En vista de lo solicitado por el Notario de Errentería, don José Manuel Domingo Serrano, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 109 y demás concordantes del Reglamento Notarial,
Esta Dirección General en uso de las facultades atribuidas por el artículo 9.1 g) del Real Decreto 453/2012, de 5 de marzo, ha acordado declarar al mencionado Notario en situación de excedencia voluntaria por plazo no inferior a un año.
Madrid, 24 de abril de 2015.–El Director General de los Registros y del Notariado, P.S. (Decreto de 2 de junio de 1944), la Subdirectora General del Notariado y de los Registros, Esperanza Castellanos Ruiz.
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