Por Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 3 de febrero de 2015 (BOE del 10), se aprobaron las relaciones de aspirantes admitidos y excluidos y se publicó la relación de aspirantes excluidos al proceso selectivo para el ingreso, por promoción interna, como personal laboral fijo con las categorías de Técnico Superior de Actividades Específicas y Oficial de Actividades Específicas, convocado por Resolución de 10 de diciembre de 2014 (BOE del 19). En el apartado tercero de la mencionada Resolución de 3 de febrero de 2015 se otorgaba un plazo de diez días hábiles tanto a los aspirantes excluidos como a los omitidos, por no figurar en las listas de admitidos ni en la de excluidos, para subsanar los defectos que hubieran motivado su no admisión o la omisión simultánea en las listas de admitidos y excluidos. Transcurrido el citado plazo y, una vez subsanados los defectos u omisiones correspondientes,
Esta Dirección General acuerda:
Aprobar las modificaciones producidas en las relaciones de aspirantes admitidos y excluidos al citado proceso publicadas por Resolución de 3 de febrero de 2015 (BOE del 10). Las listas de aspirantes admitidos con las modificaciones correspondientes se encontrarán expuestas en las páginas web: www.empleo.gob.es y www.seap.minhap.gob.es, así como en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, www.administracion.gob.es.
Publicar como Anexo a la presente Resolución la lista aspirantes de excluidos, con expresión de las causas de exclusión, incorporando las modificaciones a que se ha hecho referencia en el apartado anterior.
Contra la presente resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Directora General de la Función Pública en el plazo de un mes o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su publicación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10.1.i y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Madrid, 17 de marzo de 2015.–La Directora General de la Función Pública, Elena Collado Martínez.
Relación número 1
Categoría: Técnico Superior de Actividades Específicas
DNI |
Apellidos y nombre |
Causa de exclusión |
---|---|---|
53004886Y |
Alonso Ordás, Cristina |
1 y 2 |
32676705F |
Carballeira Rey, Rosa Matilde |
2 |
50180255M |
González Sánchez, Sara |
3 |
50303396G |
Llama Casado, Javier |
3 |
50736005Y |
Mariano Molina, M. Isabel |
3 |
11814296R |
Palencia Caro, Ángel |
3 |
50094550K |
Pichel Díaz-Flores, Sonia |
1 |
34978607T |
Ramos Gil, José Francisco |
2 |
50094048W |
Salas Martos, Adela |
3 |
Causas de exclusión:
1. No pertenecer al grupo inmediatamente inferior o al siguiente inferior (base 2.1.1).
2. No llevar dos años de servicios efectivos como personal laboral en el grupo inmediatamente inferior o en el siguiente inferior (base 2.1.1).
3. No alegar la formación específica requerida (base 2.1.5.).
Relación número 2
Categoría: Oficial de Actividades Específicas
DNI |
Apellidos y nombre |
Causa de exclusión |
---|---|---|
52334323P |
González Rondán, Juan Manuel |
1, 2 y 3 |
Causas de exclusión:
1. No pertenecer al grupo inmediatamente inferior (base 2.1.1).
2. No llevar dos años de servicios efectivos como personal laboral en el grupo inmediatamente inferior (base 2.1.1).
3. No alegar la formación específica requerida (base 2.1.5.).
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