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Documento BOE-A-2015-505

Resolución 420/38002/2015, de 12 de enero, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Universidad Complutense de Madrid para el desarrollo de diversas actividades relacionadas con la seguridad y la defensa.

Publicado en:
«BOE» núm. 19, de 22 de enero de 2015, páginas 4477 a 4480 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2015-505

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 4 de noviembre de 2014 el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Universidad Complutense de Madrid para el desarrollo de diversas actividades relacionadas con la seguridad y la defensa, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 12 de enero de 2015.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Defensa, David Javier Santos Sánchez.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Universidad Complutense de Madrid para el desarrollo de diversas actividades relacionadas con la seguridad y la defensa

En Madrid, a 4 de noviembre de 2014.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. Almirante General don Fernando García Sánchez, Jefe de Estado Mayor de la Defensa, en uso de las facultades que le fueron delegadas por el titular del Ministerio de Defensa de acuerdo con la Orden DEF/3015/2004, de 17 de septiembre, sobre delegación de competencias en autoridades del Ministerio de Defensa en materia de convenios de colaboración, y con domicilio en la calle Vitruvio, número 1, 28071 Madrid.

De otra parte, el Excmo. Sr. don José Carrillo Menéndez, Rector Magnífico de la Universidad Complutense de Madrid, en nombre y representación de la misma, según nombramiento efectuado por el Decreto 25/2011, de 5 de mayo, publicado en el BOCM número 109, de 10 de mayo de 2011.

Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y

EXPONEN

Primero.

Que el artículo 31 de la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional, establece que el Ministerio de Defensa promoverá el desarrollo de la cultura de defensa con la finalidad de que la sociedad española conozca, valore y se identifique con su historia y con el esfuerzo solidario y efectivo mediante el que las Fuerzas Armadas salvaguardan los intereses nacionales. Asimismo, el resto de los poderes públicos contribuirán al logro de este fin.

Que la Directiva de Defensa Nacional 2012, de julio de 2012, establece, en una de las líneas generales de la política de defensa, la necesidad de fomentar una conciencia de defensa de España y, en más profundidad, una cultura de la defensa, al considerar que la defensa de España debe ser asumida por todos los españoles como asunto de indudable transcendencia ya que su eficacia exige la participación ciudadana, única fórmula para otorgarle continuidad y profundidad.

Segundo.

Que la Universidad Complutense de Madrid tiene entre sus fines la contribución al desarrollo de la ciencia y la cultura, el compromiso con la sociedad y sus organizaciones de desarrollar programas de formación y especialización profesional superior, así como la promoción y desarrollo de programas de formación continua, propios o en colaboración, que faciliten la inserción laboral y la mejor adaptación de los ciudadanos a los cambios que se operan en el mundo profesional.

Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

Este convenio tiene por objeto articular la colaboración entre el Ministerio de Defensa, en adelante MINISDEF, a través del Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional, en adelante CESEDEN, y la Universidad Complutense de Madrid, en adelante UCM, para el desarrollo de las siguientes actividades, que por parte del CESEDEN serán ejecutadas por el Instituto Español de Estudios Estratégicos, en adelante IEEE, perteneciente al CESEDEN:

a) Cátedra «Almirante D. Juan de Borbón», entendiendo el término «cátedra» como foro para la ejecución de actividades docentes, académicas e investigadoras relacionadas con la paz, seguridad y defensa.

b) Participación en los cursos de la Universidad para los Mayores.

c) Participación en cursos de personal docente de la UCM.

d) Otras actividades relacionadas con la paz, seguridad y defensa.

Segunda. Aportaciones de la Universidad Complutense de Madrid.

La UCM se compromete a las siguientes aportaciones:

a) En la Cátedra «Almirante D. Juan de Borbón»: aportar profesores, expertos, material didáctico e instalaciones de la UCM. Se impartirán las enseñanzas de carácter reglado sobre temas relacionados con la seguridad y la defensa, asignaturas que tendrán plena validez académica, con la correspondiente asignación de créditos, para los estudiantes de las titulaciones ofíciales de la UCM. Las asignaturas a impartir en los cursos académicos que contempla este convenio se relacionan en la cláusula cuarta. En este mismo marco, organizar actividades del tipo seminario permanente de seguridad y defensa relacionadas con la naturaleza de este convenio.

b) Universidad para los Mayores.

c) Otras actividades relacionadas con la seguridad y la defensa: aportar profesorado y expertos en la materia a desarrollar.

d) Entregar al CESEDEN, antes del 10 de diciembre de 2014, las facturas, junto con la memoria económica y la memoria docente, relativas a los gastos originados como consecuencia de las actividades objeto de este convenio y de su desarrollo académico.

e) Cualquier publicación (material docente, textos, actas, conferencias, trípticos informativos, carteles anunciadores, carpetas de documentación, etc.) que se realice con motivo de la actividad tendrá que contar con la previa autorización del MINISDEF y con el acuerdo de las partes en cuanto a contenido y presentación. El coste de las citadas publicaciones se cargará sobre el presupuesto de la actividad.

f) Incorporar de forma visible, en el material que se utilice para la difusión de las actividades objeto de este convenio, el logotipo del MINISDEF.

g) Gestionar la posibilidad de activar y mantener una página web correspondiente a las actividades de la citada cátedra.

Tercera. Aportaciones del Ministerio de Defensa.

