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Documento BOE-A-2015-583

Resolución de 30 de diciembre de 2014, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto Mejora de la infraestructura de riego del sector 8 del Plan Guaro: tubería de riego general de la Junta Central de Usuarios del Sur del Guaro, Vélez- Málaga (Málaga).

Publicado en:
«BOE» núm. 20, de 23 de enero de 2015, páginas 5164 a 5172 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2015-583

TEXTO ORIGINAL

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, en su artículo 7.2 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación de impacto ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso el sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinario regulado en la Sección 1.ª del Capítulo II del Título II de la Ley, por tener efectos significativos sobre el medio ambiente.

El proyecto Mejora de la infraestructura de riego del sector 8 del Plan Guaro: tubería de riego general de la Junta Central de Usuarios del Sur del Guaro, Vélez-Málaga (Málaga), se encuentra encuadrado en el artículo 7.2.a), en el anexo II, grupo 1.c) de la Ley de Evaluación Ambiental.

Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:

1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo

Las actuaciones contenidas en este proyecto se enlazan con las obras del Proyecto Reutilización de Aguas Residuales en la Costa del Sol Oriental (Málaga) y Consolidación de los Regadíos del Plan Guaro, actualmente en ejecución, que posibilitará la utilización de los recursos hídricos provenientes del Embalse de La Viñuela y de la EDAR de Vélez-Málaga, permitiendo realizar una gestión conjunta y modernizada del agua para el riego de los Sectores 6, 7 y 8 que comprenden la margen derecha de la zona regable del Plan Guaro. La presente actuación consiste en la modernización de las infraestructuras de riego que dan servicio al Sector 8 de la zona regable del Plan, sin que ello implique un incremento de la superficie regable ni de la demanda de agua. Por otro lado, como consecuencia de la ejecución de las obras proyectadas, se producirá una mejora de la eficiencia energética.

En este caso se continuará la tubería general de distribución desde la toma n.º 7 del proyecto mencionado, dando abastecimiento a través de 5 nuevas tomas o puntos de entrega de agua que se incorporarán al sistema general de telecontrol, al Sector 8 del Plan Guaro que comprende 599,39 ha de riego. Las zonas regables se conectan con la tubería mediante redes secundarias ya existentes.

Las obras del proyecto y las parcelas de riego se ubican en el suroeste del término municipal de Vélez- Málaga, en la margen derecha del río Vélez.

El promotor es SEIASA (Sociedad Estatal de Infraestructuras Agrarias) y el órgano sustantivo es la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal.

2. Tramitación y consultas

Con fecha 26 de agosto de 2014 y procedente de la Subdirección General de Regadíos y Economía del Agua, tuvo entrada en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la documentación ambiental del proyecto al objeto de que se formule el informe de impacto ambiental. El 12 de septiembre de 2014 se inicia, por parte de esta misma Dirección General, la fase de consultas previas en relación al proyecto.

En la tabla adjunta se han recogido los organismos consultados durante esta fase, señalando con una «X» aquellos que han emitido informe en relación con el documento ambiental:

Relación de consultados

Respuestas recibidas

Ayuntamiento de Vélez-Málaga

Dirección General de Gestión del Medio Natural de la Secretaría General de Gestión Integral del Medio Ambiente y Agua de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía

Dirección General de Instituciones Museísticas, Acción Cultural y Promoción del Arte de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía

X

Dirección General de Planificación y Gestión del Dominio Público Hidráulico de la Secretaría General de Gestión Integral del Medio Ambiente y Agua de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía

Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Secretaría General de Gestión Integral del Medio Ambiente y Agua de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta Andalucía

X

Delegación del Gobierno en Andalucía

SEO/Birdlife

WWF/Adena

Con fecha 17 de octubre se recibe de la Delegación Territorial de Málaga de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía informe en el que se indica que la zona afectada por el mencionado proyecto no presenta en la actualidad localización alguna de interés arqueológico conocida o recogida en la documentación existente en los archivos de este organismo.

Con fecha 27 de octubre de 2014 y 11 de noviembre de 2014 se recibe procedente de la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental informes idénticos en donde se manifiesta que las actuaciones previstas están incluidas en el Anexo I de la Ley 7/2007, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, de la Junta de Andalucía, en el epígrafe 9.5. Además se precisa que el titular de la actuación deberá solicitar Autorización Ambiental Unificada. Por último, se indica que al objeto de aportar consideraciones ambientales en relación con los impactos ambientales significativos y sobre el resto de las cuestiones ambientales planteadas, los servicios técnicos de la Consejería están elaborando el correspondiente informe que será remitido. No se hace mención expresa a la presencia o ausencia de impactos sobre los diferentes elementos del medio.

3. Análisis según los criterios del anexo III

Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la Sección 1.ª del Capítulo II del Título II, según los criterios del anexo III, de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.

Características del proyecto: La actuación contempla la disposición de una única conducción principal de distribución que distribuya el agua en el Sector 8 de la margen derecha de la zona regable del Plan Guaro, mediante el suministro a través de 5 tomas que se incorporan al sistema general de telecontrol de las instalaciones. Para ello se plantea la realización de las siguientes actuaciones:

Ejecución de una conducción de 4.200 m de longitud en fundición dúctil y diámetros 600 a 500 mm: la tubería parte en diámetro 600 mm C25 de longitud en fundición dúctil. A continuación, se realizan dos cruces en el arroyo Capitán y posteriormente, una vez cruzada la autovía A-7 hacia el sur por un paso existente, la toma 2 se encuentra a 950 m. Desde esta toma, la conducción principal continua hacia el sur y se desvía hacia el O hasta llegar a la toma 3 recorriendo un total de 1.750 m. Hasta este punto toda la tubería es de fundición dúctil DN600 mm C25. La conducción principal continúa en fundición dúctil de 500 mm de diámetro, cruza el arroyo Búho y tras un recorrido de 1000 m se proyectan las tomas 4 y 5. Las zanjas tendrán unas dimensiones de 1,75 m de profundidad, 4,5 m de anchura en la parte superior y 1 m de anchura en el fondo de la zanja.

Colocación de 5 tomas o puntos de entrega de agua: en 5 puntos se prevé la entrega de agua, a la que se deberá conectar la red de distribución de la zona. Estas tomas se ubicarán en recintos vallados de dimensiones de planta de 10,60 x 5,20 m. Además se han proyectado válvulas de control y de protección contra roturas de manera que se puedan aislar en tramos afectados por averías.

Instalación de un sistema de telecontrol vía radio: este sistema permitirá obtener datos de consumo y controlar de forma remota el funcionamiento de la red.

No se precisa de la colocación de nuevos tendidos eléctricos, ni de estaciones de bombeo, disminuyendo la ocupación del terreno y reduciendo el consumo energético derivado del bombeo de agua.

Ubicación del proyecto: Las obras del proyecto y las parcelas de riego se ubican en el suroeste del término municipal de Vélez-Málaga (Málaga), en la margen derecha del río Vélez. La traza de la tubería de conexión comienza en las inmediaciones del arroyo del Capitán (afluente del río Vélez) y se dirige hacia el sur sensiblemente paralela al río Vélez, cruzando la autovía A-7 a la altura del punto kilométrico 269 por un paso superior existente. Una vez recorridos 1,5 km, el trazado de la tubería gira hacia el oeste tomando una dirección sensiblemente paralela a la línea de costa, situada a unos 2 km, y a 1,2 km cruza el arroyo del Búho, finalizando el trazado posteriormente. Las zonas regables se conectan con la tubería mediante redes secundarias ya existentes.

En las proximidades del proyecto no se encuentra ningún espacio incluido en la Red Natura 2000. En cuanto a los hábitats de interés comunitario la traza de la tubería se sitúa por encima del 6310. Dehesas perennifolias de Quercus sp, ocupando una superficie de 4.400 m2.

