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Documento BOE-A-2015-7103

Orden AAA/1246/2015, de 15 de junio, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de promoción interna, en la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Publicado en:
«BOE» núm. 152, de 26 de junio de 2015, páginas 52905 a 52918 (14 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2015-7103

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 196/2015, de 22 de marzo (BOE del 23), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2015 y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública.

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 28 de enero de 2011, por el que se aprueba el I Plan para la Igualdad entre hombres y mujeres en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre (BOE del 27), modificadas por Orden PRE/2061/2009 de 23 de julio (BOE del 30).

Bases específicas

La presente convocatoria, se publicará, entre otras, en la página web www.administracion.gob.es

1. Descripción de las plazas

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 5 plazas de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del MAPA, código 5014, por el sistema de promoción interna, en las especialidades de:

Laboratorios Agroalimentarios: 4 plazas.

Laboratorios de Sanidad y Genética Animal: 1 plaza.

1.2 Los aspirantes solo podrán participar por una de las especialidades previstas en esta base. Si en alguna de las especialidades no se cubriesen todas las plazas convocadas, las plazas desiertas podrán ser acumuladas a la otra especialidad.

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

Incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado las fases de oposición y concurso serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

3. Programa

El programa que ha de regir el proceso selectivo, para cada especialidad, es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

4. Titulación

Se requerirá estar en posesión del título Universitario de Grado o los actualmente vigentes de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

5. Requisitos específicos

Los aspirantes deberán cumplir además:

Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo C1 o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo C1 o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado.

Pertenecer como personal laboral fijo al Grupo Profesional 2 del Área Técnica y Profesional con la categoría de Titulado Medio de Actividades Técnicas y Profesionales del III Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado o categorías equivalentes de otros convenios de los Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado o categorías equivalentes fuera de convenio al servicio de la Administración General del Estado, sus Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollar o haber desarrollado las funciones coincidentes con las de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Antigüedad:

Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en el Cuerpo o Escala de la Administración General del Estado del Subgrupo C1, o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo C1 o en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público.

Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años como personal laboral fijo en el Grupo Profesional 2 del Área Técnica y Profesional con la categoría de Titulado Medio de Actividades Técnicas y Profesionales del III Convenio Único o categorías equivalentes de otros convenios de los Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado o categorías equivalentes fuera de convenio al servicio de la Administración General del Estado, sus Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollar o haber desarrollado las funciones coincidentes con las de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

6. Solicitudes

6.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en la página web www.administracion.gob.es (Empleo público y becas; Inscripción en pruebas selectivas; Rellenar e imprimir el formulario de solicitud).

6.2 La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:

a) Los interesados podrán realizar el registro electrónico de su solicitud y el pago telemático de las tasas a través de Internet en el portal del ciudadano www.administracion.gob.es (Empleo público y becas; Inscripción en pruebas selectivas; Rellenar, pagar y presentar a través de internet) o en el portal del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas www.minhap.gob.es (Servicios –Empleo Público– Inscripción en pruebas selectivas).

El tratamiento de la información por medios telemáticos tendrá en cuenta lo establecido en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

En aquellos casos que deba presentarse documentación adicional junto con la solicitud de participación telemática, de conformidad con lo previsto en las bases específicas, esta podrá adjuntarse en la solicitud telemática o podrá ser aportada presencialmente en los lugares previstos en la letra siguiente.

b) Igualmente, podrán presentarse en los Registros Generales del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (Paseo Infanta Isabel, 1, Madrid y Plaza de San Juan de la Cruz, s/n, Madrid), así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.

6.3 Pago de la tasa de derechos de examen: El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

En aquellos supuestos en los que se haya optado por realizar una presentación de solicitudes a través del Registro Telemático del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, el ingreso del importe se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, del Ministro de Hacienda, por la que se establecen los supuestos y condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, así como en sus resoluciones de desarrollo.

6.4 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirá al Subsecretario del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

6.5 Los aspirantes que tengan la condición de personal laboral fijo deberán aportar, junto con la solicitud, certificado de la unidad de personal competente en el que se especifiquen las funciones desarrolladas, a efectos de verificar que cumplen con el requisito de la base 5 párrafo 2º.

6.6 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV.

7. Tribunal

7.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo III a esta convocatoria.

