión, en 1703, cuando el rey de Portugal Pedro II se encuentra en Alcántara y recibe la misiva del rey de Francia Luis XIV para establecer alianzas, a lo cual accede el monarca portugués, aunque, a posteriori, se puso al lado de Inglaterra, entrando en la Gran Alianza, hecho que propició la intervención de España. El 26 de julio de 1704, el rey Felipe de Borbón decide ir a Alcántara, donde estaba el ejército francés dirigido por el duque de Berwick y declara la guerra a Portugal, convirtiéndose de nuevo Alcántara en un enclave estratégico.
En el año 1706, entra en Alcántara el Marqués de las Minas al mando del ejército de la Gran Alianza, donde toma como cuartel el convento de San Benito, que sufre diferentes bombardeos y el consiguiente destrozo de su mobiliario y arquitectura. Será el Marqués de las Minas el que, a su retirada de Alcántara, mande volar el segundo arco de poniente del Puente Romano.
En 1808, estalla en España la Guerra de la Independencia y, al año siguiente, los franceses entran en la villa, saqueando e incendiando las casas. Se instalan en ella más de cinco mil soldados franceses al mando de los generales Junot y Laborde. Después de varios intentos por parte española para que el puente no fuera cortado, el 14 de mayo, las tropas aliadas de Portugal e Inglaterra libran una gran batalla con los franceses en el puente. Un año después, uno de los arcos se derrumba.
El 25 de abril de 1812, Wellington ordena reparar el puente con la construcción de una pasarela para mantener comunicadas las dos márgenes del río. Esta pasarela sería de nuevo destruida en 1836 durante las Guerras Carlistas.
Alcántara, cuna de personajes ilustres
No podemos olvidar que Alcántara fue cuna y residencia de numerosos personajes ilustres de entre los cuales destacan dos nombres, uno en el ámbito religioso, alcanzando la santidad y, otro en el campo cortesano, militar y político. Éstos son Juan Garabito y Vilella, San Pedro de Alcántara, nacido en el año de 1499 y su medio hermano Pedro Barrantes Maldonado, nacido en 1510, ambos hijos de María Vilella de Sanabria.
El primero, San Pedro de Alcántara, estudió en la Universidad de Salamanca. Ingresó en la Orden de San Francisco en el convento de San Francisco de los Majarretes (Valencia de Alcántara) en 1515. Ocupó cargos de responsabilidad dentro de su Orden: Guardián de distintos conventos como el de Nuestra Señora de los Ángeles y San Onofre de la Lapa; Provincial de San Gabriel y Definidor Provincial varias veces. Reformó las antiguas Constituciones; ayudó a fray Martín de Santa María a poner los fundamentos de la provincia de la Arravida en Portugal; fundó diferentes conventos, como el de Tabladilla, Arenas, Aldea del Palo, el del Rosario, el Palancar, etc.; reformó la Descalcez Franciscana y fue nombrado Comisario Apostólico General de los Reformados Descalzos.
San Pedro de Alcántara llegó a ser director espiritual de Santa Teresa de Jesús y trabó amistad con personalidades de la época como el Emperador Carlos I, los reyes de Portugal, Infantes de España, San Francisco de Borja, San Juan de Ávila, etc. Murió en Arenas de San Pedro el 18 de octubre de 1562.
El segundo, Pedro Barrantes Maldonado, combatió en las guerras de las Comunidades a favor del rey Carlos I. Se puso bajo las órdenes del duque de Béjar. Estuvo en Francia, Flandes, Alemania y Hungría, donde combatió contra Solimán. Escribió varios libros entre los que destacan «Historia de los condes de Flandes», «Las crónicas de España desde los tiempos del rey Alfonso el Sabio hasta la toma de Granada», «Noticia geneanológica de los Barrantes de Alcántara», «Historia y antigüedades de la villa de Alcántara» y «Crónica del rey D. Enrique III con la casa de Castilla y León, que llaman el Doliente».
Expansión y consolidación del núcleo urbano
La Alcántara musulmana es muy desconocida por la escasez de restos arqueológicos. Los restos que aún se conservan sitúan el núcleo urbano de la villa en uno de los cerros que se levantan junto a la margen sur del puente, a unos cien metros de altura por encima del nivel de aguas del Tajo. En esta zona aún pueden verse algunos restos de muralla a las que aparecen adosadas torres de estructura cuadrangular. Este primitivo alcázar será reaprovechado más tarde por los reyes cristianos. Este espacio fue pues el embrión urbano que dio origen a la actual villa y que, durante los siglos XIII al XV, fue expandiéndose en dirección sureste.
Con el establecimiento de la orden militar en Alcántara, se documentan transformaciones urbanas importantes debido a la necesidad de reconvertir los edificios y elementos del poder civil y religioso y a la de dar cabida a un número mayor de habitantes. La primera transformación importante que acomete la Orden, según los cronistas, fue la de adecuar la alcazaba árabe para su nuevo uso como convento y casa fuerte de la Orden. A esta obra le seguirían la utilización y posterior demolición de la antigua mezquita, sobre cuyo solar vendría a erigirse la primitiva iglesia de Santa María de Almocóvar.
Fueron las malas condiciones que, para la vida cotidiana, ofrecían la zona de la fortaleza y Villa Vieja, las que impulsaron a la población a expandirse hacia la zona sureste, la cual resultaba mucho menos abrupta y de clima más apacible. Así, durante la época islámica está probada ya la existencia de un arrabal en la zona más próxima a la fortaleza, serían las actuales calles de San Juan, Cantarranas, Sancti Spíritu, plazuela de San Juan, San Pedro, Torrontero, Plaza…En este espacio, los musulmanes habían constituido una gran plaza dedicada a la celebración del mercado en la que se levantaba la mezquita alhama. La población musulmana mantuvo sus cultos en una nueva mezquita situada entre las calles Zapaterías y Hospital, hasta el Edicto de Conversión de 1502, cuando es vendida y pasa a albergar el hospital de Sancti Spíritu. También, ya en la segunda mitad del siglo XIII, algunos de los freires alcantarinos se habían visto obligados a abandonar el convento para residir en el pueblo.
La consolidación del núcleo urbano en torno al arrabal se produce cuando, en 1445, el maestre Gutierre de Sotomayor solicitaba autorización al papa Eugenio IV para trasladar el convento de la Orden a la fortaleza del arrabal, y se construyera en las inmediaciones de Santa María de Almocóvar. Los pocos freires, que aún habitaban el convento, comenzarían a abandonar el edificio, en 1470, para establecerse en casas particulares cercanas a la iglesia de Santa María de Almocóvar junto al grueso de la comunidad.
En el capítulo celebrado en Alcalá de Henares en 1497, se firmó lo que sería la sentencia de muerte para la Villa Vieja. Se dio entonces la orden de deshabitar el convento alcantarino, que había permanecido en la fortaleza, para trasladarlo a las afueras de la localidad, a la dehesa conocida como «El Cortijo», muy próxima a la ermita de Nuestra Señora de los Hitos. Con esta decisión se perseguía restaurar la normalidad de la vida conventual.
Durante casi tres siglos, el poder territorial y económico de la Orden fue creciendo de manera exponencial, a medida que avanzaba el proceso de reconquista, una etapa esplendorosa, entre los años 1219 y 1494. Desde 1494, el maestrazgo de la Orden de Alcántara pasará a manos de los Reyes Católicos. A partir de este momento, el papel tan importante de las órdenes militares irá pasando a un segundo plano. Prueba más que significativa de este decaimiento será la suspensión, en 1574, de las obras del convento de San Benito que había comenzado a edificarse en 1505.
En todo este período, es evidente que la población debió aumentar. Se establecieron en la villa caballeros y allegados a ellos, de familias tan ilustres como las de los Roco, Perero, Oviedo, Topete, Barrantes, Cabrera, Acosta, etc. Algunos de estos linajes llegaban desde Portugal y estaban ligados, de un modo u otro, al maestre de origen luso frey Martín Yánez de Barbudo (1385-1394), si bien, el estamento de los caballeros suponía sólo un 10 % de la población, de tal modo que, en 1432, eran 90 caballeros sobre 700 vecinos y, en 1479, eran 64 sobre 748 vecinos.
Muchas de estas familias comenzaron a edificar magníficas mansiones. La zona de la plaza fue para ello una de los espacios más codiciados. En ella se instalaron, no sólo la iglesia principal, sino también, a finales del siglo XV, los edificios más representativos del poder civil, la casa del Ayuntamiento y Audiencia, y la cárcel.
Otro colectivo importante será la población judía de Alcántara, que debió ser considerable y muy influyente, circunstancia que motivó que esta comunidad se convirtiera en Aljama. La comunidad hebrea se asentó en las angostas y empinadas calles Pacheco, Balconcito, Soledad…, todas ellas con un trazado irregular, con una arquitectura de gran uniformidad.
Ya en el siglo XVI, entre los años 1510 y 1580, gracias al impulso y apoyo económico tanto de los monarcas administradores de la Orden de Alcántara y sus comendadores, como de sus propios vecinos, se inicia un período de esplendor en el terreno urbanístico y arquitectónico que va a modificar sensiblemente el trazado de sus calles y plazas con numerosas obras civiles y religiosas. Este impulso constructivo va a suponer la configuración de una nueva villa en lo que antes eran los arrabales de la Villa Vieja. Alcántara se llenará de conventos, palacios y edificios de marcado carácter nobiliario.
De la arquitectura privada alcantarina nos han llegado importantes ejemplos. Se trata generalmente de casas o palacios de los más importantes linajes de la villa, la inmensa mayoría de ellos ligados de algún modo a la Orden de Alcántara.
En definitiva, partiendo de la plaza, la población se desarrolló longitudinalmente entre los siglos XIII y XVI en una maraña de calles, dominada por tres importantes ramales que atravesaban de un lado a otro el caserío y que iban prácticamente desde la fortaleza hasta la puerta de la Magdalena, también conocida como puerta de la Concepción. Dichos ejes eran los formados por:
La calle de la Zapatería, que corría paralela al muro sur y que, tras pasar por la plaza de la Corredera, cambiaba su nombre por el de San Antón.
Las calles de La Soledad y de Cuatro Calles que discurrían paralelas por el centro del arrabal y que, tras encontrarse, pasaban a llamarse de La Llanada.
La calle de la Cañada, que tras salvar una pequeña revuelta, pasaba a denominarse de Gorbalán (hoy dividida entre Grano de Oro y Trajano). La vía lindaba con la muralla por la parte norte y pasaba por delante del nuevo convento de San Benito.
En torno a estas grandes vías y a los edificios singulares que se habían erigido en sus inmediaciones, fueron desarrollándose pequeños núcleos de población que, con el tiempo, llegaron a unirse. Algunos de estos pequeños barrios iniciales los podemos situar en las cercanías del primer hospital de Sancti Spíritu, erigido en la calle de la Cañada a comienzos del siglo XIII, cuando la zona era un absoluto despoblado; o en torno a la sinagoga, construida en el siglo XIV en la calle llamada hoy de la Soledad, alrededor de la cual se desarrolló la judería.
Otros focos importantes de atracción fueron la zona del eje este más próxima al castillo, alrededor de la cual se establecerían algunos de los gremios más numerosos de la villa, con calles como la calle Zapatería, uno de los ejes de expansión del arrabal, con el gremio de zapateros, o la calle Ollería, en la que tenían sus talleres los artesanos vinculados al arte del cristal y de la forja.
El crecimiento demográfico del segundo tercio del siglo XVI conllevaría el ensanchamiento del núcleo por sus zonas perimetrales. En el eje norte, se abrirían las calles Torrontero y Cañada; y, en el eje sur y su entorno, las calles Corredera, Caballero y San Antón.
Estas vías configurarán el núcleo poblacional más allá del arrabal, como la calle y plaza de la Corredera, que se constituyeron en un espacio abierto, amplio, que rivalizaba con la plaza mayor y será el lugar elegido por parte de la nobleza alcantarina para edificar sus palacios y casas solariegas entre los siglos XV y XVII; la calle Llanada, que con la calle Cuatro Calles es la continuación natural y eje central del arrabal y fue una de las más pobladas, polo de atracción para nobles, comerciantes y artesanos; o la calle Torrontero, en la que vivieron importantes personajes y, en el siglo XVI, buena parte de los artistas con sus talleres de pintura, escultura o platería.
En época moderna, sabemos que los polos de mayor riqueza se concentraban en la Plaza, calle de San Pedro, la Corredera y Cuatro Calles; mientras que las zonas más deprimidas eran las zonas más antiguas del arrabal: Albaicín, hoy plazuela de San Juan, Cantarranas, Ollería y Sancti Spíritu, así como el eje de las calles Altozano y Soledad, en las que se asentaron las minorías musulmanas y judías.
Algunas calles fueron abiertas más tardíamente, como la calleja de Medellín, citada en 1772; la calle Muralla de San Antón, de la primera mitad del siglo XVII, en relación con la renovación de la muralla en este punto con el Baluarte homónimo; o la calle Muralla de la Magdalena, urbanizada durante la primera mitad del siglo XVII, que debe su nombre al baluarte homónimo, hoy desaparecido.
Descripción del sitio histórico
a) Bienes de interés cultural incluidos dentro del perímetro delimitado del sitio histórico:
«Murallas y defensas de los recintos amurallados medieval y abaluartado», bien de interés cultural por la disposición adicional segunda de la Ley 2/1999, de 29 de marzo.
El «puente de Alcántara con el arco triunfal y el templo contiguo a su salida» por Real Orden de 13 de agosto de 1924 (Gaceta de Madrid, número 31, 18 de agosto de 1924).
El «convento de San Benito», por Real Orden (Gaceta de Madrid, número 84, de 25 de marzo de 1914).
La «iglesia de Santa María de Almocóvar», monumento por Real Decreto 754/1987, de 8 de mayo (BOE, número 146, 19 de junio de 1987).
a.1) Murallas y defensas de los recintos amurallados medieval y abaluartado.
El Recinto Medieval.
De la fortaleza musulmana subsisten escasos restos, por lo que resulta difícil la comprensión del primitivo trazado. La fortaleza se emplazaba en la cúspide del pequeño cerro que domina el puente romano desde la margen izquierda del río Tajo. El recinto, con trazado irregular y de apreciables dimensiones, se extendía desde el mismo borde del precipicio próximo al Tajo, envolviendo el núcleo urbano.
A partir de las descripciones y la interpretación que hace el historiador Bartolomé Miranda Díaz, podemos hablar de una doble defensa o doble cerco. El nuclear, que coincidiría en parte con la muralla exterior en sus lados sur y este, acogía tanto a la villa como al convento y castillo, y estaba vertebrado mediante once torres que, partiendo desde el ángulo sureste hacia la izquierda, eran: La de la Harina; la del Horno, construida durante el maestrazgo de don Juan de Zúñiga; la del Homenaje; la de Gutierrez; la del Alguacil, en la que aún se conservaba la leyenda fundacional del viejo alcázar árabe; la de Santiago; la del Espolón, que sería derribada en 1569 para hacer un camino; la de la Escalera; la torre de la Puerta Nueva; la torre Caída y la de Hernán Botello.
Este recinto interior se subdividía a su vez en dos zonas: villa y fortaleza, separadas, en este caso, mediante los muros de cierre de algunos de sus edificios, tales como la Iglesia de Nuestra Señora de la Antigua y la fortaleza, cuya muralla quedaba articulada por esta parte mediante las torres (de norte a sur): del Horno; del Homenaje; de Armas, ubicada sobre la cava del agua; la torre Blanca, erigida en tiempos del maestre Gutierre de Sotomayor; y la torre de Matacabras, ubicada junto a la plaza.
En cuanto a la muralla exterior, ésta se organizaba por diecisiete torres, algunas de ellas coincidentes con las anteriores, como ya advertimos. Partiendo de nuevo desde el ángulo sureste, las torres eran: la de la Harina; la del Homenaje; la del Horno; la de Gutiérrez; la del Alguacil; la de Santiago; la del Espolón; la torre Horadada; la de García; la de los Cántaros; la del Río, realmente era una albarrana adelantada a la muralla; la llamada del Puente; la de Cañasdoradas, construida sobre el templo romano de San Julián; la de Ballesteros, también albarrana y unida a la muralla mediante un arco; la torre de la Escalera, erigida junto a la iglesia de San Pedro; la de la Puerta Nueva; la Torre Caída; y la de Hernán Botello.
El robusto aspecto de todos estos muros y torres debió ser asombroso en su época.
Dos eran las puertas que comunicaban la Villa Vieja y la fortaleza con el arrabal, la de Jartín y la denominada de la Villa. La primera constituía el paso natural entre la villa y el arrabal. La puerta, embutida en los bajos de la torre de Santiago, se cegó con el tiempo por la apertura de una nueva plaza y una nueva comunicación entre el arrabal y el puente.
Respecto a la puerta de la Villa, la que permitía el paso entre el castillo y el arrabal, ésta estaba ubicada entre las torres del Homenaje y de la Harina (hoy calle de la Muralla, cercana a la plaza de San Pedro), viniendo a coincidir con el eje de la calle Zapatería. Pero la Villa Vieja tenía al menos dos puertas más, la denominada Puerta Nueva, que se abría en el lienzo sur, seguramente bajo la torre del mismo nombre; y, la Puerta del Puente, muy próxima al templo de San Julián, y que constituye un punto estratégico de primer orden.
Existía además un pequeño postigo o «portillo» cercano a la torre de Hernán Botello y a la Puerta Nueva.
El recinto abaluartado.
El recinto abaluartado que envuelve todo el casco urbano presenta el trazado clásico de este tipo de fortificaciones, configuradas por lienzos o cortinas rectilíneas que enlazan baluartes, revellines y reductos de trazado poligonal. Sus muros son de mampostería de pizarra, ataludados en sus caras exteriores, generalmente reforzados con sillería de granito en los ángulos.
Alcántara era un punto estratégico en los enfrentamientos bélicos de frontera, por lo que necesitaba de un proyecto de fortificación adecuado a la estrategia militar del siglo XVII. Interesa ahora proteger la villa moderna que se había extendido hacia el oriente, extramuros de la antigua muralla, por lo que se va a construir un amplio recinto abaluartado diseñado para la guerra moderna.
A comienzos del siglo XVII, el recinto ocupa ya una superficie similar a la actual, así parece manifestarlo la existencia de la Puerta de la Concepción, emplazada en el extremo más oriental del recinto, que habría sido construida o reformada en 1611, como consta en una de las inscripciones que la decoran. Esta puerta aparece reflejada en los planos de los siglos XVIII y XIX, precedida de distintos recursos defensivos como imponía la técnica de fortificación desde el siglo XVII.