A menos de 5 km de la zona del proyecto se localiza la desembocadura del río Vélez, incluido en el Inventario de Humedales de Andalucía y el georrecurso Punta de Vélez-Málaga incluido en el Inventario Andaluz de Georrecursos.

El ámbito de estudio se localiza en la Demarcación Hidrográfica de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas. En esta zona se han cartografiado dos masas de aguas subterráneas en el entorno de la zona de estudio: la del río Vélez y la de las Metapelitas de Sierras Tejeda-Almijara.

Toda la cuenca en estudio pertenece a una zona declarada vulnerable a la contaminación por nitratos de origen agrario denominada zona número 9: Aluvial del río Vélez.

Características del potencial impacto: La ejecución del proyecto puede afectar a diferentes elementos del medio:

Calidad del aire: Se puede producir un deterioro de la calidad del aire como consecuencia de un aumento de partículas en suspensión provocado en diferentes fases de la obra, principalmente en las excavaciones, acopios, transporte de tierras a vertedero, transporte, descarga y acopio de materiales en construcción y trabajos de albañilería. Este impacto es especialmente relevante durante los trabajos de excavación de las zanjas. Se considera el impacto como admisible y no significativo.

También se puede producir un incremento de las emisiones de gases procedentes del tráfico de vehículos en los accesos alternativos habilitados durante la ejecución de las obras en los caminos principales.

Destacan también las molestias sonoras que se pueden producir como consecuencia del ruido originado por la maquinaria, excavaciones y acopio y retirada de materiales. Dado que la obra se produce sobre una zona ampliamente antropizada y discurre por un viario existente con zonas de gran volumen de tráfico, se considera el impacto como admisible y no significativo.

Se vigilará el estado de mantenimiento y conservación de las máquinas y vehículos, exigiendo la vigencia del Certificado de Inspección Técnica cuando así proceda, al efecto de cuidar la incidencia que sobre la calidad del aire y el suelo ejercen las emisiones y pérdidas no controladas de combustibles y lubricantes de la maquinaria empleada en obra.

La maquinaria que va a ser utilizada se revisará en los lugares habilitados para ello. Las operaciones de reparación y mantenimiento se realizarán únicamente en las instalaciones destinadas a ese fin, que están provistas de las medidas necesarias para evitar la propagación de la contaminación al medio.

Para el control del ruido en la zona de actuación, las máquinas que se empleen al aire libre, cumplirán lo recogido en el Real Decreto 212/2002, de 22 de febrero, por el que se regulan las emisiones sonoras en el entorno debidas a determinadas máquinas. Los vehículos cumplirán lo establecido por la Dirección General de Tráfico en lo referente a la Inspección Técnica de Vehículos. Estarán prohibidos los trabajos nocturnos y el paso de la maquinaria fuera de la zona jalonada. Se circulará a velocidad moderada, no excediendo de los 40 km por hora.

Se realizarán riegos con agua en las superficies de actuación, lugares de acopio y accesos, de forma que todas estas zonas tengan el grado de humedad necesario y suficiente para evitar la producción de polvo y partículas. De ser necesarios, estos riegos se realizarán a través de un camión cisterna, suprimiendo dichos riegos los días de lluvia. Pero esta actuación es especialmente necesaria cuando las condiciones ambientales sean de sequedad o de viento fuerte. Los apilamientos de tierra vegetal deberán también regarse con igual frecuencia, en función de su composición y tiempo de inutilización. Los camiones que transporten tierras deberán ir entoldados.

En las operaciones de movimiento de tierras que puedan generar polvo, deben tenerse en consideración los siguientes aspectos: vientos predominantes en la zona, técnicas de excavación empleadas y época del año en que se realiza la operación. Así se podrán determinar las mejores zonas para acopios de materiales con el menor riego de formación de polvo. En casos excepcionales de zonas con fuertes vientos o muy expuestas deberá emplearse barreras artificiales móviles a modo de paravientos.

