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Documento BOE-A-2016-1164

Resolución de 21 de enero de 2016, de la Dirección General de Innovación y Competitividad, por la que se publica la segunda Adenda al Convenio de colaboración con la Junta de Galicia para el desarrollo de la Estrategia Española de Innovación en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Publicado en:
«BOE» núm. 31, de 5 de febrero de 2016, páginas 9622 a 9635 (14 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2016-1164

TEXTO ORIGINAL

El pasado 27 de diciembre de 2012 se firmó un Convenio de colaboración entre la Administración General del Estado y el Gobierno de Galicia cuyo objetivo era colaborar en el fomento de la innovación en la Comunidad Autónoma de Galicia a través del desarrollo de la Estrategia Española de Innovación.

El Ministerio de Economía y Competitividad y el Gobierno de Galicia suscribieron una Adenda al Convenio de colaboración mencionado, firmada con fecha 27 de diciembre de 2013, con el fin de adaptar el cronograma inicial establecido. La Adenda recoge un nuevo calendario de actuaciones y un ajuste de libramientos y del cuadro de amortización.

El 30 de diciembre de 2015, el Ministerio de Economía y Competitividad y el Gobierno de Galicia han suscrito una Segunda Adenda al citado Convenio de colaboración. Esta segunda adenda modifica el programa de actuaciones (presupuesto, contenido y beneficiarios) y realiza un ajuste de las condiciones financieras previstas en el convenio (periodos de desembolso, tipos de interés, periodos de carencia y amortización).

Por tanto, en cumplimiento del artículo 8.2 párrafo tercero de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y del Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicha Adenda al Convenio.

En su virtud resuelvo:

Único.

Hacer pública la presente Adenda al Convenio de Colaboración, mediante su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 21 de enero de 2016.–La Directora General de Innovación y Competitividad, Maria Luisa Castaño Marín.

SEGUNDA ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD Y LA XUNTA DE GALICIA, PARA EL DESARROLLO DE LA ESTRATEGIA ESPAÑOLA DE INNOVACIÓN EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA

De una parte, D. Luis de Guindos Jurado, Ministro de Economía y Competitividad, nombrado por Real Decreto 1826/2011, de 21 de diciembre (BOE del 22 de diciembre), actuando en virtud del artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado y la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De otra, D. Alberto Núñez Feijóo, Presidente de la Comunidad Autónoma de Galicia, en el ejercicio de las competencias que le atribuyen los artículos 24 y 26 de la Ley 1/1983, de 2 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su presidencia, para cuyo cargo fue nombrado por Real Decreto 1617/2012, de 29 de noviembre (DOG núm. 229, de 30 de noviembre).

Actuando ambas partes en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento,

EXPONEN

Primero.

Que, con fecha 27 de diciembre de 2012, el Ministerio de Economía y Competitividad y la Xunta de Galicia firmaron un Convenio para colaborar en las actuaciones de fomento de la innovación en la Comunidad Autónoma de Galicia a través del desarrollo de la Estrategia Española de Innovación.

Segundo.

Que el convenio arriba mencionado se suscribió a fin de regular la concesión de un préstamo en los Presupuestos Generales del Estado. El Ministerio se comprometió a realizar su aportación a la Xunta de Galicia por la cantidad de 35 M€ en forma de crédito reembolsable, desembolsados según calendario recogido en la cláusula séptima del convenio (4M€ en 2012, 15M€ en 2013 y 16M€ en 2014).

Tercero.

Que, en el mencionado convenio, se estableció el programa de actuaciones a desarrollar por la Xunta de Galicia. El programa comprendía 8 actuaciones cuyo contenido y presupuesto se detallaba en el Anexo I del Convenio.

Cuarto.

Que, con fecha 27 de diciembre de 2013 se firmó la primera adenda al convenio que recogía un cambio en el calendario de desembolso del préstamo (5M€ en 2013, 12,5 M€ en 2014 y 17,5 M€ en 2015), así como un reajuste en el calendario de realización de actuaciones.

Quinto.

Que las actuales necesidades y demandas del sistema gallego de I+D+i y la puesta en marcha de las políticas de investigación e innovación de la Xunta de Galicia basadas en el desarrollo de la Estrategia de Especialización Inteligente de Galicia 2014-2020 (RIS3 GALICIA) que sustituye a la anterior Estrategia en la Comunidad Autónoma de Galicia, hacen necesario revisar y modificar las actuaciones a llevar a cabo por la Comunidad Autónoma de Galicia en el marco del convenio.

