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Visto el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, en cuya disposición adicional cuarta se regula el establecimiento de un régimen retributivo específico para un máximo de 120 MW aplicable a instalaciones o modificaciones de instalaciones de tecnologías diferentes a la eólica, solar termoeléctrica y fotovoltaica al amparo de la disposición adicional decimocuarta de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
Vista la Orden IET/1045/2014, de 16 de junio, por la que se aprueban los parámetros retributivos de las instalaciones tipo aplicables a determinadas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos, en cuyas disposiciones adicionales tercera y cuarta se establecen el plazo y modo de presentación, la documentación a presentar y demás requisitos de las solicitudes de inscripción en el registro de régimen retributivo específico en estado de Preasignación de las instalaciones definidas en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio.
Vista la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Vistos el contenido y la documentación adjunta de las solicitudes presentadas en tiempo y forma, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional tercera de la Orden IET/1045/2014, de 16 de junio, así como, en su caso, la documentación subsanatoria remitida por los interesados en el plazo establecido.
Considerando que se han cumplido los plazos legales otorgados a los interesados para la subsanación de sus solicitudes.
Considerando el cupo de potencia de 120 MW recogido en el apartado 1 de la disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, para el establecimiento de un régimen retributivo específico para aquellas instalaciones que no habiendo sido inscritas en el registro de preasignación de retribución ni en la sección primera del registro de instalaciones de producción de energía eléctrica, se encuentren en una de las siguientes situaciones:
a) Que hubieran presentado solicitud de inscripción en el registro de preasignación de retribución, al amparo de lo previsto en el artículo 4 del Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril, por el que se adoptan determinadas medidas en el sector energético y se aprueba el bono social, que dicha solicitud hubiera tenido entrada en el registro administrativo del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, y que cumplieran los requisitos del artículo 4.3 del Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril, todo ello antes de la fecha de entrada en vigor del Real Decreto-ley 1/2012, de 27 de enero.
b) Que dispongan de acta de puesta en servicio, con carácter definitivo, para la totalidad de la potencia para la que se solicita la inscripción en el registro de régimen retributivo en estado de preasignación en los treinta días naturales posteriores al de la entrada en vigor de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
Considerando la priorización de las solicitudes establecida en el apartado 6 de la disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, de acuerdo con los siguientes criterios:
1.º El cumplimiento del apartado 1.a) de la disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio.
2.º El cumplimiento del apartado 1.a), salvo los requisitos del artículo 4.3 del Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril, y el cumplimiento del apartado 1.b) de la disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio.
3.º El cumplimiento del apartado 1.b) de la disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio.
Considerando que como resultado de la aplicación de los criterios de priorización, en caso de igualdad de varias solicitudes que supusiese la superación del cupo previsto, se establecerá dentro de cada uno de dichos criterios una priorización según la fecha de autorización administrativa, en el caso del criterio de priorización 1.º, y de la fecha de autorización de explotación definitiva para el criterio de priorización 2.º y 3.º, según dispone el apartado 6 de la disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio.
Considerando que según establece el apartado 6 de la disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, la cobertura del cupo de potencia de 120 MW se hará por defecto, es decir, la primera solicitud que no sea estimada será aquella, para la cual, su consideración supondría la superación del cupo previsto.
Esta Dirección General, en virtud de las atribuciones que le confiere la legislación vigente, resuelve:
1. Inscribir, en el registro de régimen retributivo específico en estado de preasignación regulado en el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, las instalaciones o proyectos de instalaciones que figuran en el anexo I de la presente resolución.
2. Declarar no inscritas, en el registro de régimen retributivo específico en estado de preasignación regulado en el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, a las instalaciones o proyectos de instalaciones que figuran en el anexo II de la presente resolución.
3. Declarar inadmitidas las solicitudes de inscripción en el registro de régimen retributivo específico en estado de preasignación tramitadas al amparo de lo establecido en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, de las instalaciones o proyectos de instalaciones que figuran en el anexo III de la presente resolución.
Conforme a lo previsto en el apartado 7 de la disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, está resolución será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Energía, en el plazo de un mes desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.
De acuerdo con lo previsto en la disposición adicional cuarta de la Orden IET/1045/2014, de 16 de junio, dicho recurso deberá presentarse exclusivamente por vía electrónica, con certificado electrónico, a través de la aplicación accesible desde www.minetur.gob.es, en la sede electrónica del ministerio, dentro del apartado procedimientos y servicios electrónicos, opción todos los tipos de procedimiento, opción recursos y reclamaciones, o directamente a través del siguiente enlace:
https://sede.minetur.gob.es/es-S/procedimientoselectronicos/Paginas/Administrativos.aspx?ShowResults=True&SortExpression=Titulo&SortDirection=Ascending&Page=0&Source=listadoProcedimientos.aspx&CommandName=Search&Titulo=recurso
Deberá citarse el número de expediente en las comunicaciones o recursos relativos a esta resolución.
Madrid, 15 de julio de 2015.–La Directora General de Política Energética y Minas, María Teresa Baquedano Martín.
Criterio de priorización (1) |
Titular de la instalación |
Nombre de la instalación |
Potencia inscrita (kW) |
Subgrupo de tecnología |
Instalación tipo asociada (2) |
Autorización de explotación definitiva |
Número de identificación de la solicitud |
---|---|---|---|---|---|---|---|
1.º |
EMAYA, S.A. |
CENTRAL ELECTRICA BIOGAS EDAR PALMA 1. |
2.130,00 |
b.7.2 |
IT-00936 |
13/12/2011 |
PER-000085-2014-E |
1.º |
JULIA GARCIA HENAREJOS. |
COGENERACIÓN LA PACHECA. |
500,00 |
a.1.1 |
IT-01472 |
19/12/2011 |
PER-000039-2014-E |
1.º |
BERIOSKA, S.L. |
COGENERACION BERIOSKA. |
1.000,00 |
a.1.1 |
IT-01475 |
22/02/2012 |
PER-000045-2014-E |
1.º |
SEAT, S.A. |
CG SEAT (FASE N.º 2). |
1.030,00 |
a.1.1 |
IT-01496 |
28/02/2012 |
PER-000032-2014-E |
1.º |
INDUSTRIAS ROKO, S.A. |
MODIF. INST. COGENERACION POR AUMENTO DE POTENCIA RIPRE-23. |
282,00 |
a.1.1 |
IT-01508 |
06/03/2012 |
PER-000060-2014-E |
1.º |
HIJOS DE FEDERICO LIS, S.A. |
HIJOS DE FEDERICO LIS S.A. |
1.000,00 |
a.1.1 |
IT-01475 |
27/04/2012 |
PER-000006-2014-E |
1.º |
FERROVIAL SERVICIOS, S.A. |
COGENERACIÓN POLIDEPORTIVO TXURDINAGA. |
500,00 |
a.1.1 |
IT-01472 |
05/07/2012 |
PER-000040-2014-E |
1.º |
FERROVIAL SERVICIOS, S.A. |
COGENERACIÓN POLIDEPORTIVO SAN IGNACIO. |
500,00 |
a.1.1 |
IT-01472 |
05/07/2012 |
PER-000041-2014-E |
1.º |
AYUNTAMIENTO DE PEÑAFIEL. |
MICROCOGENERACIÓN PEÑAFIEL. |
50,00 |
a.1.1 |
IT-01472 |
03/04/2013 |
PER-000112-2014-E |
1.º |
COGENERADORA BURGALESA, S.L. |
CAMPOFRÍO. |
2.838,00 |
a.1.1 |
IT-01511 |
19/12/2013 |
PER-000089-2014-E |
1.º |
DIEL SILEX BIOMASA, S.L. |
CENTRAL TERMOELECTRICA DE BIOMASA DE PIEDRABUENA. |
15.000,00 |
b.6 |
IT-00848 |
… |
PER-000072-2014-E |
1.º |
GESTAMP BIOMASA 6, S.L. |
CENTRAL TERMOELÉCTRICA DE BIOMASA DE TORREDONJIMENO. |
15.000,00 |
b.6 |
IT-00848 |
… |
PER-000074-2014-E |
1.º |
ENERGIAS MARGUA, S.A. |
ENERGIAS MARGUA ICMA. |
500,00 |
a.1.1 |
IT-01473 |
… |
PER-000079-2014-E |
1.º |
ENERGIAS MARGUA, S.A. |
ENERGIAS MAGUA CENTRO. |
500,00 |
a.1.1 |
IT-01473 |
… |
PER-000080-2014-E |
1.º |
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL GUADALQUIVIR. |
CENTRAL HIDROELÉCTRICA EL PORTILLO. |
2.800,00 |
b.4.2 |
IT-00771 |
… |
PER-000084-2014-E |
1.º |
COGENERACION EFICIENCIA ENERGETICA, S.L. |
COGENERACION CENTRO FITNESS ILLES MARRATXI. |
500,00 |
a.1.1 |
IT-01474 |
… |
PER-000103-2014-E |
1.º |
ALGABAEN, S.L. |
CG BM ALGABAEN. |
99,00 |
b.6 |
IT-00848 |
… |
PER-000132-2014-E |
2.º |
E-COGENERACION CABANILLAS, S.L. |
PLANTA DE BIOGÁS E-COGENERACION CABANILLAS. |
349,00 |
b.7.2 |
IT-00914 |
29/02/2012 |
PER-000117-2014-E |
2.º |
EGICAM PLAN JOVEN, S.L. |
INSTALACION MICROCOGENERACIÓN 240 VIVIENDAS GETAFE PARC. B-10. |
30,00 |
a.1.1 |
IT-01472 |
09/07/2012 |
PER-000009-2014-E |
2.º |
EGICAM PLAN JOVEN, S.L. |
268 VIV MOSTOLES PAU-4. |
99,00 |
a.1.1 |
IT-01472 |
11/09/2012 |
PER-000008-2014-E |
3.º |
FINANCIERA MADERERA, S.A. |
FINSA PADRÓN. |
3.740,00 |
a.1.1 |
IT-01511 |
28/07/2011 |
PER-000099-2014-E |
3.º |
HC-NATURGAS EMPRESA DE SERVICIOS ENERGETICOS, S.L. |
MICRO_BENITO_OTERO_175. |
5,50 |
a.1.1 |
IT-01472 |
13/10/2011 |
PER-000050-2014-E |
3.º |
INDUSTRIAS DEL CURTIDO, S.A. |
INCUSA II. |
995,00 |
a.1.1 |
IT-01475 |
17/01/2012 |
PER-000010-2014-E |
3.º |
SAT NUM 7995 LOS RITAS DE PILAR DE LAHORADADA. |
COGENERACION LOS RITAS. |
500,00 |
a.1.1 |
IT-01472 |
09/03/2012 |
PER-000024-2014-E |
3.º |
VISCOFAN, S.A. |
VISCOFAN. |
2.146,00 |
a.1.1 |
IT-01514 |
16/03/2012 |
PER-000086-2014-E |
3.º |
TORRE SANTAMARIA SCOOPCL. |
BG TORRE SANTAMARIA. |
220,00 |
b.7.2 |
IT-00914 |
13/04/2012 |
PER-000019-2014-E |
3.º |
NESTLE ESPAÑA, S.A. |
NESTLE (FASE N.º 3). |
1.396,00 |
a.1.1 |
IT-01493 |
23/04/2012 |
PER-000030-2014-E |
3.º |
SOLVIDA SANXENXO S.L. |
SOLVIDA SANXENXO S.L. |
100,00 |
a.1.1 |
IT-01505 |
23/05/2012 |
PER-000027-2014-E |
3.º |
HC-NATURGAS EMPRESA DE SERVICIOS ENERGETICOS, S.L. |
MICROGRANDIELLA_25. |
5,50 |
a.1.1 |
IT-01472 |
24/05/2012 |
PER-000058-2014-E |
3.º |
VENTA DE ENERGÍA VERDE NAVA, S.L. |
NAVA 1. |
100,00 |
b.6 |
IT-00846 |
28/05/2012 |
PER-000115-2014-E |
3.º |
TEJIDOS ROYO, S.L. |
TEJIDOS ROYO I. |
1.000,00 |
a.1.1 |
IT-01475 |
04/06/2012 |
PER-000052-2014-E |
3.º |
UNILEVER FOODS INDUSTRIAL ESPAÑA S. L. |
UNILEVER FOODS INDUSTRIAL, S.L.U. |
2.677,00 |
a.1.1 |
IT-01478 |
06/07/2012 |
PER-000092-2014-E |
3.º |
PEROXYCHEM SPAIN, S.L. |
CENTRAL DE COGENERACIÓN DE LA ZAIDA. |
5.330,00 |
a.1.1 |
IT-01493 |
22/08/2012 |
PER-000033-2014-E |
3.º |
J.G.C. COGENERACION DAIMIEL, S.L. |
PLANTA DE COGENERACIÓN JGC COGENERACIÓN DAIMIEL SL. |
8.350,00 |
a.1.1 |
IT-01478 |
23/08/2012 |
PER-000023-2014-E |
3.º |
ENERGYWORKS ARANDA, S.L. |
MICHELIN ARANDA FASE N.º 2. |
945,00 |
a.1.1 |
IT-01460 |
24/09/2012 |
PER-000073-2014-E |
3.º |
MARMOLES GRANITOS Y PIEDRA NATURAL HERMANOS SALAZAR, S.L. |
EL MOLINO. |
400,00 |
b.4.2 |
IT-00744 |
02/10/2012 |
PER-000119-2014-E |
3.º |
FONT SALEM, S.L. |
CENTRAL DE PRODUCCION ELECTRICA CON MOTOR GENERADOR BIOGAS EN FONT SALEM. |
500,00 |
b.7.2 |
IT-00914 |
11/10/2012 |
PER-000118-2014-E |
3.º |
PEQUECHIN, S.L. |
PLANTA DE BIOMETANIZACION DE 350 KW. |
350,00 |
b.7.2 |
IT-00914 |
25/10/2012 |
PER-000046-2014-E |
3.º |
ESTEBAN ESPUÑA, S.A. |
CG ESPUÑA. |
196,00 |
a.1.1 |
IT-01505 |
31/10/2012 |
PER-000037-2014-E |
3.º |
FARMHISPANIA, S.A. |
COGENERACION FARMHISPANIA. |
3.350,00 |
a.1.1 |
IT-01478 |
09/11/2012 |
PER-000026-2014-E |
3.º |
INVERSIONES GANADERAS PORCINAS, S.L. |
PLANTA DE BIOMETANIZACIÓN DE 350 KW. |
350,00 |
b.7.2 |
IT-00914 |
15/11/2012 |
PER-000070-2014-E |
3.º |
BECTON DICKINSON, S.A. |
COGENERACION BECTON DICKINSON FRAGA. |
999,00 |
a.1.1 |
IT-01475 |
26/11/2012 |
PER-000100-2014-E |
3.º |
HC-NATURGAS EMPRESA DE SERVICIOS ENERGETICOS, S.L. |
MICRO_MAESE_ALONSO_400. |
5,50 |
a.1.1 |
IT-01472 |
05/12/2012 |
PER-000057-2014-E |
3.º |
COGENERACIO BEGUDA, S.A.U. |
CG NOEL (PLANTA II). |
4.995,00 |
a.1.1 |
IT-01478 |
11/12/2012 |
PER-000034-2014-E |
3.º |
CAILA & PARES, S.A. |
CAYPA. |
2.498,00 |
a.1.1 |
IT-01493 |
13/12/2012 |
PER-000028-2014-E |
3.º |
S.A. LLENSA. |
S.A. LLENSA. |
714,00 |
a.1.1 |
IT-01505 |
13/12/2012 |
PER-000059-2014-E |
3.º |
HC-NATURGAS EMPRESA DE SERVICIOS ENERGETICOS, S.L. |
MICROVALPARAISO_15. |
5,50 |
a.1.1 |
IT-01472 |
19/12/2012 |
PER-000051-2014-E |
3.º |
HIDROPALANCAR, S.L. |
PALANCAR-PONT DE BAR. |
4.945,00 |
b.4.1 |
IT-00718 |
28/12/2012 |
PER-000125-2014-E |
3.º |
CESPA SERVICIOS URBANOS DE MURCIA, S.A.U. |
COGENERACION CESPA. |
1.413,00 |
b.7.1 |
IT-00892 |
08/01/2013 |
PER-000146-2014-E |
3.º |
BONNYSA AGROALIMENTARIA, S.A. |
PLANTA COGENERACION MELENCHONES NORTE. |
4.044,00 |
a.1.1 |
IT-01478 |
10/01/2013 |
PER-000003-2014-E |
3.º |