Suelo: Entre los impactos que pueden producirse sobre el suelo destaca la contaminación que se puede originar como consecuencia de vertidos accidentales producidos por la actividad de la maquinaria o el almacenamiento de diversas sustancias en las zonas de acopio o parques de maquinaria. Se valora este impacto como admisible y no significativo.

Durante la fase de construcción se pueden producir pérdidas del suelo directas, como consecuencia de las excavaciones necesarias para la apertura de las zanjas de riego en los caminos, en los arroyos del Capitán y del Búho, así como consecuencia del tránsito de la maquinaria de obra. De forma indirecta pueden producirse pérdidas del suelo al favorecerse la erosión como consecuencia de la desaparición temporal de la cubierta vegetal. En todo momento los movimientos de tierra se ceñirán al espacio mínimo necesario. Se valora el impacto como admisible y compatible.

Otros efecto que puede producirse es la compactación del suelo como consecuencia del tráfico rodado y por el acopio de materiales y residuos, en especial en los caminos de acceso a las obras.

Con el fin de evitar o minimizar los posibles impactos se proponen una serie de medidas. Se restringirá al máximo los movimientos de vehículos y maquinaria fuera de los viales y recintos destinados al efecto. Cuando resulte imprescindible y haya que hacerlo fuera de este ámbito, se planificarán los movimientos de maquinaria según curvas de nivel, en zonas con una pendiente no muy pronunciada, para evitar la formación de regueros en los que se encaucen las aguas de escorrentía y donde su implantación cause el menor impacto posible. Al finalizar las obras se restaurarán todas las afecciones de este tipo que hubiesen tenido lugar al margen de las vías normales de tránsito.

Se evitará el vertido de grasas y aceites al suelo, ya que están catalogados como Residuos Peligrosos y deben ser eliminados por un gestor autorizado por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

En caso de realizarse vertidos de aceites u otros residuos en el suelo, se retirará inmediatamente la tierra y se almacenará en un contenedor estanco hasta que sea entregado a un gestor autorizado para este tipo de residuo. La recogida ha de ser inmediata para evitar que la contaminación pueda desplazarse alterando perfiles más profundos del suelo o pasar al sistema hídrico. Una vez tomadas las medidas inmediatas para evitar la propagación, se avisará lo más rápido posible a las autoridades competentes para que tomen las medidas oportunas, facilitándoles la ayuda necesaria para evitar el daño ambiental. Esto se tendrá en cuenta en el caso de un posible derrame de gasoil por derrame de algún camión cisterna.

En la apertura de zanjas a realizar fuera de los viales existentes, se retirará previamente la capa de tierra vegetal de unos 20-30 cm de espesor, acopiándose de forma separada al resto de la excavación para su posterior restauración como capa fértil.

A efectos de disminuir los inconvenientes sobre el suelo y el agua se recomienda el verano para realizar las operaciones, por ser menos frecuentes las precipitaciones y por lo tanto haber menos riesgo de erosión y arrastre de contaminantes.

Hidrología: Se puede producir un impacto como consecuencia de la contaminación debida a vertidos accidentales provenientes de la maquinaria. También se podría producir un aumento de la turbidez de las aguas derivadas del aumento de partículas sólidas incorporadas a la red de drenaje por efecto de las escorrentías. En el caso de las zanjas, se producirá un acopio temporal de las tierras excavadas que, en caso de lluvia, podría ocasionar un aumento de las escorrentías en el entorno de la zona de actuación. No obstante, dado que las obras se realizarán durante el periodo seco, este efecto no se considera significativo. Se valora el impacto como admisible y no significativo.

En el caso de la posible afección a la dinámica natural de los ríos, podría producirse por el paso de la tubería por los arroyos del Capitán y del Búho. No obstante, esos cauces tienen un régimen hídrico esporádico, y junto con la poca pluviometría de la zona, es improbable la afección a la dinámica de los cauces. Se valora el impacto como admisible y no significativo. Se indica en el documento ambiental que los cruces de cauces públicos con las conducciones, no se ejecutarán sin la preceptiva autorización del organismo competente: Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía.

En la actualidad el agua de riego procede del acuífero del río Vélez. Durante la fase de funcionamiento del proyecto, se disminuirá la presión sobre las aguas subterráneas y, por tanto, sobre la explotación del acuífero, como consecuencia de la utilización de agua de riego de otras fuentes (embalse La Viñuela y aguas depuradas procedentes de la EDAR de Vélez-Málaga). Se consigue además quitar presión sobre el humedal Desembocadura del río Vélez, ya que las extracciones de agua subterránea sustituidas se localizan en el tramo más bajo de la masa.

Se estima conveniente el control de los niveles de agua del acuífero y la calidad de las aguas (red de control piezométrico) con el fin de valorar los efectos positivos del proyecto sobre el acuífero. Además, se tendrá en consideración lo establecido, en especial en lo relacionado con la hidrología, en la Resolución de 1 de junio de 2009, de la Secretaría de Estado de Cambio Climático, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto Reutilización de aguas residuales en la Costa del Sol oriental (Málaga) y consolidación de los regadíos del Plan Guaro.

Durante la fase de funcionamiento del proyecto, se producirá una afección indirecta sobre el humedal Desembocadura del río Vélez que se abastece del acuífero del Río Vélez, como consecuencia del cambio de suministro del agua de riego: embalse La Viñuela y aguas depuradas de la EDAR de Vélez-Málaga. Se considera este impacto como positivo.

El calendario de obras se adaptará a las condiciones hídricas de los arroyos presentes en la zona, teniendo en cuenta el momento en el que no circula agua por los arroyos (periodo estival), para evitar cualquier alteración sobre el caudal.

Fauna: Se puede producir afección directa a la fauna como consecuencia de la destrucción de su hábitat, molestias por ruidos o generación de polvo y la posibilidad de atropellos como consecuencia del tránsito de la maquinaria. En el caso de un aumento de los niveles sonoros puede provocar un desplazamiento de ejemplares de determinadas especies a otros lugares, y en el caso de posibles atropellos se tendrá especial cuidado en el caso del camaleón. Para evitar esta afección se adaptará el calendario de obra al ciclo biológico de esta especie y se procederá a la prospección de la zona previamente a la realización de las obras. Se valora este impacto como admisible y compatible.

Se puede producir una afección negativa sobre la fauna como consecuencia de accidentes por caída en las zanjas excavadas o que éstas constituyan una barrera para las especies con menor movilidad, en especial en el caso de los anfibios y reptiles. Para evitar que se produzcan daños en estas especies se realizará una revisión diaria de las zanjas para detectar la posible presencia de ejemplares caídos en ellas y proceder a su liberación o para detectar zonas preferentes de paso que requieran medidas adicionales, como el tapado nocturno de las zanjas, o incluso previsión de rampas de escape en las mismas, mediante la creación de rampas de tierras de pendiente no muy acusada intermitentemente a lo largo de la fauna. Se valoran los impactos como admisibles y compatibles.

El uso de las zonas de acopio puede afectar negativamente a la fauna por episodios de contaminación, que podrán producirse como consecuencia de vertidos accidentales de combustibles, lubricantes y otras sustancias contaminantes relacionadas con el uso de la maquinaria y con los procesos de elaboración de materiales para la construcción. Por lo general, estos episodios suelen ser de tipo puntual y accidental. Se valora el impacto como admisible y compatible. El caso de la ubicación de residuos no peligrosos en las zonas de acopio temporal y zonas auxiliares de obra puede ocasionar una afección negativa sobre la fauna, por eliminación de refugios y zonas de alimentación. No obstante, se indica que para el acopio de materiales se utilizarán los caminos ocupados por la traza de la tubería y se procederá a la correcta gestión de todos los residuos generados. Se valora el impacto como admisible y no significativo.

