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Documento BOE-A-2016-10171

Resolución de 20 de octubre de 2016, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se aprueban las bases y se publica la convocatoria para la provisión de la plaza de Jefe del Departamento de Emergencia y Postconflicto.

Publicado en:
«BOE» núm. 267, de 4 de noviembre de 2016, páginas 76639 a 76642 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2016-10171

TEXTO ORIGINAL

La Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias Estatales para la mejora de los Servicios Públicos establece, en su artículo 23.3, que el Estatuto de las Agencias Estatales puede prever puestos directivos de máxima responsabilidad a cubrir, en régimen laboral, mediante contratos de alta dirección.

El Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, aprobado por el Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, y modificado por el Real Decreto 1424/2012, de 11 de octubre, dispone, en su artículo 38, que el puesto de personal directivo correspondiente al Jefe/a del Departamento de Emergencia y Postconflicto será cubierto en régimen laboral mediante contrato de alta dirección entre titulados superiores, y atendiendo a criterios de competencia profesional y experiencia.

Por tanto, de conformidad con los establecido en el apartado 4.4.1 del vigente Contrato de Gestión de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, aprobado por la Orden PRE/1914/2009, de 13 de julio, e informadas favorablemente las bases por la Dirección General de la Función Pública, y teniendo en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y lo previsto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus organismos públicos, se anuncia a convocatoria pública y abierta la provisión de la plaza de Jefe/a del Departamento de Emergencia y Postconflicto, de acuerdo con las Bases que a continuación se disponen.

Bases de la convocatoria

La presente convocatoria se publicará, entre otras, en la página web del Portal del ciudadano www.administracion.gob.es, y en la de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo www.aecid.gob.es.

I. Características de la plaza y funciones

De acuerdo con lo previsto en el artículo 38.1 a) del Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, el/la Jefe/a del Departamento de Emergencia y Postconflicto tendrá la consideración de personal directivo.

Bajo la dependencia jerárquica del Jefe/a de la Oficina de Acción Humanitaria le corresponde las tareas de preparación y respuesta a desastres.

Entre las tareas de preparación destacan la agenda y los programas de reducción del riesgo de desastres, la supervisión de las bases logísticas y del material humanitario que depende de la Oficina, el seguimiento de las iniciativas de equipos médicos internacionales y la coordinación con el mecanismo europeo de protección civil.

En materia de respuesta a emergencias, el/la Jefe/a del Departamento de Emergencia y Postconflicto será el responsable de los operativos de ayuda de emergencia de la Cooperación Española en coordinación con organismos internacionales, otros Departamentos Ministeriales, Comunidades Autónomas, Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo Humanitarias. Asimismo, valorará la financiación de proyectos de preparación y respuesta a desastres o rehabilitación y reconstrucción, será responsable de los convenios de emergencia de la Oficina y ejercerá de Jefe de Misión del equipo médico de asistencia humanitaria en contextos de emergencia (START).

II. Régimen de contratación

El/la candidato/a, designado/a para ocupar la plaza que se convoca suscribirá, contrato de trabajo de personal de alta dirección con una duración inicial de veinticuatro meses, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto.

Las retribuciones del puesto serán las aprobadas por la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones, de conformidad con lo establecido en la Orden de 26 de abril de 2012, del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se aprueba la clasificación de las agencias estatales de conformidad con el Real Decreto 451/2012, de 5 de marzo, por el que se regula el régimen retributivo de los máximos responsables y directivos en el sector público empresarial y otras entidades.

III. Requisitos de los aspirantes

Los aspirantes a la plaza que se convoca deberán reunir los siguientes requisitos:

• Tener la nacionalidad española.

• Ser nacional de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

• También podrán participar quienes no estando incluidos en el punto anterior se encuentren en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral. En consecuencia, podrán participar quienes se encuentren en situación de residencia temporal, quienes se encuentren en situación de residencia permanente, quienes se encuentren en situación de autorización para residir y trabajar, así como los refugiados.

• Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, conforme a lo establecido en el artículo 7 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

• No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

• No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

En el caso de ser nacional de otro estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente que impida, en su estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

• Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

IV. Méritos específicos

A los/as candidatos/as, se les valorará específicamente los siguientes méritos:

• Experiencia en puestos de trabajo relacionados con la ayuda humanitaria y especialmente con la ayuda de emergencia.

• Experiencia en la dirección de equipos de trabajo.

• Capacidad de negociación e interlocución y, en particular, con organismos internacionales, administraciones españolas y sociedad civil.