EMPRESA MUNICIPAL DE AGUAS Y SANEAMIENTO DE MURCIA, S.A. |
CENTRAL MINIHIDRÁULICA EL QUIEBRE. |
56,00 |
b.4.2 |
IT-00744 |
10/01/2013 |
PER-000093-2014-E |
3.º |
RIBPELLET SOCIEDAD LIMITADA. |
COGENERACIÓN RIBPELLET. |
1.255,00 |
b.6 |
IT-00846 |
18/01/2013 |
PER-000078-2014-E |
3.º |
HC-NATURGAS EMPRESA DE SERVICIOS ENERGETICOS, S.L. |
MICROGRANDIELLA_6. |
5,50 |
a.1.1 |
IT-01472 |
04/02/2013 |
PER-000049-2014-E |
3.º |
HC-NATURGAS EMPRESA DE SERVICIOS ENERGETICOS, S.L. |
MICRO_MAESE_ALONSO_110. |
5,50 |
a.1.1 |
IT-01472 |
04/02/2013 |
PER-000056-2014-E |
3.º |
ELÈCTRIQUES TANQUEL, S.L. |
CH BARBENS. |
100,00 |
b.4.2 |
IT-00744 |
13/02/2013 |
PER-000114-2014-E |
3.º |
SYRAL IBERIA, S.A. |
AMYLUM IBERICA. |
13.600,00 |
a.1.1 |
IT-01496 |
01/03/2013 |
PER-000069-2014-E |
3.º |
HERMANOS DIAZ REDONDO, S.A. |
COGENERACION HERMANOS DIAZ REDONDO. |
999,00 |
a.1.1 |
IT-01505 |
01/03/2013 |
PER-000083-2014-E |
3.º |
FOMENTO DE CONSTRUCCIONES Y CONTRATAS, S.A. |
CENTRAL DE COGENERACIÓN COMPLEJO MEDIOAMBIENTAL DEL BARBANZA. |
130,00 |
b.7.1 |
IT-00892 |
07/03/2013 |
PER-000105-2014-E |
3.º |
BONNY, S.A. |
PLANTA COGENERACION PLA DE BENET. |
6.066,00 |
a.1.1 |
IT-01478 |
12/03/2013 |
PER-000002-2014-E |
(1) De acuerdo con lo establecido en el apartado 6 de la disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio.
(2) Los códigos de instalación tipo asociada tienen carácter provisional hasta el paso de la instalación al registro de régimen retributivo específico en estado de explotación.
Conforme a lo dispuesto en el apartado 8 de la disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, las instalaciones previstas en el apartado 1.a) de dicha disposición dispondrán de un plazo de treinta y seis meses desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente resolución de inscripción en el registro de régimen retributivo específico en estado de preasignación, para el cumplimiento de los requisitos para la inscripción en el registro de régimen retributivo en estado de explotación regulados en el artículo 46 del mencionado real decreto.
De acuerdo con la priorización establecida en el apartado 6 de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, la autorización de explotación definitiva de la última solicitud que entra dentro del cupo previsto tiene fecha 12 de marzo de 2013.
Las solicitudes contenidas en el presente anexo no han resultado inscritas en el Registro de régimen retributivo específico que regula el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, conforme a la citada priorización, por los siguientes motivos:
– No entran dentro de los criterios de priorización 1.º y 2.º, al no haber presentado solicitud de inscripción en el Registro de preasignación de retribución al amparo de lo previsto en el artículo 4 del Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril, con fecha de entrada en el Registro del Ministerio de Industria, Energía y Turismo anterior a la de entrada en vigor del Real Decreto-ley 1/2012, de 27 de enero, según lo establecido en el apartado 1.a) de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio.
– Entran dentro del criterio de priorización 3.º, pero disponen de autorización de explotación definitiva, o en su caso de Certificado de Baja Tensión diligenciado, de fecha posterior a la de la última solicitud que entra dentro del cupo previsto.