Con el fin de evitar los impactos descritos se tomarán medidas para identificar las especies amenazadas que hubiera en la zona, de las recogidas en el inventario faunístico realizado para no afectar negativamente ni producir ninguna alteración que pudiera afectar a su hábitat. Previamente a la ejecución de los trabajos se procederá a la prospección de la zona para tratar de localizar ejemplares de Chamaleo chamaleo y realizar su translocación a hábitats cercanos.

Se adaptará el calendario de obras a las especies de fauna presentes en la zona de actuación, teniendo en cuenta los periodos de máxima vulnerabilidad de las especies previstas en el entorno de las obras (nidificación, cría, periodos migratorios, etc.), se prestará especial atención al camaleón. Para la elaboración del cronograma de los trabajos, se tendrán en cuenta los calendarios agrícolas de los cultivos de la zona, especialmente el momento de la recolección.

Vegetación: El tránsito de maquinaria de obra y el incremento de la circulación por vías alternativas mientras duran las obras puede tener una afección negativa sobre la vegetación localizada en los márgenes de estas vías. En general, se trata de una afección indirecta debida al aumento de las partículas de polvo como consecuencia de la circulación de maquinaria. Se valora el impacto como compatible.

La traza de la tubería se dispondrá paralela a los caminos existentes, utilizando los bordes y cunetas, por lo que será necesario realizar un desbroce previo para la apertura de las zanjas, así como para la instalación de las tomas.

La ubicación, así como el uso de las zonas de acopio, podría causar una afección negativa sobre las formaciones vegetales y los cultivos, no obstante, las zonas de acopio temporal se realizarán sobre la traza de carriles existentes. La apertura de zanjas para la instalación de las tuberías, conlleva una fragmentación temporal de los hábitats coincidentes con el trazado de la red de riego. La banda de afección real de las obras es de un ancho de 12 metros, ocupando las zonas agrícolas un 50 %. En cuanto a las formaciones naturales, destacan los matorrales dispersos con arbolado o pastizal y zonas de pastizal arbolado. Se evitará la tala de ejemplares arbóreos de especies naturales autóctonas. En caso de que algún ejemplar arbóreo se viera afectado, se procederá a su transplante a otras zonas con la misma vegetación. La vegetación de los arroyos interceptados por la traza está formada por cañaverales de Arundo donax.

Hábitats de interés comunitario: el único hábitat de interés comunitario que puede verse afectado por el las obras es el 6310. Dehesas perennifolias de Quercus spp., en una superficie de 0,44 ha. No obstante en el trabajo de campo se ha determinado que en la zona de actuación, estas formaciones adehesadas tienen como principal especie el algarrobo (Ceratonia siliqua), por lo que no cumplen en sentido estricto con la composición específica definida para este hábitat.

En cualquier caso, y con el fin de evitar posibles daños sobre este hábitat, se procederá a un jalonamiento estricto de la superficie de ocupación, antes de las obras.

Se evitará la tala de ejemplares arbóreos de especies naturales autóctonas. En caso de que algún ejemplar arbóreo se viera afectado, se procederá a su transplante a otras zonas de mismo hábitat.

Espacios naturales protegidos: Las actuaciones no se desarrollan sobre ningún espacio natural protegido, ni sobre ningún espacio incluido en la Red Natura 2000. Solo se prevé una afección indirecta sobre el humedal Desembocadura del Río Vélez, que se abastece del acuífero del río Vélez, como consecuencia del cambio de suministro del agua de riego (embalse La Viñuela y de aguas depuradas), que se ha valorado como positivo.

