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Documento BOE-A-2016-10705

Resolución de 2 de noviembre de 2016, de la Dirección General del Agua, por la que se publica el Acuerdo de modificación del Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para el desarrollo de distintas actuaciones a partir de la obra de conducción de agua desde el acueducto Tajo-Segura para incorporar recursos a la Llanura Manchega.

Publicado en:
«BOE» núm. 277, de 16 de noviembre de 2016, páginas 80212 a 80215 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2016-10705

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del acuerdo de modificación del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y la Entidad de Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha, para el desarrollo de distintas actuaciones a partir de la obra de conducción de agua desde el acueducto Tajo-Segura para incorporar recursos a la Llanura Manchega, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 2 de noviembre de 2016.–La Directora General del Agua, Liana Sandra Ardiles López.

ANEXO
Acuerdo de modificación del convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y la Entidad de Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha, para el desarrollo de distintas actuaciones a partir de la obra de conducción de agua desde el acueducto Tajo-Segura para incorporar recursos a la Llanura Manchega

En Madrid, 27 de octubre de 2016.

REUNIDOS

De una parte, don Pablo Saavedra Inaraja, Secretario de Estado de Medio Ambiente, en virtud del Real Decreto 572/2015, de 26 de junio, por el que se dispone su nombramiento, actuando en nombre y representación del citado Departamento de la Administración General del Estado, conforme a las atribuciones atribuidas en el Real Decreto 401/2012, de 17 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

Y de otra, doña Elena de la Cruz Martín, en nombre y representación en su calidad de Presidente del Consejo de Dirección de la Entidad de Derecho Público Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha, como organismo que tiene por objeto, en el marco de las competencias de la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, la ejecución y gestión de toda clase de infraestructuras hidráulicas, y la gestión de infraestructuras hidráulicas de interés regional, en lo términos previstos en la Ley 12/2002, de 27 de junio, reguladora del ciclo integral del agua de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y en sus estatutos, aprobados por Decreto 7/2011, de 8 de febrero.

Las partes, en la calidad que cada una interviene, se reconocen recíprocamente la capacidad para la celebración del presente acuerdo y, a tal efecto

EXPONEN

1. Que en virtud del Real Decreto 1823/2011, de 21 de diciembre, por el que se reestructuran los Departamentos Ministeriales (BOE del 22), conforme al artículo 11, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, asume las competencias atribuidas al extinto Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.

2. La Ley 6/2009, de 17 de diciembre, por la que se crea la Agencia del Agua de Castilla-La Mancha, en su Disposición adicional primera, cambia la denominación de la entidad Aguas de Castilla la Mancha por la de Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha, manteniendo su personalidad jurídica y su plena capacidad de obrar.

3. Que por Decreto 7/2011, de 8 de febrero, se aprueban los estatutos de la entidad de derecho público Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha, siguiendo las prescripciones de la Ley 12/2002, de 27 de junio, reguladora del ciclo integral del agua de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y de la Ley 6/2009, de 17 de diciembre, que constituyen un desarrollo de lo previsto legalmente, a los efectos de posibilitar el funcionamiento eficaz de la entidad.

4. Que de conformidad con el Decreto 86/2015, de 14/07/2015, por el que se establecen la estructura orgánica y las competencias de los distintos órganos de la Consejería de Fomento, la Entidad de Derecho Público Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha queda adscrita, conforme a su normativa, al Organismo Autónomo Agencia del Agua de Castilla-La Mancha.

5. Que con fecha 16 de abril de 2009 se suscribió el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y Aguas de Castilla-La Mancha, para el desarrollo de distintas actuaciones a partir de la conducción de agua desde el acueducto Tajo-Segura para incorporación de recursos a la Llanura Manchega.

6. Que en la reunión celebrada el 2 de octubre de 2015, examinadas las circunstancias que afectan al desarrollo de las actuaciones financiadas con cargo al Capítulo VI Inversiones Reales de la Dirección General del Agua, aplicación presupuestaria 23.05.452A.611, previstas en el marco del convenio, la Comisión Mixta Seguimiento acuerda proponer una nueva reprogramación de las anualidades. El reajuste propuesto por la Comisión de Seguimiento no supone variación alguna en el importe global del gasto ni en el concreto destino, quedando establecida las anualidades según el siguiente cuadro:

Año

Anualidad vigente

Reajuste propuesto

Importe definitivo

2009

367.257,60

367.257,60

2010

6.145.693,50

6.145.693,50

2011

8.512.413,59

– 4.763,20

8.507.650,39

2012

16.999.999,97

– 6.707.170,97

10.292.829,00

2013

27.201.165,32

– 9.517.569,60

17.683.595,72

2014

63.773.470,02

– 44.933.712,34

18.839.757,68

2015

35.000.000,00

– 7.094.959,50

27.905.040,50

2016

42.000.000,00

– 14.033.723,61

27.966.276,39

2017

20.779.730,53

20.779.730,53

2018

19.000.000,00

19.000.000,00

2019

18.215.400,92

18.215.400,92

2020

24.296.767,77

24.296.767,77

Total

200.000.000,00

0,00

200.000.000,00

7. Que, de conformidad con la estipulación octava del convenio, los miembros de la Comisión Mixta de Seguimiento acuerdan por unanimidad proponer la modificación del convenio, a los efectos de recoger la nueva distribución de anualidades en los términos descritos en el punto precedente.

