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Recibida en la Dirección General de Política Energética y Minas la solicitud presentada por Solimpeks Solar, S.L., con domicilio en paseo de las Delicias, número 1 planta 2.ª, 41001 Sevilla, para la renovación de vigencia de la certificación de un sistema solar, perteneciente a una familia, fabricado por Solimpeks Solar Energy Coorp en su instalación industrial ubicada en Turquía, que se certificó con la siguiente contraseña.
Modelo |
Contraseña |
Fecha de resolución |
---|---|---|
Solimpeks Solar TSM 400 L |
SST-413 |
11/04/2013 |
Conforme a los ensayos emitidos:
Laboratorio emisor |
Clave |
---|---|
CENER |
30.2009.TA |
CENER |
30.2009.0-1 |
CENER |
30.2009.1-1 |
Resultando que por el interesado se ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya renovación de vigencia de certificación solicita, y que el modelo cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre, sobre exigencias técnicas de los paneles solares.
Esta Dirección General de Política Energética y Minas, de acuerdo con lo establecido en la referida disposición ha resuelto renovar la certificación del citado producto, con la contraseña de certificación:
Modelo |
Contraseña |
---|---|
Solimpeks Solar TSM 400 L |
SST-1715 |
y con fecha de caducidad dos años después de la fecha de resolución, definiendo como características técnicas del modelo o tipo certificado las que se indican a continuación.
Esta renovación de certificación se ajusta a las normas e instrucciones técnicas complementarias para la homologación de los paneles solares, actualizadas por la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre. Asimismo, el producto deberá cumplir cualquier otro reglamento o disposición que le sea aplicable.
El titular de esta resolución presentará dentro del período fijado para someterse al control y seguimiento de la producción, la documentación acreditativa, a fin de verificar la adecuación del producto a las condiciones iniciales, así como la declaración en la que se haga constar que, en la fabricación de dicho producto, los sistemas de control de calidad utilizados se mantienen, como mínimo, en las mismas condiciones que en el momento de la certificación.
La identificación, características técnicas, especificaciones generales y datos resumen del informe del ensayo del modelo o tipo certificado son las que se indican a continuación.
El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa cabe interponer, potestativamente, el recurso de reposición ante el Secretario de Estado de Energía en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de publicación de esta resolución conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común o ser impugnado directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución, conforme la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
1. Modelo con contraseña SST-1715
Identificación:
Fabricantes: Solimpeks Solar Energy Coorp.
Nombre comercial: Solimpeks Solar TSM 400 L.
Tipo sistema: Compacto.
Características del colector (modelo unitario):
Dimensiones:
Longitud: 1.929 mm.
Ancho: 933 mm.
Alto: 91 mm.
Área de apertura: 1,62 m2.
Área de absorbedor: 1,59 m2.
Área total: 1,79 m2.
Características del sistema:
Volumen del depósito: 340 l.
Número de captadores del sistema: 3.
Indicadores de rendimiento de sistemas: El modelo representativo ensayado ha sido Solimpeks Solar TSM 400 L, para la predicción de los datos correspondientes al resto de modelos se ha utilizado el método de cálculo previsto en el anexo D del Reglamento Solarkeymark.
Indicadores de rendimiento del sistema sobre la base anual de un volumen de demanda de 80 l/día
Localidad (latitud) |
Q d MJ |
Q l MJ |
Qpar MJ |
---|---|---|---|
Stockholm (59,6º N) |
4.465 |
2.810 |
193 |
Würzburg (49,5º N) |
4.282 |
2.780 |
193 |
Davos (46,8º N) |
4.845 |
4.184 |
193 |
Athens (38,0º N) |
3.327 |
3.159 |
193 |
Indicadores de rendimiento del sistema sobre la base anual de un volumen de demanda de 300 l/día:
Localidad (latitud) |
Q d MJ |
Ql MJ |
Qpar MJ |
---|---|---|---|
Stockholm (59,6º N) |
16.745 |
8.112 |
193 |
Würzburg (49,5º N) |
16.058 |
8.488 |
193 |
Davos (46,8º N) |
18.169 |
12.261 |
193 |
Athens (38,0º N) |
12.478 |
10.308 |
193 |
Indicadores de rendimiento del sistema sobre la base anual de un volumen de demanda de 600 l/día:
Localidad (latitud) |
Q d MJ |
Ql MJ |
Qpar MJ |
---|---|---|---|
Stockholm (59,6º N) |
33.490 |
11.029 |
193 |
Würzburg (49,5º N) |
32.115 |
11.477 |
193 |
Davos (46,8º N) |
36.337 |
15.559 |
193 |
Athens (38,0º N) |
24.956 |
15.335 |
193 |
Madrid, 20 de febrero de 2015.–La Directora General de Política Energética y Minas, María Teresa Baquedano Martín.
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