• Capacidad de coordinación de diferentes actores en respuesta a una catástrofe natural o crisis humanitaria de cualquier tipo.

• Formación en el ámbito de la ayuda humanitaria.

• Nivel alto de inglés.

V. Solicitudes

Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán hacerlo constar mediante escrito, acompañado de «curriculum vitae», dirigido al Sr. Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, que podrá ser presentado directamente en el Registro General de la AECID (Avda. de los Reyes Católicos, 4, 28040 Madrid), citando expresamente «Plaza de Jefe/a del Departamento de Emergencia y Postconflicto», o en el resto de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, en el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente convocatoria.

Los interesados podrán realizar el registro electrónico de su solicitud a través del registro electrónico General de la Administración General del Estado en: http://administracion.gob.es.

Serán excluidos del proceso de selección todos aquellos aspirantes que no reúnan los requisitos de participación establecidos en la base III de esta convocatoria. La acreditación del cumplimiento de dichos requisitos se exigirá únicamente al candidato que resulte elegido por el Consejo Rector.

VI. Admisión de aspirantes

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, conteniendo la relación de aspirantes admitidos y provisionalmente excluidos, concediéndose un plazo de cinco días hábiles para subsanar, cuando sea posible, el defecto que haya motivado la exclusión. Finalizado dicho plazo y, en el caso de que se hayan producido modificaciones, estas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

Son causas de exclusión la no presentación de la solicitud en plazo o el incumpliendo de los términos formales de presentación señalados en el párrafo primero de la base V.

La citada resolución será expuesta en la Sede Electrónica de la AECID (www.aecid.gob.es) y en el Punto de Acceso General http://administracion.gob.es.

VII. Proceso de selección

La idoneidad de los aspirantes definitivamente admitidos será evaluada, a la vista de los méritos acreditados por los mismos, por un órgano de selección que, de conformidad con lo acordado por el Consejo Rector de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo en su sesión del día 29 de julio de 2009, estará compuesto por:

• Presidenta: D.ª Pilar Colmenarejo López, del Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado. Jefa del Departamento de Recursos Humanos, Conciliación y Servicios Generales de la Secretaría General. Suplente: D.ª María Zarauz Palma del Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado. Jefa Adjunta del Departamento de Recursos Humanos, Conciliación y Servicios Generales.

• Vocal: D. Fernando Castillo Badal, del Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado. Director del Gabinete Técnico. Suplente: D. Manuel Nuche Bascón del Cuerpo Carrera Diplomática. Vocal Asesor del Gabinete Técnico.

• Vocal: D. Rafael de Prado Pérez. Personal Laboral Directivo de la AECID. Jefe de la Oficina de Acción Humanitaria. Suplente: D. Jaime Iglesias Sánchez-Cervera del Cuerpo Carrera Diplomática. Jefe de Unidad de Prevención y Evaluación de la Oficina de Acción Humanitaria.

• Vocal: Dª. M.ª Eugenia Martín-Sanz ,de la Escala de Científicos Superiores de la Defensa. Jefa de Área de Ayuda de Emergencia de la Oficina de Acción Humanitaria. Suplente: D.ª Beatriz Sierra Santos de la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos. Consejera Técnica de la Oficina de Acción Humanitaria.

• Secretaria: D.ª Almudena Martínez Conde, del Cuerpo Jurídico Militar. Jefa de Área de Recursos Humanos del Departamento de Recursos Humanos, Conciliación y Servicios Generales, que actuará con voz y sin voto. Suplente: D.ª Casilda Martín-Montalvo Rodríguez de Trujillo de la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos. Jefa de Área de Recursos Humanos del Departamento de Recursos Humanos, Conciliación y Servicios Generales.

El órgano de selección establecerá los criterios para evaluar los méritos de los candidatos en relación con los específicos requeridos en la presente convocatoria.

Aquellos candidatos que resulten preseleccionados a criterio del órgano de selección, podrán ser citados para la realización de una entrevista personal. La entrevista versará sobre aspectos del currículum vítae del candidato, puntos concretos de los méritos aducidos y, en general, sobre todos aquellos aspectos que permitan al órgano de selección evaluar la idoneidad del candidato para el puesto.

El órgano de selección elevará una propuesta motivada incluyendo tres candidatos al Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo que resolverá proponiendo al Consejo Rector la contratación de uno de los tres como Jefe/a del Departamento de Emergencia y Postconflicto.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso Administrativo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.

Madrid, 20 de octubre de 2016.–El Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Luis Tejada Chacón.

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