En virtud de lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente Acuerdo de modificación del Convenio, que se regirá de acuerdo a las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera. Objeto.

El objeto del presente acuerdo es la modificación del Convenio de colaboración entre el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente y la entidad Infraestructuras del Agua de Castilla-la Mancha, para el desarrollo de distintas actuaciones a partir de la conducción de agua desde el acueducto Tajo-Segura para incorporación de recursos a la Llanura Manchega, suscrito con fecha 16 de abril de 2009.

Segunda. Se modifica la estipulación segunda del Convenio, en los siguientes términos:

«Segunda. Los intervinientes se comprometen a realizar los trámites necesarios para llevar a cabo las actuaciones previstas en la estipulación primera durante el marco temporal de programación financiera correspondiente al período 2008-2020.»

Tercera. Se modifica la estipulación tercera del Convenio, quedando redactada como sigue:

«Tercera. Las inversiones estimadas para la realización de estas actuaciones objeto del presente Convenio son las siguientes:

Ramales de Distribución a partir de la Conducción de Aguas desde el Acueducto:

Mill. €

Tajo-Segura para incorporación de recursos a la Llanura Manchega

166

E.T.A.P de Cabecera en la Red de Abastecimiento de la Llanura Manchega

34

Planta de Osmosis en la E.T.A.P. de Cabecera en la Red de Abastecimiento a la Llanura Manchega y núcleos próximos al A.T.S.

30

La distribución por anualidades será, en principio, la siguiente:

Anualidades

Importe total (€)

Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente

Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha

2009

367.257,60

367.257,60

2010

6.145.693,50

6.145.693,50

2011

8.507.650,39

8.507.650,39

2012

10.292.829,00

10.292.829,00

2013

17.683.595,72

17.683.595,72

2014

18.839.757,68

18.839.757,68

2015

27.905.040,50

27.905.040,50

2016

27.966.276,39

27.966.276,39

2017

25.779.730,53

20.779.730,53

5.000.000,00

2018

29.000.000,00

19.000.000,00

10.000.000,00

2019

25.215.400,92

18.215.400,92

7.000.000,00

2020

32.296.767,77

24.296.767,77

8.000.000,00

Total

230.000.000,00

200.000.000,00

30.000.000,00

Las obras de este Convenio serán financiadas de conformidad con la siguiente fórmula:

La Administración General del Estado financiará, hasta un importe máximo de 200 millones de euros, la inversión necesaria para la ejecución de las siguientes actuaciones:

1. Ramales de Distribución a partir de la Conducción de Aguas desde el Acueducto Tajo-Segura para incorporación de recursos a la Llanura Manchega.

2. E.T.A.P. de Cabecera en la Red de Abastecimiento de la Llanura Manchega.

Dicha inversión, que constituye el importe máximo de las obligaciones a adquirir por la Administración General del Estado, se hará efectiva en los Presupuestos de la Dirección General del Agua del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente con cargo a su Capítulo 6, Programa 452.A, de acuerdo a la siguiente distribución de anualidades:

Anualidades

Importe (€)

2009-2015

89.741.824,39

2016

27.966.276,39

2017

20.779.730,53

2018

19.000.000,00

2019

18.215.400,92

2020

24.296.767,77

Total

200.000.000,00

La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha financiará el importe total de la inversión necesaria, a través de la Entidad de Derecho Público Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha, para la ejecución de la siguiente actuación:

1. Planta de Osmosis en la E.T.A.P. de Cabecera en la Red de Abastecimiento a la Llanura Manchega y núcleos próximos al A.T.S.

Dicha inversión asciende a 30 millones de euros.

Las partes firmantes asumen, de sus respectivas actuaciones, tanto los gastos derivados de las expropiaciones como las variaciones económicas que puedan producirse, al alza o a la baja, por modificaciones, revisiones de precios, obras complementarias y otras incidencias contractuales, teniendo en cuenta que la cuantía de la aportación del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente prevista tiene el carácter de “importe máximo”, por lo que cualquier modificación al alza de dicha cuantía requerirá un nuevo acuerdo entre las partes para la modificación del convenio».

El resto de estipulaciones del convenio se mantiene.

Y para que así conste y surta los oportunos efectos, las partes firman el presente acuerdo, por triplicado ejemplar, en el lugar y fecha al comienzo expresados.–La Ministra de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, P.D. (Orden AAA/838/2012, de 20 de abril) el Secretario de Estado de Medio Ambiente, Pablo Saavedra Inaraja.–La Presidenta de Infraestructuras del Agua de Castilla-La Mancha, Elena de la Cruz Martín.

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