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Documento BOE-A-2016-1715

Acuerdo de 11 de febrero de 2016, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se nombran Jueces sustitutos para el año judicial 2015/2016, en el ámbito de los Tribunales Superiores de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla y Canarias.

Publicado en:
«BOE» núm. 43, de 19 de febrero de 2016, páginas 13026 a 13026 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2016-1715

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día de la fecha, ha acordado nombrar para el año judicial 2015/2016, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 105.3 y 109 del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, a los Jueces sustitutos que a continuación se relacionan, en el ámbito de los Tribunales Superiores de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla y Canarias:

Don Samuel Alejandro Arcos Soriano, don Juan Pablo Álvarez Vargas, doña Ana María León Gallego y don Enrique Emilio Martínez Fernández, Jueces sustitutos de los Juzgados de Sevilla, Alcalá de Guadaira, Carmona, Cazalla de la Sierra, Coria del Río, Dos Hermanas, Ecija, Estepa, Lebrija, Lora del Río, Marchena, Morón de la Frontera, Osuna, Sanlúcar la Mayor y Utrera (Sevilla)

Don Juan José Gómez Neira, Juez sustituto de los Juzgados de Las Palmas de Gran Canaria, Arrecife, Arucas, Puerto del Rosario, Santa María de Guía de Gran Canaria, San Bartolomé de Tirajana, Telde, Juzgado Social único de Gáldar, Santa Cruz de Tenerife, Arona, Granadilla de Abona, Güimar, Icod de los Vinos, La Orotava, Los Llanos de Aridane, Puerto de la Cruz, San Cristóbal de la Laguna, San Sebastián de la Gomera, Santa Cruz de la Palma y Valverde.

Contra este acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante la Comisión Permanente, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación del presente acuerdo. En este último caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto el recurso de reposición o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 11 de febrero de 2016.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.

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