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Documento BOE-A-2015-7987

Acuerdo GOV/82/2015, de 2 de junio, por el que se declaran bien cultural de interés nacional dos dineros carolingios.

Publicado en:
«BOE» núm. 169, de 16 de julio de 2015, páginas 59141 a 59142 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2015-7987

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución CLT/1839/2014, de 18 de julio (DOGC núm. 6678, de 4 de agosto), se incoó expediente de declaración de bien cultural de interés nacional a favor de dos dineros carolingios.

Se han cumplido todos los trámites preceptivos en la instrucción de este expediente de acuerdo con lo que establecen los artículos 8 y siguientes de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán.

En el expediente constan los informes favorables del Consejo Asesor del Patrimonio Cultural Catalán y del Institut d’Estudis Catalans.

Durante la tramitación del expediente no se han presentado alegaciones.

Por todo esto, a propuesta del consejero de Cultura, el Gobierno

ACUERDA:

1. Declarar bien cultural de interés nacional, según la descripción y justificación que constan en el anexo de este Acuerdo, los siguientes bienes muebles:

Dos dineros carolingios.

2. Publicar íntegramente en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» y en el «Boletín Oficial del Estado» este Acuerdo, de conformidad con lo que prevé el artículo 12 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, y notificarlo a las personas interesadas.

Contra este Acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno de la Generalidad de Cataluña en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses, a contar, en los dos casos, desde la publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» o desde la correspondiente notificación.

Barcelona, 2 de junio de 2015.–El Secretario del Gobierno, Jordi Baiget i Cantons.

ANEXO
Descripción y justificación

Objeto: Dinero (Cru.V.S.1.1.) (Balaguer 4.2) (Cru.C.G. 1800a).

Descripción: dinero a nombre de Carlomagno.

Material: plata.

Procedencia: Barcelona.

Datación: encuñado después de 801.

Objeto: Dinero (Cru.V.S.2.) (Balaguer 4.2) (Cru.C.G. 1802).

Descripción: dinero a nombre de Carlomagno.

Material: plata.

Procedencia: Girona.

Datación: encuñado después de 793-794.

Se trata de dos dineros de plata a nombre de Carlomagno (768-814), encuñados en Barcelona y Girona. Por lo tanto, son las primeras monedas fabricadas en Cataluña, que marcan el inicio de la moneda de nuestro país y son testimonio de la soberanía carolingia en la denominada Marca Hispánica.

De estas emisiones se fabricaron muy pocos ejemplares, por lo que actualmente se conservan poquísimas piezas, ninguna de ellas en colecciones públicas ni de Cataluña ni del resto del Estado español.

En el anverso del dinero de Barcelona se lee «CARLVS REX FR.»; en el reverso figura el monograma de Carolus y la leyenda «BARCIKONA». Según el Corpus d’A. M. Balaguer (Historia de la moneda de los Condados Catalanes, Barcelona, 1999, p. 358), del dinero de Barcelona sólo se conocen tres ejemplares: dos en colecciones privadas de las que no se conoce la identidad del propietario, y el tercero es este. A finales del siglo XIX, este ejemplar pertenecía a la colección Vidal-Quadras, que parece que fue vendida en Francia.

En lo referente al dinero de Girona, en el anverso hay una cruz y se lee «CARLVS REX FR.», y en el reverso figura el monograma de Carolus y la leyenda «GERVNDA». Se conoce un ejemplar del mismo en la Bibliothèque Nationale de Francia (París) y uno en el Museo del Hermitage (San Petersburgo). El tercero conocido es este. Es similar al publicado en el Corpus de Balaguer como tipo 3-3, procedente de la antigua colección Vidal-Quadras, pero el dibujo presenta algunas diferencias notables.

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