Habiéndose declarado firme en vía administrativa la sanción impuesta a Banco bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., por la Comisión de una infracción grave tipificada en la letra j) bis del artículo 100 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, se procede a publicar, conforme a lo establecido en el artículo 103 de dicho texto legal, la sanción impuesta mediante Resolución del Consejo de la CNMV de fecha 10 de abril de 2014 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente fallo:
– Imponer a Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., por la Comisión de una infracción grave del artículo 100, letra j) bis, de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, por el incumplimiento de lo establecido en el artículo 59 bis del mismo texto legal en lo relativo a la comunicación reiterada a la CNMV, de forma defectuosa, de las operaciones ejecutadas sobre instrumentos financieros, una multa por importe de 200.000 euros (doscientos mil euros).
La resolución que impone la sanción indicada en la presente publicación, únicamente es firme en vía administrativa, sin perjuicio de las potestades de revisión jurisdiccional que corresponden a la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, competente para conocer del recurso que en su caso se haya interpuesto o pudiera interponerse.
Madrid, 7 de abril de 2015.–La Presidenta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, María Elvira Rodríguez Herrer.
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