Visto el texto del acuerdo, de 26 de septiembre de 2016, de prórroga de ultraactividad hasta el 30 de junio de 2017 del Convenio colectivo de la empresa Bull (España), SA (código de Convenio númeroo 90018282011976), publicado en el BOE de 17 de julio de 2014, acuerdo que ha sido suscrito, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y, de otra, por el Comité intercentros, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Empleo resuelve:
Ordenar la inscripción del citado acuerdo de prórroga de ultraactividad en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 14 de noviembre de 2016.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.
Por la Dirección de Bull España, SA:
Gustavo Hornos Prados.
Eva Fernández González.
Por la representación de los trabajadores:
María Santos Plaza.
Julia Alastuey Cabero (Lync).
Marta Ayala Salazar (Lync).
Fidel Díaz Navarro (Lync).
Juan Carlos Gómez Palmero.
Gabriel Antonio Lázaro Palenzuela (Lync).
Eva Sancho Zamora.
Jesús Tapia Garrido (Lync).
En Madrid, siendo las 11.00 horas del día 26 de septiembre de 2016, se reúnen la Dirección de la Empresa y los representantes de los trabajadores, respectivamente representadas por las personas anteriormente referenciadas.
Ambas partes se reconocen mutuamente legitimación y capacidad suficientes para negociar y llegar a acuerdos con carácter de Convenio Colectivo estatutario dentro de su ámbito de actuación, conforme a lo establecido en los artículos 82 y siguientes de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Tras debatirse todas las cuestiones incluidas en la convocatoria de la presente reunión, efectuada en tiempo y forma y de común acuerdo por ambas partes negociadoras, se alcanza el siguiente
ACUERDO
Prorrogar la vigencia de la ultractividad del convenio colectivo hasta el próximo 30 de junio de 2017, y ello sin perjuicio de continuar con las reuniones de negociación en atención al principio de buena fe.
Del anterior acuerdo se dará traslado a la autoridad laboral competente a los efectos de registro y publicación pertinentes.
Delegar en la persona de Cristina Ribalta Noguera, con DNI 46.121.440 T, para que realice, en nombre de la comisión negociadora, los trámites pertinentes para la inscripción del presente acuerdo.
Sin más asuntos que tratar y en prueba de conformidad con cuanto antecede, se firma la presente acta en el lugar y fecha al principio indicados.–Por la Dirección de Bull España, SA, Gustavo Hornos Prados, HR Director, y Eva Fernández González, «Industrial and Labor Relations Manager».–Por la representación de los trabajadores, María Santos Plaza, Presidenta del Comité Intercentros; Julia Alastuey Cabero, Secretaria del Comité Intercentros; Marta Ayala Salazar, miembro del Comité Intercentros; Fidel Díaz Navarro, miembro del Comité Intercentros; Juan Carlos Gómez Palmero, miembro del Comité Intercentros; Gabriel Antonio Lázaro Palenzuela, miembro del Comité Intercentros; Eva Sancho Zamora, miembro del Comité Intercentro, y Jesús Tapia Garrido, miembro del Comité Intercentros.
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