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Documento BOE-A-2015-7057

Resolución de 15 de junio de 2015, de la Dirección General de Derecho y Entidades Jurídicas, del Departamento de Justicia, por la que se modifica la de 5 de junio de 2015, por la que se resuelve el concurso para la provisión de notarías vacantes, convocado por Resolución de 14 de abril de 2015.

Publicado en:
«BOE» núm. 151, de 25 de junio de 2015, páginas 52640 a 52640 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2015-7057

TEXTO ORIGINAL

La Resolución de 5 de junio de 2015, de la Dirección General de Derecho y Entidades Jurídicas, del Departamento de Justicia («DOGC» núm. 6892, y «BOE» núm. 142, de 15-6-2015), resolvió el concurso para la provisión de notarías vacantes, convocado por la Resolución de 14 de abril de 2015 («DOGC» núm. 6857, y «BOE» núm. 97, de 23-4-2015).

Vista la necesidad de modificar la mencionada Resolución por la omisión de la asignación de una vacante;

En cumplimiento de las funciones atribuidas a la Dirección General de Derecho y Entidades Jurídicas del Departamento de Justicia mediante el Decreto 417/2006, de 14 de noviembre («DOGC» núm. 4762, de 16-11-2006), resuelvo:

Añadir la adjudicación de la siguiente vacante:

Tarragona: Desierta en concurso precedente (señor Juan Ramón Allué Segura), el señor Enrique Vililla Graells, Notario de Albarracín, de 3.ª

Información sobre los recursos a interponer:

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante el Consejero de Justicia, en el plazo de un mes, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses. El plazo contará a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el «DOGC» y en el «BOE», y a partir del día siguiente de la última publicación en caso de que esta no se haga de forma simultánea en los dos diarios oficiales.

El recurso de alzada podrá entenderse desestimado si transcurridos tres meses desde su interposición no se ha notificado la resolución. Solo en este caso, las personas interesadas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de seis meses a contar a partir del día siguiente en el que se haya producido el acto presunto desestimatorio del recurso, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

Barcelona, 15 de junio de 2015.–El Director General de Derecho y Entidades Jurídicas, Santiago Ballester i Muñoz.

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