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Documento BOE-A-2016-2712

Resolución de 29 de febrero de 2016, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica la Adenda al Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para la prestación del servicio telefónico de información y asesoramiento a mujeres víctimas de violencia de género.

Publicado en:
«BOE» núm. 66, de 17 de marzo de 2016, páginas 20514 a 20515 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2016-2712

TEXTO ORIGINAL

Suscrita el 30 de diciembre de 2015, Adenda al Convenio entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, para la prestación del servicio telefónico de información y asesoramiento a mujeres víctimas de violencia de género y, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo de esta Resolución.

Madrid, 29 de febrero de 2016.–La Secretaria de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, Susana Camarero Benítez.

ANEXO
Adenda al convenio de colaboración entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, para la prestación del servicio telefónico de información y asesoramiento a mujeres víctimas de violencia de género

En Madrid, a 30 de diciembre de 2015

SE REÚNEN

De una parte, doña Susana Camarero Benítez, Secretaria de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, nombrada mediante Real Decreto 154/2014, de 7 de marzo («BOE» número 58, del 8), en nombre y representación del citado Ministerio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.6 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del estado, en virtud del Real Decreto 200/2012, de 23 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales («BOE» número 20, de 24 de enero de 2012), y según lo dispuesto en el apartado sexto, 1.a) de la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, sobre delegación de competencias.

Y de otra parte, doña Violante Tomás Olivares, Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, nombrada por Decreto de la Presidencia n.º 26/2015, de 4 de julio («BORM» n.º 152 de 4 de julio de 2015), en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y en el ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 9 del Decreto de la Presidencia n.º 18/2015, de 4 de julio, de reorganización de la Administración Regional («BORM» n.º 152, de 4 de julio de 2015), y autorizada para la celebración del presente Convenio de Colaboración por acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 29 de diciembre de 2015.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y

MANIFIESTAN

Primero.

Que el 1 de julio de 2013 ambas partes firmaron un Convenio para la prestación del servicio telefónico de información y asesoramiento a mujeres víctimas de violencia de género, con el fin de hacer efectivo el derecho contenido en el artículo 18 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (en adelante, Ley Integral), a recibir plena información y asesoramiento adecuado a su situación personal, a través de los servicios que puedan disponer las Administraciones Públicas.

Dicho Convenio fue publicado en el Boletín Oficial del Estado de 8 de agosto de 2013 en virtud de Resolución de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad de 18 de julio de 2013.

Segundo.

Que la cláusula quinta del citado Convenio estipula la duración del mismo, señalando que surtiría efectos hasta el 31 de diciembre de 2015, salvo denuncia expresa de alguna de las partes.

De común acuerdo entre las partes y con la suficiente antelación al fin de la vigencia del Convenio, se puede acordar la prórroga de forma expresa por periodos acordados, mediante las correspondientes adendas.

Por lo que ambas partes acuerdan suscribir la presente Adenda al Convenio de colaboración para la prestación del servicio telefónico de información y asesoramiento a mujeres víctimas de violencia de género, que establece la siguiente

CLÁUSULA

Única.

La presente Adenda al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, para la prestación del servicio telefónico de información y asesoramiento a mujeres víctimas de violencia de género entre las partes, firmado el 1 de julio de 2013 (BOE 8 de agosto de 2013), tiene por objeto prorrogar dicho convenio desde el 1 de enero de 2016 a 31 de diciembre de 2020.

Y, en prueba de conformidad, firman la presente Adenda al Convenio, en triplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicado.–La Consejera de Familia e Igualdad de Oportunidades de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, Violante Tomás Olivares.–La Secretaria de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, Susana Camarero Benítez.

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