De conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativa, se participa que ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 4 se tramita el procedimiento ordinario número 17/2015, promovido por la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios Ausbanc Consumo, contra la resolución de la Directora Ejecutiva de la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición de 26 de enero de 2015, que resuelve inadmitir el recurso de alzada interpuesto contra el Oficio de la Subdirectora General de Arbitraje y Derechos del Consumidor de la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición de fecha 26 de septiembre de 2014, por el que se declara que no ha lugar a la rectificación del anuncio publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 2 de septiembre de 2014, sobre cese de los vocales que la citada entidad tenía designados en el Consejo de Consumidores y Usuarios.
Lo que se hace público a efectos de la notificación prevista en el mencionado precepto de la citada Ley Jurisdiccional, a fin de que todas aquellas personas físicas y jurídicas que tengan un interés legítimo en el mantenimiento del acto impugnado puedan comparecer y personarse, como demandadas, en el expresado procedimiento, en el plazo de nueve días, contados a partir de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado» y en la forma establecida en la repetida Ley.
Madrid, 28 de abril de 2015.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Sergio Caravajal Álvarez.
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