Número de identificación de la solicitud |
Titular de la instalación |
Nombre de la instalación |
Potencia solicitada (kW) |
Autorización de explotación definitiva |
---|---|---|---|---|
PER-000144-2014-E |
COGENERACIO BEGUDA, S.A.U. |
CG NOEL (PLANTA I). |
4.040,00 |
13/03/2013 |
PER-000053-2014-E |
BAYER MATERIALSCIENCE, S.L. |
BAYER MATERIALSCIENCE, S.L. |
933,00 |
27/03/2013 |
PER-000090-2014-E |
ROBLEGAL EXPLOTACIONES AGROPECUARIAS, S.L. |
COGENERACIÓN 500 KW DE ROBLEGAL EXPLOTACIONES AGROPECUARIAS S.L. |
500,00 |
05/04/2013 |
PER-000036-2014-E |
COMUNIDAD GENERAL DE REGANTES DEL CANAL IMPERIAL DE ARAGON. |
CENTRAL HIDROELECTRICA DEL JALON. |
550,00 |
11/04/2013 |
PER-000044-2014-E |
ROQUETTE LAISA ESPAÑA, S.A. |
ROQUETTE LAISA ESPAÑA, S.A. (FASE N.º 2). |
4.320,00 |
03/05/2013 |
PER-000071-2014-E |
GRANJA DE VES, S.L. |
PLANTA DE COGENERACIÓN DE 250 KW. |
250,00 |
13/05/2013 |
PER-000081-2014-E |
MONDELEZ ESPAÑA PRODUCTION, S.L. |
COGENERACIÓN KRAFT FODDS. |
2.000,00 |
29/05/2013 |
PER-000004-2014-E |
BONNYSA AGROALIMENTARIA, S.A. |
PLANTA COGENERACION PANTANET. |
5.044,00 |
19/06/2013 |
PER-000091-2014-E |
CANAL DE NAVARRA, S.A. |
GRUPO I DE LA CH TOMA. |
10.000,00 |
05/07/2013 |
PER-000022-2014-E |
POLIPROPILENO DE GALICIA, S. A.U. |
COGENERACION POLIGAL. |
1.000,00 |
21/08/2013 |
PER-000054-2014-E |
IKEA IBERICA, S.A. |
COGENERACIÓN EN TIENDA IKEA DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA (VALLADOLID). |
500,00 |
07/10/2013 |
PER-000064-2014-E |
CARTONAJES IZQUIERDO, S.A. |
COGENERACIÓN CARTONAJES IZQUIERDO. |
1.000,00 |
09/10/2013 |
PER-000143-2014-E |
CERÁMICA RIOBOO, S.L. |
CERÁMICA RIOBOO, S.L. |
500,00 |
18/10/2013 |
PER-000017-2014-E |
GAS NATURAL FENOSA RENOVABLES, S.L.U. |
CENTRAL HIDRAULICA BELESAR II. |
20.780,00 |
24/10/2013 |
PER-000018-2014-E |
GAS NATURAL FENOSA RENOVABLES, S.L.U. |
CENTRAL HIDRAULICA PEARES II. |
18.150,00 |
24/10/2013 |
PER-000067-2014-E |
CERAMICA MILLAS HIJOS, S.A. |
CERAMICA MILLAS E HIJOS. |
5.190,00 |
20/12/2013 |
PER-000082-2014-E |
LINGEGAS BV. |
LINGEGAS BV. |
3.120,00 |
20/12/2013 |
PER-000029-2014-E |
SOLUTEX GC, S.L. |
SOLUTEX. |
1.000,00 |
26/12/2013 |
PER-000106-2014-E |
COGENERACION EFICIENCIA ENERGETICA, S.L. |
COGENERACION PONENT DE MAR. |
500,00 |
17/01/2014 |
PER-000025-2014-E |
CONSERVAS CERQUEIRA, S.A. |
COGENERACION CONSERVAS CERQUEIRA S.A. |
950,00 |
22/01/2014 |
PER-000126-2014-E |
BIOGAS FUEL CELL, S.A. |
PLANTA DE BIOGAS. BIOGAS FUEL CELL,S.A. |
248,00 |
23/01/2014 |
PER-000007-2014-E |
ELPOZO ALIMENTACION, S.A. |
COGENERACIÓN ELPOZO. |
17.200,00 |
24/01/2014 |
PER-000012-2014-E |
GENERACIÓN ELÉCTRICA PENINSULAR, S.A. |
GEGSA II. |
37.000,00 |
24/01/2014 |
PER-000013-2014-E |
GENERACIÓN ELÉCTRICA PENINSULAR, S.A. |
GEGSA I. |
37.000,00 |
24/01/2014 |
PER-000014-2014-E |
GENERACIÓN ELÉCTRICA PENINSULAR, S.A. |
GETESA. |
38.559,00 |
24/01/2014 |
PER-000095-2014-E |
CARTONAJES BERNABEU, S.A. |
CARTONAJES BERNABEU, S.A. |
1.044,00 |
24/01/2014 |
PER-000104-2014-E |
CONSORCIO DE AGUAS Y RESIDUOS DE LA RIOJA. |
COGENERACIÓN EDAR CIDACOS. |
347,00 |
24/01/2014 |
PER-000120-2014-E |
TECNOLOGIA E INGENIERIA DE SISTEMAS Y SERVICIOS AVANZADOS DE TELECOMUNICACIONES. |
WALHALLA CASTELLON. |
3.000,00 |
24/01/2014 |
PER-000075-2014-E |
JUAN Y JUAN INDUSTRIAL, S.L.U. (EN CONSTITUCION). |
PLANTA DE COGENERACION CON MOTOR ALTERNATIVO DE 1 MW EN JUAN Y JUAN INDUSTRIAL, S.L.U. |
1.000,00 |
27/01/2014 |
Número de identificación de la solicitud |
Titular de la instalación |
Nombre de la instalación |
Motivo de la inadmisión |
---|---|---|---|
PER-000011-2014-E |
SERVICIOS ENERGETICOS DE ALTA EFICIENCIA, S.A. |
GEGSA II. |
– Haber renunciado expresamente a su solicitud. |
PER-000102-2014-E |
COMPAÑIA DE EXPLOTACIONES ENERGETICAS, S.L. |
CDAMM. |
– De acuerdo con lo previsto en el artículo 71 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se da por desistida su solicitud al no responder en el plazo establecido a tal efecto al requerimiento de subsanación. |
PER-000133-2014-E |
AISLAMIENTOS DECALIDAD, S.L. |
ESPERA 24. |
– De acuerdo con lo previsto en el artículo 71 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se da por desistida su solicitud al no responder en el plazo establecido a tal efecto al requerimiento de subsanación. |
PER-000134-2014-E |
AISLAMIENTOS DECALIDAD, S.L. |
FOTOVOLTAICA TECHO ESPERA 22. |
– De acuerdo con lo previsto en el artículo 71 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se da por desistida su solicitud al no responder en el plazo establecido a tal efecto al requerimiento de subsanación. |
PER-000135-2014-E |
INGENIERIA CORCHERO, S.L. |
FOTOVOLTAICA TECHO FIJA ALGODONALES 1. |
– De acuerdo con lo previsto en el artículo 71 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se da por desistida su solicitud al no responder en el plazo establecido a tal efecto al requerimiento de subsanación. |
PER-000136-2014-E |
INGENIERIA CORCHERO, S.L. |
FOTOVOLTAICA TECHO 12 KW EL BARBUO. |