Con el recrecimiento efectuado a mediados del siglo XVII, el espacio murado alcanzará más de 40 ha, unas dimensiones que indican la importancia de este enclave militar, en la guerra de Restauración entre España y Portugal.
La muralla se muestra en desigual estado de conservación por tramos incluso ha sido suprimida, derribada o absorbida en aquellos lugares en los que el crecimiento urbano ha sido más intenso. En cambio, en los sitios donde aún no ha llegado el caserío pueden apreciarse importantes lienzos. Y es en estos sectores conservados donde podemos contemplar la técnica de fortificación abaluartada que impone el uso de las contundentes piezas de artillería moderna. En este momento se construirían los diferentes baluartes, revellines y reductos; asimismo se ensancharía el espesor de los muros y se les dotaría de taludes en sus caras externas. Esto puede apreciarse en la actualidad en las cortinas del mediodía, que fueron intensamente reforzadas por ser la zona menos accidentada y más desguarnecida.
Aunque su trazado es sinuoso, también tiene tramos perfectamente alineados, con baluartes en las esquinas, de gran superficie, macizos y de mucha fortaleza. Se conservan también los restos de distintos cuerpos, fuertes, revellines y medias lunas, todo con el mismo sistema constructivo.
Algunos lienzos y restos de las defensas pueden contemplarse en el sector septentrional, en este caso en peor estado de conservación, habiéndose construido viviendas sobre algunos de estos restos.
Es posible delinear el trazado completo del recinto amurallado abaluartado en consideración de los tramos que aún se conservan y de los que, si bien ya han desaparecido, sabemos que existieron:
Norte: Iniciamos el recorrido por el trazado del recinto en el baluarte de la Magdalena, desde el que, siguiendo todo el lienzo de la muralla, llegamos hasta el baluarte de San Benito, inmediato a la iglesia para, a continuación, alcanzar el baluarte de las Escuelas, y después la puerta de la Cañada. Antes de empezar el tramo que envuelve la Villa Vieja aún nos encontramos con el baluarte de las Monjas.
Oeste: Entre la iglesia y convento de la Encarnación está la Puerta de Enmedio y, bordeando las dependencias conventuales, la muralla llega hasta la llamada puerta de San Juan. Desde esta puerta, seguimos los lienzos de la muralla hasta encontrarnos con el baluarte de San Juan y después con el baluarte de los Clérigos.
Sur: Desde el baluarte de los Clérigos reanudamos el recorrido para alcanzar el baluarte de Paniagua, después el ángulo de San Isidro, y tras seguir un amplio tramo de muralla, el baluarte de la Cruz. Desde este baluarte, continuamos en línea recta hasta la Puerta del Postigo y, desde allí, al baluarte de San Felipe o de Céspedes, y desde éste al baluarte del Rollo, que estuvo protegido por la Media Contraguardia de Santa María o Media Luna. Finalizamos el recorrido del recinto amurallado en este tramo pasando por el ángulo de San Miguel para, finalmente, alcanzar el baluarte de San Antón.
Este: En toda esta zona, aunque está muy modificada y perdida, aún podemos encontrarnos con algunos restos, así, en este tramo, se alzaba el baluarte de San Antón, en el lugar en el que en los años cincuenta se construye la barriada de San Pedro; la Puerta de la Concepción; a continuación, el baluarte de los Estudiantes y, finalmente, el baluarte del Diablo, después del cual, el tramo continúa hasta alcanzar de nuevo el baluarte de la Magdalena.
Asimismo, aunque se encuentran fuera del perímetro murado, formaron parte de él dos elementos adelantados al mismo, de gran envergadura, el Revellín o Fuerte de San Lázaro o San Marcos y el Revellín de San Pedro.
La muralla abaluartada de Alcántara contó además con una serie de estructuras, de menor envergadura, cuya función fue la de reforzarla: Puestos, cañoneras, atalayas, reductos y medias lunas.
Así, fueron tres los Puestos, uno frente al baluarte de Paniagua, otro frente al baluarte de los Clérigos y, el último, frente al baluarte de San Juan. También conocemos reductos como el reducto del Rollo, situado junto al baluarte del mismo nombre, y el reducto que se alzaba a la misma altura del baluarte de los Estudiantes.
Las medias lunas documentadas son la del Marqués de Carpio, entre los baluartes de la Magdalena y el de San Benito; la de los Valones, ubicada frente al convento de San Benito; la media luna del Rollo o de la Contraguardia de Santa María y la de Paniagua, situada en frente del baluarte de Paniagua.
a.2) Puente romano, Arco de Triunfo y templete de San Julián.
El puente de Alcántara, grandioso por la técnica y la estética, admirado por cronistas, viajeros y estudiosos, destaca en el conjunto de todos los puentes romanos.
Construido sobre el río Tajo, en un lugar elegido por sus condiciones, el monumento se alza en un trecho en el que el cauce presenta un gran estrechamiento. Por él pasaba la vía romana que se dirigía desde Cáceres hacia Coimbra, Olisipo (Lisboa) y Brácara Augusta (Braga).
Su construcción debió iniciarse hacia el año 75 de la era cristiana, aunque por las inscripciones sabemos que el arco honorífico superior fue dedicado al Emperador Trajano en los años 103-104.
En realidad, se trata de un conjunto de tres elementos: el puente, el arco honorífico y el templo. Según la inscripción que figura sobre la puerta del templete situado a la entrada del puente, su arquitecto fue Gaius Iulius Lacer.
El puente está fabricado con sillares con las caras exteriores almohadilladas, dispuestos a soga y tizón, y unidos en seco con grapas de sujeción. La estructura alcanza los 71 metros de altura en su extremo más alto, siendo su longitud de 194 metros y de 6,89 metros la anchura de la calzada. Consta de 6 arcos y 5 pilas, apoyando los arcos extremos directamente sobre la roca. Las pilas son sólidos basamentos recubiertos con grandes sillares almohadillados que siguen una distribución regular a soga y tizón. En planta, las tres pilas centrales son rectangulares, que sobresalen notablemente en la vertiente de aguas abajo, y presentan tajamares triangulares aguas arriba. Las dos restantes son rectangulares, con una pilastra en cada vertiente.
Sobre las pilas cabalgan los arcos, que son de medio punto y de distintas proporciones. Los dos arcos centrales son los mayores, con 28,80 m y 27,40 m de luz respectivamente; los laterales tienen 21,40 m y los arcos extremos alcanzan los 13,80 m. La apertura de vanos centrales alcanza la máxima luz conocida en los puentes romanos. Las bóvedas de los arcos están constituidas por dos roscas.
Por encima de la cornisa van los pretiles, formados por hiladas de sillería. Son rectos y quedan únicamente interrumpidos por las pilastras del arco honorífico.
Sabemos que el puente permaneció casi íntegro hasta principios del siglo XIII, cuando con la conquista de Alcántara por el rey Alfonso IX de León se produjo la destrucción del primer arco. El daño fue reparado ya en el siglo XVI, en una obra dirigida por el maestro de carpintería y cantería natural de Alcántara, Martín López y su hermano Martín de Ordieta y que concluye en 1543.
El puente dispondrá a lo largo de su historia de dependencias defensivas que reforzarán su carácter de aduana.
En 1577, tienen lugar otras obras, al frente de las cuales estará el maestro Diego de Castañeda. Asimismo se construyen varios aposentos y dependencias que contribuyen a acentuar su carácter de aduana.
En 1706, los portugueses ganan la plaza, y se inutiliza el segundo arco de la margen derecha. Aunque al parecer un año después aún no había sido derruido del todo. En estos años se atravesaba el puente por arpilleras y mampostería. La restauración del puente se inició ya en época de Carlos III.
A principios del siglo XIX, Alcántara será nuevamente ocupada, esta vez por los franceses en su avance hacia Portugal. Durante este conflicto, los ejércitos aliados destruyeron, en 1809, uno de los arcos para impedir el avance francés. Esta circunstancia determinó la necesidad de una restauración que se lleva a cabo a mediados del siglo XIX por iniciativa de la Real Academia de la Historia. Se reconstruyó entonces el arco que había sido volado, pero también se consolidó toda la fábrica y se dispuso en su sitio el arco honorífico que había sido desmontado.
Elementos importantes que forman parte del puente son: El Arco Honorífico y el templete de San Julián.
El Arco de triunfo pudo tener en sus orígenes una significación funeraria, ritual, como monumento de paso. Ya en época imperial, el monumento debió estar dedicado al Emperador o a miembros de sus familia. En él aparecen inscripciones de diversas épocas.
El arco arranca de dos soportes. Las dovelas del arco presentan unos sillares con almohadillado muy regular. Desde el pie del arco hasta la primera cornisa hay 19 hiladas. Sobre esta cornisa, se elevan un primer friso, una segunda cornisa y, de nuevo, otro friso. Las almenas, algunas de ellas con aspilleras en forma de cruz y los escudos, que pertenecen a la reforma de Carlos V, le confieren un aspecto defensivo. En el arco honorífico aparecen inscripciones de diversas épocas.
El templete fue erigido en honor al emperador Trajano y a los dioses de Roma por Caius Iulius Lacer.
El pequeño templo «in antis» está levantado con piedra granítica de la comarca de Alcántara. Parte del estilóbato se eleva sobre la roca. Los sillares son almohadillados y fueron retocados por don Alejandro Millán en la reconstrucción del siglo XIX. Sus medidas son: 4,10 m de anchura, 5,86 m de longitud y 6,61 m de altura.
La planta es rectangular, precedida de escalinata, y parece dividida al interior en «naos» y «pronaos». Cubren el templo seis grandes losas en forma de doble vertiente. La puerta de entrada aparece flanqueada por dos columnas toscanas no adosadas a las «antae». En el siglo XIII, el templete se cristianiza y se pone bajo la advocación de San Julián. Se le añaden entonces el calvario y la espadaña. En la reconstrucción del siglo XIX se le devuelve a su aspecto original.
Del antiguo sistema defensivo del puente únicamente se conserva un torreón, conocido como Torre del Oro, que está situado a la salida del puente, en un lugar preeminente, en el extremo más occidental del mismo. Es probable que el edificio fuera construido en el siglo XVI, sin embargo, el edificio actual data del siglo XVIII.
Este torreón es de planta cuadrada y tiene sus ángulos achaflanados. Se compartimenta en tres cuerpos: el inferior macizo, constituido a modo de basamento para igualar el terreno; el segundo, de mampostería de pizarra y cal, en ligero talud, presenta ventanas en los flancos septentrional y meridional, y saeteras en todos los muros; y el tercer último cuerpo es de fábrica de ladrillo.
El torreón además disponía de una serie de dependencias que le unían al puente: cuerpos de guardia, puertas y accesos para control del puente pues éste ejercía funciones complementarias a modo de una aduana, por lo que existían aposentos e instalaciones para la guardia en medio del puente, junto al arco triunfal, así como otras dependencias a la entrada y salida del mismo, incluido puertas y cierres en los accesos.
a.3) Iglesia de Santa María de Almocóvar.
Tras la conquista de la población, la adaptación de la mezquita fue suficiente para el culto cristiano. Poco después, se inició la construcción de un nuevo templo, siendo maestre don García Fernández en el año 1254.
El templo original era románico, construido de sillería. Constaba de tres naves, cubiertas por techos de madera, la central más ancha y elevada que las laterales. De este momento se conservan tres portadas, siendo la principal uno de los pocos ejemplos del románico en Extremadura. Enmarcada por dos contrafuertes se abre la portada con arquivoltas sobre capiteles con decoración vegetal apoyados sobre columnas exentas. Un rosetón, un alero con canecillos y dos ventanas caladas completan el sencillo conjunto. Fue enterramiento de numerosos miembros de la Orden.
A lo largo del siglo XVI, se acometen numerosas reformas en las que intervienen artífices de la talla de Martín de Elorrieta, Pedro de Ibarra y Juan Bravo, que ejecuta los planos de Francisco de Mora.
Pero el estado actual del templo es, sobre todo, el resultado de las reformas llevadas a cabo en el siglo XVIII por el arquitecto Manuel Larra de Churriguera, quien también ejecutó las obras del atrio.
En su interior se conservan algunas piezas de interés procedentes del Convento de San Benito, el sepulcro del comendador Frey Antonio Bravo de Jerez, cinco tablas Luis de Morales, un Cristo Yacente atribuido a Martínez Montañés, una talla de Sebastián de Paz, el sepulcro del Maestre Yánez de la Barbuda, así como la pila donde fue bautizado San Pedro de Alcántara.
a.4) Convento de San Benito.
A comienzos del siglo XVI se concede el Real Privilegio para la construcción del nuevo edificio que será la casa matriz de la Orden de Alcántara. El período de duración de las obras abarca desde 1505 hasta 1574, sucediéndose en la dirección diversos arquitectos entre los que se encuentran Pedro de Larrea, al que corresponde la construcción, dentro del gótico final, del claustro y algunas dependencias que le rodean. Pedro de Ibarra trabaja en la segunda mitad del siglo XVI, quien dentro de la estética plateresca realiza la iglesia y la hospedería.
La belleza del edificio se aprecia en la fachada oriental, donde se levanta, a la izquierda, la cabecera del templo con tres ábsides, poligonal en la capilla mayor con las armas de Carlos V, y semicirculares los ábsides laterales, que se corresponden con las capillas de Frey Nicolás de Ovando y Frey Diego de Santillán. A la derecha se abre la galería de Carlos V, magnífico ejemplo del renacimiento español, que perteneció a la hospedería del convento. Se trata de una estructura dividida en tres pisos y flanqueada por torres cilíndricas, una con el escudo de Carlos V, con casquete esférico de reminiscencias góticas, y la otra de Felipe II, con flamero renacentista, que ostenta el escudo de este rey.
Entre los ábsides y la galería se abre una ventana gótica con mainel que se corresponde con la Capilla del Comendador de Villasayas, utilizada como Sala Capitular.
Muy interesante es el claustro de traza gótica, con planta cuadrangular y cubierto con bóvedas de crucería.
La iglesia, inconclusa, de trazas renacentistas, está dedicada a la Inmaculada Concepción. Consta de tres naves con bóvedas de crucería nervada. Dos escudos de Carlos V presiden la nave central. Las naves laterales se corresponden con las capillas de los Comendadores Diego de Santillán y Nicolás de Ovando. En el lado de la epístola se abre la Capilla del Comendador de Piedrabuena, Frey Antonio Bravo de Jerez y, en el lado del evangelio, la sacristía con su original escalera de caracol.
En el espacio de la antigua huerta del convento se construyó un auditorio que sirve de marco al Festival de Teatro Clásico de Alcántara.
b) Bienes de relevancia existentes dentro de los límites del sitio histórico.
La arquitectura nobiliaria y la religiosa también forma parte de un momento y una época histórica. Los estilos que imperaron entre los siglos XIV y XX, tendrán en esta villa ejemplos muy destacados en el sitio histórico.
b.1) Conventos:
Convento de Sancti Spíritu. Estuvo ubicado en la Villa Vieja, adosado a la parroquia de Santa María la Antigua. En la actualidad, sólo se conservan de él las paredes exteriores y algunas dependencias del sótano, entre ellas, el interesante aljibe con restos visigodos y árabes. La vida monacal en este convento perdudará hasta 1835, año en que fueron exclaustradas en virtud de las leyes desamortizadoras de Mendizábal.
Convento de los Remedios (calle Trajano, n.º 4). Del edificio original permanece un patio porticado en dos de sus lados y unas bóvedas estucadas de forma geométrica y florales propias del siglo XVII.
Convento de San Bartolomé (en la carretera a Mata de Alcántara). En un primer momento, el convento fue denominado de San Bartolomé de Alcántara del seráfico padre San Francisco y perteneció a la Orden Franciscana.
En 1478, Bartolomé de Oviedo, vecino de Alcántara, comienza la construcción de una ermita con licencia del Obispo de Coria. Siete años después, Bartolomé de Oviedo declara su intención de traer a la Villa a los frailes franciscanos y entregarles el edificio como convento. Para conseguirlo y evitar enfrentamientos con la Orden de Alcántara obtiene autorización del Papa Inocencio VIII. Y así, en 1493, la Orden de San Francisco toma posesión del que, en adelante, sería su convento de San Bartolomé.
El convento será renovado en el siglo XVII por el Marqués de Buscayolo pero ya, en 1835, con la desamortización, el convento queda deshabitado y en ruina hasta su rehabilitación para su uso como Hospedería de Turismo.
Del templo destaca la portada lateral, modelo típico del barroco clasicista. La portada se encuentra tallada en piedra granítica y, en ella, se observa un arco de medio punto con cornisa volada. Sobre la cornisa se ubica una hornacina que aparece flanqueada por pinaculillos en esferas, propio del estilo herreriano. Como remate de la portada se distingue un frontón partido, que posee en su tramo superior elementos decorativos y ornamentales de estilo barroco. También destaca su magnífico claustro, formado por pilares cuadrangulares realizados en piedra granítica y arcos de medio punto, cubiertos por una sucesión de bóvedas de arista.
b.2) Iglesias, ermitas y capillas:
Iglesia de San Pedro de Alcántara (plaza de San Pedro, n.º 1). A mediados del siglo XVII, se erigió este templo en honor de San Pedro de Alcántara, coincidiendo con su beatificación, el que es sin duda, el personaje más ilustre de la historia alcantarina. La construcción del templo fue sufragada por el pueblo. En 1673, se nombra una comisión presidida por el Marqués de Torreorgaz para pedir limosnas con el fin de erigir el templo.
La iglesia es de una sola nave con tres tramos, cubierta con bóvedas de cañón con lunetos y reforzadas por arcos fajones, estando la cabecera cerrada por una bóveda semiesférica sobre pechinas. De su interior destacan dos retablos barrocos, el del altar mayor y el del lado del evangelio que se corresponde con la capilla natalicia construida sobre la habitación donde nació el santo.
En la fachada principal, de sobrio estilo barroco, la portada se abre con un arco de medio punto, flanqueada por columnas toscanas de alto pedestal. Encima, una hornacina, encuadrada por pilastras, aloja a San Pedro de Alcántara. Remata el paramento una sencilla cornisa decorada con triglifos y metopas.
La Encarnación Vieja. En el interior de la antigua fortaleza se alza la primitiva iglesia de la Encarnación, que fuera construida por los caballeros de la Orden de Alcántara. Este templo fue el primer lugar de celebración de los cultos de la Orden. En 1562, la iglesia se convirtió en el templo del convento de las monjas Comendadoras del Espíritu Santo. Si bien su aspecto es ruinoso destaca la iglesia con su arquitectura gótica, que se advierte en un ventanal y la bóveda de crucería que cubre el ábside, de contorno semipoligonal con contrafuertes. El resto de los tramos de la única nave se cubren con bóveda de medio cañón con lunetos que evidencian su más tardía construcción. En el suelo se distinguen algunas laudas sepulcrales. Adosada a la cabecera, existe una torre de planta rectangular con campanario formado por arcos de medio punto. Dicha cubierta se cubre con una cúpula semiesférica.
La Encarnación Nueva (calle Altozano, n.º 9), ocupa el chaflán comprendido entre las calles Medellín y Altozano. De la ermita se conserva únicamente su monumental portada renacentista, que se abre en un arco de medio punto encuadrada por simulada arquitectura de pilastra sobre plintos, que sostienen un sencillo entablamento. En las enjutas del arco, dos medallones en alto relieve representan a los Apóstoles San Pedro y San Pablo. En el cuerpo intermedio de la fachada se abren tres hornacinas que albergarían imágenes, una de las cuales representaría a Nuestra Señora de la Encarnación, titular de la ermita. El cuerpo superior se remata en un frontón triangular que enmarca una cruz a cada lado y sendos escudos de armas de la familia fundadora, seccionados al modificar la cubierta.
Ermita de Nuestra Señora de los Remedios (calle Trajano, n.º 4). Esta ermita perteneció al convento de Franciscanas Terciarias. Está construida con mampostería de pizarra. Del templo sobresale su portada de medio punto de sillería granítica coronada por una hornacina que alberga la imagen de Nuestra Señora de los Remedios, bajo la que se intuye un sencillo esgrafiado. Consta de una sola nave de tres tramos, con un magnífico retablo barroco de madera sin policromar, con cuatro pequeñas tallas. A los pies de la nave de acceso se sitúa la capilla lateral en la que se encuentra el sepulcro de don Fabián Antonio de la Cabrera.
Ermita de Santa Ana (calle Santa Ana, n.º 3). Por el escritor Barrantes Maldonado, sabemos que la ermita ya existía en el año 1269. Esta ermita era el punto de espera de los Caballeros de la Orden para recibir a sus difuntos que hubieran fallecido fuera de la Villa, como consta en las Definiciones de la Orden de Alcántara.
Actualmente, de esta pequeña joya está en ruinas permanece en pie uno de los muros hastiales, construido en mampostería de pizarra pero tuvo tres naves separadas por arcos formeros en cuyas dovelas todavía se conservan restos de pinturas. Los arcos apoyaban sobre pequeños cimacios ubicados sobre pilares octogonales un tanto achaparrados. La portada de su fachada principal presenta un arco apuntado de granito enmarcado por un alfiz. En su interior, el acceso hacia el presbiterio se realizaba mediante un arco apuntado de granito, cegado en la actualidad.
Ermita de Las Angustias (calle Angustias, n.º 2). Consta de una nave de dos tramos y un cuerpo lateral adosado al menor de ellos. De los tramos, el primero es de planta cuadrada y, el segundo, de planta rectangular, separados mediante un arco de medio punto. Tanto la nave central como la lateral están cubiertas por bóveda de arista. En el arranque de la cúpula se encastra un escudo de granito muy deteriorado. En la fachada se abre un único hueco de acceso al edificio, formado por un arco de medio punto realizado con dovelas de granito. La fachada está rematada por una espadaña.
Ermita de la Soledad (calle Trajano, n.º 4). Según Barrantes Maldonado fue sinagoga. El alzado actual del edificio es del siglo XVIII, de planta rectangular, con una sola nave dividida en tres tramos. Una cúpula con linterna cubre la cabecera. En el muro del evangelio se localiza un ábside cegado. Destaca el espacio utilizado como sacristía, de planta rectangular, pues en ella se aprecian sencillas ménsulas molduradas, una cúpula de extraordinaria factura y decoración mural policromada en relieve de estilo rococó.
Ermita o capilla de San Antonio (calle San Antón, n.º 43). La ermita se sitúa en planta baja de un edificio de dos plantas. La capilla o ermita consta de una nave de cuatro tramos, cubiertos con bóvedas de arista, a la que se adosa una nave lateral de dos tramos en su cabecera, también abovedados. El acceso principal es adintelado y, sobre él, se sitúa un escudo de cantería eclesiástico, y alrededor, decoración de cueros recortados. En el centro destaca una cruz con incisiones en su campo de armas.
Ermita de Nuestra Señora de los Hitos. Esta ermita, que se alza en un paraje a las afueras del núcleo urbano, debió existir ya en 1235, según relata el cronista de la Orden, Frey Alonso de Torres y Tapia.
El edificio ha sufrido diferentes reformas a lo largo de su historia, incluso, tras las guerras con Portugal, llegó a ser destruida, al explotar un polvorín instalado en ella. No se vuelven a tener noticias hasta 1768, año en el que se edificó en el mismo enclave.
En el exterior, la obra, construida en mampostería de pizarra con sillares graníticos en las esquinas, es sencilla. Da acceso a su puerta principal un pórtico, con arco de medio punto y tejado a dos aguas, que alberga una hornacina con una imagen en alabastro de la Virgen.
El templo tiene planta con forma de cruz latina, con una sola nave con tres tramos cubiertos por bóveda de cañón con lunetos y crucero con cúpula sobre pechinas, a la que se suma una estancia como camarín, cubierto igual que el sotocoro con bóveda de arista. El retablo es de traza neogótica presidiéndolo la Patrona.
b.3) Hospitales:
Hospital del Sancti Spíritu (calle Zapatería, n.º 14). Este edificio fue uno de los tres hospitales con que contaba Alcántara en el siglo XVI. Tiene dos plantas con fachada a dos calles. De su fachada se distinguen la puerta de acceso que está recercada de piezas de granito labradas con sencillas molduras así como un gran balcón volado que conserva una interesante cerrajería de forja. En el interior, algunas paredes conservan restos de decoraciones a base de esgrafiados de mortero de cal y pintadas.
Hospital de la Piedad (y ermita) (entre la calle Piedad y Cuatro Calles, n.º 1). Su fábrica original es posiblemente del siglo XV. De esta época se conservan algunas dependencias como el patio. La capilla y la portada son posteriores, de estilo renacentista.
El edificio se organiza en torno a un patio central que presenta tres lados porticados, de dos plantas de altura, soportados por columnas de granito de orden jónico, y cubiertos con bóvedas de arista. Cabe resaltar la magnifica bóveda de crucería que cubre la antigua capilla mayor de la iglesia.
b.4) Casas solares y palacios. Del estudio del callejero se desprende que, en un primer momento, el lugar elegido por las familias nobles para construir sus casas debió ser la zona más próxima a las murallas de la fortaleza y a la plaza del arrabal. Estas casas eran entonces muy parecidas en su fisonomía a las del resto de la población, llegando a rozar su arquitectura el carácter popular debido al uso de la mampostería de pizarra, el barro y el ladrillo. La utilización de grandes bloques de granito en las partes más nobles del edificio, las caprichosas chimeneas que coronan los tejados, y sobre todo, los blasones que campean en sus fachadas, constituirán habitualmente la nota que las distinga del resto.
Destacan entre las casas solares y palacios:
Casa-solar de los Barrantes Maldonado (calle San Pedro, n.os 3 y 5). Casa solariega en cuya fachada principal, de sobria portada adintelada con casetones rectangulares, sobresale el escudo partido con las armas de los Barrantes y Maldonado. En el interior, la Casa posee un patio con arquerías.
Casa-solar de los Perero (plaza de España, n.º 7). Perteneció a este linaje, asentado en Alcántara desde la creación de la Orden Militar, que entronca con las grandes familias establecidas en Alcántara, como lo demuestra el escudo heráldico que preside su fachada en el que se aprecian los apellidos Perero, Cárdenas, Figueroa y Mendoza.
Casa de los Arias-Quintanadueñas (entre la plaza de España y la calle Cuatro Calles, n.º 2). Dos elementos sobresalen en su exterior, una impresionante chimenea y la forja de sus rejas. En su interior se abre un magnífico patio de esbeltas columnas y trazas renacentistas.
Casa de los Botello (calle de la Piedad, n.º 1). El linaje de la casa es de origen portugués. Se documenta la existencia de dicha construcción en 1487. La fachada conserva bellos esgrafiados de estilizada decoración geométrica enmarcando los vanos y dos escudos elaborados con la misma técnica.
Casa de los Oviedo (calle Cuatro Calles, 12 y 14), es conocida como la «Casa de los Calderones», por el caldero que hay en los escudos de su fachada. Se completa esta fachada con dos escudos esquinados, uno de los Oviedo, y otro de la familia Oviedo Aldana, marqueses de Buscayolo. La fachada actual se puede datar entre los siglo XVII y XVIII. En su interior se pueden apreciar elementos artísticos del siglo XVI.
Casa de los Villalobos (calle Ramos, n.º 8), en su fachada principal figura el escudo heráldico de los Villalobos. La puerta de acceso y el hueco situado sobre ella aparecen decorados con incisiones geométricas a modo de almohadillado. En el interior, es reseñable la decoración pictórica de las paredes, las carpinterías interiores y la cerrajería.
Casa-solar de los Barco (calle Llanada, n.º 15). La familia promotora de este edificio está vinculada a Alcántara y a su Orden desde el siglo XV. En su interior, se abre un patio porticado adintelado de dos pisos con columnas sobre zapatas de influencia salmantina. En el exterior, la fachada principal, con dos cuerpos, es de sillería granítica y ofrece una armoniosa impresión de equilibrio, sólo rota por la rica ornamentación de los blasones que enmarcan la parte superior.
Casa-palacio de los Topete Escobar (calle Zapatería, n.º 50). Esta casa fue construida a finales del siglo XV y principios del XVI, siendo objeto de sucesivas reformas. De estilo renacentista, destaca en su fachada de sillería granítica la puerta adovelada de medio punto. Sobre arco, enmarcado por un desarrollado alfiz de sabor manuelino, se abre una ventana adintelada con decoración de casetones y rosetas. En las enjutas se localizan dos escudos heráldicos. En el interior, un patio porticado con columnas de capiteles jónicos.
Casa-solar de los Aponte, marqueses de Torreorgaz (plaza de la Corredera, n.º 13). La fábrica es de mampostería de pizarra y sillería de granito, bien escuadrada, tanto en la portada como en las esquinas. En una de ellas sobresale una ventana en ángulo con dos arcos polilobulados. En la cubierta dos impresionantes chimeneas. Por último, cabe resaltar los escudos heráldicos de las familias Aldana, Zuñiga, Rocha Ovando y Aponte.
Palacio de los Roco-Campofrío (plaza de la Corredera, n.º 24). Aunque su estado actual es ruinoso, la monumental fachada indica la importancia de este linaje, cuyo escudo de armas preside la portada.
Casa-solar de los Cabrera (calle Cuatro Calles, n.º 44). Su planta se organiza en torno a un patio con tres lados porticados con arquerías de medio punto, soportadas por columnas de granito de fuste cilíndrico, cubriéndose las galerías mediante bóvedas de arista. En el exterior, la portada principal se resuelve mediante una portada de granito en la que jambas y dintel se ornamentan con finas molduras de diseño geométrico. Sobre esta puerta se yergue el balcón principal, flanqueado por sendos escudos ornados con yelmos y lambrequines dentro de unas cartelas recortadas.
Casa del Clavero (calle Regimiento de Argel, n.º 31-33). En ella vivía el Clavero, miembro seglar encargado de la custodia de las llaves del convento y del archivo. En 1576, se destinó la tercera parte del presupuesto de la clavería para la compra de esta casa.
Casa de Bernardo de Aldana (calle Cañada). Consta de dos plantas, bodega y patio posterior y dependencias auxiliares. Su estructura es de muros de mampostería, bóvedas y forjados de madera. La fachada se organiza según cuatro ejes de huecos, todos adintelados, recercados de granito y tres balcones volados sobre plataformas decoradas de la misma piedra datados en el siglo XVI. Se remata con una cornisa volada de importantes proporciones, realizada con fábrica de ladrillo y decorada con una moldura de ovas. Esta cornisa se modula mediante cinco pilastras realizadas con recrecidos de mortero, todo ello resultado de una reforma realizada en el siglo XVIII.
Casa de los Pacheco (calle Pacheco, n.º 6). En su fachada principal se inserta una gran portada de sillería granítica y su escudo de armas.
Casa Vélez Suárez. La casa fue construida por la familia en el siglo XVIII. Presenta una sencilla fachada en la que sobresale el escudo de armas, ornamentado por un yelmo con visera y rejilla, símbolo de hidalguía.
b.5) Casas modernistas. Durante los últimos años del siglo XIX y principios del siglo XX, se edificaron una serie de edificios de gusto modernista. Estos inmuebles se caracterizan por sus dilatadas proporciones, con fachadas ornamentadas con estucos, balcones saledizos, cornisas, balaustras en el remate, frontones, claraboyas, airosas chimeneas, etc. Las portadas y los balcones cerrados son detalles muy cuidados por el arquitecto, para los que se utilizan materiales como el yeso y la forja. Los motivos decorativos son predominantemente florales, formas curvas y figuras femeninas.
Destacan entre las casas modernistas:
Casa modernista (calle Cuatro Calles, n.º 45). Es un ejemplo de arquitectura ecléctica de comienzos del siglo XX. De este edificio es notable su fachada exterior, que se organiza según cinco ejes verticales, de los que el central corresponde al acceso principal, con una puerta de gran altura sobre la que, en planta alta, se sitúa un mirador volado apoyado sobre ménsulas. Las ventanas de planta baja se rematan con frontones triangulares sobre ménsulas ornamentadas y los balcones con decoración en bajo relieve cuajado de ornamentación. El edificio está rematado por una cornisa con pequeñas ménsulas zoomorfas y una balaustrada con cuatro pilares sobre los que apoyan cuatro jarrones.
Casa modernista (calle Cuatro Calles, n.º 46). Construida en 1924, sus fachadas están revocadas con falsa sillería, adornándose los huecos con balaustradas, frontones curvos y otros recursos ornamentales. En el piso central, aparecen balcones volados sobre canes. Los de los extremos se encuentran cerrados, formando un juego de pilastras acanaladas y vidrieras. La esquina del inmueble se resalta mediante cuerpos volados en forma de miradores, rematados por balaustradas y jarrones.
Casa modernista (calle Cuatro Calles, n.º 35). Es un ejemplo de arquitectura ecléctica del siglo XIX. Posee un lucernario cubierto con estructura de hierro y cristal. En planta superior aparecen dos miradores volados, realizados con hierro forjado y cristal. El último cuerpo de la fachada se remata con antepecho de obra.
Casa modernista (calle Llanada, n.º 8). Inmueble de estética modernista construido a principios del siglo XX. El cuerpo principal del edificio se organiza en torno a la escalera central, iluminada por un lucernario de acero y cristal. En el lateral de la fachada principal se abre un mirador acristalado. La vivienda se encuentra decorada con ornamentos realizados con mortero de cal: pilastras de orden gigante, impostas horizontales para marcar la división entre las plantas, recercados de huecos y guardapolvos.
Casa modernista (calle Llanada, n.º 9). Su fachada principal tiene en planta alta un gran mirador volador, realizado en hierro forjado y cristal. Es notable la carpintería tallada de la puerta principal. Son notables los revestimientos interiores con zócalos de azulejos vidriados. Tiene también un lucernario realizado con estructura de hierro y cristal.
b.6) Otros bienes patrimoniales destacados.
Ayuntamiento (plaza de España, n.º 1). Varias inscripciones en su fachada nos dan testimonio de los diferentes procesos constructivos. Así, sabemos que durante el reinado de Felipe III se mandó construir la Casa Consistorial. Las primeras obras ejecutadas corrieron a cargo del maestro mayor Juan Salgado quien estuvo al frente de ellas entre 1627 y 1640, compaginando su dirección con las obras de ampliación de la cárcel. Pero alrededor de 1705, debido a las guerras con Portugal el edificio terminó arruinándose, por lo que tuvo que ser erigido de nuevo.
Elementos significativos son también tres escudos en los que se repite la representación del puente romano y el escudo de armas de Carlos II, circundado por el cordón y el toisón de oro.
Mención aparte merecen las dependencias de la cárcel, construidas en 1694, y que se encontraban en el sótano del edificio.
El Puente Viejo. Se alza en la margen izquierda del río Tajo, junto a la carretera EX- 207. Debió construirse entre los siglos XV y XVI. Su estado de conservación es ruinoso pues de él sólo conservan uno de los pilares y el arranque de lo que fue uno de sus arcos. El material utilizado para su construcción es la pizarra, el granito y la mampostería. Se cree que su función fue la de comunicar el convento de San Benito con el de convento de San Bartolomé.
Pilar Abrevadero. Situado extramuros de la villa, en el llamado Camino de los Hitos, es una construcción granítica compuesta de un paramento con frontispicio triangular, rematado sobre sus vértices con pedestales culminados por bolas, detalle muy del gusto herreriano. Resalta, en el centro, el escudo en mármol de la villa de Alcántara en cuya cartela se lee la siguiente inscripción: «Esta obra hizo esta V.ª siendo gobernador el doctor Guillén. Año de 1594». Hasta hace muy poco tiempo estuvo cumpliendo su función de abrevadero y fuente pública.
b.7) Arquitectura vernácula. Alcántara es una referencia en su área geográfica y cultural por mantener íntegras las estructuras de interesantes inmuebles tradicionales, tanto en interiores como en fachadas.
En general, las viviendas son de doble planta, con cubierta de teja árabe sostenida mediante maderos y tablas, aunque tampoco falta el cañizo. Salvo contadas excepciones, las casas cuentan al fondo del solar con un corral y huertas, al que se accede cruzando a través de la vivienda, con excepción de las grandes casas que suelen contar con una puerta lateral destinada a este fin.
Por otro lado, destacan las viviendas de labradores y pequeños propietarios, reflejo del predominio de la pequeña y mediana propiedad de la localidad.
La vivienda de mediano propietario suele conformarse en 2 o 3 crujías. De las dos plantas con las que contaba, la baja era vividera y la superior se destinaba al sobrao, si bien en ciertas ocasiones también se destinaba a uso vividero. La distribución de las dependencias se articula en torno al zaguán con salas y alcobas y al pasillo central con el resto de dependencias.
Los materiales empleados para la construcción son la pizarra, pero también el barro en los tabiques a base de adobe, la madera de pino para vigas de armadura y en los cierres de puertas y ventanas la cerámica en tejas y ladrillos.
Esta arquitectura se adorna con elementos decorativos, incluso en las viviendas más modestas, como los detalles en los zócalos de los interiores, la policromía de las fachadas, fundamentalmente en los zócalos y el empleo de artesonado de madera. Hay, además, un considerable número de ventanas saledizas, sobre todo en viviendas de grandes propietarios.