La aportación económica del MINISDEF será de un máximo de 10.000 euros para apoyar las asignaturas de la Cátedra «Almirante D. Juan de Borbón». Asimismo, el MINISDEF se compromete a:

a) En la Cátedra «Almirante D. Juan de Borbón»; aportar expertos designados por el CESEDEN.

b) En otras actividades relacionadas: aportar profesorado y expertos de la materia a desarrollar.

Cuarta. Cátedra «Almirante D. Juan de Borbón».

1. En el marco de la Cátedra «Almirante D. Juan de Borbón» se impartirán las enseñanzas de carácter reglado sobre temas relacionados con la seguridad y la defensa incluidos en los currículos de los grados cursados en la UCM y que tendrán plena validez académica, con la correspondiente asignación de créditos, para los estudiantes de las titulaciones oficiales de la UCM.

Serán planificadas por las facultades que se relacionan a continuación las siguientes asignaturas, que se impartirán en el curso académico durante el periodo de vigencia del convenio:

a) Facultad de Medicina: «Sanidad Militar».

b) Facultad de Informática: «Seguridad».

c) Facultad de Psicología: «Factores humanos: Seguridad y Defensa».

d) Facultad de Farmacia: «Historia de las Ciencias Farmacéuticas en su relación con las Fuerzas Armadas».

e) Facultad de Veterinaria: «Seminario de Veterinaria Militar».

Quinta. Financiación.

1. Las actividades amparadas por este convenio serán financiadas por los ingresos que generen las tasas académicas. También podrán financiarse con imputación a los presupuestos de gastos de las instituciones firmantes. Además, el MINISDEF y la UCM podrán buscar la participación, como entidades colaboradoras, de otras instituciones.

2. Por parte del MINISDEF, la financiación se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 14.02.121N1.226.06, contra factura, acompañada de la memoria económica y la memoria docente, presentada una vez realizada la actividad y antes del 10 diciembre de 2014.

La aportación económica total por parte del MINISDEF será por un importe máximo de diez mil (10.000) euros para el segundo semestre del ejercicio 2014:

Cinco asignaturas inscritas en la cátedra: dos mil (2.000) euros por asignatura.

La aportación económica del MINISDEF se empleará en financiar los gastos originados por la participación de los expertos designados por el CESEDEN, que no sean profesores de la UCM y los gastos originados por los alumnos como consecuencia de su participación en actividades patrocinadas por la cátedra.

Sexta. Medidas de control y seguimiento.

1. A partir de la firma del presente convenio se constituirá una Comisión Mixta de Seguimiento, que se responsabilizará de la planificación, seguimiento y evaluación de las acciones derivadas del convenio, así como de resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran presentarse.

2. La Comisión Mixta de Seguimiento se reunirá, al menos, una vez al año y elevará informes y propuestas a los órganos rectores de ambas partes. En cuanto al mecanismo de toma de decisiones, los acuerdos se tomarán por consenso entre las partes.

3. Su composición será la siguiente:

a) Por la UCM:

1. El Vicerrector de Posgrado y Formación Continua o persona en quien delegue.

2. El Vicerrector de Relaciones Institucionales y Relaciones Internacionales o persona en quien delegue.

3. Un profesor de la UCM, coordinador de la Cátedra «Almirante D. Juan de Borbón».

b) Por el MINISDEF:

1. El Director del IEEE o persona en quien delegue.

2. Un profesor o analista destinado en el IEEE, coordinador de la Cátedra «Almirante D. Juan de Borbón» o persona que se designe por parte del Director del IEEE.

Séptima. Legislación aplicable.

Este convenio de colaboración tiene naturaleza administrativa, no siéndole de aplicación el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, en virtud de la exclusión contenida en el artículo 4.1.c) del citado texto legal, salvo que, en ejecución del presente convenio, hubieran de suscribirse contratos que, por su naturaleza, estén sujetos al citado texto refundido.

En materia presupuestaria, económica y financiera se atendrá al contenido de la Ley 47/2003 de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

Con carácter general, para solventar las dudas interpretativas y lagunas que pudieran plantearse, se observarán los principios establecidos en el indicado texto refundido y en el resto del ordenamiento jurídico administrativo.

Para resolver las controversias y cuestiones litigiosas que puedan surgir las partes se someten al orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo.

Octava. Vigencia.

Este convenio de colaboración obligará a las partes desde el momento de su firma, extendiendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2014.

Novena. Causas de resolución.

Este convenio podrá resolverse por cualquiera de las siguientes causas:

a) Mutuo acuerdo expreso de las partes, en sus propios términos.

b) Incumplimiento en la ejecución del convenio.

c) Imposibilidad sobrevenida de cumplir el fin.

d) Denuncia del convenio por cualquiera de las partes.

e) Las demás establecidas en la legislación vigente.

En tales supuestos, las partes vendrán obligadas a comunicarse recíprocamente por escrito la acreditación de la concurrencia de la causa invocada para dar por extinguida la relación convencional, con al menos cuatro meses de antelación a la fecha de su efectividad. No obstante, habrán de ser finalizadas con arreglo al mismo las acciones que en su momento se hallen en curso o esté comprometida su realización.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en dos ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por el Ministerio de Defensa, el Jefe de Estado Mayor de la Defensa, Fernando García Sánchez.–Por la Universidad Complutense de Madrid, el Rector Magnífico, José Carrillo Menéndez.

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