7.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

7.3 Una vez iniciado el proceso selectivo, las comunicaciones e incidencias relacionadas con el mismo se deberán dirigir al Tribunal, que tendrá su sede en calle Aguarón n.º 13, 28023 Madrid, teléfono 91 3474972, correo electrónico: igarcial@magrama.es

8. Desarrollo del proceso selectivo

8.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «J, según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas de 5 de febrero de 2015 (BOE del 11).

Con el fin de canalizar los principios contenidos en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, en las convocatorias de procesos selectivos derivadas de la presente oferta, el destino se solicitará utilizando exclusivamente medios electrónicos.

8.2 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente:

www.magrama.gob.es/es/ministerio/servicios/empleo-publico/oep.aspx, así como en la página web www.administracion.gob.es y en el Portal Funciona.

Cualquier consulta en relación con las bases de esta convocatoria se deberá dirigir a la dirección de correo electrónico weboposiciones@magrama.es.

9. Destinos

El nombramiento como funcionarios de carrera de los aspirantes que superen este proceso selectivo tendrá lugar en puestos de trabajo adscritos a Centros Directivos y Organismos Autónomos de este Departamento.

10. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 15 de junio de 2015.–La Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, P.D. (Orden AAA/838/2012, de 20 de abril), el Subsecretario de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Jaime Haddad Sánchez de Cueto.

ANEXO I
Descripción del proceso selectivo

1. Fase de oposición

La fase de oposición estará formada por dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio, en base al temario correspondiente a la especialidad elegida por el aspirante y un ejercicio voluntario y no eliminatorio del idioma inglés.

Primer ejercicio: Consistirá en redactar por escrito, en un tiempo máximo de 3 horas, 2 temas de entre 3 sacados al azar de los del programa correspondiente a cada especialidad.

Este ejercicio será leído públicamente ante el Tribunal por los aspirantes, previo señalamiento de fecha.

Concluida la lectura, el Tribunal podrá formular preguntas en relación con las materias expuestas y solicitar aclaraciones sobre las mismas, durante un plazo máximo de 10 minutos.

Se otorgará una calificación máxima de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para acceder al ejercicio siguiente.

Segundo ejercicio: Consistirá en resolver por escrito, en un tiempo máximo de 2 horas, 1 supuesto práctico, de entre 2 propuestos por el Tribunal para cada especialidad.

Este ejercicio será leído públicamente ante el Tribunal por los aspirantes, previo señalamiento de fecha.

Concluida la lectura, el Tribunal podrá formular preguntas en relación con las materias expuestas y solicitar aclaraciones sobre las mismas, durante un plazo máximo de 10 minutos.

Se otorgará una calificación máxima de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superar el ejercicio.

Ejercicio voluntario del idioma inglés: Consistirá en la traducción directa, sin diccionario, de un texto en inglés, propuesto por el Tribunal, durante un tiempo máximo de una hora. Dicho texto será leído públicamente ante el Tribunal, previo señalamiento de día y hora, procediéndose seguidamente a mantener una conversación en inglés, durante un tiempo máximo de 15 minutos.

Se valorará el nivel de conocimiento del idioma, la capacidad de compresión y síntesis y la calidad de la versión en castellano, así como el nivel de conversación.

Se otorgará una calificación máxima de 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para que puntúe. Los puntos por encima de 5 de la calificación que obtuviera el opositor, se sumarán a los obtenidos en los ejercicios primero y segundo.

Todos los ejercicios de la fase de oposición se realizaran en la provincia de Madrid.

La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios obligatorios más los puntos por encima de 5 de la calificación mínima para que puntúe el ejercicio voluntario del idioma inglés.

2. Fase de concurso

Esta fase no tiene carácter eliminatorio.

Las valoraciones de esta fase estarán referidas a la fecha de publicación de la convocatoria.

2.1 Al personal funcionario se le valorará como méritos los siguientes conceptos:

a) Antigüedad: Se valorará teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y reconocidos, al servicio de las Administraciones Públicas incluidas en el ámbito del artículo 2.1 del Estatuto Básico del Empleado Público.

Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 12 puntos.

b) Grado personal consolidado y formalizado: Se valorará el grado personal que se tenga consolidado el día de la publicación de esta convocatoria y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente en el Cuerpo o Escala desde el que se participa en estas pruebas.

Se otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo de 4 puntos:

Grado personal igual o superior al 22: 4 puntos.

Grado personal igual al 21: 3,5 puntos.

Grado personal igual al 20: 3 puntos.

Grado personal igual al 19: 2,5 puntos.

Grado personal igual al 18: 2 puntos.

Grado personal igual al 17: 1,5 puntos.

Grado personal igual al 16: 1,25 puntos.

Grado personal igual al 15: 1 punto.

Grado personal igual o inferior al 14: 0,75 puntos.

c) Cursos de formación y perfeccionamiento: Se valorarán los cursos acreditados por el funcionario y recibidos en los últimos 5 años, tanto en centros oficiales de formación y perfeccionamiento, como en cualquier otro organismo o entidad público o privado, cuya duración sea igual o superior a 20 horas lectivas, y siempre que se refieran, a juicio del Tribunal, a materias relacionadas con las funciones propias de la Escala objeto de esta convocatoria.

Se otorgará por cada curso 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.

2.2 Al personal laboral se le valorará como méritos los siguientes conceptos:

1. Antigüedad: Se valorará teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y reconocidos, al servicio de las Administraciones Públicas incluidas en el ámbito del artículo 2.1 del Estatuto Básico del Empleado Público.

Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 12 puntos.

2. Superación de procesos selectivos para adquirir la condición de personal laboral fijo: Hasta un máximo de 4 puntos.

3. Cursos de formación y perfeccionamiento: Se valorarán los cursos acreditados por el personal laboral y recibidos en los últimos 5 años, tanto en centros oficiales de formación y perfeccionamiento, como en cualquier otro organismo o entidad público o privado, cuya duración sea igual o superior a 20 horas lectivas, y siempre que se refieran, a juicio del Tribunal, a materias relacionadas con las funciones propias de la Escala objeto de esta convocatoria.

Se otorgará por cada curso 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.

La certificación de méritos deberá realizarse según modelos incluidos como Anexo V de esta Orden.

La calificación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición.

3. Curso selectivo

Consistirá en un periodo de formación de carácter teórico y práctico, organizado por la Subsecretaría del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y cuya duración máxima será de 3 meses.

La convocatoria del curso se realizará mediante Resolución de la Subsecretaría del Departamento, en la que se detallarán todos los aspectos relativos al mismo.

Este curso irá dirigido a la adquisición de conocimientos propios del futuro desempeño profesional, e incluirá un modulo en materia de igualdad entre hombres y mujeres y otro en materia de violencia de género.

La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo los aspirantes dependerán directamente de la Subsecretaría del Departamento.

Los funcionarios que hubieran participado en estas pruebas selectivas serán autorizados para asistir al curso selectivo por la Subsecretaría del Departamento en el que presten sus servicios.

La calificación máxima del curso selectivo será de 20 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este curso será de 10 puntos.

Quienes no superasen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida. A estos efectos, no se considerará causa de fuerza mayor, la coincidencia en el tiempo del desarrollo de cursos selectivos o periodos de prácticas correspondientes a diferentes convocatorias.

Una vez superado el curso selectivo, los aspirantes continuarán en la situación de funcionarios en prácticas hasta la toma de posesión en su primer destino como funcionario de carrera de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, debiendo reincorporarse a su primitivo puesto de trabajo a partir del día siguiente a aquel en que finalice la realización de las prácticas reales, con independencia del momento en que se publique la calificación del curso selectivo.

En caso de empate, en la calificación final del proceso selectivo el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios por este orden:

1. Mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de oposición.

2. Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.

3. Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.

4. Mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.

Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal correspondiente, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de aquellas pruebas o ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo Internacional correspondiente.

En los ejercicios de los que se exima a los aspirantes que ostenten la condición de funcionarios de Organismos Internacionales, se otorgará la calificación mínima exigida en la convocatoria para la superación de los mismos.

Los interesados podrán renunciar a tal calificación y participar en las pruebas de las que han sido eximidos en igualdad de condiciones que el resto de los aspirantes. Tal renuncia deberá llevarse a cabo con anterioridad al inicio de las pruebas selectivas.

ANEXO II
Programa

Especialidad laboratorios agroalimentarios

1. La Norma UNE_EN ISO/IEC 17025. Principios fundamentales. Requisitos generales relativos a la competencia de los laboratorios de ensayo. La Entidad Nacional de Acreditación (ENAC).

2. Auditorias. Tipos de auditorías: internas y externas. Desviaciones, clasificaciones y tratamiento. Trabajos no conformes.

3. Evaluación de los ensayos. Controles de calidad internos y externos. Gráficos de control: tipos y aplicaciones.

4. Materiales de referencia. Tipos de material de control. Usos en laboratorios de análisis.

5. Ensayos de intercomparación. Tipos de tratamiento estadístico.

6. Validación de un ensayo. Criterios fundamentales de validación. Etapas. Estimación de la incertidumbre.

7. Métodos de análisis. Tipos de Organizaciones implicadas en la Normalización. Trasposición a la legislación comunitaria y nacional. Métodos. Criterio.

8. Sistemas de gestión medioambiental. Norma UNE-EN ISO 14001:2004. Principios fundamentales aplicables en el laboratorio.

9. Normativa de seguridad e higiene en el trabajo aplicada a los laboratorios agroalimentarios.

10. Manipulación de productos químicos. Fichas de seguridad. Residuos generados en laboratorios agroalimentarios. Clasificación de residuos. Gestión de los mismos. Impacto medioambiental.

11. Estadística. Parámetros estadísticos aplicados al análisis químico. Medidas de tendencia central y dispersión. Veracidad y precisión. Regresión lineal y correlación. Intervalos de confianza. Análisis de tendencias.

12. Gravimetrías y volumetrías. Tipos. Expresión de resultados. Aplicaciones.

13. Determinación de las propiedades físicas. Densidad. Viscosidad. Índice de refracción y grados Brix. Rotación óptica. Determinación de los puntos de congelación y punto de ebullición. Aplicaciones.

14. Potenciometría. Fundamento. Electrodos. Aplicaciones.

15. Espectrofotometría de ultravioleta visible. Fluorescencia. Fundamentos teóricos. Aplicaciones.

16. Técnicas microscópicas. Fundamento. Lentes y microscopios. Tipos. Aplicaciones.

17. Reacción en cadena de la polimerasa: concepto y tipos. Aplicaciones al campo agroalimentario.

18. Electroforesis. Fundamentos. Tipos. Equipos. Aplicaciones.

19. Técnicas inmunoenzimáticas. Fundamentos. Tipos. Equipos. Aplicaciones.

20. Espectrofotometría de absorción atómica. ICP. Tipos. Aplicaciones

21. Cromatografía de gases. Fundamento teórico. Instrumentación. Acoplamientos. Aplicaciones.

22. Cromatografía de líquidos. Fundamento teórico. Instrumentación. Acoplamientos. Aplicaciones.

23. Composición de alimentos. Sustancias nitrogenadas. Propiedades generales. Aspectos estructurales. Métodos de análisis.

24. Composición de alimentos. Sustancias lipídicas. Propiedades generales. Métodos de análisis.

25. Composición de alimentos. Carbohidratos. Micronutrientes. Propiedades generales. Métodos de análisis.

26. Vitaminas. Clasificación. Función. Métodos de análisis aplicados a su determinación.

27. Aditivos alimentarios. Definición. Clasificación. Listas positivas. Criterios de pureza. Normativa aplicable. Métodos de análisis.

28. Microbiología aplicada al análisis de productos agroalimentarios. Aplicaciones.

29. Carne y productos cárnicos. Composición. Normas de calidad. Determinaciones analíticas. Detección de adulteraciones.

30. Leche y productos lácteos. Composición. Normas de calidad. Determinaciones analíticas. Detección de adulteraciones.

31. Vinos. Composición. Clasificación. Determinaciones analíticas. Detección de adulteraciones.

32. Otras bebidas alcohólicas. Composición. Clasificación. Determinaciones analíticas. Detección de adulteraciones.

33. Aceites. Clasificación. Composición. Criterios de calidad. Análisis sensorial. Paneles de cata.

34. Aceites. Criterios de pureza. Adulteraciones en aceite de oliva.

35. Zumos de frutas. Composición. Criterios de calidad. Otras bebidas analcohólicas. Determinaciones analíticas. Detección de adulteraciones.

36. Conservas vegetales y de pescado. Normas técnicas generales. Normas específicas. Determinaciones analíticas.

37. Alimentos estimulantes: café, té, cacao. Composición. Normas de calidad. Determinaciones analíticas. Detección de adulteraciones.

38. Edulcorantes naturales: miel. Criterios de calidad. Clasificación. Determinaciones analíticas. Detección de adulteraciones. Azúcares: tipos. Determinaciones analíticas.

39. Cereales y harinas. Composición. Determinaciones analíticas.

40. Piensos y sus materias primas. Composición. Determinaciones analíticas.

41. Productos fertilizantes. Composición. Clasificación. Determinaciones analíticas.

42. Productos fitosanitarios. Mecanismo de acción. Criterios de calidad. Determinaciones analíticas.

43. Residuos de pesticidas. Límite máximo de residuos. Seguimiento y control. Métodos aplicados para su determinación.

44. Contaminantes. Clasificación. Marco legal. Métodos aplicados a su determinación.

45. Identificación de especies animales en productos agroalimentarios. Identificación de especies vegetales en productos agroalimentarios. Métodos analíticos.

46. Alérgenos. Legislación. Métodos aplicados a su determinación en alimentos.

47. Organismos modificados genéticamente. Marco legal. Técnicas analíticas para su detección y cuantificación.

Especialidad laboratorios de sanidad y genética animal

1. La Norma UNE_EN ISO/IEC 17025. Principios fundamentales. Requisitos generales relativos a la competencia de los laboratorios de ensayo. La Entidad Nacional de Acreditación (ENAC).

2. Laboratorios Comunitarios y Nacionales de Referencia en el ámbito de la sanidad animal. Funciones.

3. Sistemas de gestión medio ambiental. Norma UNE-EN ISO 14001:2004. Principios fundamentales aplicables en el laboratorio.

4. Prevención de riesgos laborales en un laboratorio de análisis. Prevención de accidentes. Medidas a adoptar. Símbolos de peligro.

5. Residuos generados en un laboratorio. Clasificación. Gestión. Impacto medioambiental.

6. Muestreo. Técnicas de muestreo. Remisión de muestras al laboratorio. Manipulación de muestras.

7. Estadística. Parámetros estadísticos. Medidas de tendencia central y dispersión. Veracidad y precisión. Regresión lineal y correlación. Intervalos de confianza. Análisis de tendencias.

8. Validación de un ensayo. Criterios fundamentales de validación. Definición. Etapas.

9. Auditorías. Tipos de auditorías: internas y externas. Desviaciones, clasificaciones y tratamiento. Trabajos no conformes.

10. Evaluación de los ensayos. Ensayos de intercomparación. Tipos. Tratamiento estadístico. Materiales de referencia.

11. Procedimientos Normalizados de trabajo. Elaboración. Manual de calidad.

12. Sustancias nitrogenadas. Aminoácidos. Proteínas. Otras sustancias nitrogenadas. Métodos de análisis.

13. Ácidos nucleicos. Composición. Estructura del ADN y del ARN. Funciones. Métodos de extracción.

14. Carbohidratos. Elementos minerales. Clasificación. Métodos de análisis.

15. Sustancias lipídicas. Clasificación. Estudio de componentes glicéridos y no glicéridos. Métodos de análisis.

16. Esterilización de material utilizado en análisis biológicos. Esterilización de salas de trabajo. Sistemas de esterilización.

17. Microscopía. Fundamento. Tipos de microscopios.

18. Bacteriología. Medios de cultivo. Tipos de siembra. Incubación. Métodos de tinción. Pruebas de identificación de bacterias.

19. Electroforesis. Fundamentos. Tipos y aplicaciones.

20. Técnicas analíticas instrumentales. Espectrofotometría ultravioleta/visible. Ley de Lambert-Beer. Fundamentos teóricos y aplicaciones.

21. Técnicas inmunoenzimáticas. Fundamentos. Tipos. Equipos. Aplicaciones.

22. PCR. Conceptos generales. Tipos. Aplicaciones.

23. Organismos modificados genéticamente. Marco legal. Técnicas analíticas para su detección y cuantificación.

24. Cría y manejo de animales de experimentación. Bienestar animal. Animalarios.

25. Técnicas inmunológicas aplicadas al diagnóstico de enfermedades infecciosas en sanidad animal.

26. Control de reactivos y kits de diagnóstico en sanidad animal. Registro de kits. Marco legal.

27. Aplicación de la biotecnología en alimentación y sanidad animal.

28. Biocontención y bioseguridad en un laboratorio de diagnóstico de enfermedades infecciosas. Requerimientos para trabajar con agentes infecciosos. Clasificación de microorganismos atendiendo a sus riesgos.

29. Animales de experimentación. Marco legal. Uso en el laboratorio.

30. Cultivo de células animales. Cultivos primarios. Líneas celulares estables.

31. Técnicas histopatológicas aplicadas al diagnóstico de enfermedades infecciosas animales. Inmunohistoquímica. Hibridación in situ.

32. Anticuerpos policlonales y monoclonales. Obtención. Su uso en diagnóstico en sanidad animal.

33. Vacunas de uso en sanidad animal. Tipos. Controles de calidad.

34. Ley de Sanidad Animal. Programas sanitarios. Estructura del diagnóstico en sanidad animal en España.

35. Fundamentos de epidemiología veterinaria. Epidemiología molecular aplicada a sanidad animal.

36. Encefalopatías Espongiformes transmisibles. Programas de control y erradicación. Técnicas analíticas para su detección.

37. Zoonosis bacterianas objeto de control en la Unión Europea. Legislación. Diagnóstico de laboratorio.

38. Resistencias antimicrobianas en agentes zoonóticos y bacterias indicadoras. Métodos de determinación.

39. Zoonosis víricas objeto de control en la Unión Europea. Legislación. Diagnóstico de laboratorio.

40. Zoonosis parasitarias objeto de control en la Unión Europea. Legislación. Diagnóstico de laboratorio.

41. Principales enfermedades animales no zoonóticas objeto de vigilancia epidemiológica oficial. Legislación. Diagnostico de laboratorio.

42. Ictiopatología. Diagnóstico de laboratorio.

43. Enfermedades de las abejas. Diagnóstico laboratorial de los principales agentes patógenos.

44. PCR en tiempo real. Fundamento. Tipos. Aplicaciones.

45. Métodos de análisis de genomas. Secuenciación. Tipos y aplicaciones.

46. Marcadores genéticos moleculares: microsatélites, SNPs y otros. Identificación individual y control de paternidad.

47. Conservación de recursos zoogenéticos. Programas de mejora genética animal. Estructura de un programa de mejora. Marco legal.

ANEXO III
Tribunal calificador

Tribunal titular

Presidenta: Magdalena Izquierdo Julvé, E. Técnicos Facultativos Superiores de OOAA del MAPA.

Secretario: Ignacio García Lombardero, E. Técnica de Gestión de Organismos Autónomos.

Vocales:

Fernando García Sandino, E. Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de OOAA del MAPA.

M. Azucena Sánchez Sánchez, E. Técnicos Facultativos Superiores de OOAA del MAPA.

Miriam Albuerne González, C. de Gestión de la Administración del Civil del Estado.

Tribunal suplente

Presidente: Manuel Domingo Duran Ferrer, C. Nacional Veterinario.

Secretaria: Montserrat Agüero García, E. Científicos Titulares de Organismos Públicos de Investigación.

Vocales:

Ana María Ruano Ramos, E. Técnicos Especializados de Organismos Públicos de Investigación.

Enrique Anadon Navarro, C. Nacional Veterinario.

Manuel Carlón Hurtado, E. de Gestión de Empleo del INEM.

El tribunal podrá disponer la incorporación de asesores especialistas para las pruebas de idiomas.

ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro correspondiente a «Centro Gestor» se consignará «Subsecretaría».

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación», Código 5014.

En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se consignará «Laboratorios Agroalimentarios» o Laboratorios de Sanidad y Genética Animal».

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «P».

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente», código 47851.

En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».

En el recuadro 21, «Grado de Discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará el titulo exacto que se posee, en virtud de lo señalado en la base 4.

En el recuadro 25, apartado A, aquellos aspirantes que deseen participar en el ejercicio voluntario de idioma consignarán «inglés».

En el recuadro 25, apartado B, se consignará «F», si es personal funcionario, y «L», si es personal laboral.

El importe de la tasa por derechos de examen será, con carácter general, de 11,21 € y para las familias numerosas de categoría general de 5,61 €.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0182-2370-49-0200203962 (código Iban: ES06, código Bic: BBVAESMMXXX) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, Subdirección General de Recursos Humanos, Plaza San Juan de la Cruz s/n, 28071 Madrid.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico.

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