Contido non dispoñible en galego
A efectos de lo previsto en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, en la redacción dada por el artículo 33.tres de la Ley 11/2013, de 26 de julio, y en cumplimiento de la obligación de publicar semestralmente en el «Boletín Oficial del Estado» el tipo legal de interés de demora, esta Secretaría General del Tesoro y Política Financiera hace público:
1. En la última operación principal de financiación del Banco Central Europeo en el primer semestre de 2015, efectuada mediante subasta a tipo fijo que ha tenido lugar el día 23 de junio, el tipo de interés aplicado ha sido el 0,05 por 100.
2. En consecuencia, a efectos de lo previsto en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, en la redacción dada por el artículo 33.tres de la Ley 11/2013, el tipo legal de interés de demora a aplicar durante el segundo semestre natural de 2015 es el 8,05 por 100.
Madrid, 29 de junio de 2015.–La Secretaria General del Tesoro y Política Financiera, por sustitución (Real Decreto 345/2012, de 10 de febrero), el Director General del Tesoro, José María Fernández Rodríguez.
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