De conformidad con lo dispuesto en la Orden ARM/1744/2011, de 15 de junio, por la que se regula la reserva marina de Cabo de Gata-Níjar, y se define su delimitación y usos permitidos, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 7 de la misma, que faculta a la Secretaría General de Pesca para elaborar el censo de las embarcaciones de pesca marítima profesional con derecho a faenar en el ámbito de la reserva marina, esta Secretaría General, oído el sector interesado y consultada la Comunidad Autónoma de Andalucía, resuelve:
1. Contingentar el censo de embarcaciones autorizadas a ejercer la pesca marítima profesional en la modalidad de artes menores en la Reserva Marina de Cabo de Gata-Níjar en un máximo de 14 buques, cuya potencia total conjunta máxima sea de 2087 CV, el T.R.B. máximo conjunto máximo sea de 384,82 TRB, y las GT máximas conjuntas sean de 325,80 GT.
2. Publicar, como anexo a la presente Resolución, el censo actualizado de buques en activo autorizadas a faenar, hasta el 31 de diciembre de 2017, en la modalidad de cerco en aguas de la reserva marina a que se refiere la Orden ARM/1744/2011, de 15 de junio, por la que se regula la reserva marina de Cabo de Gata-Níjar, y se define su delimitación y usos permitidos.
3. Que no ejercer la actividad pesquera en el ámbito de la reserva marina durante un periodo de un año sin causa justificada, podrá suponer la baja de la embarcación en el censo de la reserva marina, según lo establecido en el artículo 7.10 de la citada Orden ARM/1744/201.
4. Que la no aportación de información sobre esfuerzo pesquero según lo establecido en el artículo 4.2.a) de la citada Orden ARM/1744/2011, de 15 de junio, podrá suponer la exclusión del censo.
Madrid, 4 de marzo de 2015.–El Secretario General de Pesca, Andrés Hermida Trastoy.
Puerto base: Almería
N.º |
BARCO |
MATRÍCULA |
C.F.P.O. |
---|---|---|---|
1 |
Alonfer |
3ª-AM-2-6-01 |
25398 |
2 |
Alvaluc |
3ª-AM-2-6-97 |
23742 |
3 |
El Bergantín |
3ª-AM-2-11-97 |
23906 |
4 |
El Excalibur |
3ª-AM-2-1-05 |
26528 |
5 |
Los Boguetas |
3ª-AM-2-1-95 |
23024 |
6 |
Nuevo Cala Grande |
3ª-AM-2-1-06 |
26731 |
7 |
Nuevo Corneta |
3ª-AM-2-4-05 |
26691 |
8 |
Soto Durán |
3ª-AM-2-2-01 |
24983 |
9 |
Pérez Segura |
3ª-AM-2-1-03 |
25801 |
10 |
Playa de Lancón |
3ª-AM-2-3-13 |
27589 |
11 |
Virgen Carmen |
3ª-AM-2-2-97 |
23572 |
Puerto base: Carboneras
Nº |
BARCO |
MATRÍCULA |
C.F.P.O. |
---|---|---|---|
1 |
Alonso Cazorla |
3ª-AM-2-2-13 |
27564 |
2 |
Marpefran |
3ª-AM-2-5-94 |
22971 |
3 |
Miguel y Pedro |
3ª-CT-1-5-02 |
25628 |
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