Asimismo, la evolución de los tipos de interés desde la firma del convenio hace necesaria la revisión de las condiciones financieras establecidas en el mismo, con el fin de adaptarlas a los actuales tipos de interés del mercado.

Por lo que antecede, la Xunta de Galicia propone a la Comisión de Seguimiento del Convenio la modificación de:

− Las actuaciones previstas en el Anexo I del convenio, sin suprimir ninguna de ellas ni incorporar ninguna nueva, reformulándolas, en cuanto a contenido, beneficiarios y redistribución del presupuesto inicialmente establecido entre todas ellas, de modo que su ejecución se alinee con las políticas de investigación e innovación basadas en el desarrollo de la RIS3 GALICIA.

− Las condiciones financieras del convenio, en cuanto a períodos de desembolso, tipo de interés y períodos de carencia y amortización.

Sexto.

La Comisión de Seguimiento, en reunión mantenida el 10 de junio de 2015 consideró que la propuesta favorece la consecución de los objetivos generales marcados en el Convenio, y acordó tramitar una adenda para modificar el programa de actuaciones (presupuesto, contenido y beneficiarios) y realizar un ajuste de las condiciones financieras previstas.

Por lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir la presente Adenda al Convenio de Colaboración para el fomento de la innovación en la Comunidad Autónoma Galicia, firmado el 27 de diciembre de 2012, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. La cláusula Quinta queda redactada como a continuación se expresa:

«Quinta. Financiación.

El MINECO financiará las actividades sujetas a este convenio con un préstamo de treinta y cinco millones de euros que serán desembolsados de acuerdo con el siguiente calendario:

 

Millones de Euros

Año 2013

5,00

Año 2014

12,50

Año 2015

8,75

Año 2016

8,75

Total

35,00

Para los intereses devengados hasta el 1 de enero de 2016, se aplicará un interés del 3,95%.

A partir del 1 de enero de 2016, el préstamo tendrá un tipo de interés del Euribor a un año publicado por el Banco de España correspondiente al mes anterior a la firma de la adenda, un periodo máximo de carencia, desde el año siguiente al de concesión del préstamo, de 5 años para el libramiento del año 2013, 4 años para el del 2014, 3 años para el del 2015 y 2 años para el del 2016 y un periodo máximo de reembolso de 10 años adicionales, siendo por tanto el periodo total de amortización máximo de 15 años para el libramiento del 2013, 14 años para el del 2014, 13 años para el del 2015 y 12 años para el del 2016, pudiendo la Comunidad Autónoma de Galicia amortizar total o parcialmente en cualquier momento anterior al calendario previsto en la cláusula séptima.»

Segunda. El párrafo segundo de la cláusula Séptima queda redactado como a continuación se expresa:

«El pago de la devolución del préstamo y sus intereses se realizará según el cuadro de amortización que se adjunta como anexo II, siendo la fecha de pago de las anualidades correspondientes a cada uno de los libramientos, la coincidente, o siguiente día hábil, con la fecha de desembolso por parte del Ministerio del libramiento en cuestión. Todo ello salvo que la Comunidad Autónoma de Galicia amortice anticipadamente, de acuerdo con lo previsto en la cláusula quinta.»

Tercera. Anexos.

Se modifican los Anexos I y II del citado convenio de colaboración quedando sustituidos íntegramente por los Anexos incorporados al presente texto.

Cuarta. Entrada en vigor.

La presente Adenda entrará en vigor a su firma por ambas partes.

La presente Adenda será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial de Galicia».

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman en duplicado ejemplar y a un solo efecto, en Madrid, a 30 de diciembre de 2015.–El Ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos Jurado.–El Presidente de la Comunidad Autónoma de Galicia, Alberto Núñez Feijóo.

ANEXO I
Programa de actuaciones a financiar

N.º

Actuación

Total libramientos

(2013-2016)

1

Contratos programa para la consolidación de Centros de Conocimiento

16,96 M€

2

Centro de excelencia y crecimiento empresarial

1,00 M€

3

Dinamización del Fondo Tecnológico

8,00 M€

4

Apoyo a la valorización de tecnologías

0,30 M€

5

Programa de captación de fondos internacionales

0,20 M€

6

Incorporación de talento innovador a las empresas (Red Xiga)

0,04 M€

7

Consolidación de estructuras de investigación

8,20 M€

8

Captación de talento internacional en Galicia para la innovación abierta

0,30 M€

Total

35,00 M€

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