Está Vd. en

Documento BOE-A-2015-2922

Orden SSI/466/2015, de 5 de marzo, por la que se clasifica la Fundación We Ayudamos Aportando Soluciones y se inscribe en el Registro de Fundaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 66, de 18 de marzo de 2015, páginas 24431 a 24432 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2015-2922

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente de clasificación e inscripción de la Fundación We Ayudamos Aportando Soluciones resultan los siguientes

Hechos

Primero.

Por el patronato de la fundación fue solicitada la inscripción de la institución en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.

Las circunstancias constitutivas de la fundación que concurren en el expediente son las siguientes:

Denominación: Fundación We Ayudamos Aportando Soluciones.

Fines: Los fines de interés general de la fundación son:

La promoción de la plena integración laboral y social de las personas con discapacidad. Promocionando la cualificación profesional, las competencias laborales y las habilidades personales y profesionales, como factores determinantes del nivel de empleabilidad de las personas con discapacidad y, por tanto, en el proceso de integración laboral y social.

Asistencia social para los niños necesitados, a sus familias y a sus comunidades para satisfacer sus necesidades básicas. Así como asistencia sanitaria de niños y de familiares en estado de exclusión. Promocionando los derechos e intereses de los niños.

Domicilio y ámbito de actuación: El domicilio de la fundación radicará en la calle Santa María de Nieva, 11, 28229 Villanueva del Pardillo (Madrid), y desarrollará sus actividades en todo el territorio nacional, sin perjuicio de su participación o cooperación con entidades u organismos internacionales, públicos o privados, dependientes de gobiernos extranjeros o no gubernamentales. En países que requieran con emergencia ayuda y cooperación humanitaria por haberse producido una catástrofe natural.

Fundadores: Don Salvador Alfonso Navarro, doña María Astrid Navarro de Castro, don José María Ramírez Barragán, doña Araceli Martín Navarro y don Armando Carlos Carvajal Ramírez.

Dotación inicial: Programas informáticos, valorados en cincuenta y nueve mil ciento cincuenta euros (59.150 euros) según consta en el informe de valoración realizado por un experto independiente e incorporado a la escritura complementaria de la de constitución, aportados por los fundadores.

Escritura pública de constitución: Otorgada ante el Notario de Madrid, don Pedro Contreras Ranera, el día 11 de julio de 2014, con el número 789 de orden de su protocolo, subsanada y complementada por otra escritura otorgada ante el mismo Notario, el día 21 de noviembre de 2014 con el número 1.177 de orden de su protocolo, incorporan el texto íntegro de los estatutos en el que queda recogido todo lo relativo al gobierno y gestión de la fundación, y escritura de ratificación otorgada ante el Notario de Sevilla, don Vicente Soriano García, el día 26 de noviembre de 2014, con el número 2.847 de orden de su protocolo.

Patronato: Constituido por los siguientes miembros, con aceptación de sus cargos:

Presidenta: Doña Araceli Martín Navarro.

Secretario: Don Salvador Alfonso Navarro.

Vocales: Don Armando Carlos Carvajal Ramírez, y don José María Ramírez Barragán.

Se delegan en la patrona y gerente de la fundación doña Araceli Martín Navarro todas las facultades del patronato, salvo las indelegables, según consta en la citada escritura de constitución. La inscripción de la delegación no exime de la necesidad de obtener el acuerdo previo del patronato ni la autorización del Protectorado en aquellos casos en que, de conformidad con la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, sea necesario.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Esta Secretaría General Técnica es competente para dictar la presente Orden en virtud de la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, por la que se aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y sus organismos públicos dependientes.

Segundo.

Resulta de aplicación la disposición transitoria cuarta y los artículos 4 y 15 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y concordantes del Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal, y del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

Por cuanto antecede, previo informe favorable de la Abogacía del Estado, y habiéndose recabado el preceptivo informe favorable del Protectorado sobre la idoneidad de los fines y suficiencia dotacional, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.–Clasificar la Fundación We Ayudamos Aportando Soluciones, cuyos fines de interés general son de asistencia social y sanitaria y de inclusión social adscribiéndola al Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

Segundo.–Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad bajo el número 28-1762.

Tercero.–Inscribir la constitución inicial del patronato, la aceptación de sus cargos y la delegación de facultades tal y como consta detallado en el hecho segundo.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.

Madrid, 5 de marzo de 2015.–El Ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, P.D. (Orden SSI/131/2013, de 17 de enero), el Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Sergio Caravajal Álvarez.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid