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Documento BOE-A-2016-2150

Orden ECD/264/2016, de 16 de febrero, por la que, se declara la pérdida de la condición de funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria de don Emilio María Rigotti.

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 2 de marzo de 2016, páginas 17262 a 17262 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2016-2150

TEXTO ORIGINAL

Mediante escrito fechado el 11 de enero de 2016, don Emilio María Rigotti, funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, de la Comunidad Autónoma de Andalucía, solicita que le sea aceptada la renuncia a su condición de funcionario de carrera con efectos de 11 de enero de 2016.

Por Resolución de 11 de enero de 2016, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, de la Consejería de Educación, de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se aceptó la renuncia antes citada.

Considerando que el artículo 63 a) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, dispone que la renuncia a la condición de funcionario, es una de las causas de pérdida de la condición de funcionario de carrera.

Vista la propuesta de la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Este Ministerio, ha dispuesto:

Primero.

Declarar la pérdida de la condición de funcionario de carrera del Cuerpo Profesores de Enseñanza Secundaria de don Emilio María Rigotti, Número de Registro de Personal 01002735N A0590 y NIE X6985818M, causando baja en el citado cuerpo desde el día 11 de enero de 2016.

Segundo.

La presente orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, contra esta orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998 de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Madrid, 16 de febrero de 2016.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P.D. (Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo), el Subsecretario de Educación, Cultura y Deporte, Fernando Benzo Sáinz.

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