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Documento BOE-A-2015-4535

Resolución de 9 de abril de 2015, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se concede la renovación para el curso 2015-2016 de las becas concedidas para la realización de estudios de Máster en universidades de Estados Unidos de América para el curso 2014-2015.

Publicado en:
«BOE» núm. 99, de 25 de abril de 2015, páginas 36173 a 36174 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2015-4535

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 31 de julio de 2014 se concedieron nueve becas para la realización de estudios de Máster en Artes, Humanidades y Ciencias Sociales en Universidades de Estados Unidos de América para el curso 2014-2015, de conformidad con la convocatoria de 17 de diciembre de 2013 de la Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 12 de la convocatoria del programa, a propuesta de la Comisión de Selección, una vez examinados los informes emitidos por los departamentos de adscripción de las universidades americanas, he resuelto:

Primero.

Conceder la renovación de las ocho becas relacionadas en el anexo de la presente resolución, con las condiciones indicadas en el mismo.

Segundo.

La financiación de las dotaciones mensuales así como de los gastos de matrícula o tasas académicas se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.788.03 de los Presupuestos Generales del Estado, por un importe total de 216.550,00 euros de los cuales 128.750,00 euros será con cargo al ejercicio 2015 y 87.800,00 euros con cargo al ejercicio 2016, con el desglose que se indica a continuación. El pago del importe correspondiente a ejercicios futuros queda supeditado a la aprobación de los correspondientes créditos de los Presupuestos Generales del Estado.

 

Dotaciones mensuales

Euros

Tasas de matrícula

Euros

Total anualidad

Euros

Anualidad 2015

48.750,00

80.000,00

128.750,00

Anualidad 2016

87.800,00

 

87.800,00

Tercero.

Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13.2 de la resolución de convocatoria, procede el abono a la Comisión, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.788.06 de los Presupuestos Generales del Estado, del importe correspondiente a la compensación económica de 250,00 euros por la gestión de las becas de cada beneficiario activo en cada curso académico como entidad colaboradora, así como 3.800,00 euros, por becario renovado y curso académico, por la gestión de otros servicios complementarios ofrecidos a los mismos. El importe total, con cargo al ejercicio 2015, es de 32.400,00 euros.

 

Compensación gastos becarios activos 2015-2016

Euros

Compensación gestión servicios complementarios

2015-2016

Euros

Total anualidad

Euros

Anualidad 2015

2.000,00

30.400,00

32.400,00

Cuarto.

El pago de las subvenciones a la Comisión Fulbright como entidad colaboradora y el pago, por parte de ésta, a los beneficiarios de las becas y a las universidades americanas, en el caso de las tasas de matrícula, se llevará a cabo en los términos establecidos en el artículo 13 de la resolución de convocatoria y la justificación por parte de la Comisión Fulbright se ajustará a lo especificado en el artículo 14.

Quinto.

Los beneficiarios de las becas renovadas están obligados al cumplimiento de lo establecido en el artículo 15 y 16 de la resolución de convocatoria. Los incumplimientos de dichas obligaciones podrán dar lugar a la revocación de la beca concedida, parcial o totalmente, en los términos recogidos en el artículo 17 de la citada resolución.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición. Asimismo, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de reposición, en el supuesto de haberse presentado, sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 9 de abril de 2015.–La Secretaria de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, P.D. (Orden ECD/ 465/2012, de 2 de marzo), el Director General de Política Universitaria, Jorge Sainz González.

ANEXO

Beneficiario

Referencia

Universidad

Programa de máster

Tasas matrícula

Importe mensual

Fecha inicio estancia

Fecha fin estancia

Anualidad 2015

Euros

Anualidad 2016

Euros

Total

Euros

Benavente Muñoz Cobos, María Teresa.

MFU13/00093

Montclair State University.

Theater Studies.

10.000,00

1.500,00

23-ago-2015

21-ago-2016

6.450,00

11.550,00

28.000,00

García Gómez, Clara.

MFU13/00069

Indiana University, Bloomington.

Linguistics.

10.000,00

1.500,00

24-ago-2015

22-ago-2016

6.400,00

11.600,00

28.000,00

García Mendoza, Adrián.

MFU13/00066

Houston Baptist University.

Education: Curriculum & Instruction.

10.000,00

1.500,00

24-ago-2015

22-may-2016

6.400,00

7.100,00

23.500,00

Infante Amate, Pablo.

MFU13/00049

University Of California, Los Angeles.

Ethnomusicology.

10.000,00

1.500,00

29-sep-2015

28-sep-2016

4.600,00

13.400,00

28.000,00

Moyano Ariza, Sandra.

MFU13/00087

City University Of New York.

Liberal Studies.

10.000,00

1.500,00

26-ago-2015

24-ago-2016

6.300,00

11.700,00

28.000,00

Nadal Fernández, Josep-María.

MFU13/00015

Depaul University.

Economics & Policy Analysis.

10.000,00

1.500,00

2-sep-2015

1-sep-2016

5.950,00

12.050,00

28.000,00

Ramírez Fernández, Ana Carmen.

MFU13/00077

Monterey Institute Of International Studies.

Translation & Interpretation.

10.000,00

1.500,00

24-ago-2015

22-ago-2016

6.400,00

11.600,00

28.000,00

Triguero Roura, Mireia.

MFU13/00076

New York University.

Journalism & International Relations.

10.000,00

1.500,00

27-ago-2015

26-jun-2016

6.250,00

8.800,00

25.050,00

Total

48.750,00

87.800,00

216.550,00

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