Contenu non disponible en français
Suscrita el 24 de noviembre de 2016, Adenda al convenio de colaboración entre la Sociedad Mercantil de Radio Televisión Española, S.A.U y la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad para la difusión de mensajes relacionados con la actividad de la Agencia, y en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado ocho del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicha adenda, que figura como anexo de esta Resolución.
Madrid, 30 de noviembre de 2016.–El Secretario General de Sanidad y Consumo, José Javier Castrodeza Sanz.
En Madrid, a 24 de noviembre de 2016.
Reunidos
De una parte: La Sociedad Mercantil Corporación de Radio y Televisión Española, S.A.U. (en adelante denominada «RTVE») que cuenta con CIF A-84818558 y domicilio social en el edificio Prado del Rey, avenida de Radio Televisión, número 4, de Pozuelo de Alarcón (Madrid), constituida mediante Escritura Pública otorgada, el 12 de septiembre de 2006, por el Notario de Madrid D. Francisco Javier Gardeazabal del Río, con el n.º 2530 de su protocolo e inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, en el Tomo 22885, Folio 141, Sección 8.ª, Hoja M-409826, inscripción 1.ª, representada en este acto por D. Alfonso Nasarre Goicoechea, en virtud del poder otorgado D. Leopoldo González-Echenique Castellano de Ubao en representación de RTVE, ante el notario de Pozuelo de Alarcón (Madrid) D. Juan Ramón Ortega Vidal, en fecha 25 de junio de 2013, con el número 1.284 de su protocolo.
De otra parte: La Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (en adelante AECOSAN), representada por su Directora Ejecutiva, Dña. Teresa Robledo de Dios, en virtud del Real Decreto 187/2015, de 13 de marzo, que dispone su nombramiento, y facultada para su representación conforme a las atribuciones establecidas en el artículo 15 g) del Estatuto de la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición, aprobado por Real Decreto 19/2014, de 17 de enero.
Ambas partes, que actúan en razón de las facultades que sus respectivos cargos les otorgan, se reconocen la capacidad necesaria para formalizar el presente convenio de colaboración, y a tal fin
EXPONEN
Que con fecha de 23 de noviembre de 2015 fue firmado un acuerdo entre los dos organismos para la difusión de mensajes relacionados con la actividad de la Agencia.
Que, desde la firma del Convenio, ambas entidades han colaborado satisfactoriamente dentro del marco establecido.
Que ambas partes consideran de interés mantener este acuerdo de colaboración.
Que en la cláusula sexta del Convenio, se prevé la renovación de la vigencia del acuerdo.
Por lo que antecede, las partes reunidas,
ACUERDAN
Prorrogar por un año la vigencia del Convenio de Colaboración entre la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición y la Sociedad Mercantil, Corporación de Radio y Televisión Española, S.A.U., en los mismos términos que el Convenio firmado en la fecha indicada en el apartado anterior.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman por cuadruplicado el presente documento en el lugar y fecha, arriba indicados.–Por RTVE, Alfonso Nasarre Goicoechea.–Por AECOSAN, Teresa Robledo de Dios, Directora Ejecutiva.
Agence d'État Bulletin Officiel de l'État
Av. Manoteras, 54 - 28050 Madrid