– De acuerdo con lo previsto en el artículo 71 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se da por desistida su solicitud al no responder en el plazo establecido a tal efecto al requerimiento de subsanación. |
PER-000055-2014-E |
AUTENTICA GENERACION DISTRIBUIDA DE CASTILLA Y LEON, S.L. |
COGENERACION CEDEIRA AGDS. |
– De acuerdo con lo previsto en el artículo 71 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se da por desistida su solicitud al no responder en el plazo establecido a tal efecto al requerimiento de subsanación. |
PER-000129-2014-E |
ENERGIAS LIMPIAS, S.L. |
MINICENTRAL LALUEZA. |
– De acuerdo con lo previsto en el artículo 71 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se da por desistida su solicitud al no responder en el plazo establecido a tal efecto al requerimiento de subsanación. |
PER-000123-2014-E |
DIPUTACION DE HUESCA. |
CENTRAL HIDROELÉCTRICA DE ALQUEZAR. |
– Incumplimiento de lo establecido en el artículo 11.9 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio. |
PER-000128-2014-E |
EL MAESTRAZGO, S.L. |
MINICENTRAL HIDRÁULICA «SALTO DEL MEDIO». |
– Incumplimiento de lo establecido en el artículo 11.9 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio. |
PER-000130-2014-E |
UBE CHEMICAL EUROPE, S.A. |
UBE CHEMICAL EUROPE, S.A. |
– Incumplimiento de lo establecido en el apartado 10 de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, para ser considerada modificación sustancial. – Incumplimiento de lo establecido en el artículo 11.9 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio. |
PER-000131-2014-E |
PLACIDO BAYO OVIEDO. |
MINICENTRAL HIDROÉLECTRICA DE ENCINEDO. |
– Incumplimiento de lo establecido en el artículo 11.9 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio. |
PER-000121-2014-E |
BIOELECTRICA DE GARRAY, S.L. |
BIOMASA CIUDAD DEL MEDIOAMBIENTE. |
– Incumplimiento de lo establecido en el apartado 10 de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, para ser considerada modificación sustancial. – Incumplimiento de lo establecido en el artículo 11.9 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio. |
PER-000005-2014-E |
NORVENTO, S.L. |
PLANTA EXPERIMENTAL DE BIOGÁS XUSTÁS. |
– No haber aportado solicitud de inscripción en el Registro de preasignación de retribución al amparo de lo previsto en el artículo 4 del Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril, con fecha de entrada en el Registro del Ministerio de Industria, Energía y Turismo anterior a la de entrada en vigor del Real Decreto-ley 1/2012, de 27 de enero, según lo establecido en el apartado 1.a) de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio. – No haber aportado autorización de explotación definitiva, o en su caso Certificado de Baja Tensión diligenciado, de fecha anterior a la fecha límite según lo establecido en el apartado 1.b) de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio. |
PER-000038-2014-E |
COMUNIDAD GENERAL DE REGANTES DEL CANAL IMPERIAL DE ARAGON. |
CENTRAL HIDROELECTRICA DE VALDEGURRIANAN. |
– No haber aportado solicitud de inscripción en el Registro de preasignación de retribución al amparo de lo previsto en el artículo 4 del Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril, con fecha de entrada en el Registro del Ministerio de Industria, Energía y Turismo anterior a la de entrada en vigor del Real Decreto-ley 1/2012, de 27 de enero, según lo establecido en el apartado 1.a) de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio. – No haber aportado autorización de explotación definitiva, o en su caso Certificado de Baja Tensión diligenciado, de fecha anterior a la fecha límite según lo establecido en el apartado 1.b) de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio. |
PER-000031-2014-E |
HIJOS DE LUIS MARTINEZ NOREÑA, S.L. |
LA MOURIENTE. |
– No haber aportado solicitud de inscripción en el Registro de preasignación de retribución al amparo de lo previsto en el artículo 4 del Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril, con fecha de entrada en el Registro del Ministerio de Industria, Energía y Turismo anterior a la de entrada en vigor del Real Decreto-ley 1/2012, de 27 de enero, según lo establecido en el apartado 1.a) de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio. – No haber aportado autorización de explotación definitiva, o en su caso Certificado de Baja Tensión diligenciado, de fecha anterior a la fecha límite según lo establecido en el apartado 1.b) de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio. |
PER-000015-2014-E |
PROYECTOS MORALEJA 2002, S.L. |
INSTALACION DE TRIGENERACION EN HOSPITAL DE MADRID NORTE SANCHINARRO. |
– No cumplir los requisitos del apartado 1.a) de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por no haber aportado la documentación que acredite el cumplimiento del apartado 2.a)5 de la Disposición adicional tercera de la Orden IET/1045/2014, de 16 de junio, con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 1/2012, de 27 de enero. – No haber aportado autorización de explotación definitiva, o en su caso Certificado de Baja Tensión diligenciado, de fecha anterior a la fecha límite según lo establecido en el apartado 1.b) de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio. |
PER-000042-2014-E |
ALDEBARAN ENERGIA GUADALQUIVIR, S.L. |
PLANTA DE GENERACION ELECTRICA DE BIOMASA AGRICOLA GRUPO B.6. |
– No cumplir los requisitos del apartado 1.a) de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por no haber aportado la documentación que acredite el cumplimiento del apartado 2.a)4 de la Disposición adicional tercera de la Orden IET/1045/2014, de 16 de junio, con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 1/2012, de 27 de enero. – No haber aportado autorización de explotación definitiva, o en su caso Certificado de Baja Tensión diligenciado, de fecha anterior a la fecha límite según lo establecido en el apartado 1.b) de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio. |
PER-000043-2014-E |
INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACION Y AHORRO DE LA ENERGIA. |
CENTRAL HIDROELÉCTRICA «MOLINO DE PUENTE ALBA». |
– No cumplir los requisitos del apartado 1.a) de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por no haber aportado la documentación que acredite el cumplimiento del apartado 2.a)3 de la Disposición adicional tercera de la Orden IET/1045/2014, de 16 de junio, con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 1/2012, de 27 de enero. – No haber aportado autorización de explotación definitiva, o en su caso Certificado de Baja Tensión diligenciado, de fecha anterior a la fecha límite según lo establecido en el apartado 1.b) de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio. |
PER-000068-2014-E |
BIOMASA DE MIRANDA I, S.L. |
CENTRAL TERMOELÉCTRICA DE BIOMASA DE MIRANDA DE EBRO. |
– No cumplir los requisitos del apartado 1.a) de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por no haber aportado la documentación que acredite el cumplimiento de los apartados 2.a)3 y 2.a)4 de la Disposición adicional tercera de la Orden IET/1045/2014, de 16 de junio, con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 1/2012, de 27 de enero. – No haber aportado autorización de explotación definitiva, o en su caso Certificado de Baja Tensión diligenciado, de fecha anterior a la fecha límite según lo establecido en el apartado 1.b) de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio. |
PER-000076-2014-E |
SOTEMED, S.L. (EN CONSTITUCION). |
CER ESPARTINAS. |
– No haber aportado solicitud de inscripción en el Registro de preasignación de retribución al amparo de lo previsto en el artículo 4 del Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril, con fecha de entrada en el Registro del Ministerio de Industria, Energía y Turismo anterior a la de entrada en vigor del Real Decreto-ley 1/2012, de 27 de enero, según lo establecido en el apartado 1.a) de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio. – No haber aportado autorización de explotación definitiva, o en su caso Certificado de Baja Tensión diligenciado, de fecha anterior a la fecha límite según lo establecido en el apartado 1.b) de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio. |
PER-000077-2014-E |
SERLASA, S.A. |
SERLASA, S.A. |
– No cumplir los requisitos del apartado 1.a) de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por no haber aportado la documentación que acredite el cumplimiento del apartado 2.a)4 de la Disposición adicional tercera de la Orden IET/1045/2014, de 16 de junio, con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 1/2012, de 27 de enero. – No haber aportado autorización de explotación definitiva, o en su caso Certificado de Baja Tensión diligenciado, de fecha anterior a la fecha límite según lo establecido en el apartado 1.b) de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio. |
PER-000087-2014-E |
HIDROESCARPS, S.L.U. |
HIDROESCARPS. |
– No haber aportado solicitud de inscripción en el Registro de preasignación de retribución al amparo de lo previsto en el artículo 4 del Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril, con fecha de entrada en el Registro del Ministerio de Industria, Energía y Turismo anterior a la de entrada en vigor del Real Decreto-ley 1/2012, de 27 de enero, según lo establecido en el apartado 1.a) de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio. – No haber aportado autorización de explotación definitiva, o en su caso Certificado de Baja Tensión diligenciado, de fecha anterior a la fecha límite según lo establecido en el apartado 1.b) de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio. |
PER-000088-2014-E |
LAVANDERIA INDUSAL CANTABRIA, S.A. |
LAVANDERIA INDUSAL CANTABRIA SA. |
– No cumplir los requisitos del apartado 1.a) de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por no haber aportado la documentación que acredite el cumplimiento del apartado 2.a)3 de la Disposición adicional tercera de la Orden IET/1045/2014, de 16 de junio, con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 1/2012, de 27 de enero. – No haber aportado autorización de explotación definitiva, o en su caso Certificado de Baja Tensión diligenciado, de fecha anterior a la fecha límite según lo establecido en el apartado 1.b) de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio. |
PER-000101-2014-E |
S.A. LLENSA. |
CG-GN LLENSA. |
– No cumplir los requisitos del apartado 1.a) de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por no haber aportado la documentación que acredite el cumplimiento del apartado 2.a)10 de la Disposición adicional tercera de la Orden IET/1045/2014, de 16 de junio, con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 1/2012, de 27 de enero. – No haber aportado autorización de explotación definitiva, o en su caso Certificado de Baja Tensión diligenciado, de fecha anterior a la fecha límite según lo establecido en el apartado 1.b) de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio. |
PER-000116-2014-E |
CONSELL COMARCAL PLA URGELL. |
PL. APROVECHAMIENTO ENERGÉTICO BIOGAS VERTEDERO. |
– No haber aportado solicitud de inscripción en el Registro de preasignación de retribución al amparo de lo previsto en el artículo 4 del Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril, con fecha de entrada en el Registro del Ministerio de Industria, Energía y Turismo anterior a la de entrada en vigor del Real Decreto-ley 1/2012, de 27 de enero, según lo establecido en el apartado 1.a) de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio. – No haber aportado autorización de explotación definitiva, o en su caso Certificado de Baja Tensión diligenciado, de fecha anterior a la fecha límite según lo establecido en el apartado 1.b) de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio. |
PER-000122-2014-E |
HIJOS DE VALENTIN GANGOSO, S.A. |
CH HARINAS LA VENTOSA. |
– No haber aportado solicitud de inscripción en el Registro de preasignación de retribución al amparo de lo previsto en el artículo 4 del Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril, con fecha de entrada en el Registro del Ministerio de Industria, Energía y Turismo anterior a la de entrada en vigor del Real Decreto-ley 1/2012, de 27 de enero, según lo establecido en el apartado 1.a) de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio. – No haber aportado autorización de explotación definitiva, o en su caso Certificado de Baja Tensión diligenciado, de fecha anterior a la fecha límite según lo establecido en el apartado 1.b) de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio. |
PER-000124-2014-E |
REDONDO HERMANOS, S.L. |
PIE DE PRESA PANTANO UZQUIZA. |
– No haber aportado solicitud de inscripción en el Registro de preasignación de retribución al amparo de lo previsto en el artículo 4 del Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril, con fecha de entrada en el Registro del Ministerio de Industria, Energía y Turismo anterior a la de entrada en vigor del Real Decreto-ley 1/2012, de 27 de enero, según lo establecido en el apartado 1.a) de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio. – No haber aportado autorización de explotación definitiva, o en su caso Certificado de Baja Tensión diligenciado, de fecha anterior a la fecha límite según lo establecido en el apartado 1.b) de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio. |
PER-000127-2014-E |
ENERGIAS LIMPIAS, S.L. |
MINICENTRAL BALSA LA RAMBLA. |
– No cumplir los requisitos del apartado 1.a) de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por no haber aportado la documentación que acredite el cumplimiento de los apartados 2.a)2 y 2.a)10 de la Disposición adicional tercera de la Orden IET/1045/2014, de 16 de junio, con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 1/2012, de 27 de enero. – No haber aportado autorización de explotación definitiva, o en su caso Certificado de Baja Tensión diligenciado, de fecha anterior a la fecha límite según lo establecido en el apartado 1.b) de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio. |
PER-000145-2014-E |
PAPELERA ECKER, S.A. |
COGENERACIÓN PAPELERA ECKER. |
– No haber aportado solicitud de inscripción en el Registro de preasignación de retribución al amparo de lo previsto en el artículo 4 del Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril, con fecha de entrada en el Registro del Ministerio de Industria, Energía y Turismo anterior a la de entrada en vigor del Real Decreto-ley 1/2012, de 27 de enero, según lo establecido en el apartado 1.a) de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio. – No haber aportado autorización de explotación definitiva, o en su caso Certificado de Baja Tensión diligenciado, de fecha anterior a la fecha límite según lo establecido en el apartado 1.b) de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio. |
PER-000035-2014-E |
UNIBAIL RODAMCO SPAIN, S.L. |
INSTALACION DE COGENERACION LOS ARCOS. |
– Incumplimiento del apartado 1 de la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio. La instalación se encuentra inscrita en el Registro de preasignación de retribución al amparo de lo previsto en el artículo 4 del Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril. |
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