Está Vd. en

Documento BOE-A-2016-196

Resolución de 28 de diciembre de 2015, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para impartir las enseñanzas de formación profesional de grado superior en los centros docentes militares de formación de suboficiales de las Fuerzas Armadas, en el año 2015.

Publicado en:
«BOE» núm. 7, de 8 de enero de 2016, páginas 1156 a 1159 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2016-196

TEXTO ORIGINAL

La Subsecretaria del Ministerio de Defensa, el Secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Consejera de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha han suscrito, con fecha 30 de noviembre de 2015, una Adenda al Convenio de colaboración para impartir las enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior en los Centros Docentes Militares de Formación de Suboficiales de las Fuerzas Armadas en el año 2015.

Para general conocimiento y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se dispone la publicación de la referida Adenda al Convenio de colaboración, como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 28 de diciembre de 2015.–El Subsecretario de la Presidencia, Federico Ramos de Armas.

ANEXO
Adenda entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y las Comunidades de Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla-León, Galicia, Madrid y Región de Murcia, firmado el 24 de marzo de 2015, para impartir las enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior en los Centros Docentes Militares de Formación de Suboficiales de las Fuerzas Armadas, en el año 2015

En Toledo, a 30 de noviembre de 2015.

REUNIDOS

De una parte, la Sra. doña Irene Domínguez-Alcahud Martín-Peña, Subsecretaria de Defensa, nombrada por Real Decreto 36/2012, de 5 de enero, en nombre y representación del Ministerio de Defensa, por delegación de firma del Sr Ministro de Defensa, expresamente concedida para este acto, de conformidad con la Orden DEF/3015/2004, de 17 de septiembre, sobre delegación de competencias en autoridades del Ministerio de Defensa en materia de convenios de colaboración.

De otra parte, el Sr. don Marcial Marín Hellín, Secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, actuando en nombre y representación de dicho Ministerio, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 603/2015, de 3 de julio, por el que se efectúa su nombramiento, y en virtud de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, artículo 14.6.

Y de otra, la Sra. doña Reyes Estévez Forneiro, Consejera de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, nombrada por Decreto 59/2015, de 5 de julio (DOCM núm. 130, del 6).

Las partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y

EXPONEN

Primero.

Que el 24 de marzo de 2015, se suscribió el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y las Comunidades de Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla-León, Galicia, Madrid y Región de Murcia, para impartir las enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior en los Centros Docentes Militares de Formación de Suboficiales de las Fuerzas Armadas.

Segundo.

Que la cláusula séptima establece la creación de una Comisión de Seguimiento mixta, entre cuyas funciones se encuentran las de aprobar las actividades docentes a realizar así como, proponer para cada ejercicio presupuestario las titulaciones a impartir, el número de profesores y el importe a abonar por el Ministerio de Defensa.

Tercero.

Que según establece la cláusula segunda del convenio, le corresponde al Ministerio de Defensa la financiación del coste del personal docente que preste servicios en los centros docentes militares de formación.

Cuarto.

Que según establece la cláusula sexta del convenio, con carácter anual, las autoridades firmantes, a propuesta de la Comisión de Seguimiento, acordarán una adenda al referido convenio en la que se concretarán, para dicho año económico, titulaciones a impartir, número de profesores necesarios, cuantías de sus retribuciones, la aplicación presupuestaria del Ministerio de Defensa con la que se hará frente al gasto y la forma de efectuar su pago a la Comunidad de Castilla-La Mancha.

En consecuencia, las partes acuerdan suscribir esta adenda que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la adenda.

El objeto de esta adenda es acordar el número de profesores que es preciso sean cedidos por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para impartir en el año 2015 las titulaciones de formación profesional de grado superior.

Igualmente, acordar el régimen de dicho profesorado, las cuantías de sus retribuciones y la forma en que el Ministerio de Defensa hará frente a los gastos que ocasione la cesión, de este personal docente.

Segunda. Titulaciones a impartir y centros.

El centro concernido es la Academia de Infantería del Ejército de Tierra (ACINF), en Toledo.

Durante el año 2015 se impartirán los Títulos de Técnico Superior en:

Especialidad fundamental

Titulación

Técnico Superior Formación Profesional

Infantería Ligera o Infantería AC/MZ.

Animación de Actividades Físicas y Deportivas o Asistencia a la Dirección.

Tercera. Aportaciones de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

Le corresponde a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha proporcionar a la Academia de Infantería del Ejército de Tierra el personal docente siguiente:

De 1 de enero a 31 de diciembre: Ocho (8) Profesores a jornada completa:

Un Coordinador a jornada completa del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.

Dos Profesores a jornada completa del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad Administración de Empresa.

Un Profesor a jornada completa del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad FOL.

Dos Profesores a jornada completa del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad Gestión administrativa.

Dos Profesores del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad Lengua inglesa.

De 1 de enero a 15 de julio: Ocho (8) Profesores a jornada completa con los siguientes requisitos:

Cuatro Profesores a jornada completa del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad Administración de Empresa.

Dos Profesores a jornada completa del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad Educación Física.

Un Profesor a jornada completa del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad Lengua Francesa.

Un Profesor del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad Gestión administrativa.

De todos ellos, uno desempeñaría las funciones de Jefe de Estudios Adjunto y dos las de Jefes de Departamento (uno finaliza en septiembre de 2015).

Cuarta. Régimen del personal docente objeto de esta adenda.

El personal docente estará sujeto al régimen de derechos y obligaciones establecidos en la cláusula quinta del convenio de colaboración suscrito el 24 de marzo de 2015.

Quinta. Aportaciones del Ministerio de Defensa.

El coste máximo previsto para la prestación de este servicio es de seiscientos cincuenta mil euros (650.000 €), para el periodo comprendido desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2015, con cargo a la aplicación presupuestaria 14.01.121N.450 correspondiente al ejercicio económico 2015.

La cantidad correspondiente se abonará mediante ingreso en la cuenta bancaria que a tal efecto designe la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de acuerdo con la cláusula sexta del convenio de colaboración del 24 de marzo de 2015.

A tal efecto, y conforme a lo previsto en la clausula segunda del Convenio de colaboración, se establecerá el siguiente calendario:

A la finalización de cada uno de los trimestres de 2015, se abonará la cantidad requerida por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en función de los costes derivados de los haberes devengados a los profesores en dicho trimestre. A tal efecto, por el jefe de estudios adjunto del centro, se certificará, en cada uno de los periodos citados, el número y especialidad de los profesores que imparten los correspondientes títulos de Formación Profesional, y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, rendirá cuenta justificativa en la que se acrediten los profesores y los haberes devengados por cada uno de ellos, conforme al régimen retributivo que les sea de aplicación.

Sexta. Vigencia.

Esta adenda tendrá vigencia a lo largo del año 2015.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman la presente adenda en cuatro ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fechas arriba indicadas.–Por el Ministerio de Defensa, Irene Domínguez-Alcahud Martín-Peña; por el Ministerio de Educación Cultura y Deporte, Marcial Marín Hellín, y por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, Reyes Estévez Forneiro.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid