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Documento BOE-A-2015-9169

Resolución de 28 de julio de 2015, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se renuevan contratos predoctorales de la convocatoria 2013, del programa "Salvador de Madariaga" en el Instituto Universitario Europeo de Florencia, en el marco del Estatuto del personal investigador en formación.

Publicado en:
«BOE» núm. 194, de 14 de agosto de 2015, páginas 74115 a 74116 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2015-9169

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 29 de julio de 2013 de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, se adjudicaron ayudas para contratos predoctorales del programa «Salvador de Madariaga» en el Instituto Universitario Europeo de Florencia, correspondientes a la Resolución de 10 de diciembre de 2012 («Boletín Oficial del Estado» de 24 de diciembre), por la que se convocaron ayudas para contratos predoctorales del Programa «Salvador de Madariaga» en el Instituto Universitario Europeo de Florencia (IUE).

Por la Resolución de 29 de julio de 2013, se concedieron las ayudas por una duración máxima de veinticuatro meses. Estableciéndose que las renovaciones de los contratos para el tercer y cuarto año, que se iniciarán a partir de septiembre de 2015, quedarán sujetas a la resolución de concesión de dichas renovaciones de conformidad con la correspondiente convocatoria.

Por Resolución de 19 de diciembre de 2013, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades por la que se convocaron ayudas para contratos predoctorales del Programa «Salvador de Madariaga» correspondientes al año 2014, se establecían las renovaciones de los contratos predoctorales, para el tercer y cuarto año, de las ayudas que se concedieron al amparo de la convocatoria «Salvador de Madariaga 2013» y el procedimiento para su renovación.

Presentadas las memorias de seguimiento por el Instituto Universitario Europeo de Florencia, para la renovación de los contratos, han sido valoradas por un Comité de Evaluación de la ANECA, de conformidad con lo establecido en el artículo 26 de la Resolución de 19 de diciembre de 2013.

La Comisión Mixta con los informes de evaluación, ha elaborado la correspondiente propuesta de renovación de los contratos, de conformidad con los criterios establecidos en el artículo 30 de la Resolución de 19 de diciembre de 2013.

A la vista de la propuesta de la Comisión Mixta, se ha resuelto:

Primero.

Conceder la renovación de los contratos predoctorales del programa «Salvador de Madariaga» en el Instituto Universitario Europeo de Florencia a los beneficiarios que se relacionan en el Anexo de la presente resolución por haber obtenido informe favorable del Comité de Evaluación.

Segundo.

Denegar la renovación del contrato predoctoral a Antoni Targa Barrera con n.º de solicitud IUE13/00171, por haber obtenido informe desfavorable del Comité de Evaluación.

Tercero.

Las ayudas concedidas por esta resolución tendrán una duración máxima de veinticuatro meses, sin perjuicio de los resultados de los informes de evaluación de las memorias anuales.

Las ayudas de las concesiones contenidas en esta resolución, tienen una dotación mensual 1.500 € mensuales para el tercero y cuarto, incrementándose en dos pagas extraordinarias cada año o proporcional al período de contrato, y las correspondientes cotizaciones de la Seguridad Social contenidas en la Orden ESS/86/2015, de 30 de enero, cofinanciando la ayuda en el cuarto año el Instituto Universitario de Florencia. Asimismo, se concede una ayuda de viaje en el tercer año.

Cuarto.

El gasto resultante de las concesiones asciende a 225.506,40 € para los dos años de contrato incluidas las ayudas de viaje del tercer año, que será imputado a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.788.01 de los Presupuestos Generales del Estado con la siguiente estimativa por anualidades: 56.204,4 € en el ejercicio 2015, 125.773,20 € en el ejercicio 2016 y 43.528,80 € en el ejercicio 2017.

Igualmente, por gastos de gestión a abonar a Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT), se imputarán a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.788.06, 3.000€ con la siguiente distribución por anualidades: 1.500€ en el ejercicio 2015 y 1.500€ en el ejercicio 2016.

Los beneficiarios de las ayudas concedidas en la presente resolución quedan sujetos a las obligaciones, requisitos y condiciones que rigen el programa y que se indican en la mencionada resolución de la convocatoria del programa.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de resolución sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 28 de julio de 2015.–El Secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Secretario General de Universidades, Juan María Vázquez Rojas.

ANEXO

Nombre

Primer apellido

Segundo apellido

Número solicitud

Itzea

Goicolea

Amiano

IUE13/00131

Ada Isabel

González-Torres

Fernández

IUE13/00124

Leticia

Díez

Sánchez

IUE13/00099

Irene

Palacios

Brihuega

IUE13/00043

Macarena

Ares

Abalde

IUE13/00035

Verónica

Royo

Romanillos

IUE13/00088

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