Por su parte, la casa tradicional de la pequeña propiedad sigue un modelo de dos plantas, siendo la baja la que se configura como espacio vividero. Una vez se traspasa la puerta, nos encontramos con un sencillo zaguán con bóveda. De él se accede a dos estancias: el dormitorio y la cocina. En fachada suelen aparecer dos ventanas, generalmente una de ellas de mayor tamaño, la denominada alcagüetera.
En definitiva, la vivienda tradicional de Alcántara refleja el constreñimiento ecológico al que se ve sometida la arquitectura vernácula y la realidad socioeconómica inserta en la localidad, donde la estructura de la propiedad de la tierra condiciona en gran medida las características y funcionalidad de los inmuebles.
Justificación y delimitación del sitio histórico
La delimitación se establece en función de los siguientes criterios:
Patrimoniales y urbanísticos, con la inclusión de los inmuebles y espacios urbanos y rústicos necesarios para garantizar la correcta tutela del sitio, preservando la trama histórica.
Topográficos y paisajísticos, con la inclusión del promontorio en el que se halla situado el núcleo de la villa histórica, sus arrabales y los ejes de conexión y articulación de los mismos.
Arqueológicos, en función de previsibles hallazgos arqueológicos.
En consideración de tales criterios, la delimitación de sitio histórico se circunscribirá, a grandes rasgos, al polígono que conforma el trazado de la muralla abaluartada, salvo al este del recinto, en el espacio cercano a la puerta de la Concepción, donde la desaparición de ciertas estructuras, como el baluarte del Diablo o el baluarte del Rollo obliga a delimitar el sitio en esta zona mediante calles.
Por consiguiente, conforman el sitio histórico de Alcántara todas las parcelas, inmuebles y espacios públicos y privados comprendidos en el interior del perímetro trazado por los amurallados.
Las murallas y defensas que constituyen el perímetro tienen la consideración de bien de interés cultural, con la categoría de monumento, por la disposición adicional segunda de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, en razón de su naturaleza y constituyen el ámbito de tutela adecuada para la protección de los valores del sitio histórico.
En definitiva, en la delimitación del sitio histórico se incluyen, de manera total o parcial, las siguientes parcelas con las siguientes referencias catastrales:
Dirección |
Referencia catastral |
---|---|
BO PT ROMANO. |
1588024PD8918N0001LX |
BO PT ROMANO 1. |
1488004PD8918N0001HX |
BO PT ROMANO 2. |
1488005PD8918N0001WX |
BO PT ROMANO 3. |
1488006PD8918N0001AX |
BO PT ROMANO 4. |
1488007PD8918N0001BX |
BO PT ROMANO 5. |
1488008PD8918N0001YX |
BO PT ROMANO 6. |
1488009PD8918N0001GX |
BO PT ROMANO 7. |
1488010PD8918N0001BX |
BO PT ROMANO 8. |
1487101PD8918N0001AX |
BO PT ROMANO 9. |
1487111PD8918N0001TX |
BO PT ROMANO 10. |
1487102PD8918N0001BX |
BO PT ROMANO 11. |
1487110PD8918N0001LX |
BO PT ROMANO 12. |
1487103PD8918N0001YX |
BO PT ROMANO 13. |
1487109PD8918N0001FX |
BO PT ROMANO 14. |
1487104PD8918N0001GX |
BO PT ROMANO 15. |
1487108PD8918N0001TX |
BO PT ROMANO 16. |
1487105PD8918N0001QX |
BO PT ROMANO 17. |
1487106PD8918N0001PX |
BO PT ROMANO 18. |
1487107PD8918N0001LX |
BO PT ROMANO 19. |
1587701PD8918N0001RX |
BO PT ROMANO 20. |
1587708PD8918N0001ZX |
BO PT ROMANO 21. |
1587707PD8918N0001SX |
BO PT ROMANO 22. |
1587706PD8918N0001EX |
BO PT ROMANO 23. |
1587705PD8918N0001JX |
BO PT ROMANO 24. |
1587704PD8918N0001IX |
BO PT ROMANO 25. |
1487301PD8918N0001LX |
BO PT ROMANO 26. |
1487302PD8918N0001TX |
BO PT ROMANO 27. |
1487303PD8918N0001FX |
BO PT ROMANO 28. |
1487304PD8918N0001MX |
BO PT ROMANO 29. |
1487305PD8918N0001OX |
BO PT ROMANO 30. |
1487306PD8918N0001KX |
BO PT ROMANO 31. |
1487307PD8918N0001RX |
BO PT ROMANO 32. |
1487308PD8918N0001DX |
BO PT ROMANO 33. |
1487309PD8918N0001XX |
BO PT ROMANO 34. |
1487310PD8918N0001RX |
BO PT ROMANO 35. |
1487311PD8918N0001DX |
BO PT ROMANO 36. |
1487312PD8918N0001XX |
BO PT ROMANO 37. |
1487313PD8918N0001IX |
BO PT ROMANO 38. |
1587702PD8918N0001DX |
BO PT ROMANO 39. |
1587703PD8918N0001XX |
BO PT ROMANO 40. |
1488003PD8918N0001UX |
BO S PEDRO ALCANTA 2. |
1686101PD8918N0001DX |
BO S PEDRO ALCANTA 4. |
1686102PD8918N0001XX |
BO S PEDRO ALCANTA 6. |
1686103PD8918N0001IX |
BO S PEDRO ALCANTA 8. |
1686104PD8918N0001JX |
BO S PEDRO ALCANTA 10. |
1686105PD8918N0001EX |
BO S PEDRO ALCANTA 12. |
1686106PD8918N0001SX |
BO S PEDRO ALCANTA 14. |
1686107PD8918N0001ZX |
BO S PEDRO ALCANTA 16. |
1686108PD8918N0001UX |
BO S PEDRO ALCANTA 18. |
1686109PD8918N0001HX |
CJ PALOMAR 1. |
1488011PD8918N0001YX |
CJ PALOMAR 2. |
1289017PD8918N0001SX |
CJ PALOMAR 4 Suelo. |
1289018PD8918N0001ZX |
CJ PALOMAR 6 Suelo. |
1289019PD8918N0001UX |
CL ALAMEDA 2. |
1488002PD8918N0001ZX |
CL ALAMEDA 3. |
1489012PD8918N0001BX |
CL ALAMEDA 4. |
1588001PD8918N0001RX |
CL ALAMEDA 5. |
1489006PD8918N0001HX |
CL ALAMEDA 6. |
1588002PD8918N0001DX |
CL ALAMEDA 7. |
1489011PD8918N0001AX |
CL ALAMEDA 8. |
1588003PD8918N0001XX |
CL ALAMEDA 9. |
1489013PD8918N0001YX |
CL ALAMEDA 10. |
1588004PD8918N0001IX |
CL ALAMEDA 12 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1588005PD8918N0002KM |
CL ALAMEDA 12 Es:1 Pl:00 Pt:02. |
1588005PD8918N0003LQ |
CL ALTOZANO 2. |
1389113PD8918N0001KX |
CL ALTOZANO 3. |
1490501PD8919S0001RQ |
CL ALTOZANO 3. |
1490515PD8919S0001AQ |
CL ALTOZANO 4. |
1389114PD8918N0001RX |
CL ALTOZANO 5. |
1490514PD8919S0001WQ |
CL ALTOZANO 7. |
1489812PD8918N0001YX |
CL ALTOZANO 11 Bl:0 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1489813PD8918N0002HM |
CL ALTOZANO 11 Bl:0 Es:1 Pl:00 Pt:02. |
1489813PD8918N0001GX |
CL ANGUSTIAS 1. |
1590003PD8919S0001JQ |
CL ANGUSTIAS 2. |
1590420PD8919S0001JQ |
CL ANGUSTIAS 3. |
1590002PD8919S0001IQ |
CL ARCIPRESTE 1. |
1390015PD8919S0001XQ |
CL ARCIPRESTE 2. |
1389102PD8918N0001GX |
CL ARCIPRESTE 3. |
1390014PD8919S0001DQ |
CL ARCIPRESTE 4. |
1389103PD8918N0001QX |
CL ARCIPRESTE 5. |
1390013PD8919S0001RQ |
CL ARCIPRESTE 6. |
1389104PD8918N0001PX |
CL ARCIPRESTE 7 Suelo. |
1390012PD8919S0001KQ |
CL ARCIPRESTE 8. |
1389105PD8918N0001LX |
CL ARCIPRESTE 9. |
1390011PD8919S0001OQ |
CL ARCIPRESTE 10. |
1389106PD8918N0001TX |
CL ARCIPRESTE 12. |
1389107PD8918N0001FX |
CL ARCIPRESTE 14. |
1389108PD8918N0001MX |
CL ARCIPRESTE 16. |
1389109PD8918N0001OX |
CL ARCO CONCEPCIÓN 3 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1789616PD8918N0001PX |
CL ARCO CONCEPCIÓN 3 Es:1 Pl:01 Pt:01. |
1789616PD8918N0002AM |
CL ARCO CONCEPCIÓN 3 Es:1 Pl:02 Pt:01. |
1789616PD8918N0003SQ |
CL ARCO CONCEPCIÓN 5. |
1789617PD8918N0001LX |
CL ARCO CONCEPCIÓN 7. |
1789619PD8918N0001FX |
CL BALCONCITO 1. |
1290412PD8919S0001LQ |
CL BALCONCITO 2. |
1389122PD8918N0001EX |
CL BALCONCITO 3. |
1290411PD8919S0001PQ |
CL BALCONCITO 4. |
1389123PD8918N0001SX |
CL BALCONCITO 5. |
1290410PD8919S0001QQ |
CL BALCONCITO 6. |
1389124PD8918N0001ZX |
CL BALCONCITO 7. |
1290409PD8919S0001LQ |
CL BALCONCITO 8 Suelo. |
1389125PD8918N0001UX |
CL BALCONCITO 9. |
1290408PD8919S0001PQ |
CL BALCONCITO 10. |
1389126PD8918N0001HX |
CL BALCONCITO 12. |
1389127PD8918N0001WX |
CL BALCONCITO 14. |
1389128PD8918N0001AX |
CL BALCONCITO 16. |
1389129PD8918N0001BX |
CL BALCONCITO 18. |
1389101PD8918N0001YX |
CL BALCONCITO 20. |
1390016PD8919S0001IQ |
CL BALCONCITO 22. |
1390017PD8919S0001JQ |
CL BALCONCITO 24. |
1490717PD8919S0001FQ |
CL BALCONCITO 26. |
1490718PD8919S0001MQ |
CL BALCONCITO 28. |
1391308PD8919S0001EQ |
CL BARCO 1. |
1689011PD8918N0001KX |
CL BARCO 2. |
1689327PD8918N0001OX |
CL BARCO 3. |
1689010PD8918N0001OX |
CL BARCO 4. |
1689328PD8918N0001KX |
CL BARCO 6. |
1689329PD8918N0001RX |
CL BARCO 7. |
1689009PD8918N0001RX |
CL BARCO 8. |
1689330PD8918N0001OX |
CL BARCO 9. |
1689008PD8918N0001KX |
CL BARCO 10. |
1689331PD8918N0001KX |
CL BARCO 11. |
1689007PD8918N0001OX |
CL BARCO 12. |
1689332PD8918N0001RX |
CL BARCO 13. |
1689006PD8918N0001MX |
CL BARCO 14. |
1689333PD8918N0001DX |
CL BARCO 15. |
1689005PD8918N0001FX |
CL BARCO 16. |
1689334PD8918N0001XX |
CL BARCO 17 Suelo. |
1689004PD8918N0001TX |
CL BARCO 18. |
1689335PD8918N0001IX |
CL BARCO 19. |
1689003PD8918N0001LX |
CL BARCO 20. |
1689336PD8918N0001JX |
CL BARCO 21. |
1689002PD8918N0001PX |
CL BARCO 22. |
1689337PD8918N0001EX |
CL BARCO 24. |
1689338PD8918N0001SX |
CL BARCO 26 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1689339PD8918N0001ZX |
CL BARCO 26 Es:1 Pl:01 Pt:01. |
1689339PD8918N0002XM |
CL BARCO 28. |
1689340PD8918N0001EX |
CL BARCO 30. |
1689341PD8918N0001SX |
CL BARCO 32. |
1689342PD8918N0001ZX |
CL BARCO 34. |
1689302PD8918N0001XX |
CL BARRIONUEVO 1. |
1687019PD8918N0001AX |
CL BARRIONUEVO 2. |
1588019PD8918N0001QX |
CL BARRIONUEVO 3. |
1687018PD8918N0001WX |
CL BARRIONUEVO 4. |
1588020PD8918N0001YX |
CL BARRIONUEVO 5. |
1687016PD8918N0001UX |
CL BARRIONUEVO 6 Suelo. |
1588021PD8918N0001GX |
CL BARRIONUEVO 7. |
1687015PD8918N0001ZX |
CL BARRIONUEVO 8. |
1588022PD8918N0001QX |
CL BARRIONUEVO 9. |
1687014PD8918N0001SX |
CL BARRIONUEVO 10 Suelo. |
1588023PD8918N0001PX |
CL BARRIONUEVO 11. |
1687013PD8918N0001EX |
CL CANTARRANAS 1. |
1190830PD8919S0001DQ |
CL CANTARRANAS 2. |
1190822PD8919S0001FQ |
CL CANTARRANAS 3. |
1190829PD8919S0001IQ |
CL CANTARRANAS 4. |
1190823PD8919S0001MQ |
CL CANTARRANAS 6. |
1190824PD8919S0001OQ |
CL CANTARRANAS 8. |
1190825PD8919S0001KQ |
CL CANTARRANAS 12 Suelo. |
1190826PD8919S0001RQ |
CL CANTARRANAS 14 Suelo. |
1190827PD8919S0001DQ |
CL CANTARRANAS 16. |
1190828PD8919S0001XQ |
CL CÁRCEL 1. |
1191211PD8919S0001GQ |
CL CÁRCEL 2. |
1291115PD8919S0001HQ |
CL CÁRCEL 3. |
1191210PD8919S0001YQ |
CL CÁRCEL 4. |
1291116PD8919S0001WQ |
CL CÁRCEL 5. |
1191209PD8919S0001QQ |
CL CÁRCEL 6. |
1291117PD8919S0001AQ |
CL CÁRCEL 7. |
1191208PD8919S0001GQ |
CL CARNICERÍA 2. |
1191203PD8919S0001HQ |
CL CARNICERÍA 4. |
1191204PD8919S0001WQ |
CL CARNICERÍA 6. |
1191205PD8919S0001AQ |
CL CARNICERÍA 8. |
1191206PD8919S0001BQ |
CL CARNICERÍA 10. |
1191207PD8919S0001YQ |
CL CARNICERÍA 12. |
1191114PD8919S0001GQ |
CL CARNICERÍA 14. |
1191307PD8919S0001PQ |
CL CHAPATAL 1(D) Suelo. |
1590001PD8919S0001XQ |
CL CHAPATAL 3. |
1590005PD8919S0001SQ |
CL CHAPATAL 5. |
1590004PD8919S0001EQ |
CL CHAPATAL 5 Es:1 Pl:00 Pt:DR. |
1590419PD8919S0002DW |
CL CHAPATAL 5 Es:1 Pl:00 Pt:IZ. |
1590419PD8919S0003FE |
CL CHAPATAL 7 Es:1 Pl:01 Pt:01. |
1590419PD8919S0001SQ |
CL CHAPATAL 9. |
1590418PD8919S0001EQ |
CL CHAPATAL 14. |
1490014PD8919S0001TQ |
CL CRUCES 1. |
1789110PD8918N0001TX |
CL CRUCES 3. |
1789109PD8918N0001MX |
CL CRUCES 5. |
1789108PD8918N0001FX |
CL CRUCES 7. |
1789107PD8918N0001TX |
CL CRUCES 9. |
1789106PD8918N0001LX |
CL CRUCES 11. |
1789105PD8918N0001PX |
CL CRUCES 13. |
1789104PD8918N0001QX |
CL CRUCES 15 Suelo. |
1789103PD8918N0001GX |
CL CRUCES 17. |
1789102PD8918N0001YX |
CL CRUCES 19. |
1789101PD8918N0001BX |
CL CRUZ DORADA 1. |
1391407PD8919S0001ZQ |
CL CRUZ DORADA 3. |
1391406PD8919S0001SQ |
CL CRUZ DORADA 5. |
1391304PD8919S0001DQ |
CL CUATRO CALLES 1. |
1291106PD8919S0001IQ |
CL CUATRO CALLES 2. |
1291515PD8919S0001OQ |
CL CUATRO CALLES 3. |
1391501PD8919S0001JQ |
CL CUATRO CALLES 4. |
1291501PD8919S0001WQ |
CL CUATRO CALLES 5. |
1391503PD8919S0001SQ |
CL CUATRO CALLES 6. |
1390801PD8919S0001QQ |
CL CUATRO CALLES 7. |
1391512PD8919S0001BQ |
CL CUATRO CALLES 8. |
1390802PD8919S0001PQ |
CL CUATRO CALLES 9. |
1391511PD8919S0001AQ |
CL CUATRO CALLES 10. |
1390803PD8919S0001LQ |
CL CUATRO CALLES 10. |
1490712PD8919S0001GQ |
CL CUATRO CALLES 11. |
1391510PD8919S0001WQ |
CL CUATRO CALLES 12. |
1390804PD8919S0001TQ |
CL CUATRO CALLES 13. |
1391509PD8919S0001BQ |
CL CUATRO CALLES 14. |
1390805PD8919S0001FQ |
CL CUATRO CALLES 15. |
1391401PD8919S0001DQ |
CL CUATRO CALLES 16. |
1390806PD8919S0001MQ |
CL CUATRO CALLES 17. |
1391409PD8919S0001HQ |
CL CUATRO CALLES 18. |
1490701PD8919S0001SQ |
CL CUATRO CALLES 19. |
1391403PD8919S0001IQ |
CL CUATRO CALLES 20. |
1490702PD8919S0001ZQ |
CL CUATRO CALLES 21. |
1391410PD8919S0001ZQ |
CL CUATRO CALLES 22. |
1490703PD8919S0001UQ |
CL CUATRO CALLES 23. |
1391404PD8919S0001JQ |
CL CUATRO CALLES 24. |
1490704PD8919S0001HQ |
CL CUATRO CALLES 25. |
1391405PD8919S0001EQ |
CL CUATRO CALLES 26. |
1490705PD8919S0001WQ |
CL CUATRO CALLES 27. |
1391408PD8919S0001UQ |
CL CUATRO CALLES 28. |
1490706PD8919S0001AQ |
CL CUATRO CALLES 29. |
1490013PD8919S0001LQ |
CL CUATRO CALLES 30 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1490707PD8919S0001BQ |
CL CUATRO CALLES 30 Es:1 Pl:01 Pt:01. |
1490707PD8919S0002ZW |
CL CUATRO CALLES 31. |
1490002PD8919S0001HQ |
CL CUATRO CALLES 32 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1490708PD8919S0002UW |
CL CUATRO CALLES 32 Es:1 Pl:01 Pt:01. |
1490708PD8919S0003IE |
CL CUATRO CALLES 33. |
1490003PD8919S0001WQ |
CL CUATRO CALLES 34. |
1490709PD8919S0001GQ |
CL CUATRO CALLES 35 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1490004PD8919S0002SW |
CL CUATRO CALLES 35 Es:1 Pl:00 Pt:02. |
1490004PD8919S0003DE |
CL CUATRO CALLES 36 Suelo. |
1490710PD8919S0001BQ |
CL CUATRO CALLES 37. |
1490005PD8919S0001BQ |
CL CUATRO CALLES 38. |
1490711PD8919S0001YQ |
CL CUATRO CALLES 39. |
1490006PD8919S0001YQ |
CL CUATRO CALLES 41. |
1490012PD8919S0001PQ |
CL CUATRO CALLES 42 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1490713PD8919S0001QQ |
CL CUATRO CALLES 42 Es:1 Pl:01 Pt:01. |
1490713PD8919S0002WW |
CL CUATRO CALLES 42 Es:1 Pl:01 Pt:01. |
1490713PD8919S0003EE |
CL CUATRO CALLES 42 Es:1 Pl:02 Pt:01. |
1490713PD8919S0004RR |
CL CUATRO CALLES 42 Es:1 Pl:02 Pt:01. |
1490713PD8919S0005TT |
CL CUATRO CALLES 43. |
1490011PD8919S0001QQ |
CL CUATRO CALLES 44. |
1490507PD8919S0001SQ |
CL CUATRO CALLES 45 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1490010PD8919S0001GQ |
CL CUATRO CALLES 45 Es:1 Pl:01 Pt:01. |
1490010PD8919S0002HW |
CL CUATRO CALLES 46. |
1490508PD8919S0001ZQ |
CL CUATRO CALLES 47 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1490007PD8919S0001GQ |
CL CUATRO CALLES 47 Es:1 Pl:01 Pt:01. |
1490007PD8919S0002HW |
CL CUATRO CALLES 48 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1489001PD8918N0001JX |
CL CUATRO CALLES 48 Es:1 Pl:01 Pt:01. |
1489001PD8918N0002KM |
CL CUATRO CALLES 49. |
1490008PD8919S0001QQ |
CL CUATRO CALLES 50. |
1489002PD8918N0001EX |
CL CUCO 1. |
1190021PD8919S0001LQ |
CL CUCO 2. |
1190709PD8919S0001HQ |
CL CUCO 3. |
1190020PD8919S0001PQ |
CL CUCO 4. |
1190710PD8919S0001ZQ |
CL CUCO 5. |
1190019PD8919S0001TQ |
CL CUCO 6. |
1190711PD8919S0001UQ |
CL CUCO 7. |
1190018PD8919S0001LQ |
CL CUCO 8. |
1190712PD8919S0001HQ |
CL CUCO 9. |
1190017PD8919S0001PQ |
CL CUCO 10 Suelo. |
1190713PD8919S0001WQ |
CL CUCO 11 Suelo. |
1190016PD8919S0001QQ |
CL CUCO 13. |
1190015PD8919S0001GQ |
CL DUENDE 1. |
1291513PD8919S0001FQ |
CL DUENDE 2. |
1290703PD8919S0001MQ |
CL DUENDE 3. |
1291512PD8919S0001TQ |
CL DUENDE 4. |
1290704PD8919S0001OQ |
CL DUENDE 5. |
1291511PD8919S0001LQ |
CL DUENDE 6. |
1290008PD8919S0001JQ |
CL DUENDE 7. |
1291510PD8919S0001PQ |
CL DUENDE 8. |
1290009PD8919S0001EQ |
CL DUENDE 9. |
1291509PD8919S0001TQ |
CL DUENDE 10. |
1290001PD8919S0001MQ |
CL DUENDE 11. |
1291508PD8919S0001LQ |
CL DUENDE 14. |
1290003PD8919S0001KQ |
CL ESTACADA 1. |
1190832PD8919S0001IQ |
CL ESTACADA 2. |
1091301PD8919S0001PQ |
CL ESTACADA 3. |
1190831PD8919S0001XQ |
CL ESTACADA 4. |
1091302PD8919S0001LQ |
CL ESTACADA 5. |
1190821PD8919S0001TQ |
CL ESTACADA 6. |
1090001PD8919S0001HQ |
CL ESTACADA 8. |
1090002PD8919S0001WQ |
CL ESTACADA 10. |
1090003PD8919S0001AQ |
CL GLORIETA 1 Suelo. |
1091303PD8919S0001TQ |
CL GLORIETA 4 Suelo. |
1091402PD8919S0001MQ |
CL GLORIETA 6. |
1091403PD8919S0001OQ |
CL GLORIETA 8. |
1091404PD8919S0001KQ |
CL GLORIETA 10. |
1091405PD8919S0001RQ |
CL GRANO DE ORO 1. |
1391009PD8919S0001MQ |
CL GRANO DE ORO 2 Suelo. |
1391502PD8919S0001EQ |
CL GRANO DE ORO 3. |
1391008PD8919S0001FQ |
CL GRANO DE ORO 4. |
1391504PD8919S0001ZQ |
CL GRANO DE ORO 5 Suelo. |
1391007PD8919S0001TQ |
CL GRANO DE ORO 6. |
1391505PD8919S0001UQ |
CL GRANO DE ORO 7. |
1391006PD8919S0001LQ |
CL GRANO DE ORO 8. |
1391506PD8919S0001HQ |
CL GRANO DE ORO 9. |
1391005PD8919S0001PQ |
CL GRANO DE ORO 10. |
1391507PD8919S0001WQ |
CL GRANO DE ORO 11. |
1391307PD8919S0001JQ |
CL GRANO DE ORO 12. |
1391508PD8919S0001AQ |
CL GRANO DE ORO 13. |
1391306PD8919S0001IQ |
CL GRANO DE ORO 14 Suelo. |
1391402PD8919S0001XQ |
CL GRANO DE ORO 15. |
1391303PD8919S0001RQ |
CL GRANO DE ORO 17. |
1391305PD8919S0001X |
CL LAURELES 1. |
1290301PD8919S0001SQ |
CL LAURELES 2. |
1291502PD8919S0001AQ |
CL LAURELES 3. |
1290319PD8919S0001OQ |
CL LAURELES 4. |
1291503PD8919S0001BQ |
CL LAURELES 5. |
1290318PD8919S0001MQ |
CL LAURELES 6. |
1291504PD8919S0001YQ |
CL LAURELES 7. |
1290317PD8919S0001FQ |
CL LAURELES 8. |
1291505PD8919S0001GQ |
CL LAURELES 9. |
1290316PD8919S0001TQ |
CL LAURELES 10. |
1291506PD8919S0001QQ |
CL LAURELES 11. |
1290315PD8919S0001LQ |
CL LAURELES 12. |
1291507PD8919S0001PQ |
CL LAURELES 13. |
1290401PD8919S0001HQ |
CL LAURELES 14. |
1290004PD8919S0001RQ |
CL LAURELES 15. |
1290419PD8919S0001DQ |
CL LAURELES 16. |
1290005PD8919S0001DQ |
CL LAURELES 17. |
1290420PD8919S0001KQ |
CL LAURELES 19 Suelo. |
1289020PD8918N0001SX |
CL LLANADA 1 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1490009PD8919S0002AW |
CL LLANADA 1 Es:1 Pl:01 Pt:01. |
1490009PD8919S0001PQ |
CL LLANADA 2. |
1688001PD8918N0001LX |
CL LLANADA 3. |
1590417PD8919S0001JQ |
CL LLANADA 4. |
1688002PD8918N0001TX |
CL LLANADA 5. |
1689017PD8918N0001EX |
CL LLANADA 6. |
1688003PD8918N0001FX |
CL LLANADA 7. |
1689016PD8918N0001JX |
CL LLANADA 8. |
1688004PD8918N0001MX |
CL LLANADA 9. |
1689015PD8918N0001IX |
CL LLANADA 10. |
1688005PD8918N0001OX |
CL LLANADA 11 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1689014PD8918N0001XX |
CL LLANADA 11 Es:1 Pl:00 Pt:04. |
1689014PD8918N0004WW |
CL LLANADA 11 Es:1 Pl:01 Pt:02. |
1689014PD8918N0002MM |
CL LLANADA 11 Es:1 Pl:01 Pt:03. |
1689014PD8918N0003QQ |
CL LLANADA 12. |
1688006PD8918N0001KX |
CL LLANADA 13. |
1689013PD8918N0001DX |
CL LLANADA 14. |
1688007PD8918N0001RX |
CL LLANADA 15 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1689012PD8918N0002TM |
CL LLANADA 15 Es:1 Pl:01 Pt:02. |
1689012PD8918N0003YQ |
CL LLANADA 16. |
1688008PD8918N0001DX |
CL LLANADA 17. |
1689326PD8918N0001MX |
CL LLANADA 18. |
1688009PD8918N0001XX |
CL LLANADA 19. |
1689325PD8918N0001FX |
CL LLANADA 20. |
1688010PD8918N0001RX |
CL LLANADA 21. |
1689324PD8918N0001TX |
CL LLANADA 22. |
1688011PD8918N0001DX |
CL LLANADA 23. |
1689323PD8918N0001LX |
CL LLANADA 24. |
1688012PD8918N0001XX |
CL LLANADA 26. |
1688013PD8918N0001IX |
CL LLANADA 28. |
1688014PD8918N0001JX |
CL LLANADA 30. |
1688015PD8918N0001EX |
CL LLANADA 32. |
1688016PD8918N0001SX |
CL LLANADA 34 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1688017PD8918N0001ZX |
CL LLANADA 34 Es:1 Pl:00 Pt:02. |
1688017PD8918N0002XM |
CL LLANADA 34 Es:1 Pl:00 Pt:03. |
1688017PD8918N0003MQ |
CL LLANADA 34 Es:1 Pl:00 Pt:04. |
1688017PD8918N0004QW |
CL LLANADA 34 Es:1 Pl:00 Pt:05. |
1688017PD8918N0005WE |
CL LLANADA 34 Es:1 Pl:00 Pt:06. |
1688017PD8918N0006ER |
CL LLANADA 34 Es:1 Pl:00 Pt:07. |
1688017PD8918N0007RT |
CL LLANADA 34 Es:1 Pl:00 Pt:A. |
1688017PD8918N0008TY |
CL LLANADA 34 Es:1 Pl:01 Pt:A. |
1688017PD8918N0009YU |
CL LLANADA 34 Es:1 Pl:01 Pt:B. |
1688017PD8918N0010RT |
CL LLANADA 34 Es:1 Pl:02 Pt:A. |
1688017PD8918N0011TY |
CL LLANADA 34 Es:1 Pl:02 Pt:B. |
1688017PD8918N0012YU |
CL LLANADA 36. |
1688018PD8918N0001UX |
CL LLANADA 38. |
1688019PD8918N0001HX |
CL LLANADA 40. |
1688020PD8918N0001ZX |
CL LLANADA 42. |
1688021PD8918N0001UX |
CL MATADERO 1. |
1191306PD8919S0001QQ |
CL MATADERO 2. |
1191111PD8919S0001AQ |
CL MATADERO 3. |
1191305PD8919S0001GQ |
CL MATADERO 4. |
1191107PD8919S0001WQ |
CL MATADERO 5. |
1191304PD8919S0001YQ |
CL MATADERO 7. |
1191303PD8919S0001BQ |
CL MATADERO 9. |
1191302PD8919S0001AQ |
CL MATADERO 11. |
1191301PD8919S0001WQ |
CL MATADERO Polígono 10 Parcela 181 LA CULEBRA. |
10008A010001810000HQ |
CL MEDELLÍN 1. |
1489808PD8918N0001BX |
CL MEDELLÍN 2. |
1489014PD8918N0001GX |
CL MURALLA MAGDALE. |
1789133PD8918N0000LZ |
CL MURALLA MAGDALE 1. |
1789602PD8918N0001EX |
CL MURALLA MAGDALE 1 Es:E Pl:00 Pt:01. |
1789627PD8918N0002FM |
CL MURALLA MAGDALE 1 Es:E Pl:01 Pt:01. |
1789627PD8918N0001DX |
CL MURALLA MAGDALE 2. |
1789012PD8918N0001LX |
CL MURALLA MAGDALE 3. |
1690001PD8919S0001FQ |
CL MURALLA MAGDALE 4. |
1789013PD8918N0001TX |
CL MURALLA MAGDALE 6. |
1789019PD8918N0001DX |
CL MURALLA MAGDALE 8. |
1789017PD8918N0001KX |
CL MURALLA MAGDALE 10. |
1789016PD8918N0001OX |
CL MURALLA MAGDALE 12. |
1789002PD8918N0001WX |
CL MURALLA MAGDALE 14. |
1789001PD8918N0001HX |
CL MURALLA MAGDALE 15. |
1789629PD8918N0001IX |
CL MURALLA MAGDALE 16 Suelo. |
1789111PD8918N0001FX |
CL MURALLA MAGDALE 18 Suelo. |
1789112PD8918N0001MX |
CL MURALLA MAGDALE 20 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1789113PD8918N0001OX |
CL MURALLA MAGDALE 20 Es:1 Pl:00 Pt:02. |
1789113PD8918N0003AQ |
CL MURALLA MAGDALE 20 Es:1 Pl:01 Pt:01. |
1789113PD8918N0002PM |
CL MURALLA MAGDALE 22. |
1789121PD8918N0001IX |
CL MURALLA MAGDALE 22 Suelo. |
1789114PD8918N0001KX |
CL MURALLA MAGDALE 24 Suelo. |
1789115PD8918N0001RX |
CL MURALLA MAGDALE 26. |
1789116PD8918N0001DX |
CL MURALLA MAGDALE 30. |
1789117PD8918N0001XX |
CL MURALLA MAGDALE 32. |
1789119PD8918N0001JX |
CL MURALLA MAGDALE 32. |
1789119PD8918N0001JX |
CL MURALLA MAGDALE 34. |
1789120PD8918N0001XX |
CL MURALLA MAGDALE 38. |
1789122PD8918N0001JX |
CL MURALLA MAGDALE 40. |
1789123PD8918N0001EX |
CL MURALLA MAGDALE 42. |
1789124PD8918N0001SX |
CL MURALLA MAGDALE 44 Suelo. |
1789125PD8918N0001ZX |
CL MURALLA MAGDALE 46. |
1789126PD8918N0001UX |
CL MURALLA MAGDALE 48. |
1789127PD8918N0000GZ |
CL MURALLA MAGDALE 50. |
1789128PD8918N0000QZ |
CL MURALLA MAGDALE 52. |
1789129PD8918N0000PZ |
CL MURALLA MAGDALE 54. |
1789130PD8918N0001HX |
CL MURALLA MAGDALE 58. |
1789131PD8918N0001WX |
CL MURALLA MAGDALE 60. |
1789132PD8918N0001AX |
CL MURALLA MAGDALE Suelo. |
1789018PD8918N0001RX |
CL MURALLA S ANTON 2. |
1688501PD8918N0001HX |
CL OLLERÍAS 1. |
1290619PD8919S0001ZQ |
CL OLLERÍAS 3. |
1290618PD8919S0001SQ |
CL OLLERÍAS 4. |
1190006PD8919S0001UQ |
CL OLLERÍAS 5. |
1290617PD8919S0001EQ |
CL OLLERÍAS 6. |
1190007PD8919S0001HQ |
CL OLLERÍAS 7. |
1290616PD8919S0001JQ |
CL OLLERÍAS 8. |
1190008PD8919S0001WQ |
CL OLLERÍAS 9. |
1290615PD8919S0001IQ |
CL OLLERÍAS 10. |
1190009PD8919S0001AQ |
CL OLLERÍAS 11. |
1290614PD8919S0001XQ |
CL OLLERÍAS 12. |
1190010PD8919S0001HQ |
CL OLLERÍAS 13. |
1290613PD8919S0001DQ |
CL OLLERÍAS 14. |
1190011PD8919S0001WQ |
CL OLLERÍAS 15. |
1290612PD8919S0001RQ |
CL OLLERÍAS 16. |
1190012PD8919S0001AQ |
CL OLLERÍAS 17. |
1290611PD8919S0001KQ |
CL OLLERÍAS 18. |
1190013PD8919S0001BQ |
CL OLLERÍAS 20. |
1190014PD8919S0001YQ |
CL OLLERÍAS 22. |
1190714PD8919S0001AQ |
CL OLLERÍAS 24. |
1190715PD8919S0001BQ |
CL OLLERÍAS 26. |
1190716PD8919S0001YQ |
CL OLLERÍAS 28. |
1190717PD8919S0001GQ |
CL OLLERÍAS 30. |
1190718PD8919S0001QQ |
CL OLLERÍAS 32. |
1190719PD8919S0001PQ |
CL OLLERÍAS 34. |
1190720PD8919S0001GQ |
CL OLLERÍAS 36 Suelo. |
1190721PD8919S0001QQ |
CL PACHECO 1. |
1290314PD8919S0001PQ |
CL PACHECO 2 Suelo. |
1290402PD8919S0001WQ |
CL PACHECO 3. |
1290313PD8919S0001QQ |
CL PACHECO 4. |
1290403PD8919S0001AQ |
CL PACHECO 5. |
1290312PD8919S0001GQ |
CL PACHECO 6. |
1290404PD8919S0001BQ |
CL PACHECO 7 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1290311PD8919S0001YQ |
CL PACHECO 7 Es:1 Pl:01 Pt:01. |
1290311PD8919S0002UW |
CL PACHECO 8 Suelo. |
1290405PD8919S0001YQ |
CL PACHECO 9. |
1290310PD8919S0001BQ |
CL PACHECO 10. |
1290406PD8919S0001GQ |
CL PACHECO 11. |
1290309PD8919S0001GQ |
CL PACHECO 12. |
1290407PD8919S0001QQ |
CL PACHECO 13. |
1290308PD8919S0001YQ |
CL PACHECO 15. |
1290307PD8919S0001BQ |
CL PARRAS 1. |
1689322PD8918N0001PX |
CL PARRAS 2 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1789618PD8918N0002YM |
CL PARRAS 2 Es:1 Pl:01 Pt:01. |
1789618PD8918N0003UQ |
CL PARRAS 3. |
1689321PD8918N0001QX |
CL PARRAS 4 (A) Es:1 Pl:00 Pt:02. |
1789615PD8918N0002WM |
CL PARRAS 4 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1789615PD8918N0001QX |
CL PARRAS 5. |
1689320PD8918N0001GX |
CL PARRAS 6. |
1789624PD8918N0001OX |
CL PARRAS 7. |
1689319PD8918N0001PX |
CL PARRAS 8. |
1789614PD8918N0001GX |
CL PARRAS 9. |
1689318PD8918N0001QX |
CL PARRAS 10. |
1789613PD8918N0001YX |
CL PARRAS 11. |
1689317PD8918N0001GX |
CL PARRAS 12. |
1789612PD8918N0001BX |
CL PARRAS 13. |
1689316PD8918N0001YX |
CL PARRAS 14. |
1789611PD8918N0001AX |
CL PARRAS 15. |
1689315PD8918N0001BX |
CL PARRAS 16. |
1789610PD8918N0001WX |
CL PARRAS 17 (A) Es:1 Pl:00 Pt:04. |
1689314PD8918N0003DQ |
CL PARRAS 17 (B) Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1689314PD8918N0001AX |
CL PARRAS 17 Es:1 Pl:00 Pt:02. |
1689314PD8918N0002SM |
CL PARRAS 18. |
1789609PD8918N0001BX |
CL PARRAS 19. |
1689313PD8918N0001WX |
CL PARRAS 20. |
1789608PD8918N0001AX |
CL PARRAS 21. |
1689312PD8918N0001HX |
CL PARRAS 22. |
1789607PD8918N0001WX |
CL PARRAS 23. |
1689311PD8918N0001UX |
CL PARRAS 24. |
1789606PD8918N0001HX |
CL PARRAS 25. |
1689310PD8918N0001ZX |
CL PARRAS 26. |
1789605PD8918N0001UX |
CL PARRAS 27. |
1689309PD8918N0001HX |
CL PARRAS 28. |
1789604PD8918N0001ZX |
CL PARRAS 29. |
1689308PD8918N0001UX |
CL PARRAS 30. |
1789625PD8918N0001KX |
CL PARRAS 31. |
1689307PD8918N0001ZX |
CL PARRAS 32 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1789603PD8918N0001SX |
CL PARRAS 32 Es:1 Pl:01 Pt:01. |
1789603PD8918N0002DM |
CL PARRAS 33. |
1689306PD8918N0001SX |
CL PARRAS 34. |
1789601PD8918N0001JX |
CL PIEDAD 1. |
1291110PD8919S0001JQ |
CL PIEDAD 2. |
1391010PD8919S0001TQ |
CL PIEDAD 3. |
1291109PD8919S0001SQ |
CL PIEDAD 4. |
1391011PD8919S0001FQ |
CL PIEDAD 6. |
1391012PD8919S0001MQ |
CL PLAZA TOROS 2. |
1686110PD8918N0001ZX |
CL PLAZA TOROS 4. |
1686111PD8918N0001UX |
CL PLAZA TOROS 6. |
1686112PD8918N0001HX |
CL PLAZA TOROS 8. |
1686113PD8918N0001WX |
CL PLAZA TOROS 10. |
1686115PD8918N0001BX |
CL PLAZA TOROS 10 (A). |
1686120PD8918N0001GX |
CL PLAZA TOROS 12. |
1686119PD8918N0001PX |
CL RAMOS 1. |
1490513PD8919S0001HQ |
CL RAMOS 2. |
1489802PD8918N0001SX |
CL RAMOS 3. |
1490512PD8919S0001UQ |
CL RAMOS 4. |
1489803PD8918N0001ZX |
CL RAMOS 5. |
1490511PD8919S0001ZQ |
CL RAMOS 6. |
1489804PD8918N0001UX |
CL RAMOS 7. |
1490510PD8919S0001SQ |
CL RAMOS 8. |
1489805PD8918N0001HX |
CL RAMOS 9. |
1490509PD8919S0001UQ |
CL RAMOS 10. |
1489806PD8918N0001WX |
CL RAMOS 12. |
1489807PD8918N0001AX |
CL REGIMIENTO ARGEL 1. |
1391120PD8919S0001EQ |
CL REGIMIENTO ARGEL 2. |
1291102PD8919S0001KQ |
CL REGIMIENTO ARGEL 3. |
1391119PD8919S0001ZQ |
CL REGIMIENTO ARGEL 4. |
1291104PD8919S0001DQ |
CL REGIMIENTO ARGEL 5. |
1391101PD8919S0000MM |
CL REGIMIENTO ARGEL 5. |
1391101PD8919S0001QQ |
CL REGIMIENTO ARGEL 6. |
1291105PD8919S0001XQ |
CL REGIMIENTO ARGEL 7. |
1391118PD8919S0000AM |
CL REGIMIENTO ARGEL 7. |
1391118PD8919S0001SQ |
CL REGIMIENTO ARGEL 8. |
1291107PD8919S0001JQ |
CL REGIMIENTO ARGEL 9. |
1391117PD8919S0001EQ |
CL REGIMIENTO ARGEL 10. |
1291108PD8919S0001EQ |
CL REGIMIENTO ARGEL 11. |
1391116PD8919S0001JQ |
CL REGIMIENTO ARGEL 12. |
1391001PD8919S0001BQ |
CL REGIMIENTO ARGEL 13. |
1391115PD8919S0001IQ |
CL REGIMIENTO ARGEL 14. |
1391002PD8919S0001YQ |
CL REGIMIENTO ARGEL 15 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1391103PD8919S0001LQ |
CL REGIMIENTO ARGEL 15 Es:1 Pl:01 Pt:01. |
1391103PD8919S0002BW |
CL REGIMIENTO ARGEL 15 Suelo. |
1391103PD8919S0000KM |
CL REGIMIENTO ARGEL 16. |
1391003PD8919S0001GQ |
CL REGIMIENTO ARGEL 17. |
1391114PD8919S0001XQ |
CL REGIMIENTO ARGEL 18. |
1391004PD8919S0001QQ |
CL REGIMIENTO ARGEL 19. |
1391105PD8919S0000DM |
CL REGIMIENTO ARGEL 19. |
1391105PD8919S0001FQ |
CL REGIMIENTO ARGEL 20. |
1391301PD8919S0001OQ |
CL REGIMIENTO ARGEL 21. |
1391106PD8919S0001MQ |
CL REGIMIENTO ARGEL 22. |
1391302PD8919S0001KQ |
CL REGIMIENTO ARGEL 23. |
1391113PD8919S0001DQ |
CL REGIMIENTO ARGEL 24 Suelo. |
1391309PD8919S0001SQ |
CL REGIMIENTO ARGEL 25. |
1391108PD8919S0001KQ |
CL REGIMIENTO ARGEL 27. |
1391112PD8919S0001RQ |
CL REGIMIENTO ARGEL 29. |
1491011PD8919S0001YQ |
CL REGIMIENTO ARGEL 31. |
1491010PD8919S0001BQ |
CL REGIMIENTO ARGEL 33. |
1491006PD8919S0001AQ |
CL REGIMIENTO ARGEL 35. |
1491007PD8919S0001BQ |
CL REGIMIENTO ARGEL 37. |
1491008PD8919S0001YQ |
CL SAN ANTóN 1. |
1688055PD8918N0001WX |
CL SAN ANTÓN 2. |
1489003PD8918N0001SX |
CL SAN ANTÓN 3. |
1688054PD8918N0001HX |
CL SAN ANTÓN 4. |
1489004PD8918N0001ZX |
CL SAN ANTÓN 5. |
1688053PD8918N0001UX |
CL SAN ANTÓN 6. |
1489005PD8918N0001UX |
CL SAN ANTÓN 7. |
1688052PD8918N0001ZX |
CL SAN ANTÓN 8. |
1489007PD8918N0001WX |
CL SAN ANTÓN 9. |
1688051PD8918N0001SX |
CL SAN ANTÓN 10. |
1489008PD8918N0001AX |
CL SAN ANTÓN 11 Suelo. |
1688050PD8918N0001EX |
CL SAN ANTÓN 12. |
1489009PD8918N0001BX |
CL SAN ANTÓN 13. |
1688049PD8918N0001ZX |
CL SAN ANTÓN 14. |
1489010PD8918N0001WX |
CL SAN ANTÓN 16 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1588006PD8918N0001EX |
CL SAN ANTÓN 17. |
1688047PD8918N0001EX |
CL SAN ANTÓN 18. |
1588007PD8918N0001SX |
CL SAN ANTÓN 19. |
1688046PD8918N0001JX |
CL SAN ANTÓN 20. |
1588008PD8918N0001ZX |
CL SAN ANTÓN 21. |
1688045PD8918N0001IX |
CL SAN ANTÓN 22. |
1588009PD8918N0001UX |
CL SAN ANTÓN 23. |
1688044PD8918N0001XX |
CL SAN ANTÓN 24. |
1588010PD8918N0001SX |
CL SAN ANTÓN 25. |
1688043PD8918N0001DX |
CL SAN ANTÓN 26 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1588011PD8918N0001ZX |
CL SAN ANTÓN 26 Es:1 Pl:01 Pt:01. |
1588011PD8918N0002XM |
CL SAN ANTÓN 27. |
1688042PD8918N0001RX |
CL SAN ANTÓN 28 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1588012PD8918N0001UX |
CL SAN ANTÓN 28 Es:1 Pl:00 Pt:02. |
1588012PD8918N0002IM |
CL SAN ANTÓN 28 Es:1 Pl:01 Pt:01. |
1588012PD8918N0003OQ |
CL SAN ANTÓN 28 Es:1 Pl:01 Pt:02. |
1588012PD8918N0004PW |
CL SAN ANTÓN 29. |
1688041PD8918N0001KX |
CL SAN ANTÓN 30 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1588013PD8918N0001HX |
CL SAN ANTÓN 30 Es:1 Pl:01 Pt:01. |
1588013PD8918N0002JM |
CL SAN ANTÓN 31. |
1688040PD8918N0001OX |
CL SAN ANTÓN 32. |
1588014PD8918N0001WX |
CL SAN ANTÓN 33. |
1688039PD8918N0001RX |
CL SAN ANTÓN 34. |
1588015PD8918N0001AX |
CL SAN ANTÓN 35. |
1688038PD8918N0001KX |
CL SAN ANTÓN 36. |
1588016PD8918N0001BX |
CL SAN ANTÓN 37. |
1688037PD8918N0001OX |
CL SAN ANTÓN 38. |
1588017PD8918N0001YX |
CL SAN ANTÓN 39. |
1688036PD8918N0001MX |
CL SAN ANTÓN 40. |
1588018PD8918N0001GX |
CL SAN ANTÓN 41. |
1688035PD8918N0001FX |
CL SAN ANTÓN 42. |
1687001PD8918N0001FX |
CL SAN ANTÓN 43. |
1688024PD8918N0001AX |
CL SAN ANTÓN 44. |
1687002PD8918N0001MX |
CL SAN ANTÓN 45. |
1688034PD8918N0001TX |
CL SAN ANTÓN 46. |
1687003PD8918N0001OX |
CL SAN ANTÓN 47. |
1688033PD8918N0001LX |
CL SAN ANTÓN 48. |
1687004PD8918N0001KX |
CL SAN ANTÓN 49. |
1688032PD8918N0001PX |
CL SAN ANTÓN 50. |
1687005PD8918N0001RX |
CL SAN ANTÓN 51. |
1688031PD8918N0001QX |
CL SAN ANTÓN 52. |
1687006PD8918N0001DX |
CL SAN ANTÓN 53. |
1688030PD8918N0001GX |
CL SAN ANTÓN 54. |
1687007PD8918N0001XX |
CL SAN ANTÓN 55. |
1688029PD8918N0001PX |
CL SAN ANTÓN 56. |
1687008PD8918N0001IX |
CL SAN ANTÓN 57. |
1688028PD8918N0001QX |
CL SAN ANTÓN 59. |
1688506PD8918N0001GX |
CL SAN PEDRO 1. |
1191404PD8919S0001PQ |
CL SAN PEDRO 2. |
1091401PD8919S0001FQ |
CL SAN PEDRO 3. |
1191403PD8919S0001QQ |
CL SAN PEDRO 5. |
1191402PD8919S0001GQ |
CL SANCTI SPÍRITU 1. |
1190030PD8919S0001RQ |
CL SANCTI SPÍRITU 2. |
1190809PD8919S0001BQ |
CL SANCTI SPÍRITU 3. |
1190029PD8919S0001XQ |
CL SANCTI SPÍRITU 4. |
1190810PD8919S0001WQ |
CL SANCTI SPÍRITU 5. |
1190028PD8919S0001DQ |
CL SANCTI SPÍRITU 7. |
1190027PD8919S0001RQ |
CL SANCTI SPÍRITU 9. |
1190026PD8919S0001KQ |
CL SANCTI SPÍRITU 11. |
1190025PD8919S0001OQ |
CL SANCTI SPÍRITU 13. |
1190024PD8919S0001MQ |
CL SANCTI SPÍRITU 15. |
1190023PD8919S0001FQ |
CL SANCTI SPÍRITU 17. |
1190022PD8919S0001TQ |
CL SANTA ANA 1. |
1689801PD8918N0001PX |
CL SANTA ANA 2. |
1689018PD8918N0001SX |
CL SANTA ANA 3. |
1689802PD8918N0001LX |
CL SANTA ANA 4 Es:R Pl:UI Pt:NA. |
1689019PD8918N0001ZX |
CL SANTA ANA 5. |
1689804PD8918N0001FX |
CL SANTA ANA 6. |
1689020PD8918N0001EX |
CL SANTA ANA 7. |
1689803PD8918N0001TX |
CL SANTA ANA 8. |
1689021PD8918N0001SX |
CL SANTA ANA 10. |
1689022PD8918N0001ZX |
CL SANTA ANA 12. |
1689023PD8918N0001UX |
CL SOLEDAD 1. |
1390807PD8919S0001OQ |
CL SOLEDAD 2. |
1290302PD8919S0001ZQ |
CL SOLEDAD 3. |
1490716PD8919S0001TQ |
CL SOLEDAD 4. |
1290303PD8919S0001UQ |
CL SOLEDAD 5. |
1490715PD8919S0001LQ |
CL SOLEDAD 6. |
1290304PD8919S0001HQ |
CL SOLEDAD 7. |
1490714PD8919S0001PQ |
CL SOLEDAD 8 Suelo. |
1290305PD8919S0001WQ |
CL SOLEDAD 10 Suelo. |
1290306PD8919S0001AQ |
CL SOLEDAD 12. |
1390001PD8919S0001GQ |
CL SOLEDAD 14. |
1390002PD8919S0001QQ |
CL SOLEDAD 16. |
1390003PD8919S0001PQ |
CL SOLEDAD 18 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1390004PD8919S0001LQ |
CL SOLEDAD 18 Es:1 Pl:01 Pt:01. |
1390004PD8919S0002BW |
CL SOLEDAD 20. |
1390005PD8919S0001TQ |
CL SOLEDAD 22 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1390006PD8919S0001FQ |
CL SOLEDAD 22 Es:1 Pl:01 Pt:01. |
1390006PD8919S0002GW |
CL SOLEDAD 24. |
1390007PD8919S0001MQ |
CL SOLEDAD 24. |
1490704PD8919S0001HQ |
CL SOLEDAD 26. |
1390008PD8919S0001OQ |
CL SOLEDAD 28. |
1390010PD8919S0001MQ |
CL SOLEDAD 30. |
1490502PD8919S0001DQ |
CL SOLEDAD 32. |
1490503PD8919S0001XQ |
CL SOLEDAD 34. |
1490504PD8919S0001IQ |
CL SOLEDAD 36. |
1490505PD8919S0001JQ |
CL SOLEDAD 42 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1490506PD8919S0001EQ |
CL SOLEDAD 42 Es:1 Pl:00 Pt:02. |
1490506PD8919S0002RW |
CL SOLEDAD 42 Es:1 Pl:00 Pt:03. |
1490506PD8919S0003TE |
CL TESO 1 Suelo. |
1686118PD8918N0001QX |
CL TESO 2 Suelo. |
1687009PD8918N0001JX |
CL TESO 3 Suelo. |
1686117PD8918N0001GX |
CL TESO 4. |
1687011PD8918N0001IX |
CL TESO 5 Suelo. |
1686116PD8918N0001YX |
CL TESO 6. |
1587405PD8918N0001TX |
CL TESO 7 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1686114PD8918N0002SM |
CL TESO 7 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1686114PD8918N0003DQ |
CL TESO 8. |
1587406PD8918N0001FX |
CL TESO 10. |
1587407PD8918N0001MX |
CL TESO 12. |
1587402PD8918N0001QX |
CL TESO 14. |
1587408PD8918N0001OX |
CL TESO 16 Suelo. |
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CL TESO 18. |
1587415PD8918N0001XX |
CL TESO 20. |
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CL TESO 22. |
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CL TORRONTERO 1. |
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CL TORRONTERO 2. |
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CL TORRONTERO 3. |
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CL TORRONTERO 4. |
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CL TORRONTERO 6. |
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CL TORRONTERO 8. |
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CL TORRONTERO 9. |
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CL TORRONTERO 10. |
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CL TORRONTERO 11. |
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CL TORRONTERO 13. |
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CL TORRONTERO 14. |
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CL TORRONTERO 15 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
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CL TORRONTERO 15 Es:1 Pl:01 Pt:01. |
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CL TORRONTERO 16. |
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CL TORRONTERO 18. |
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CL TORRONTERO 18. |
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CL TORRONTERO 19 Suelo. |
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CL TRAJANO 5. |
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CL TRAJANO 6. |
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CL TRAJANO 7. |
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CL TRAJANO 8 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
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CL TRAJANO 8 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
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CL TRAJANO 67 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
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CL TRAJANO 67 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
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CL VILLARREAL 1. |
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CL VILLARREAL 6. |
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CL ZAPATERÍA 1 Suelo. |
1191401PD8919S0001YQ |
CL ZAPATERÍA 2. |
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CL ZAPATERÍA 3. |
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CL ZAPATERÍA 4. |
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CL ZAPATERÍA 5. |
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CL ZAPATERÍA 6. |
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CL ZAPATERÍA 7. |
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CL ZAPATERÍA 8. |
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CL ZAPATERÍA 9. |
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CL ZAPATERÍA 12 Suelo. |
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CL ZAPATERÍA 13. |
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CL ZAPATERÍA 14. |
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CL ZAPATERÍA 24 Es:1 Pl:01 Pt:01. |
1190005PD8919S0002XW |
CL ZAPATERÍA 25. |
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CL ZAPATERÍA 39. |
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CL ZAPATERÍA 40. |
1290608PD8919S0001KQ |
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CL ZAPATERÍA 42. |
1290609PD8919S0001RQ |
CL ZAPATERÍA 43. |
1290705PD8919S0001KQ |
CL ZAPATERÍA 44. |
1290610PD8919S0001OQ |
CL ZAPATERÍA 45. |
1290007PD8919S0001IQ |
CL ZAPATERÍA 46. |
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CL ZAPATERÍA 47. |
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CL ZAPATERÍA 48. |
1289001PD8918N0001PX |
CL ZAPATERÍA 49. |
1290002PD8919S0001OQ |
CL ZAPATERÍA 53. |
1290416PD8919S0001OQ |
CL ZAPATERÍA 55. |
1290415PD8919S0001MQ |
CL ZAPATERÍA 57. |
1290414PD8919S0001FQ |
CL ZAPATERÍA 59. |
1290413PD8919S0001TQ |
Polígono 4, Parcela 6. CABEZO MUNICIPAL. |
10008A004000060000HX |
Polígono 8, Parcela 96 CABEZO MUNICIPAL. |
10008A008000960000HT |
Polígono 10, Parcela 81. FUENTE LA HORCA. |
10008A010000810000HB |
Polígono 10, Parcela 82. LA MURALLA. |
10008A010000820000HY |
Polígono 10, Parcela 83. LA MURALLA. |
10008A010000830000HG |
Polígono 10, Parcela 84. LA MURALLA. |
10008A010000840000HQ |
Polígono 10, Parcela 85. LA MURALLA. |
10008A010000850000HP |
Polígono 10, Parcela 87. LA MURALLA. |
10008A010000870000HT |
Polígono 10, Parcela 88. LA MURALLA. |
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Polígono 10, Parcela 89. LA MURALLA. |
10008A010000890000HM |
Polígono 10, Parcela 90. LA MURALLA. |
10008A010000900000HT |
Polígono 10, Parcela 91. LA MURALLA. |
10008A010000910000HF |
Polígono 10, Parcela 92. LA MURALLA. |
10008A010000920000HM |
Polígono 10, Parcela 93. LA MURALLA. |
10008A010000930000HO |
Polígono 10, Parcela 94. LA MURALLA. |
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Polígono 10, Parcela 95. LA MURALLA. |
10008A010000950000HR |
Polígono 10, Parcela 96. LA MURALLA. |
10008A010000960000HD |
Polígono 10, Parcela 97. LA MURALLA. |
10008A010000970000HX |
Polígono 10, Parcela 98. LA MURALLA. |
10008A010000980000HI |
Polígono 10, Parcela 165. PUENTE ROMANO. |
10008A010001650000HE |
Polígono 10, Parcela 159. MANANTIO. |
10008A010001590000HX |
Polígono 10, Parcela 160. MANANTIO. |
10008A010001600000HR |
Polígono 10, Parcela 165. PUENTE ROMANO. |
10008A010001650000HE |
Polígono 10, Parcela 166. PUENTE ROMANO. |
10008A010001660000HS |
Polígono 10, Parcela 167. PUENTE ROMANO. |
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Polígono 10, Parcela 168. PUENTE ROMANO. |
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Polígono 10, Parcela 169. PUENTE ROMANO. |
10008A010001690000HH |
Polígono 10, Parcela 170. CAMINO DEL PUENTE. |
10008A010001700000HZ |
Polígono 10, Parcela 171. EL CONVENTO. |
10008A010001710000HU |
Polígono 10, Parcela 172. EL CONVENTO. |
10008A010001720000HH |
Polígono 10, Parcela 173. EL CONVENTO. |
10008A010001730000HW |
Polígono 10, Parcela 174. PUENTE ROMANO. |
10008A010001740000HA |
Polígono 10, Parcela 175. EL CONVENTO. |
10008A010001750000HB |
Polígono 10, Parcela 176. EL CONVENTO. |
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Polígono 10, Parcela 177. EL CONVENTO. |
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Polígono 10, Parcela 178. EL CONVENTO. |
10008A010001780000HQ |
Polígono 10, Parcela 179. LA CULEBRA. |
10008A010001790000HP |
Polígono 10, Parcela 180. LA CULEBRA. |
10008A010001800000HG |
Polígono 10, Parcela 182. LA CULEBRA. |
10008A010001820000HP |
Polígono 10, Parcela 183. LA CULEBRA. |
10008A010001830000HL |
Polígono 10, Parcela 184. LA CULEBRA. |
10008A010001840000HT |
Polígono 10, Parcela 187. ANFITEATRO. |
100008ª010001870000H0 |
Polígono 10, Parcela 189. ARROYO MERDERO. |
10008A010001890000HR |
Polígono 10, Parcela 191. ANFITEATRO. |
10008A010001910000HK |
Polígono 10, Parcela 199. LA CULEBRA. |
10008A010001990000HZ |
Polígono 10, Parcela 200. CERCAS DE SAN MIGUEL. |
10008A010002000000HZ |
Polígono 10, Parcela 201. CERCAS DE SAN MIGUEL. |
10008A010002010000HU |
Polígono 10, Parcela 202. CERCAS DE SAN MIGUEL. |
10008A010002020000HH |
Polígono 20 Parcela 78 HUERTO SAN FRANCISCO. |
10008A020000780000HP |
Polígono 20, Parcela 89, CERRO DE LA PLATA. |
10008A020000890000HD |
Polígono 20, Parcela 94. PUENTE ROMANO. |
10008A020000940000HI |
PZ ALTOZANO 1. |
1390018PD8919S0001EQ |
PZ ALTOZANO 2. |
1390009PD8919S0001KQ |
PZ ALTOZANO 3. |
1389112PD8918N0001OX |
PZ ALTOZANO 4. |
1389111PD8918N0001MX |
PZ ALTOZANO 5. |
1389110PD8918N0001FX |
PZ CORREDERA 1. |
1389121PD8918N0001JX |
PZ CORREDERA 2 Suelo. |
1289002PD8918N0001LX |
PZ CORREDERA 3. |
1389120PD8918N0001IX |
PZ CORREDERA 4. |
1289003PD8918N0001TX |
PZ CORREDERA 5. |
1389118PD8918N0001JX |
PZ CORREDERA 6. |
1289004PD8918N0001FX |
PZ CORREDERA 7. |
1389119PD8918N0001EX |
PZ CORREDERA 8 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1289005PD8918N0002QM |
PZ CORREDERA 8 Es:1 Pl:00 Pt:02. |
1289005PD8918N0003WQ |
PZ CORREDERA 9. |
1389117PD8918N0001IX |
PZ CORREDERA 10. |
1289006PD8918N0001OX |
PZ CORREDERA 11. |
1389116PD8918N0001XX |
PZ CORREDERA 12. |
1289007PD8918N0001KX |
PZ CORREDERA 13. |
1389115PD8918N0001DX |
PZ CORREDERA 14. |
1289008PD8918N0001RX |
PZ CORREDERA 15. |
1488001PD8918N0001SX |
PZ CORREDERA 16. |
1289010PD8918N0001KX |
PZ CORREDERA 18. |
1289009PD8918N0001DX |
PZ CORREDERA 26. |
1289013PD8918N0001XX |
PZ CORREDERA 28. |
1289011PD8918N0001RX |
PZ CORREDERA 28. |
1289013PD8918N0001XX |
PZ CORREDERA 30. |
1289014PD8918N0001IX |
PZ CORREDERA 30. |
1289012PD8918N0001DX |
PZ CORREDERA 32. |
1289015PD8918N0001JX |
PZ CORREDERA 34 Suelo. |
1289016PD8918N0001EX |
PZ ESPAÑA 1. |
1291114PD8919S0001UQ |
PZ ESPAÑA 2. |
1191201PD8919S0001ZQ |
PZ ESPAÑA 3. |
1191202PD8919S0001UQ |
PZ ESPAÑA 5. |
1290725PD8919S0001YQ |
PZ ESPAÑA 6. |
1290724PD8919S0001BQ |
PZ ESPAÑA 7. |
1290702PD8919S0001FQ |
PZ ESPAÑA 8. |
1290701PD8919S0001TQ |
PZ ESPAÑA 9. |
1291514PD8919S0001MQ |
PZ ESPAÑA 10. |
1291516PD8919S0001KQ |
PZ ESPAÑA 11. |
1291103PD8919S0001RQ |
PZ ESPAÑA 12. |
1291111PD8919S0001EQ |
PZ ESPAÑA 14. |
1291112PD8919S0001SQ |
PZ ESPAÑA 15. |
1291001PD8919S0001TQ |
PZ ESPAÑA 16. |
1291113PD8919S0001ZQ |
PZ PORTUGAL 1. |
1789011PD8918N0001PX |
PZ PORTUGAL 3. |
1789010PD8918N0001QX |
PZ PORTUGAL 5. |
1789009PD8918N0001LX |
PZ PORTUGAL 7 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1789008PD8918N0001PX |
PZ PORTUGAL 7 Es:1 Pl:01 Pt:01. |
1789008PD8918N0002AM |
PZ PORTUGAL 9. |
1789007PD8918N0001QX |
PZ PORTUGAL 11. |
1789006PD8918N0001GX |
PZ PORTUGAL 13. |
1789005PD8918N0001YX |
PZ PORTUGAL 15. |
1789004PD8918N0001BX |
PZ SAN BENITO 1. |
1491009PD8919S0001GQ |
PZ SAN BENITO 2. |
1590116PD8919S0001LQ |
PZ SAN JUAN 1. |
1190819PD8919S0001FQ |
PZ SAN JUAN 2. |
1090004PD8919S0001BQ |
PZ SAN JUAN 3. |
1190833PD8919S0001JQ |
PZ SAN JUAN 4. |
1090005PD8919S0001YQ |
PZ SAN JUAN 5. |
1190817PD8919S0001LQ |
PZ SAN JUAN 6. |
1090006PD8919S0001GQ |
PZ SAN JUAN 7 Suelo. |
1190816PD8919S0001PQ |
PZ SAN JUAN 8. |
1090007PD8919S0001QQ |
PZ SAN JUAN 9. |
1190815PD8919S0001QQ |
PZ SAN JUAN 10 Suelo. |
1090008PD8919S0001PQ |
PZ SAN JUAN 11 N2-13. |
1190814PD8919S0001GQ |
PZ SAN JUAN 12. |
1090009PD8919S0001LQ |
PZ SAN JUAN 14. |
090010PD8919S0001QQ |
PZ SAN JUAN 15. |
1190813PD8919S0001YQ |
PZ SAN JUAN 16. |
1190722PD8919S0001PQ |
PZ SAN JUAN 17. |
1190812PD8919S0001BQ |
PZ SAN JUAN 18. |
1190723PD8919S0001LQ |
PZ SAN JUAN 19. |
1190811PD8919S0001AQ |
PZ SAN JUAN 20. |
1190724PD8919S0001TQ |
PZ SAN JUAN 22. |
1190701PD8919S0001DQ |
PZ SAN JUAN 24. |
1190725PD8919S0001FQ |
PZ SAN JUAN 26. |
1190704PD8919S0001JQ |
PZ SAN JUAN 28. |
1190705PD8919S0001EQ |
PZ SAN JUAN 30 Suelo. |
1190706PD8919S0001SQ |
PZ SAN JUAN 32. |
1190707PD8919S0001ZQ |
PZ SAN JUAN 34. |
1190708PD8919S0001UQ |
PZ SAN PEDRO 1. |
1191001PD8919S0001DQ |
PZ SAN PEDRO 2. |
1190801PD8919S0001JQ |
PZ SAN PEDRO 3. |
1091004PD8919S0001WQ |
PZ SAN PEDRO 4. |
1091003PD8919S0001HQ |
PZ SAN PEDRO 4. |
1091006PD8919S0001BQ |
PZ SAN PEDRO 5. |
1091002PD8919S0001UQ |
PZ SAN PEDRO 5. |
1091005PD8919S0001AQ |
PZ SAN PEDRO 6. |
1091001PD8919S0001ZQ |
PZ SAN PEDRO 10. |
1191310PD8919S0001PQ |
TR MURALLA 1. |
1391111PD8919S0001KQ |
TR MURALLA 2. |
1491005PD8919S0001WQ |
TR MURALLA 3. |
1391110PD8919S0001OQ |
TR MURALLA 5. |
1391109PD8919S0001RQ |
TR MURALLA 6. |
1491001PD8919S0001SQ |
TR MURALLA 7. |
1391107PD8919S0001OQ |
TR MURALLA 8. |
1392001PD8919S0000QM |
TR MURALLA 8. |
1491002PD8919S0001ZQ |
TR MURALLA 9. |
1391104PD8919S0001TQ |
TR MURALLA 10. |
1392002PD8919S0000PM |
TR MURALLA 11 Suelo. |
1391102PD8919S0001PQ |
TR SAN ANTÓN 1 Es:E Pl:01 Pt:01. |
1789620PD8918N0002BM |
TR SAN ANTÓN 2. |
1688022PD8918N0001HX |
TR SAN ANTÓN 3. |
1789626PD8918N0001RX |
TR SAN ANTÓN 4. |
1688023PD8918N0001WX |
TR SAN ANTÓN 5. |
1789621PD8918N0001TX |
TR SAN ANTÓN 6. |
1688056PD8918N0001AX |
TR SAN ANTÓN 7. |
1789628PD8918N0001XX |
TR SAN ANTÓN 8. |
1688025PD8918N0001BX |
TR SAN ANTÓN 9. |
1688502PD8918N0001WX |
TR SAN ANTÓN 10. |
1688026PD8918N0001YX |
TR SAN ANTÓN 11. |
1688503PD8918N0001AX |
TR SAN ANTÓN 12. |
1688027PD8918N0001GX |
TR SAN ANTÓN 13. |
1688504PD8918N0001BX |
TR SAN ANTÓN 15. |
1688505PD8918N0001YX |
TR TESO 1. |
1687012PD8918N0001JX |
TR TESO 2 Suelo. |
1587412PD8918N0001KX |
TR TESO 3. |
1687010PD8918N0001XX |
TR TESO 4. |
1687011PD8918N0001IX |
TR TESO 6. |
1587410PD8918N0001MX |
TR TESO 8. |
1587409PD8918N0001KX |
TR TESO 10. |
1587403PD8918N0001PX |
TR TESO 12. |
1587404PD8918N0001LX |
Del mismo modo, formarían parte de la delimitación del sitio histórico por su significación histórico, arquitectónica y artística, aunque estén fuera del recinto murado, el Puente Romano, la ermita de Nuestra Señora de los Hitos, el convento de San Bartolomé con la Capilla Penitencial, el Puente Viejo y el Pilar-Abrevadero.
Estos bienes ocupan de manera total o parcial las siguientes fincas, con las siguientes referencias catastrales:
Convento de San Bartolomé.
Finca |
Referencia catastral |
---|---|
Polígono 20. Parcela 9501. |
Sin referencia catastral |
Santuario Nuestra Señora de los Hitos.
Finca |
Referencia catastral |
---|---|
LG SANTUARIO HITOS. Polígono:19. Parcela:11. Paraje: VIRGEN DE LOS HITOS Z. Concentración: 0. |
10008A019000110001JF |
Capilla Penitencial.
Finca |
Referencia catastral |
---|---|
Polígono 20 Parcela 78 HUERTO SAN FRANCISCO. |
10008A020000780000HP |
Puente Viejo.
Finca |
Referencia catastral |
---|---|
TR MURALLA 9. |
1391104PD8919S0001TQ |
Todo lo cual se expresa en los correspondientes planos incorporados al anexo 3.
Delimitación del entorno de protección del sitio histórico y justificación
El criterio general que se ha seguido para la delimitación del entorno de protección consiste en incluir dentro de su área los siguientes elementos:
Parcelas y espacios públicos que limitan directamente con el sitio histórico.
Parcelas próximas y que constituyen el entorno visual y ambiental inmediato.
Y ello en la consideración de que cualquier intervención que se realice en estos espacios y parcelas puede suponer una alteración de las condiciones de percepción del bien o del carácter patrimonial del ámbito urbano en que se ubica.
Pero además se incorporan los espacios y parcelas que se constituyen en espacios de presunción arqueológica, susceptibles de hallazgos relacionados con el bien pues dadas las particularidades del Recinto Amurallado como monumento delimitador, se incluyen en el entorno las parcelas adosadas al mismo, donde se puedan encontrar restos arquitectónicos vinculados al sistema defensivo.
