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Documento BOE-A-2016-1456

Resolución de 3 de febrero de 2016, de la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente, de la Consejería de Educación, por la que se publica la convocatoria del procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.

Publicado en:
«BOE» núm. 37, de 12 de febrero de 2016, páginas 11648 a 11649 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-2016-1456

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 13, apartado 4, del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral («Boletín Oficial del Estado» número 205, de 25 de agosto de 2009), y una vez publicada la Resolución de 18 de enero de 2016, conjunta de la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente de la Consejería de Educación y de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, por la que se realiza convocatoria específica de procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, para las unidades de competencia de las cualificaciones profesionales SEA251_3 Gestión de servicios para el control de organismos nocivos y SEA028_2 Servicios para el control de plagas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, resuelve anunciar los siguientes aspectos de la misma:

Primero.

La Resolución de 18 de enero de 2016, conjunta de la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente de la Consejería de Educación y de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, por la que se realiza convocatoria específica de procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, para las unidades de competencia de las cualificaciones profesionales SEA251_3 Gestión de servicios para el control de organismos nocivos y SEA028_2 Servicios para el control de plagas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, ha sido publicada en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» número 21, de fecha 2 de febrero de 2016.

Segundo.

Las bases de la Resolución de convocatoria del presente procedimiento, así como la solicitud de participación, estarán disponibles a efectos informativos en la siguiente dirección de Internet http://juntadeandalucia.es/boja/2016/21/index.html

Tercero.

Se realiza convocatoria específica del procedimiento de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, para las unidades de competencia de las cualificaciones SEA251_3 Gestión de servicios para el control de organismos nocivos y SEA028_2 Servicios para el control de plagas, con la siguiente distribución de plazas:

Convocatoria específica Andalucía

Familia profesional

Cualificación profesional

N.º unidades

de competencia

Total plazas

Seguridad y Medio Ambiente.

SEA251_3 Gestión de servicios para el control de organismos nocivos.

(Real Decreto 814/2007, de 22 de junio.

3

383

Seguridad y Medio Ambiente.

SEA028_2 Servicios para el control de plagas.

(Real Decreto 295/2004 de 20 de febrero, Real Decreto 624/2013, de 2 de agosto, Orden PRE/1614/2015, de 23 de julio.)

3

415

Esta convocatoria es un programa financiado con fondos del Fondo Social Europeo para los procedimientos de evaluación y acreditación de competencias profesionales.

Cuarto.

Podrán participar en este procedimiento las personas que reúnan los requisitos generales y específicos establecidos en el dispongo primero, apartado 2, de la referida Resolución de 18 de enero de 2016, conjunta de la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente de la Consejería de Educación y de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.

Quinto.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de la Resolución referida en el punto primero.

Sexto.

La solicitud de participación en el procedimiento se hará a través de la oficina virtual de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, cumplimentando el anexo I de la referida Resolución a través de la aplicación informática diseñada a tal efecto, de acuerdo con las indicaciones e instrucciones que en la misma se incluyen. Si se dispone de certificado digital podrá tramitarse de forma telemática en dicha oficina virtual, en aplicación de lo dispuesto en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, y en atención a lo dispuesto en el Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de los procedimientos administrativos por medios electrónicos (Internet).

Sevilla, 3 de febrero de 2016.–La Directora General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente, P.S. (Decreto 207/2015, de 14 de julio), el Secretario General de Educación y Formación Profesional, Manuel Alcaide Calderón.

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