Vías pecuarias: La traza de la tubería no afecta directamente a ninguna de las vías pecuarias inventariadas en el municipio de Vélez-Málaga. No obstante una de ellas, por su cercanía, pudiera servir de acceso a la zona de obras, la Vereda del Camino de Almayate a Cuesta de Gatos, que se encuentra deslindado desde el año 2005. Aun así no habrá afección ya que el tramo de la vía pecuaria desde la autovía A-7 a la zona de estudio se encuentra asfaltado, siendo usado en la actualidad como camino de acceso a todas las fincas de la zona.

Paisaje: Las acciones del proyecto que pueden ocasionar una pérdida de valores paisajísticos son la apertura de zanjas para la instalación de las tuberías de riego en los cruces de los arroyos del Capitán y del Búho, donde se realizará una zanja a cielo abierto. En las zonas donde la tubería se instala en linderos de fincas, será necesario abrir la zanja sobre terrenos agrícolas de regadío, habituados a este tipo de trabajos. Sólo será en el caso de los arroyos donde se puede ver afectada la vegetación natural como consecuencia de las excavaciones. No obstante, la vegetación natural existente en estos arroyos está muy degradada, caracterizada por carrizos y no quedan vestigios de la vegetación potencial, por lo que se considera el impacto poco significativo.

Durante la fase de ejecución de la obra se producirá la alteración de los factores estéticos de las inmediaciones de la zona de las obras. El deterioro de la claridad del paisaje tendrá lugar debido a la presencia de las obras que añaden artificialidad y produce una disminución de la calidad del paisaje. Teniendo en cuenta la temporalidad de las obras y que se desarrollan en un entrono muy antropizados, a lo largo de caminos agrícolas existentes, la afección sobre la calidad del paisaje no se considera significativa.

Patrimonio cultural: Se ha encargado la realización de un estudio arqueológico de la zona de la zona para detectar posibles afecciones o limitaciones. Se ha presentado con fecha 14 de marzo de 2014 ante la Delegación Territorial de Málaga de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía, solicitud para realizar actividad arqueológica preventiva de prospección superficial. Con anterioridad, ya se expuso que el informe de la Delegación Territorial de Málaga de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía, indica que la zona afectada por el mencionado proyecto no presenta en la actualidad localización alguna de interés arqueológico conocida o recogida en la documentación existente en los archivos de este organismo.

En el documento ambiental se incluye un Programa de Seguimiento Ambiental, con el fin de comprobar la eficacia de las medidas propuestas, tanto la fase de construcción como la de explotación. Este programa está condicionado por los impactos que se van a producir, abarcando todas y cada una de las etapas del proyecto y su alcance dependerá de la magnitud de los impactos que se produzcan.

Teniendo en cuenta todo ello, y a propuesta de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, este Ministerio resuelve, de acuerdo con la evaluación de impacto ambiental simplificada practicada de acuerdo con lo previsto en la Sección 2.ª del Capítulo II del Título II, y el análisis realizado con los criterios del anexo III de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, no es previsible que el proyecto Mejora de la infraestructura de riego del sector 8 del Plan Guaro: tubería de riego general de la Junta Central de Usuarios del Sur del Guaro, Vélez-Málaga (Málaga), cumpliendo los requisitos ambientales que se desprenden de la presente Resolución, vaya a producir impactos adversos significativos, por lo que no se considera necesaria la tramitación prevista en la Sección 1.ª del Capítulo II del Título II de dicha Ley.

Esta Resolución se hará pública a través del «Boletín Oficial del Estado» y de la página web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (www.magrama.es), debiendo entenderse que no exime al promotor de obtener las autorizaciones ambientales que resulten legalmente exigibles.

De conformidad con el artículo 47.6 de la Ley de Evaluación Ambiental, el informe de impacto ambiental no será objeto de recurso alguno sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa o judicial frente al acto, en su caso, de autorización del proyecto.

Madrid, 30 de diciembre de 2014.–El Secretario de Estado de Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas.

Aquí aparece una imagen en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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