Las entidades Liberty Seguros, Compañía de Seguros y Reaseguros, SA, y Axa Ubezpieczenia Towarzystwo Ubezpieczen I Reasekuracji, SA, han presentado ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, solicitud de autorización administrativa para llevar a cabo la cesión de la cartera de seguros suscrita por la sucursal en Polonia de la entidad Liberty Seguros, Compañía de Seguros y Reaseguros, SA, a la entidad Axa Ubezpieczenia Towarzystwo Ubezpieczen I Reasekuracji, SA, establecida en Polonia.
Examinada la documentación que se adjunta a la solicitud presentada ante esta Dirección General, se concluye que las entidades han dado cumplimiento a los requisitos establecidos en los artículos 89 de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, y 100 y 101 del Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, por lo que he resuelto:
Autorizar la cesión de la cartera de seguros de la sucursal en Polonia de la entidad Liberty Seguros, Compañía de Seguros y Reaseguros, SA, a la entidad Axa Ubezpieczenia Towarzystwo Ubezpieczen I Reasekuracji, SA, establecida en Polonia.
Contra la presente orden ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el Ministro de Economía y Competitividad, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992. Asimismo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 16 de septiembre de 2016.–El Ministro de Economía y Competitividad, P. D. (Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio), el Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, Íñigo Fernández de Mesa Vargas.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid