De conformidad con lo establecido en la Base Decimoséptima de la Orden JUS/2170/2015, de 14 de octubre (Boletín Oficial del Estado de 19 de octubre) por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o acceso a los Cuerpos de funcionarios al servicio de la Administración de Justicia, en la base 8.1.a) de la Orden JUS/2682/2015, de 1 de diciembre (Boletín Oficial del Estado de 15 de diciembre), por la que se convoca proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso por promoción interna en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia y en la base 8.1.a) de la Orden JUS/2293/2015, de 19 de octubre (Boletín Oficial del Estado de 3 de noviembre), por la que se convoca proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, se resuelve:
Hacer pública la relación de plazas desiertas en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid (Anexo I), que se ofrecen a los aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso por los sistemas generales de acceso por promoción interna y libre en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa convocados por Órdenes JUS/2682/2015, de 1 de diciembre y JUS/2293/2015, de 19 de octubre, respectivamente.
Las solicitudes de destino de los aspirantes de este ámbito se presentarán en el Registro Auxiliar de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, Dirección General de Justicia y Seguridad, Calle Gran Vía nº 18, 28013 Madrid o por los medios previstos en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (Boletín Oficial del Estado del día 2 de octubre), en el plazo de veinte días naturales contados a partir de la publicación de la relación definitiva de aprobados en el Boletín Oficial del Estado, según lo establecido en la Base 8.1.a) de las convocatorias de los procesos selectivos, mencionadas anteriormente.
Las solicitudes se formalizarán según modelo que aparece como Anexo II de esta Resolución de acuerdo con las siguientes instrucciones:
En el modelo de instancia podrán relacionarse hasta el máximo de las plazas ofertadas, indicando el órgano, la localidad, la provincia y la función.
En caso de no corresponderle ninguno de los destinos especificados de esta forma, por no solicitar un número suficiente de plazas, se seguirá el orden de preferencia por provincias que los interesados indiquen en el modelo de solicitud.
Dentro de cada provincia, los destinos serán adjudicados por el siguiente orden:
1. Tribunal Supremo y Órganos Centrales.
2. Tribunales Superiores de Justicia.
3. Audiencias Provinciales.
4. Fiscalías.
5. Relaciones de Puestos de Trabajo de la Oficina Judicial en la capital de provincia donde esté implantada.
6. Institutos de Medicina Legal.
7. Decanatos y servicios comunes.
8. Juzgados de Instrucción.
9. Juzgados de lo Penal.
10. Juzgados de Vigilancia Penitenciaria.
11. Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
12. Juzgados de Primera Instancia.
13. Juzgados de lo Mercantil.
14. Juzgados de lo Contencioso-Administrativo.
15. Juzgados de lo Social.
16. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción.
17. Juzgados de Menores.
18. Juzgados de Paz.
19. Relaciones de Puestos de Trabajo de la Oficina Judicial en la localidad donde esté implantada.
Se procederá a la adjudicación de destinos según el orden obtenido en todo el proceso selectivo en cada turno de promoción interna y libre, de la siguiente manera:
a) Primero se adjudicarán los destinos a los aspirantes del turno de promoción interna, según lo establecido en el art. 34 del RD 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal al servicio de la Administración de Justicia.
b) Una vez adjudicado el destino a dichos aspirantes, y publicado su nombramiento y adjudicación de destino en el Boletín Oficial del Estado, se acumularán a las plazas del turno libre aquellas otras plazas no ocupadas por los aspirantes del turno de promoción interna, al haber optado por quedarse en el Cuerpo de procedencia, según lo establecido en los artículos 28.3 y 29.2 del RD 1451/2005, de 7 de diciembre.
c) Con el fin de que no se demore en exceso la adjudicación de destinos a los aspirantes aprobados por el turno libre, aquellos aspirantes del turno de promoción interna que opten por continuar en activo en el Cuerpo de procedencia, deberán comunicar, mediante el formulario que se publica en la presente Resolución como Anexo III, su intención de acogerse a dicha opción, a través del fax 917209410 o al correo electrónico gestionpersonaljusticia@madrid.org, en el plazo de cuatro días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de su nombramiento y adjudicación de destino en el Boletín Oficial del Estado.
d) Recibidos los formularios indicados en el punto anterior e incorporadas nuevamente a la relación de plazas del turno libre las que no hayan cubierto los aspirantes del turno de promoción interna por el motivo indicado en el punto b), se adjudicará destino a los aspirantes del turno libre, relacionando en la Resolución por la que se les otorgue plaza aquellas que hubieran sido incorporadas nuevamente.
Ningún aspirante podrá anular ni modificar su solicitud una vez terminado el plazo de presentación de las mismas.
De no formular solicitud de plazas o no corresponderle ninguna de las solicitadas, se procederá a destinarle, con carácter forzoso, a cualquiera de las plazas no adjudicadas.
La adjudicación de los destinos se hará con carácter forzoso, de acuerdo con el orden de puntuación obtenido en las pruebas selectivas en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
Los destinos adjudicados tendrán carácter definitivo equivalente a todos los efectos a los obtenidos por concurso, sin que puedan participar en éste hasta tanto no hayan transcurrido dos años desde la fecha de la resolución en la que se les adjudique destino definitivo. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio del Poder Judicial.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Presidencia y Justicia en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente en defensa de sus derechos.
Madrid, 21 de noviembre de 2016.–La Directora General de Justicia y Seguridad, María Cristina Díaz Márquez.
Puesto de trabajo |
Localidad |
Provincia |
Comunidad |
Función |
N.º de plazas |
---|---|---|---|---|---|
JUZGADO MERCANTIL 01 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO MERCANTIL 02 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO MERCANTIL 03 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO MERCANTIL 04 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO MERCANTIL 05 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO MERCANTIL 07 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO MERCANTIL 09 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO MERCANTIL 12 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO PENAL 02 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO PENAL 04 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
3 |
JUZGADO PENAL 07 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO PENAL 12 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO PENAL 13 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO PENAL 14 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO PENAL 20 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO PENAL 28 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO PENAL 29 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO PENAL 31 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO PENAL 32 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO PENAL 36 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
2 |
JUZGADO PENAL 37 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 01 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 02 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 03 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 04 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 06 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 07 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 08 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 09 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 11 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 13 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 14 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 15 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 18 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 20 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 24 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 31 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 32 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 34 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 35 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 36 MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
MADRID. |
GESTION P.A. |
1 |
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