De acuerdo con estos criterios, se justifica la inclusión en el entorno del sitio histórico de las siguientes parcelas, de manera total o parcial:
Dirección |
Referencia catastral |
---|---|
AV MÉRIDA 2 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1584003PD8918S0001WU |
AV MÉRIDA 2 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1584003PD8918S0002EI |
AV MÉRIDA 2 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1584003PD8918S0003RO |
AV MÉRIDA 2 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1584003PD8918S0004TP |
AV MÉRIDA 2 Es:1 Pl:00 Pt:05. |
1584003PD8918S0005YA |
AV MÉRIDA 2 Es:1 Pl:01 Pt:01. |
1584003PD8918S0010ID |
AV MÉRIDA 2 Es:1 Pl:01 Pt:A. |
1584003PD8918S0006US |
AV MÉRIDA 2 Es:1 Pl:01 Pt:B. |
1584003PD8918S0007ID |
AV MÉRIDA 2 Es:1 Pl:01 Pt:C. |
1584003PD8918S0008OF |
AV MÉRIDA 2 Es:1 Pl:01 Pt:D. |
1584003PD8918S0009PG |
AV MÉRIDA 2 Es:1 Pl:02 Pt:A. |
1584003PD8918S0011OF |
AV MÉRIDA 2 Es:1 Pl:02 Pt:B. |
1584003PD8918S0012PG |
AV MÉRIDA 2 Es:1 Pl:02 Pt:C. |
1584003PD8918S0013AH |
AV MÉRIDA 2 Es:1 Pl:02 Pt:D. |
1584003PD8918S0014SJ |
AV MÉRIDA 2 Es:1 Pl:02 Pt:E. |
1584003PD8918S0015DK |
AV MÉRIDA 4. |
1483009PD8918S0001DU |
BO S PEDRO ALCANTA 1 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1787010PD8918N0004JW |
BO S PEDRO ALCANTA 1 Es:1 Pl:01 Pt:01. |
1787010PD8918N0001FX |
BO S PEDRO ALCANTA 1 Es:1 Pl:02 Pt:01. |
1787010PD8918N0002GM |
BO S PEDRO ALCANTA 1 Es:1 Pl:02 Pt:B. |
1787010PD8918N0003HQ |
BO S PEDRO ALCANTA 1 Es:E Pl:01 Pt:01. |
1787010PD8918N0005KE |
BO S PEDRO ALCANTA 3 Suelo. |
1787009PD8918N0001OX |
BO S PEDRO ALCANTA 5. |
1787008PD8918N0001MX |
BO S PEDRO ALCANTA 7. |
1787005PD8918N0001LX |
BO S PEDRO ALCANTA 9. |
1787006PD8918N0001TX |
BO S PEDRO ALCANTA 11. |
1787007PD8918N0001FX |
BO S PEDRO ALCANTA 15. |
1787502PD8918N0001SX |
BO S PEDRO ALCANTA 17. |
1787503PD8918N0001ZX |
BO S PEDRO ALCANTA 19. |
1787504PD8918N0001UX |
BO S PEDRO ALCANTA 21. |
1787505PD8918N0001HX |
BO S PEDRO ALCANTA 22. |
1686301PD8918N0001ZX |
BO S PEDRO ALCANTA 23 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1787506PD8918N0001WX |
BO S PEDRO ALCANTA 24. |
1686302PD8918N0001UX |
BO S PEDRO ALCANTA 25. |
1787509PD8918N0001YX |
BO S PEDRO ALCANTA 25 Es:1 Pl:01 Pt:01. |
1787506PD8918N0002EM |
BO S PEDRO ALCANTA 26. |
1686303PD8918N0001HX |
BO S PEDRO ALCANTA 27. |
1787507PD8918N0001AX |
BO S PEDRO ALCANTA 28. |
1686304PD8918N0001WX |
BO S PEDRO ALCANTA 29. |
1787508PD8918N0001BX |
BO S PEDRO ALCANTA 30. |
1686305PD8918N0001AX |
BO S PEDRO ALCANTA 32 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1686306PD8918N0002ZM |
BO S PEDRO ALCANTA 32 Es:1 Pl:02 Pt:01. |
1686306PD8918N0003XQ |
BO S PEDRO ALCANTA 34. |
1686307PD8918N0001YX |
BO S PEDRO ALCANTA 34. |
1686308PD8918N0001GX |
BO S PEDRO ALCANTA 36. |
1686309PD8918N0001QX |
BO S PEDRO ALCANTA 38. |
1686310PD8918N0001YX |
BO S PEDRO ALCANTA 42. |
1686311PD8918N0001GX |
BO S PEDRO ALCANTA 44. |
1686312PD8918N0001QX |
CL CRUCES 2. |
1788302PD8918N0001OX |
CL CRUCES 4. |
1888801PD8918N0001SX |
CL CRUCES 6. |
1888109PD8918N0001PX |
CL CRUCES 8. |
1888108PD8918N0001QX |
CL CRUCES 10. |
1888107PD8918N0001GX |
CL CRUCES 10. |
1888106PD8918N0001YX |
CL CRUCES 14. |
1888105PD8918N0001BX |
CL CRUCES 16. |
1888104PD8918N0001AX |
CL CRUCES 20. |
1888102PD8918N0001HX |
CL CRUCES 22. |
1888101PD8918N0001UX |
CL CRUCES 24. |
1889104PD8918N0001HX |
CL CRUCES 26. |
1889103PD8918N0001UX |
CL CRUCES 28. |
1889102PD8918N0001ZX |
CL CRUCES 30. |
1889101PD8918N0001SX |
CL CRUCES Suelo Polígono:10 Parcela:193 Paraje:PUENTE ROJO Z. Concentración:0. |
10008A010001930001JF |
CL CRUCES Suelo Polígono:10 Parcela:193 Paraje:PUENTE ROJO Z. Concentración:0. |
10008A010001930001JF |
CL MURALLA S ANTON 1. |
1787016PD8918N0001XX |
CL MURALLA S ANTON 3. |
1787015PD8918N0001DX |
CL MURALLA S ANTON 5. |
1787014PD8918N0001RX |
CL MURALLA S ANTON 9. |
1787012PD8918N0001OX |
CL MURALLA S ANTON 11. |
1787011PD8918N0001MX |
CL PEÑA ALTA 1. |
1584002PD8918S0001HU |
CL PEÑA ALTA 2. |
1585003PD8918N0001UX |
CL PEÑA ALTA 3. |
1584001PD8918S0001UU |
CL PEÑA ALTA 4. |
1585004PD8918N0001HX |
CL PEÑA ALTA 5. |
1584008PD8918S0001QU |
CL PEÑA ALTA 9. |
1584006PD8918S0001YU |
CL PEÑA ALTA 10. |
1585007PD8918N0001BX |
CL PEÑA ALTA 11 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1584005PD8918S0001BU |
CL PEÑA ALTA 11 Es:1 Pl:00 Pt:02. |
1584005PD8918S0002ZI |
CL PEÑA ALTA 11 Es:1 Pl:00 Pt:03. |
1584005PD8918S0003XO |
CL PEÑA ALTA 11 Es:1 Pl:00 Pt:04. |
1584005PD8918S0004MP |
CL PEÑA ALTA 13. |
1584004PD8918S0001AU |
CL PEÑA ALTA 16. |
1484101PD8918S0001LU |
CL PEÑA ALTA 18. |
1484102PD8918S0001TU |
CL PEÑA ALTA 20. |
1484103PD8918S0001FU |
CL PEÑA ALTA 22. |
1484108PD8918S0001DU |
CL PEÑA ALTA 22(A). |
1484107PD8918S0001RU |
CL PEÑA ALTA 24. |
1484105PD8918S0001OU |
CL PEÑA ALTA 26. |
1484106PD8918S0001KU |
CL PEÑA ALTA 26(B). |
1484109PD8918S0001XU |
CL PEÑA ALTA 28. |
1483001PD8918S0001PU |
CL PEÑA ALTA 32. |
1483003PD8918S0001TU |
CL PEÑA ALTA 34. |
1483005PD8918S0001MU |
CL PEÑA ALTA 36. |
1483004PD8918S0001FU |
CL PEÑA ALTA 40. |
1483007PD8918S0001KU |
CL PEÑA ALTA 42. |
1483008PD8918S0001RU |
CL PLAZA TOROS 14. |
1585001PD8918N0000AZ |
CL PLAZA TOROS 16 Suelo. |
1585002PD8918N0001ZX |
CL POCITO 2 Suelo. |
1888604PD8918N0001IX |
CL POCITO 3 Suelo. |
1788304PD8918N0001RX |
CL POCITO 4. |
1888603PD8918N0001XX |
CR PORTUGAL 1. |
1888602PD8918N0001DX |
CR PORTUGAL 3. |
1888601PD8918N0001RX |
CR PORTUGAL Polígono:10 Parcela:188 Paraje:CAÑADO Z. Concentración:0. |
10008A010001880000HK |
CR PORTUGAL Polígono:10 Parcela:188 Paraje:CAÑADO Z. Concentración:0. |
10008A010001880001JL |
PL PLG INDUSTRIAL LA ATALAYA 1. |
1077806PD8917N0001ST |
PL PLG INDUSTRIAL LA ATALAYA 2. |
1077805PD8917N0001ET |
PL PLG INDUSTRIAL LA ATALAYA 3. |
1077804PD8917N0001JT |
PL PLG INDUSTRIAL LA ATALAYA 4. |
1077803PD8917N0001IT |
PL PLG INDUSTRIAL LA ATALAYA 5. |
1077802PD8917N0001XT |
PL PLG INDUSTRIAL LA ATALAYA 6. |
1077801PD8917N0001DT |
PL PLG INDUSTRIAL LA ATALAYA 7 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1179906PD8918S0001KU |
PL PLG INDUSTRIAL LA ATALAYA 7 Suelo. |
1179907PD8918S0001RU |
PLG INDUSTRIAL LA ATALAYA 9. |
1179902PD8918S0001TUPL |
PL PLG INDUSTRIAL LA ATALAYA 10 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1179903PD8918S0001FU |
PL PLG INDUSTRIAL LA ATALAYA 11. |
1179904PD8918S0001MU |
PL PLG INDUSTRIAL LA ATALAYA 11 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1179905PD8918S0001OU |
PL PLG INDUSTRIAL LA ATALAYA 12 Suelo. |
1179901PD8918S0001LU |
PL PLG INDUSTRIAL LA ATALAYA 14 Suelo. |
1179908PD8918S0001DU |
PL PLG INDUSTRIAL LA ATALAYA 15. |
1179909PD8918S0001XU |
PL PLG INDUSTRIAL LA ATALAYA 16 Suelo. |
1179910PD8918S0001RU |
PL PLG INDUSTRIAL LA ATALAYA 17 Suelo. |
1179911PD8918S0001DU |
PL PLG INDUSTRIAL LA ATALAYA 18 Suelo. |
1179912PD8918S0001XU |
PL PLG INDUSTRIAL LA ATALAYA 24. |
0976501PD8907N0001EQ |
PL PLG INDUSTRIAL LA ATALAYA 24 Suelo. |
0976502PD8907N0001SQ |
PL PLG INDUSTRIAL LA ATALAYA 26. |
0976503PD8907N0001ZQ |
Polígono 4, Parcela 6. CABEZO MUNICIPAL. |
10008A004000060000HX |
Polígono 8, Parcela 95. CABEZO MUNICIPAL. |
10008A008000950000HL |
Polígono 8, Parcela 96. CABEZO MUNICIPAL. |
10008A008000960000HT |
Polígono 10, Parcela 63. CERCADO DEL PUEBLO. |
10008A010000630000HR |
Polígono 10, Parcela 69. CERCADO DEL PUEBLO. |
10008A010000690000HS |
Polígono 10, Parcela 74. FUENTE LA HORCA. |
10008A010000740000HU |
Polígono 10, Parcela 75. FUENTE LA HORCA. |
10008A010000750000HH |
Polígono 10, Parcela 76. FUENTE LA HORCA. |
10008A010000760000HW |
Polígono 10, Parcela 78. FUENTE LA HORCA. |
10008A010000780000HB |
Polígono 10, Parcela 79. FUENTE LA HORCA. |
10008A010000790000HY |
Polígono 10, Parcela 99. CAMINO PALOMAR. |
10008A010000990000HJ |
Polígono 10, Parcela 100. CAMINO PALOMAR. |
10008A010001000000HJ |
Polígono 10, Parcela 101. CAMINO PALOMAR. |
10008A010001010000HE |
Polígono 10, Parcela 102. CAMINO PALOMAR. |
10008A010001020000HS |
Polígono 10, Parcela 107. CERCADO DEL PUEBLO. |
10008A010001070000HA |
Polígono 10, Parcela 108. LA ATALAYA. |
10008A010001080000HB |
Polígono 10, Parcela 144. MANANTIO. |
10008A010001440000HY |
Polígono 10, Parcela 149. CAMINO DEL RIO. |
10008A010001490000HT |
Polígono 10, Parcela 151. MANANTIO. |
10008A010001510000HL |
Polígono 10, Parcela 152. MANANTIO. |
10008A010001520000HT |
Polígono 10, Parcela 153. MANANTIO. |
10008A010001530000HF |
Polígono 10, Parcela 154. MANANTIO. |
10008A010001540000HM |
Polígono 10, Parcela 155. MANANTIO. |
10008A010001550000HO |
Polígono 10, Parcela 156. MANANTIO. |
10008A010001560000HK |
Polígono 10, Parcela 157. MANANTIO. |
10008A010001570000HR |
Polígono 10, Parcela 158. MANANTIO. |
10008A010001580000HD |
Polígono 10, Parcela 159. MANANTIO. |
10008A010001590000HX |
Polígono 10, Parcela 161. MANANTIO. |
10008A010001610000HD |
Polígono 10, Parcela 162. MANANTIO. |
10008A010001620000HX |
Polígono 10, Parcela 164. CAMINO DEL RIO. |
10008A010001640000HJ |
Polígono 10, Parcela 166. PUENTE ROMANO. |
10008A010001660000HS |
Polígono 10, Parcela 185. LA CULEBRA. |
10008A010001850000HF |
Polígono 10, Parcela 186. LA CULEBRA. |
10008A010001860000HM |
Polígono 10, Parcela 189. ARROYO MERDERO. |
10008A010001890000HR |
Polígono 10, Parcela 190. ANFITEATRO. |
10008A010001900000HO |
Polígono 10, Parcela 193. Paraje: PUENTE ROJO Z.Concentración: 0. |
10008A010001930000HD |
Polígono 10, Parcela 194. PUENTE ROJO. |
10008A010001940000HX |
Polígono 10, Parcela 195. PUENTE ROJO. |
10008A010001950000HI |
Polígono 10, Parcela 196. PUENTE ROJO. |
10008A010001960000HJ |
Polígono 10,Parcela 197. ANFITEATRO. |
10008A010001970000HE |
Polígono 10, Parcela 209. |
Sin referencia catastral |
Polígono 20, Parcela 94. PUENTE ROMANO. |
10008A020000940000HI |
PZ PORTUGAL 2. |
1787001PD8918N0001YX |
PZ PORTUGAL 4. |
1787002PD8918N0001GX |
PZ PORTUGAL 6. |
1787003PD8918N0001QX |
PZ PORTUGAL 8. |
1787004PD8918N0001PX |
PZ PORTUGAL 10. |
1788308PD8918N0001JX |
PZ PORTUGAL 12 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1788309PD8918N0001EX |
PZ PORTUGAL 12 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1788309PD8918N0003TQ |
PZ PORTUGAL 12 Es:1 Pl:01 Pt:01. |
1788309PD8918N0004YW |
PZ PORTUGAL 14. |
1788307PD8918N0001IX |
PZ PORTUGAL 16. |
1788306PD8918N0001XX |
PZ PORTUGAL 18 Es:1 Pl:-1 Pt:01. |
1788305PD8918N0001DX |
PZ PORTUGAL 18 Es:1 Pl:00 Pt:01. |
1788305PD8918N0002FM |
PZ PORTUGAL 18 Es:1 Pl:01 Pt:A. |
1788305PD8918N0003GQ |
PZ PORTUGAL 18 Es:1 Pl:01 Pt:B. |
1788306PD8918N0004HW |
PZ PORTUGAL 18 Es:1 Pl:01 Pt:C. |
1788307PD8918N0005JE |
PZ PORTUGAL 18 Es:1 Pl:01 Pt:D. |
1788308PD8918N0006KR |
PZ PORTUGAL 20. |
1788301PD8918N0001MX |
En cuanto a los bienes dispersos incluidos en el sitio histórico de Alcántara, formarían parte de su entorno, de forma total o parcial las siguientes fincas, con las siguientes referencias catastrales:
Ermita de Nuestra Señora de los Hitos.
Finca |
Referencia catastral |
---|---|
LG SANTUARIO HITOS Polígono:19 Parcela:11. Paraje: VIRGEN DE LOS HITOS Z. Concentración: 0. |
10008A019000110000HD |
Todo lo cual se expresa en los correspondientes planos incorporados al anexo 3.
Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.
1. Régimen general de intervenciones en el sitio histórico
Los criterios recogidos en este anexo tienen por objetivo regular la conservación, protección, investigación y defensa de los valores del sitio histórico y de los bienes de alto valor patrimonial que integran el mismo hasta la aprobación del necesario plan especial de protección u otro instrumento de planeamiento, en virtud de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.
Con carácter general, las actuaciones a realizar en el Sitio Histórico están sujetos a lo dispuesto en el título II, capítulo II de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, en el que se regula la protección, conservación y mejora de los bienes inmuebles, en lo relativo a la autorización de intervenciones (artículo 31), contenido de los proyectos de intervención (artículo 32), criterios de intervención (artículo 33), procedimiento para la obtención de autorizaciones y de licencia urbanística (artículo 34) y tramitación de expedientes de ruina (artículo 35). También estarán determinadas por lo preceptuado en el título III, de la misma que regula el Patrimonio Arqueológico.
2. Régimen de protección de los monumentos que integran el sitio histórico
Con carácter general, las actuaciones a realizar en el bien declarado están sujetos a lo dispuesto en el título II, capítulo II de la Ley 2/99, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, en el que se regula la protección, conservación y mejora de los bienes inmuebles, sección 2.ª, Régimen de monumentos. Las actuaciones también quedarán sujetas a lo dispuesto el régimen tutelar establecido en el título III de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, para la salvaguarda del patrimonio arqueológico.
3. Usos permitidos en el sitio histórico y su entorno
Los usos permitidos serán todos aquellos que sean compatibles con la investigación, la conservación, la puesta en valor y el disfrute del bien y contribuyan a la consecución de dichos fines. En ningún caso, los usos permitidos podrán alterar su valor patrimonial. La autorización particularizada de uso que se emita se regirá por el artículo 31 de la Ley 2/1999, modificada por la Ley 3/2011, de 17 de febrero.
4. Patrimonio arqueológico
En cualquier intervención que afecte al subsuelo de los ámbitos protegidos resultará de aplicación lo establecido en la Ley 2/1999, de 29 de marzo, para la salvaguarda del patrimonio arqueológico.
Las actuaciones a desarrollar en los terrenos e inmuebles con valor patrimonial que integran el sitio histórico y su entorno serán objeto necesariamente de una intervención arqueológica de carácter preventivo, en el sentido que regula el artículo 52.1.b) de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, modificada por la Ley 3/2011, de 17 de febrero.
Así, los proyectos de obras que afecten a alguno de los bienes inmuebles, elementos patrimoniales o arqueológicos que se enumeran y describen en este documento, tanto en la zona bien de interés cultural como en su entorno, han de incluir un estudio histórico-arqueológico del elemento de referencia y una evaluación del posible impacto que dicho proyecto podría producir a las estructuras y otros vestigios que allí se localizan, de cara a que el organismo o administración competente pueda establecer aquellas medidas que garanticen una mejor salvaguarda de los mismos.
En el caso de que se prevean remociones de tierra bajo cota de rasante natural en alguno de esos elementos más relevantes, como norma general será obligatoria la realización de una intervención arqueológica de la zona afectada por el proyecto de referencia.
Por otro lado, todas las obras las de nueva edificación, urbanización e infraestructuras que impliquen la remoción del subsuelo dentro de los límites del sitio histórico, con carácter previo al inicio de las obras se deberán realizar sondeos arqueológicos con medios mecánicos que abarcarán la totalidad de la superficie de actuación prevista por las obras. En el caso de que los sondeos den resultado positivo será indispensable la excavación arqueológica de la zona afectada por el proyecto de referencia, o en su caso la modificación del proyecto de obras a realizar, al objeto de salvaguardar y/o integrar la mayor parte de los restos o vestigios que aparezcan.
En ambos casos, será necesario realizar un seguimiento arqueológico preventivo de las obras autorizadas hasta que se extinga el riesgo de afección patrimonial que éstas puedan producir.
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